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Documento BOE-A-2021-17274

Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunitat Valenciana, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 2021, páginas 129010 a 129040 (31 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2021-17274

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunitat Valenciana han suscrito, con fecha 11 de octubre de 2021, un Convenio para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 19 de octubre de 2021.–El Secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio Álvarez Peralta.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunitat Valenciana para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia

REUNIDOS

Doña Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrada por Real Decreto 235/2021, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Doña Mónica Oltra Jarque, Vicepresidenta y Consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, nombrada por Decreto 6/2019, de 17 de junio, del President de la Generalitat, por el que se nombra a las personas titulares de las Vicepresidencias y de las Consellerias, conforme a la autorización conferida para la firma del presente Convenio por Acuerdo del Consell reunido en su sesión de 6 de agosto de 2021.

Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen, y al efecto,

EXPONEN

I

Que por Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por los que se reestructuran los departamentos ministeriales, y por Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, modificado por Real Decreto 311/2021, de 4 de mayo, corresponde al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de bienestar social, de familia, de protección del menor, de cohesión y de atención a las personas en situación de dependencia o con discapacidad.

Que, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, se ha dotado al presupuesto para el ejercicio 2021 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 de una cantidad de 910,3 millones de euros para el eje de «Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Que, de estos 910,3 millones de euros, 730,8 serán ejecutados por las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales mediante proyectos que deberán corresponderse con determinados tipos de inversión en materia de servicios sociales, tal y como se establece en los Acuerdos reseñados en el apartado IV.

II

Que la Generalitat Valenciana, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, es competente en materia de servicios sociales y, en virtud de ello, ha presentado una serie de proyectos que se ajustan a los requisitos exigidos para el eje de «Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el fin de mejorar los equipamientos para cuidados de larga duración, modernizar sus servicios sociales, establecer proyectos piloto de innovación en servicios sociales y la realización de actuaciones enmarcadas en el «Plan España país accesible».

III

Que el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia prevé una serie de instrumentos jurídicos para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos, entre los cuales están los Convenios de colaboración.

De esta forma, los citados Convenios se configuran como el instrumento a través del cual las Administraciones Públicas intervinientes acuerdan los proyectos, hitos y objetivos de los mismos, así como la financiación establecida para cada uno de ellos.

IV

Que el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia alcanzó, el 15 de enero de 2021, un acuerdo sobre los criterios para la distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia.

Posteriormente, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de abril de 2021, se aprobó la propuesta de distribución territorial entre las Comunidades Autónomas y los criterios de reparto de los créditos de la Administración General del Estado para la financiación, durante el período 2021-2023, de los distintos proyectos presentados por las Comunidades Autónomas, para su posterior aprobación en Consejo Territorial, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 44 del Real Decreto-ley 36/2020 y el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

V

Que, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que detalla las inversiones y reformas para el período 2021-2023 con la finalidad de impulsar la recuperación y lograr el máximo impacto contra-cíclico.

Para ello, el Plan de Recuperación articula una agenda coherente de reformas estructurales que responden al diagnóstico compartido por las instituciones europeas, el gobierno español y los principales agentes económicos y sociales, en ámbitos clave para reforzar la estructura económica y social del país; más concretamente, en el ámbito de los servicios sociales, aquellas necesarias para la implantación de un estado del bienestar moderno que proteja a los ciudadanos, garantice el cuidado de los mayores y dependientes, refuerce los servicios sociales y también proporcione oportunidades vitales a las nuevas generaciones.

VI

Que el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) aprobó en fecha de 30 de abril de 2021 el Acuerdo para la distribución de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En dicho Acuerdo se dispone que, para hacer efectiva la entrega de la financiación correspondiente a los proyectos presentados, considerando los criterios establecidos para su reparto, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 iniciará de inmediato los trámites para formalizar los Convenios a suscribir con cada comunidad autónoma, recogidos en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En tales Convenios se incluirá la concreción para cada Comunidad Autónoma del importe a percibir, así como de los proyectos, hitos y objetivos de los mismos y marco temporal de ejecución de conformidad con el precitado Acuerdo.

VII

Que la Administración General del Estado ha incluido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, los créditos para financiar los proyectos presentados por las Comunidades Autónomas y que se realizará mediante la celebración de Convenios con las Administraciones de las mismas.

Que, por su parte, la Comunitat Valenciana, ha presentado una relación pormenorizada de proyectos de inversión a realizar y que serán financiados con cargo a los créditos aportados por la Administración General del Estado al resultar elegibles conforme a su marco regulatorio.

Por todo ello, las partes acuerdan libremente suscribir el presente Convenio de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto acordar los proyectos a ejecutar por parte de la Comunitat Valenciana con cargo a los Fondos Europeos procedentes del mecanismo de recuperación y resiliencia, los hitos y objetivos de los mismos, así como los importes necesarios para la financiación establecida para cada uno de ellos.

