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Documento BOE-A-2021-17898

Resolución CLT/3076/2021, de 8 de octubre, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de lugar histórico, a favor de la Capella dels Segadors de Sant Andreu del Palomar, en Barcelona, y de delimitación de su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 2 de noviembre de 2021, páginas 133167 a 133167 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2021-17898

TEXTO ORIGINAL

El 28 de septiembre de 2021 la Dirección General de Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente de declaración de Bien Cultural de Interés Nacional, en la categoría de Lugar Histórico, a favor de la Capella dels Segadors de Sant Andreu del Palomar, en Barcelona, y de delimitación de su entorno de protección.

Considerando lo dispuesto en la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

Primero.

Incoar expediente de declaración de Bien Cultural de Interés Nacional, en la categoría de Lugar Histórico, a favor de la Capella dels Segadors de Sant Andreu del Palomar, en Barcelona, y de delimitación de su entorno de protección. Este entorno consta grafiado en el plano que consta en el expediente administrativo.

Segundo.

Notificar esta resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Barcelona y hacerle saber que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente resolución.

Tercero.

Comunicar esta resolución al Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 8 de octubre de 2021.–La Consejera de Cultura, Natàlia Garriga Ibáñez.

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