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Documento BOE-A-2021-16345

Acuerdo 103/2021, de 23 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el castro de la Mesa de Miranda y necrópolis de La Osera, en Chamartín (Ávila), bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 7 de octubre de 2021, páginas 122969 a 122972 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2021-16345

TEXTO ORIGINAL

El castro de La Mesa de Miranda y necrópolis de La Osera, es un conjunto arqueológico perteneciente al antiguo territorio del pueblo vetón, situado en la localidad de Chamartín, a pocos kilómetros de la ciudad de Ávila.

La zona arqueológica se compone del castro, zona de hábitat compuesto por tres recintos amurallados y la necrópolis La Osera, que ocupa parte del tercer recinto y la zona exterior al castro por el sur y sureste.

Con una ocupación que se viene situando en la segunda Edad del Hierro, el conjunto destaca por la superposición espacial y cronológica del hábitat, la complejidad constructiva de los elementos que componen los recintos y las propias características de la necrópolis vetona, la riqueza de los ajuares y restos conservados, que convierten esta zona arqueológica en un lugar excepcional en el patrimonio cultural de Castilla y León.

Por Resolución de 24 de noviembre de 1980 de la entonces Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, se incoa, por el trámite de urgencia, expediente para la declaración de monumento histórico-artístico y arqueológico a favor de castro de la Mesa de Miranda y necrópolis de La Osera, en Chamartín (Ávila). Dicha resolución fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 22, del 26 de enero de 1981.

Retomado el expediente para su resolución, y elaborada una propuesta adecuada a la realidad actual del conjunto, se procede a continuar la tramitación del expediente como Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica, cumplimentando los trámites necesarios para su resolución.

La Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, con fecha 11 de febrero de 1983 informa favorablemente la declaración. Asimismo, la I.E. Universidad de Segovia, con fecha 18 de junio de 2021, y la Institución «Gran Duque de Alba», con fecha 16 de julio de 2021, emiten informes favorables a la declaración.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, no se presentan alegaciones al expediente.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, el Consejero de Cultura y Turismo ha propuesto declarar el castro de la Mesa de Miranda y necrópolis de La Osera, en Chamartín (Ávila), como Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 23 de septiembre de 2021, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.

Declarar el castro de la Mesa de Miranda y necrópolis de La Osera, en Chamartín (Ávila), Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica, de acuerdo con la descripción que figura como anexo del presente Acuerdo.

Segundo.

Delimitar el entorno de protección por la declaración:

El área de protección propuesta, con una extensión de unas 900 hectáreas de superficie aproximada, tiene como centro geográfico el propio castro, por lo que, partiendo del bastión sur del segundo recinto, los límites son los siguientes:

Comenzando por el sur y en el sentido de las agujas del reloj, la delimitación propuesta pasa por el cruce del mencionado camino de Prado Viejo con el río de Rihondo. Luego el límite procura seguir una trayectoria lo más recta posible entre fincas al sur del cerro de Las Navas (todas ellas incluidas en el listado adjunto) hasta cruzar el arroyo Matapeces que sirve de linde entre los polígonos 6 y 7.

A partir del camino de Brabos el límite coincide con la frontera entre el término municipal de Chamartín con los de Cillán y Solana de Rioalmar. En esta zona el extremo oeste del área se sitúa en la parcela 5 del polígono 1 de Chamartín.

Ya en la parte norte del Área de Protección el límite sigue las parcelas 6 y 7 del polígono citado atravesando el camino de las Casas de Miranda y, ya en el polígono 2, conecta otra vez con el camino de Brabos. Desde este punto el límite sigue una línea recta imaginaria que atraviesa el río de Rihondo y entra en el polígono 3 hasta conectar con el camino de Miranda a Altamiros; esta línea imaginaria une el vértice norte de la finca 8 del polígono 2, hasta el vértice norte de la finca 3 del polígono 3, cortando las fincas 7a, 7b, 7c del polígono 2 y la finca 2a del polígono 3. El límite continúa por la linde entre los términos de Chamartín y Brabos hasta que enlaza de nuevo con el camino de Prado Viejo. Siguiendo este camino llegamos otra vez al punto de partida.

Motivación: La delimitación de la zona afectada por la declaración de la zona arqueológica, se ha llevado a cabo atendiendo a las necesidades de protección y extensión del complejo, integrado por la zona de habitación, Castillo Cimero y Castillo Bajero, constituida por tres recintos complementarios, y la necrópolis de la Osera, que ocupa parte del tercer recinto y la zona exterior al castro por el sur y sureste.

La zona afectada por la declaración es la que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquel.

Valladolid, 23 de septiembre de 2021.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura y Turismo, Javier Ortega Álvarez.

ANEXO
Castro de la Mesa de Miranda y necrópolis de La Osera

El castro de La Mesa de Miranda-necrópolis de la Osera, es un conjunto que se localiza hacia el norte de la localidad de Chamartín, a 2,4 kilómetros del casco urbano en Ávila. Está enclavado en la confluencia de los valles del arroyo Matapeces y el de Rihondo, constituyendo entre ellos una horquilla fluvial que favorece, con el encajamiento de los cauces, el carácter aislado por el norte, este y oeste del castro y quedando como zona de más fácil acceso el sur.