La relación de proyectos, los hitos y objetivos, así como los costes de cada uno de ellos, se recoge en los anexos I, II y III del presente Convenio.

El objeto del Convenio es, por tanto, determinar las obligaciones asumidas por cada una de las partes intervinientes para la realización de dichos proyectos.

Segunda. Compromisos económicos asumidos por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

1. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, de conformidad con los Acuerdos del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 15 de enero y 30 de abril de 2021, en el primer punto de su apartado común «Distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia», denominado «Variables para la distribución de fondos y resultado de su aplicación en 2021», y por el que se acuerdan los criterios de distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia, y por el que se aprueba la distribución territorial de los créditos para la financiación de proyectos de inversión del componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aportará en 2021 setenta y dos millones cuatrocientos noventa y cinco mil treinta y cinco euros con ochenta y ocho céntimos de euro (72.495.035,88 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 50 230A 450 «Proyectos piloto de innovación en servicios sociales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» y 50 230A 754: «Transferencias de Capital a CC.AA. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».

2. De acuerdo con la planificación prevista para la ejecución de estos proyectos, que se concreta en el Anexo I, las cantidades a aportar por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en 2022 y 2023, con cargo al Servicio 50, programa 230 A, artículos 45 y 75, serán las siguientes:

2022: Ochenta y nueve millones doscientos setenta y nueve mil seiscientos euros con ochenta y cuatro céntimos de euro (89.279.600,84 €).

2023: Noventa y nueve millones ciento noventa y nueve mil quinientos cincuenta y seis euros con cuarenta y ocho céntimos de euro (99.199.556,48 €).

Dichas aportaciones están condicionadas para los años 2022 y 2023 a contar previamente con las pertinentes aprobaciones tanto del Consejo de Ministros como del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Dependencia.

Tercera. Compromisos asumidos por la Comunitat Valenciana en cuanto a la ejecución de los proyectos.

1. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021 como en el artículo 37.4 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación y Resiliencia, los ingresos percibidos por la Comunitat Valenciana para la ejecución de proyectos objeto de financiación por estar incluidos dentro del ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia quedan legalmente afectados a financiar dichos proyectos, con la correlativa obligación del reintegro total o parcial de dichos ingresos en caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos.

2. Los proyectos a realizar serán los recogidos en el anexo I y se ejecutarán de conformidad con los objetivos establecidos en el Anexo III, debiéndose cumplir con los hitos intermedios y la calendarización de cada proyecto definidos en el anexo II.

3. Será responsabilidad de la Comunitat Valenciana el seguimiento de la ejecución del coste estimado a través del seguimiento de la ejecución contable de los gastos imputados a proyectos o iniciativas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

4. Asimismo, será responsabilidad de la Comunitat Valenciana la fiabilidad y el seguimiento de tales indicadores, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de los hitos y de los objetivos. La Comunitat Valenciana realizará una memoria semestral del cumplimiento de los hitos y objetivos recogidos en el anexo II, que será entregado en el formato y plazos establecidos por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

5. Si la Comunitat Valenciana, en ejecución de líneas de medidas o proyectos integrados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, debiera otorgar financiación a destinarios finales, públicos o privados, establecerá mecanismos que aseguren que las medidas a desarrollar por estos últimos contribuyen al logro de los objetivos previstos y que aportan la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores. La financiación a terceros se vinculará al logro de los objetivos que se persiguen.

6. El coste estimado de los proyectos a ejecutar por la Comunitat Valenciana deberá ser actualizado a los dos años en caso de revisión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para tener en cuenta la asignación final del 30 %, que se calculará con los datos a 30 de junio de 2022.

Una revisión al alza en el coste estimado en una etapa posterior no constituye una circunstancia objetiva que pueda desencadenar la modificación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

7. Si procede, los hitos y objetivos deberán ajustarse en función de la revisión del coste estimado, antes mencionada. Si la Comunitat Valenciana necesitara realizar reprogramaciones de hitos y/u objetivos, se habría de valorar si tal reprogramación afectaría al coste estimado de la medida. Si el coste se viera afectado, el ajuste habría de realizarse consecuentemente. En todo caso, se seguirá el procedimiento que para la posible modificación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se determine por parte de la Administración General del Estado.

8. Cualquier ajuste a la baja en la financiación europea derivado de correcciones sobre el coste estimado o sobre la contribución financiera deberá ser asumido por la Comunitat Valenciana mediante la devolución de los créditos implicados.

Cuarta. Compromisos asumidos por la Comunitat Valenciana en materia de información.

