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Documento BOE-A-2021-16299

Orden TER/1082/2021, de 1 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de septiembre de 2021, por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, prevista en el artículo 90 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 7 de octubre de 2021, páginas 122705 a 122706 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-A-2021-16299

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 21 de septiembre de 2021, ha aprobado el Acuerdo por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, prevista en el artículo 90 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón.

Estimando de interés la difusión del mismo, se ordena su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con el texto que figura como anexo de esta Orden.

Madrid, 1 de octubre de 2021.–La Ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez García.

ANEXO
Acuerdo por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, prevista en el artículo 90 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón

El artículo 90 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón crea la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado como el instrumento principal de relación entre la Comunidad Autónoma y el Estado, sin perjuicio de las funciones atribuidas a otros órganos concretos de cooperación bilateral o multilateral, a los efectos previstos en dicho precepto.

En el citado artículo se establece que la Comisión se reúne en sesión plenaria y cuando lo solicite una de las partes, y que su presidencia será ejercida de forma alternativa en turnos de un año.

El Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado de 27 de junio de 2017, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión Bilateral, señala que la Comisión estará constituida por seis representantes de cada parte.

El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, así como el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, hacen necesaria la adecuación de los representantes de la Administración General del Estado que figuraban en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2018, conforme a la nueva estructura orgánica de los departamentos ministeriales.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de septiembre de 2021,

ACUERDA

Primero. Representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón–Estado.

Los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón–Estado creada por el artículo 90 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, son:

La Presidencia de la representación de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral corresponderá a la persona titular del Ministerio de Política Territorial.

Vocales: Los titulares de los siguientes órganos:

Secretaría de Estado de Política Territorial.

Secretaría de Estado de Hacienda.

Secretaría General de Coordinación Territorial.

Delegación del Gobierno en Aragón.

La Presidencia de la representación de la Administración General del Estado designará un miembro más, titular de un órgano con rango de Secretaría de Estado o de Subsecretaría, en función de los temas a tratar.

La Secretaría de la Comisión por parte de la representación de la Administración General del Estado se ejercerá por la persona titular de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local.

Segundo. Sustitución y delegación de la representación.

Los representantes de la Administración General del Estado podrán ser sustituidos o delegar su representación en una autoridad con rango inmediatamente inferior dentro de su órgano, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 del Reglamento.

Tercero. Convocatoria de otros cargos de la Administración General del Estado.

La Presidencia de la representación de la Administración General del Estado convocará a las reuniones de la Comisión Bilateral, conforme a lo previsto en el artículo 3.4 de su Reglamento, a los cargos o autoridades sectoriales cuando la naturaleza y contenido de los asuntos a tratar justifique o aconseje su presencia, informando de tal circunstancia a la otra delegación.

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