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Documento BOE-A-2021-18263

Resolución de 4 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se convoca la prueba objetiva correspondiente al acceso al título de Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 8 de noviembre de 2021, páginas 137839 a 137849 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Universidades
Referencia:
BOE-A-2021-18263

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería, establece en el apartado 6 de su disposición transitoria segunda que le corresponde al Secretario de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia [actual Secretario General de Universidades del Ministerio de Universidades, en virtud del artículo 2.2.l) del Real Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Universidades], la aprobación mediante una resolución, de las bases de la convocatoria de la prueba objetiva, dirigida a evaluar la competencia de los aspirantes en sus ámbitos de conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para el adecuado ejercicio de la especialidad de que se trate.

En cumplimiento de la citada disposición, el 8 de julio de 2021 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 30 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva, que actualiza el contenido previsto de las pruebas correspondientes a todas las especialidades de Enfermería determinadas en el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, la composición de la comisión evaluadora, el sistema de evaluación y los aspectos necesarios para su adecuada organización.

El apartado 4 de la disposición transitoria segunda del referido Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, establece que el plazo de presentación de solicitudes finalizará, para cada especialidad, a los seis meses de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de la prueba anual de carácter estatal en la que, por primera vez, se oferten plazas de formación en la especialidad correspondiente. El 22 de septiembre de 2010 tuvo lugar la primera oferta de plazas de formación en la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria. Por este motivo, el plazo de presentación de solicitudes para acceder al título de especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria se fijó hasta el 22 de marzo de 2011.

El apartado 5 de la precitada disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, establece que la Dirección General de Universidades del Ministerio de Educación y Ciencia (actual Secretaría General de Universidades), a propuesta de la Comisión Mixta, dictará una resolución en la que declare la admisión o exclusión de los interesados a la prueba objetiva, desde que concluya el plazo de presentación de solicitudes.

La prueba objetiva se dirigirá a evaluar la competencia de sus aspirantes en sus ámbitos de conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para el adecuado ejercicio de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria.

Por todo ello, en cumplimiento de lo previsto en las disposiciones anteriores, previo informe de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, previo informe de la Comisión Delegada de Enfermería del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud, de conformidad con el apartado 6 de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, la Secretaría General de Universidades resuelve:

1. Convocatoria

Se convoca la prueba objetiva para al acceso al título de Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria establecido en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril.

Esta convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en la página web del Ministerio de Universidades (https://www.universidades.gob.es/), apartados «Enseñanzas Universitaria; Gestión de títulos universitarios; Títulos universitarios españoles; Especialidad: Enfermería Familiar y Comunitaria - Presentación a prueba objetiva».

2. Descripción de la evaluación

La prueba de evaluación de la aptitud profesional se efectuará de conformidad con lo establecido en la presente convocatoria y será única para todo el territorio español.

Los cuestionarios de examen de los diferentes grupos de aspirantes serán similares y de dificultad análoga.

3. Requisitos de los aspirantes

Haber solicitado la obtención del título de enfermero especialista conforme a lo recogido en el apartado 4 de la disposición transitoria segunda, sobre el acceso excepcional al título de Especialista del referido Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, y figurar en la relación de admitidos a la prueba objetiva.

4. Relaciones con los participantes

Para información sobre la convocatoria, la inscripción, o en su caso, incidencias técnicas para el servicio de inscripción, los aspirantes deberán dirigirse la dirección de correo electrónico: alegaciones.enfermeriafyc@universidades.gob.es.

A los efectos de comunicaciones y otras incidencias relativas al proceso evaluador ya en curso, los aspirantes deberán dirigirse la Comisión Evaluadora de la prueba de Enfermería Familiar y Comunitaria, que tendrá su sede en el Ministerio de Universidades, paseo de la Castellana, n.º 162, planta 17, 28071 Madrid.

A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la página web del Ministerio de Universidades (https://www.universidades.gob.es/ )

5. Aspirantes admitidos y excluidos provisionalmente a la realización de la prueba objetiva para acceder al título de Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria

Los aspirantes admitidos y excluidos a la referida prueba para la obtención del Título de Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria son los que figuran en la relación provisional de la página web del Ministerio de Universidades, apartados «Enseñanzas Universitaria; Gestión de títulos universitarios; Títulos universitarios españoles; Especialidad: Enfermería Familiar y Comunitaria - Presentación a prueba objetiva», cuya dirección de enlace directo es la siguiente:

http://run.gob.es/enfermeria-FamiliarComunitaria

En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto de producirse y posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la relación de admitidos.

Tanto los aspirantes excluidos como los omitidos por no figurar en las listas de admitidos ni en las de excluidos, disponen de un plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o la omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos.

Los interesados deberán presentar sus alegaciones a través de los mecanismos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con independencia de su remisión a efectos informativos a través de la dirección de correo electrónico: alegaciones.enfermeriafyc@universidades.gob.es.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En caso de producirse modificaciones en la relación de admitidos y excluidos, éstas figurarán en la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos de la prueba que será publicada en la dirección electrónica:

http://run.gob.es/enfermeria-FamiliarComunitaria

Finalizado el plazo de subsanación, por resolución de la Secretaría General de Universidades, en virtud de la delegación contenida en el artículo 6 de la Orden CNU/450/2019, de 12 de abril, por la que se delegan competencias, se publicará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que podrá consultarse en la página web del Ministerio de Universidades. Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, siendo susceptible de recurso de reposición potestativo o de recurso contencioso-administrativo desde su publicación en la citada página web.