La Comunitat Valenciana se compromete a:

1. Cumplir las condiciones de suministro y publicación periódica de información relativa a indicadores, en los términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y comunitaria;

2. Cumplir las condiciones de suministro y publicación periódica de información en cuanto a ejecución del gasto en proyectos y medidas en relación al coste estimado, en los términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y comunitaria;

3. Mantener una adecuada pista de auditoría de las mediciones de los respectivos indicadores y la obligación al mantenimiento de la documentación soporte conforme a lo previsto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.

4. Presentar al final de la ejecución de la medida en un plazo que se establecerá posteriormente, una cuenta justificativa sobre la utilización de los fondos recibidos para la misma, incluyendo:

– Grado de cumplimiento de hitos y objetivos respecto de los fijados inicialmente o, en su caso, revisados.

– Coste real de la medida respecto del coste estimado inicialmente o revisado.

– Descripción de la medida y la manera de implementación, mecanismos de control aplicados en su ejecución.

5. Presentar una cuenta justificativa final para la liquidación del Convenio, tanto en lo que respecta a los importes utilizados como a los hitos y objetivos conseguidos, tras el cierre del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, es decir, tras todos los posibles controles nacionales y comunitarios que sobre las medidas financiadas con él puedan recaer.

Quinta. Obligación de sometimiento, por parte de la Comunitat Valenciana, a las disposiciones comunitarias sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Al ser la Comunitat Valenciana la responsable de la ejecución de los proyectos objeto de financiación, ésta se compromete a cumplir la totalidad de las disposiciones comunitarias sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular, aunque no de manera exclusiva:

1. A cumplir con la obligación de aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente y de la adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.

2. Al cumplimiento de la normativa sobre Ayudas de Estado en general y, en particular, respecto a los controles que se han aplicar para garantizar que el diseño de inversiones cumple dicha normativa en las medidas que se ejecuten por la Comunitat Valenciana, con especial referencia a los supuestos en los que vayan a participar varias administraciones públicas, en los que se deberá tener especial cuidado con las reglas de acumulación de ayudas y las de incompatibilidad entre ayudas comunitarias, así como con las intensidades máximas, procurando que las categorías de ayudas, en la medida de lo posible, no sean concurrentes sino complementarias y que los gastos elegibles no sean los mismos.

A tal efecto, si procede, tanto para el control del cumplimiento de lo anterior como para la prevención de la doble financiación, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, especialmente en lo relativo a las obligaciones de suministro de información de la misma.

3. A contribuir a la fiabilidad del sistema en general y del sistema de seguimiento de indicadores del cumplimiento de hitos y objetivos y de seguimiento del coste estimado en particular;

4. A guardar la trazabilidad de cada una de las medidas y cada uno de los perceptores finales de los fondos, así como de disponer de un sistema que permita calcular y seguir los objetivos cuyo nivel de consecución tiene que reportar a la Comunitat Valenciana. Esta obligación de pista de auditoría alcanza a la relativa al cumplimiento de hitos y objetivos y medición de indicadores.

5. A comunicar y facilitar la información disponible sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

6. A someterse a las actuaciones de la autoridad de control, nacionales o comunitarias, o de las entidades que actúen bajo su coordinación o responsabilidad.

Sexta. Participación de las Entidades Locales de la Comunitat Valenciana.

1. De conformidad con lo dispuesto en los Acuerdos del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia sobre los criterios para la distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia, de 15 de enero de 2021 y 30 de abril de 2021, en el segundo punto de su apartado común «Distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia», denominado «Participación de las Entidades Locales», las entidades locales participarán en, al menos, el 15 % de los fondos asignados a la Comunitat Valenciana, ya sea directamente o de forma compartida con la comunidad autónoma.

2. Para ello, la Comunitat Valenciana establecerá con las entidades locales de su territorio los instrumentos de colaboración adecuados, de acuerdo con la realidad institucional de cada caso. Deberán especificarse los proyectos a los que se dirigirán estos fondos y su relación con los objetivos del eje de «Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión» del Fondo de Recuperación, Transformación y Resiliencia».

Séptima. Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento.

Correlativamente a las obligaciones asumidas en el presente Convenio por parte de la Comunitat Valenciana, se establecen las siguientes consecuencias en caso de incurrir en algún incumplimiento:

1. Cuando no se puedan lograr, en todo o en parte, los objetivos previstos, siempre y cuando el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos por el Tesoro: Reintegro por importe del retorno no percibido en relación con las medidas de la responsabilidad de la Comunitat Valenciana.

2. Cuando no pueda acreditarse el logro de los objetivos por falta de fiabilidad de los indicadores reportados, siempre y cuando el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos por el Tesoro: reintegro por el importe del retorno no percibido en relación con las medidas de la responsabilidad de la Comunitat Valenciana.