El castro de la Mesa de Miranda pertenece al territorio del pueblo vetón marcado por las fuentes clásicas y se relaciona con el foco constituido por los castros de Ulaca y Las Cogotas.

El castro se compone de dos elementos arqueológicos: la zona de habitación (Castillo Cimero y Castillo Bajero), constituida por tres recintos complementarios, y la necrópolis (La Osera), que ocupa parte del tercer recinto y la zona exterior al castro por el sur y sureste.

La zona de habitación se compone de tres recintos amurallados. Al primero, de 11,5 hectáreas, situado al norte de los demás, se le adosa por el sur el segundo recinto, de 7,1 hectáreas, al cual, por el sur y por este, se le adosa el tercero de 10,5 hectáreas. Entre todos componen un área de 29,1 hectáreas, a la que hay que sumar las 3,5 hectáreas de la necrópolis fuera del tercer recinto. En total, lo que se conoce del yacimiento constituiría una superficie de 32,6 hectáreas.

Tradicionalmente se ha dado a los tres recintos una cronología sucesiva, pero este aspecto no se ha constatado científicamente. Solo del tercer recinto hay constancia de ser el último en construirse, previsiblemente cuando ya el primero y el segundo estaban consolidados. Se entiende así porque está solamente trazado en su lado este, con apenas dos hiladas de piedras, hecho que coincide con una acción similar en el cercano castro de Ulaca (Solosancho), por lo que puede interpretarse como un hecho general ligado a la trayectoria histórica de ambos relacionado con la conquista romana o, una vez conquistados ambos, a la coyuntura generada por alguna de las dos guerras civiles que tuvieron lugar a lo largo del siglo I a.C. en las que participaron activamente los vetones.

Las investigaciones en el castro se llevaron a cabo principalmente entre 1932 y 1944, en dos fases interrumpidas por la Guerra Civil Española. Las realizó Juan Cabré Aguiló centrándose fundamentalmente en la necrópolis, de la que identificaron seis zonas, excavando un total de 2.230 tumbas de incineración, fechadas desde finales del siglo V a fínales del IV/principios del III a.C. Las excavaciones se realizaron, también, en algunas zonas de la muralla de los tres recintos. Decenios después, entre 1999 y 2004, se han llevado a cabo trabajos de investigación de menor envergadura, en los que se ha excavado una construcción doméstica dentro del primer recinto.

La ocupación del castro y su necrópolis se enmarca principalmente en toda la Segunda Edad del Hierro, entre los momentos finales del siglo VI y mediados del siglo II a.C, quedando pendiente de ratificación si tras la conquista de la zona (155-133 a.C.) la población del castro permaneció hasta las Guerras Sertorianas (82-72 a.C.) de la primera guerra civil romana e incluso hasta la segunda (49-45 a.C.).

Extramuros, en el sector sureste, se ha reconocido un abrigo pintado con signo pintado en ocre, de difícil interpretación, del que no se conoce si tiene relación con el castro o es anterior.

En el castro y sus inmediaciones se han hallado al menos cinco esculturas zoomorfas representativas del pueblo vetón, de las que se conservan tres: una completa instalada en una plaza del casco urbano de Chamartín; otra, fragmentada, a la puerta del aula arqueológica y un fragmento dentro del tercer recinto en el castro. Las demás se encuentran desparecidas o representan fragmentos tan pequeños que son dudosas.

Inmediatamente situada al sur de los recintos, incluyéndose parcialmente en el tercero de aquellos, sobre una explanada muy bien definida, se localiza la necrópolis de la Osera, denominación que hace referencia al abundante hallazgo de restos óseos. Las excavaciones realizadas por Juan Cabré en la primera parte del siglo XX permitieron identificar unas 2.230 tumbas de incineración, probablemente la necrópolis completa.

Los vetones incineraban a sus muertos en piras, enterrando después sus cenizas en una urna o simplemente en un hoyo excavado en la tierra.

En La Osera, Cabré distinguió seis zonas distintas de enterramiento separadas entre sí pero próximas, presididas por una piedra hincada sobresaliente que señalizaba ostensiblemente cada una de ellas. De aquellas seis tan sólo una fue publicada, mientras las otras cinco no han sido objeto de estudio más que de forma muy general.

Estos hitos pétreos o estelas parecen estar alineadas de forma que reproducen la constelación de Orión, un modo de relacionar a los incinerados con la divinidad celeste.

Dentro de cada conjunto, los enterramientos se realizaban en un hoyo en el que se depositaba la urna cineraria, construyendo en ocasiones túmulos de piedra sobre aquellos. En su interior se colocaban las ofrendas funerarias y ajuares que permiten realizar algunas interpretaciones sobre la composición social de los grupos de población indígena, destacando los conjuntos de guerreros, con espadas, lanzas, puñales, escudos o broches de cinturón, sin que falten trébedes, parrillas, grandes pinzas.

En algunas tumbas comparecen bocados de caballo, tijeras, navajas, fíbulas, anillos, adornos y fusayolas, atribuidas, estas últimas, a tumbas femeninas.

La superposición espacial y cronológica del hábitat, la complejidad constructiva de los elementos que componen los recintos, la extensión del castro y las características excepcionales de la necrópolis vetona, hacen del castro de la Mesa de Miranda-necrópolis de La Osera un lugar excepcional en el patrimonio cultural de Castilla y León.

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