3. Por la comisión de cualquier irregularidad que afecte a medidas bajo su responsabilidad determinada en cualquier control desarrollado por autoridades nacionales o comunitarias que recaiga sobre aquellas y que impida el retorno de fondos por el Tesoro: Reintegro del importe del retorno no percibido en relación con las medidas de la responsabilidad de la Comunitat Valenciana.

4. Por la no utilización de las cantidades recibidas para las medidas para las que se transfirieron: reintegro de fondos al Estado por el importe indebidamente utilizado.

Octava. Comisión de Seguimiento.

1. Para la vigilancia, control y resolución de cuantas cuestiones se susciten en torno a la interpretación y aplicación de la ejecución del presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes.

Dicha Comisión se constituirá en el plazo de quince días contados desde la firma del presente Convenio y dictará las normas internas de su funcionamiento, debiéndose reunir siempre que lo solicite alguna de las partes y, en todo caso, al menos una vez al año.

2. La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo dispuesto en la Sección Tercera del Capítulo II del Título Preliminar de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

3. La Comisión, que se deberá reunir al menos una vez durante la vigencia del Convenio, será paritaria y estará integrada por los siguientes miembros:

Por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030:

– Dos representantes designados por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.

Por parte de la Comunitat Valenciana:

– Dos representantes designados por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

4. Las funciones asignadas a la Comisión de Seguimiento consistirán en la vigilancia, control y resolución de cuantas cuestiones se susciten en torno a la interpretación y aplicación de la ejecución del presente Convenio.

Novena. Publicidad y difusión.

1. La Comunitat Valenciana se compromete a destacar, en cuantas actividades realice para la difusión de las acciones previstas en el presente Convenio, la financiación efectuada por la Administración General del Estado, así como hacerlo constar en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la difusión o publicidad de los proyectos financiados, de acuerdo con lo establecido en el «Manual de imagen Institucional de la Administración General del Estado», aprobado por Orden de 27 de septiembre de 1999 en desarrollo del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, y por la Resolución de 28 de febrero de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional adaptándolo a la nueva estructura de departamentos ministeriales de la Administración General del Estado, y la Guía para la edición y publicación de páginas web en la Administración General del Estado, aprobada por Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas.

2. Adicionalmente, se hará mención del origen de esta financiación y se velará por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU», en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación, que se incorpora al presente Convenio como anexo IV.

3. Los instrumentos de colaboración que se formalicen con las Entidades Locales en cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula sexta del presente Convenio recogerán el compromiso de dichas Entidades Locales de cumplir con estas obligaciones de publicidad y difusión.

Décima. Vigencia.

El presente Convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.

Conforme a lo indicado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este Convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la Comunitat Autónoma.

Undécima. Extinción.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución y, en concreto, por las causas establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

No obstante, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del Convenio existen actuaciones que en ese momento estén iniciadas, las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del Convenio, podrán acordar su continuación hasta su completa terminación, justificación y liquidación conforme a las cláusulas contenidas en el mismo, conforme a lo establecido en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En caso de resolución del Convenio por incumplimiento total o parcial de sus obligaciones por parte de la Comunitat Valenciana, éste deberá reintegrar al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 las cantidades que hubiera percibido como aportación económica del mismo, siendo a cargo de la citada Administración la financiación de las actividades que, en su caso, se hallen en curso.

Duodécima. Modificación.

La modificación del presente Convenio requerirá acuerdo expreso de los firmantes, según el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante la correspondiente Adenda de modificación, siguiendo la misma tramitación que para su suscripción.

Decimotercera. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a cumplir las exigencias previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. La citada obligación subsistirá aun después de terminado el proyecto. Asimismo, cuando proceda, vendrán obligados al cumplimiento de lo establecido en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Decimocuarta. Régimen jurídico y jurisdicción competente.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico está regulado en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente Convenio, dada la naturaleza administrativa de éste, de acuerdo con las previsiones de los artículos 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente Convenio.–Por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030.–Por la Comunitat Valenciana, Mónica Oltra Jarque, Vicepresidenta y Consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas.

ANEXO I
Comunitat Valenciana

Relación de proyectos a ejecutar

N.º Nombre del Proyecto

Línea

actual

Línea

anterior

Importe

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

Total

Euros

1 Plan de Infraestructuras de Servicios Sociales

C22.I1

(83,03 %)

C22.I2

(83,03 %)

53.027.077,55 63.212.690,44 68.658.040,35 184.897.808,34

C.22.I2

(16,97 %)

C.22.I7

(16,97 %)

2 Plan de Digitalización de Servicios Sociales C.22.I2 C.22.I4 7.250.000,00 8.950.000,00 9.950.000,00 26.150.000,00
3 Servicio de Teleasistencia avanzada. C.22.I1 C.22.I3 7.250.000,00 8.950.000,00 9.950.000,00 26.150.000,00
4 Mejora de los modelos de protección infantil C.22.I2 C.22.I7 500.000,00 1.238.922,08 1.655.688,16 3.394.610,24
5 Oficinas Mentora Plus C.22.I2 C.22.I7 467.958,33 1.927.988,32 1.985.827,97 4.381.774,62
6 Plan de Accesibilidad Universal e Inclusiva de las Administraciones públicas valencianas. C.22.I3 C.22.I8 4.000.000,00 5.000.000,00 7.000.000,00 16.000.000,00
  Total. 72.495.035,88 89.279.600,84 99.199.556,48 260.974.193,20
ANEXO II
Comunitat Valenciana

Relación de hitos a alcanzar por línea y semestre

Línea

actual

Línea

anterior

Semestre Hito
C22.I1 C22.I2 Q4 2021 Presentación del Plan de Infraestructuras con municipios donde ubicar los nuevos recursos y selección de centros en los que implementar el nuevo modelo y adquisición de equipamiento para 3 centros de cuidados de larga estancia.
C22.I1 C22.I2 Q2 2022 Resueltas al menos 10 delegaciones de competencias con ayuntamientos valencianos y 5 adjudicaciones de redacción de proyectos de obra nueva.
C22.I1 C22.I2 Q4 2022 Inicio de 5 obras de adecuación y de nuevas construcciones; y adquisición de 3 inmuebles para recursos nuevos; y adquisición de equipamiento para 10 centros de cuidados de larga estancia.
C22.I1 C22.I2 Q2 2023 Resultas al menos 20 delegaciones de competencias con ayuntamientos; inicio de 5 obras más de adecuación.
C22.I1 C22.I2 Q4 2023 Finalización de al menos 5 obras de adecuación y adquisición de equipamiento para 10 centros de cuidados de larga estancia.
C22.I1 C22.I3 Q4 2021 Publicación y licitación del contrato de teleasistencia avanzada que ponga a disposición de la Conselleria al menos 50.000 terminales.
C22.I1 C22.I3 Q2 2022 Adjudicación del contrato y se inicia el cambio de las personas con teleasistencia al sistema de teleasistencia avanzada llegando a 6.000 personas.
C22.I1 C22.I3 Q4 2022 Regularización de las otras 6.000 personas beneficiarias de teleasistencia, se asigna el recurso a 7.000 personas nuevas, reduciendo la lista de espera del recurso en un 33%.
C22.I1 C22.I3 Q2 2023 Se asigna el recurso a 15.000 personas nuevas, reduciendo la lista de espera de este recurso en otro 33 %.
C22.I1 C22.I3 Q4 2023 Se asigna el recurso a 16.000 personas nuevas, eliminando la lista de espera del recurso.
C22.I2 C22.I4 Q4 2021 Definición del alcance, prestaciones y funcionalidades concretas de las aplicaciones a desarrollar y publicación y licitación de los correspondientes contratos y/o encargo a medios propios.
C22.I2 C22.I4 Q2 2022 Adjudicación del contrato; y inicio de la digitalización de la documentación de la Conselleria para ser introducida en los aplicativos.
C22.I2 C22.I4 Q4 2022 Desarrollo de las aplicaciones y proyectos pilotos en prueba; y adquisición de los equipos informáticos para acceso a los aplicativos.
C22.I2 C22.I4 Q2 2023 Inicio de la implantación de las aplicaciones en los centros burocráticos y de gestión directa.
C22.I2 C22.I4 Q4 2023 Finalización de la implantación de las aplicaciones en los centros burocráticos y de gestión directa, seguimiento del correcto funcionamiento de las mismas y habilitación de la interoperabilidad para los centros titularidad privada per que forman parte del Sistema Público de Servicios Sociales.
C22.I2 C22.I7 Q4 2021 Presentación del Plan de Infraestructuras con municipios donde ubicar los nuevos recursos y selección de centros en los que implementar el nuevo modelo
Publicación y licitación de los contratos para la dinamización de las estructuras de participación infantil y las campañas de promoción del acogimiento familiar
Preparación del instrumento jurídico necesario para dar soporte a la creación de las Oficinas Mentora Plus. Resolución del procedimiento de concesión y puesta en marcha.
C22.I2 C22.I7 Q2 2022

5 adjudicaciones de proyectos de obras de reforma y adquisición de dos inmuebles para nuevos recursos

Constitución de dos órganos de participación infantil y adolescente autonómicos.

Se adjudican los contratos y se inician los trabajos con los representantes de los órganos de participación infantil para la preparación del reglamento de funcionamiento de los órganos

Supervisión y coordinación de la red de Oficinas Mentora Plus, atendiendo a 750 personas jóvenes, aproximadamente (intervenciones).

C22.I2 C22.I7 Q4 2022

Inicio de 3 obras de adecuación de centros y adquisición de equipamiento renovado para al menos 10 centros

6 recursos de protección formados y asesorados para crear estructuras estables de participación interna.

Se ejecutan y desarrollan un mínimo de dos campañas de promoción del acogimiento familiar

Supervisión y coordinación de la red de Oficinas Mentora Plus, atendiendo a 750 personas jóvenes, aproximadamente (intervenciones).

C22.I2 C22.I7 Q2 2023

5 adjudicaciones de proyectos más e inicio de al menos tres obras más 100 personas profesionales del sistema de protección formadas en participación infantil desde el inicio del programa de creación de estructuras estables de participación infantil.

Se ejecutan y desarrollan un mínimo de dos campañas de promoción del acogimiento familiar.

Supervisión y coordinación de la red de Oficinas Mentora Plus, atendiendo a 750 personas jóvenes, aproximadamente (intervenciones).

C22.I2 C22.I7 Q4 2023

Finalización de al menos tres obras de adecuación de centros.

1 memoria evaluativa final del programa de creación de estructuras estables de participación infantil, que incluya: la formación recibida por las personas profesionales, y la evaluación del funcionamiento y resultados de los procesos participativos implantados en 10 recursos de protección, y en los 2 órganos de participación infantil autonómicos.

Evaluación del resultado de las campañas de promoción del acogimiento familiar.

Evaluación del funcionamiento de las Oficinas Mentora Plus, atendiendo a 750 personas jóvenes, aproximadamente (intervenciones).

C22.I3 C22.I8 Q4 2021 Estudio de las necesidades de mejora de accesibilidad de los edificios y de los transportes eléctricos accesibles en los centros del sistema público de servicios sociales. Publicación y licitación de los correspondientes contratos.
C22.I3 C22.I8 Q2 2022 Adjudicación y ejecución de al menos 5 proyectos de accesibilidad en edificios; adjudicación y adquisición de al menos 30 transportes eléctricos accesibles.
C22.I3 C22.I8 Q4 2022 Ejecución de al menos 15 proyectos de accesibilidad en edificios del sistema público de servicios sociales; adquisición de al menos 30 transportes eléctricos accesibles.
C22.I3 C22.I8 Q2 2023 Ejecución de al menos 15 proyectos de accesibilidad en edificios del sistema público de servicios sociales; adquisición de al menos 30 transportes eléctricos accesibles.
C22.I3 C22.I8 Q4 2023 Ejecución de al menos 15 proyectos de accesibilidad en edificios del sistema público de servicios sociales; adquisición de al menos 30 transportes eléctricos accesibles.
ANEXO III
Descripción de los proyectos a desarrollar por la Comunidad Autónoma: Comunitat Valenciana
Proyecto n.º 1 Nombre del proyecto : Plan de Infraestructuras de Servicios Sociales Línea: C22.I1 y C22.I2
a) Descripción de la inversión. Se trata de un proyecto ambicioso de construcción de nuevas residencias, centros de día y demás recursos de servicios sociales que haga frente al déficit histórico de cobertura de plazas públicas que padece la Comunitat Valenciana. También se incluye un apartado dentro del proyecto con el que se pretende adecuar los centros públicos existentes a los nuevos estándares de atención e incorporar las lecciones aprendidas por el COVID.
b) Implementación de la inversión.

La inversión se realizará mediante contratos de obras y de proyectos técnicos ejecutados directamente por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Complementariamente, se realizarán inversiones a través de ejecución indirecta con los ayuntamientos valencianos como ejecutores mediante delegación de competencias.

Asimismo, está previsto realizar inversiones de adquisiciones de solares e inmuebles para destinarlos a nuevas infraestructuras en departamentos donde no exista cobertura de algún recurso social.

Las remodelaciones de espacios ya existentes incluirán también la compra y actualización de los equipamientos que configuran la atención directa e indirecta en los centros de servicios sociales.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

Las actuaciones se ejecutarán en las líneas C22.I1 y C22.I2 con la siguiente previsión:

Línea

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

C22.I1 44.027.077,55 51.262.690,44 52.808.040,35
C22.I2 9.000.000,00 11.950.000,00 15.850.000,00
 Total 53.027.077,55 63.212.690,44 68.658.040,35
d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

Los conceptos de gasto fundamentales son:

– Ejecución de las obras.

– Redacción de proyectos y otras asistencias y trabajos técnicos asociados con la realización de obras nuevas y reformas.

– Adquisición de nuevos inmuebles y del equipamiento necesario para la puesta en marcha de las infraestructuras.

Proyecto n.º 2 Nombre del proyecto: Plan de digitalización de Servicios Sociales Línea: C22.I2
a) Descripción de la inversión. Plan de digitalización de Servicios Sociales, en el que buscamos cuatro objetivos principales, desarrollar nuevas aplicaciones de gestión de servicios sociales, mejorar las aplicaciones informáticas existentes, preparación de la documentación existente en papel para que pueda ser volcada en las nuevas aplicaciones mediante la digitalización de estos y la adquisición de elementos tecnológicos para el acceso a estas aplicaciones y para romper con la brecha digital de las personas usuarias del sistema valenciano de servicios sociales.
b) Implementación de la inversión.

Tanto en el caso de las aplicaciones como en el caso de los equipos informáticos se licitarán:

– Contratos públicos para su implantación y adquisición.

– Encomiendas para la digitalización.

∙– Autentificación de la documentación que se encuentre en expedientes físicos y que requieren ser digitalizados para la plena implantación del expediente administrativo electrónico.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).
Línea

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

C22.I2 7.250.000,00 8.950.000,00 9.950.000,00
d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

Se compondrá principalmente de la licitación de varios contratos de servicios externos para la creación y mejora de aplicaciones, así como de servicios posteriores de formación a todo el personal que la deberá utilizar y gestionar. Asimismo, se prevé la encomienda a medios propios para llevar a cabo el trabajo de digitalización y autentificación de la documentación existente para completar el expediente administrativo electrónico.

Finalmente, en el caso de los equipos informáticos su adquisición se realizará mediante la licitación de los correspondientes contratos de suministros.

Proyecto n.º 3 Nombre del proyecto: Servicio de Teleasistencia avanzada Línea: C22.I1
a) Descripción de la inversión.

Se trata de un proyecto nuevo para la Comunitat Valenciana que tiene que cumplir con la protección, seguridad y compañía de las personas en situación de dependencia que se encuentren en sus domicilios, que junto con otros recursos compatibilizado ofrezca una atención integral, con un equipo multidisciplinar y con la metodología de intervención centrada en la persona.

El servicio de teleasistencia avanzada es aquella que incluye, además, de los servicios de teleasistencia básica que la persona usuaria precise, apoyos tecnológicos complementarios dentro o fuera del domicilio, o en ambos casos, así como la interconexión con los servicios de información y profesionales de referencia en los sistemas sanitario y social, desarrollando procesos y protocolos de actuación en función de la situación de necesidad de atención detectada.

Las personas beneficiarias serán aquellas que sean declaradas dependientes por el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), siempre y cuando no reciban servicios de atención residencial y así lo establezca su Programa Individual de Atención.

b) Implementación de la inversión. La inversión se realizará a través de un contrato mayor destinado a empresas del sector que permitan dar un servicio de implantación, seguimiento y supervisión de todas las aplicaciones y sensores del sistema.
c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).
Línea

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

C22.I1 7.250.00,00 8.950.000,00 9.950.000,00
d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

Se requiere presupuesto para la compra de los equipamientos telefónicos, terminales, así como las alarmas, sensores y complementos de atención personalizada (relojes, pulseras de movilidad, botones de conexión…, y aplicaciones informáticas de control de dichas alarmas.

Profesionales de instaladores a domicilio y equipo profesional bio-psico-social, así como transportes adaptados medicalizados para emergencias.

Proyecto n.º 4 Nombre del proyecto: Mejora de los modelos de protección infantil Línea: C22.I2
a) Descripción de la inversión.

Se trata de una intervención de reforma destinada a favorecer el cambio de los modelos de protección (acogimiento residencial y familiar) hacía un modelo más centrado en los derechos de la infancia y su inclusión social.

A través de las acciones previstas en el proyecto se pretende desarrollar el reconocimiento de la persona menor de edad como sujeto activo y de derecho, reconociendo y tomando como base los derechos del niño, niña o adolescente recogido en la Convención de los Derechos del Niño (CDN).

Para ello se desarrollarán dos acciones, que se centrarán especialmente en dos derechos:

1. Creación de estructuras estables de participación infantil dentro del sistema de protección. (artículo 12 CDN).

A través de la creación de estructuras estables de participación infantil (Consejo infantil y adolescente del sistema de protección, Consejo de infancia y adolescencia de la Comunitat Valenciana), se logra un impacto directo y duradero en la estructura de la administración autonómica competente en materia de protección de niños, niñas y adolescentes.

Logrando el ejercicio de sus derechos como ciudadanía plena, especialmente de participación, de todas las personas menores de edad que se encuentran en acogimiento residencial o familiar. Mejorando la calidad de la institución de protección, así como del sector público.

A través del proyecto, se establecen las bases para la prueba piloto de puesta en marcha y asentamiento de los órganos colegiados de participación, formados por niños, niñas y adolescentes.

2. Campaña para favorecer el acogimiento familiar centrado en los derechos del niño. (artículo 20 CDN).

El objeto es el fomento del acogimiento familiar desde una perspectiva de la promoción de los derechos de la infancia y adolescencia. Abarcando:

– La sensibilización y reconocimiento social del acogimiento familiar, como forma de dar respuesta al derecho del niño a la protección.

– El reconocimiento de la infancia como sujetos activos de derecho, con el reconocimiento y difusión de estos.

– La participación activa de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en acogimiento familiar.

– La captación de familias acogedoras adecuadas a los perfiles de los niños y niñas susceptibles de ser acogidos.

– La adhesión de entidades colaboradoras al programa de carné de familia acogedora, como medio de reconocimiento social y complemento a la labor de estas.

b) Implementación de la inversión.

Esta inversión se implementará mediante varías vías:

– Por un lado, un contrato destinado a la creación de equipos de dinamización que acompañen a los niños, niñas y adolescentes que deben conformar estos órganos.

– Así como la creación de materiales adecuados para los mismos, adaptación de textos, creación de dinámicas adecuadas, dotarles de información adecuada y ajustada a su nivel evolutivo y cognitivo.

– Por otro lado, un contrato/Convenio destinado a la elaboración de una campaña de fomento del acogimiento familiar.

– Incluirán la creatividad de la misma, la producción de material audiovisual de difusión (spots, cuñas de radio, cartelería, merchandising, etc.), así como el coste de difusión a través de medios de difusión, tales como televisión, radio, redes sociales, alquiler de vallas publicitarias, marquesinas, espacios en medios de transporte y cualquier otro medio adecuado e innovador.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).
Línea

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

C22.I2 500.000,00 1.238.922,08 1.655.688,16
d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

Se compondrá principalmente de:

– La licitación de un contrato de servicios externos para la dinamización de los órganos de participación infantil y adolescente, así como creación de recursos.

– La licitación de un contrato/firma de un Convenio para el desarrollo de una campaña de fomento del acogimiento familiar. Incluiría:

• Diseño y creatividad de campañas.

• Producción de material audiovisual.

• Difusión y divulgación a través de medios de comunicación y redes sociales

• Gestión de alquiler de elementos aptos para la colocación de publicidad, tales como, faldones y vinilos en medios de transporte, marquesinas, vallas publicitarias, exposiciones en lugares públicos de tránsito frecuente, etc.

Proyecto n.º 5 Nombre del proyecto: Oficinas Mentora Plus Línea: C22.I2
a) Descripción de la inversión. Creación de 9 Oficinas Mentora Plus.
b) Implementación de la inversión. Las Oficinas Mentora Plus se implementarán a través de la acción concertada con entidades de iniciativa social.
c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).
Línea

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

C22.I2 467.958,33 1.927.988,32 1.985.827,97
d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

– Arrendamiento de locales.

– Gastos de personal que presta sus servicios en las oficinas mentoras.

– Gastos de suministros.

Proyecto n.º 6 Nombre del proyecto: Plan de Accesibilidad Universal e Inclusiva de las administraciones públicas valencianas Línea: C22.I3
a) Descripción de la inversión. Se trata de un proyecto para dotar a las administraciones públicas valencianas de los instrumentos, equipos y tecnologías y de los bienes y productos necesarios que permitan, principalmente, a las personas con diversidad funcional que puedan acceder en igual de condiciones y de manera inclusiva a los servicios que ofrecen. Asimismo, dado que la accesibilidad es una necesidad de toda la ciudadanía, en la medida que proporciona una mayor calidad de vida y seguridad, estos proyectos introducirán mejoras para su conjunto.
b) Implementación de la inversión.

La inversión se realizará mediante contratos de obras y de proyectos técnicos ejecutados directamente por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Asimismo, se realizarán inversiones a través de ejecución indirecta con los ayuntamientos valencianos como ejecutores mediante delegación de competencias.

Por último, se realizarán inversiones mediante compra directa o por contrato administrativo de suministros de elementos de transporte.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).
Línea

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

C22.I3 4.000.000,00 5.000.000,00 7.000.000,00
d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

Se solicita presupuesto para poder dotar al sistema público de servicios sociales de transportes accesibles que permita la inclusión de las personas usuarias, principalmente, de los servicios sociales de la administración, facilitando los desplazamientos desde las puertas de los vehículos hasta los lugares en donde los viajeros efectuarán el viaje.

Así como para poder dotar a las administraciones públicas valencianas de instrumentos, equipos, contenidos digitales y tecnologías que posibiliten la accesibilidad a las personas sordas, ciegas, sordociegas, con movilidad reducida o con cualquier otro tipo de diversidad funcional y de esta manera poder garantizar la accesibilidad y usabilidad de la sede electrónica y de los contenidos digitales de las administraciones públicas.

ANEXO IV

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