6. Plazo y forma de presentación de las solicitudes de inscripción y documentación

Será requisito indispensable la inscripción para la participación en la prueba objetiva. El plazo de presentación de solicitudes de inscripción será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Únicamente los aspirantes que aparezcan en las listas provisionales y definitivas de admitidos podrán realizar dicha inscripción, que se realizará en la página web del Ministerio de Universidades.

Los datos personales serán tratados conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Para la formalización de la inscripción se deberá cumplir:

6.1 Cumplimentar en la aplicación disponible en la página web del Ministerio de Universidades, el siguiente formulario:

a) Nombre y apellidos.

b) DNI o NIE o Documento de identidad.

c) Fecha de nacimiento.

d) Aportar una cuenta de correo electrónico que servirá para la realización de la prueba.

e) Aceptar la información básica sobre protección de datos aplicable.

f) Comprometerse durante la celebración de la prueba a respetar las normas del examen, a no consultar en ningún momento textos, ni manuales, ni cualquier otro documento o dispositivo electrónico de apoyo, ni servirse del auxilio de persona alguna, desde el inicio del ejercicio hasta el final del mismo.

6.2 Adjuntar una foto tamaño carnet que deberá ser remitida al correo prueba.enfermeriafyc@universidades.gob.es conforme a los siguientes términos:

a) Se debe indicar únicamente en el asunto el número de DNI/NIE.

b) La imagen irá en un archivo con formato JPG.

c) Deberá tener un tamaño aproximado de 25 kb de información.

d) El nombre del fichero debe ser únicamente, el número de DNI, NIE o Pasaporte, con las letras en mayúsculas y sin guiones

La no remisión de esta fotografía será causa de exclusión.

La Administración podrá, en cualquier momento, solicitar la acreditación de la documentación de los solicitantes, si así lo considerase necesario.

Los aspirantes que no realicen el proceso de inscripción descrito anteriormente quedarán automáticamente excluidos de la prueba objetiva.

7. Requisitos técnicos específicos para la realización del examen

Los aspirantes, deberán disponer de un ordenador, tableta o teléfono que funcione correctamente y que cuente con:

– Sistema operativo no obsoleto y actualizado, siendo los recomendados: Android, Linux, macOS, Windows.

– Navegador web actualizado, siendo los siendo los recomendados: Chrome, Edge, Firefox (especialmente para Windows), Opera, Safari (especialmente para macOS).

– Cámara web.

– Acceso a internet.

8. Derechos de examen

La participación en la prueba de evaluación será gratuita.

9. Acceso a personas con discapacidad

Al objeto de favorecer el acceso de las personas con discapacidad a la prueba objetiva, se tendrán en cuenta criterios de accesibilidad.

Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberán solicitar, en el momento de realizar su inscripción, las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios, a fin de asegurar su participación en la evaluación en condiciones de igualdad.

Dentro del plazo de presentación de solicitudes de inscripción y a través del correo electrónico alegaciones.enfermeriafyc@universidades.gob.es, se aportará el dictamen técnico facultativo donde se determine la procedencia de dicha adaptación, emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática, sino únicamente en el caso de que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, correspondiendo a la Secretaría General de Universidades resolver la procedencia y concreción de la adaptación. Para la adaptación de tiempos adicionales, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

10. Convocatoria y calendario de las pruebas

Los aspirantes admitidos a la prueba objetiva correspondiente al acceso al título de Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria dispondrán para realizar dicha prueba de un máximo de dos convocatorias.

Fechas de celebración de la prueba:

1. Primera convocatoria: sábado, 11 de diciembre de 2021.

2. Segunda convocatoria: Dentro de los diez meses siguientes a la primera convocatoria. La fecha, hora y lugar de celebración del examen se comunicará mediante nota informativa, a través de la página web del Ministerio de Universidades.

Convocatoria de los aspirantes, con señalamiento del día para efectuar la prueba:

Los aspirantes serán convocados según sus apellidos en diferentes franjas horarias para realizar la prueba objetiva en la fecha indicada.

a) Grupo 1: Los aspirantes cuyos apellidos estén comprendidos desde Vaamonde Rodríguez hasta Fernández Márquez inclusive, quedan convocados para realizar la prueba el sábado, 11 de diciembre de 2021 a las 8:30 h (hora peninsular).

b) Grupo 2: Los aspirantes cuyos apellidos estén comprendidos Fernández Martín hasta Moline Cristia inclusive, quedan convocados para realizar la prueba el sábado, 11 de diciembre de 2021 a las 12:00 h (hora peninsular).

c) Grupo 3: Los aspirantes cuyos apellidos estén comprendidos Molinero García hasta Uzquiza Arrieta inclusive, quedan convocados para realizar la prueba el sábado, 11 de diciembre de 2021 a las 16:00 h (hora peninsular).

Los aspirantes que no se presenten en la fecha y hora asignada para primera convocatoria o que no hayan superado la prueba, podrán acceder a la segunda convocatoria, que será común para todos.

Duración de la prueba: La prueba tendrá una duración ininterrumpida de tres horas.

11. Comisión evaluadora de la prueba objetiva

La Comisión Evaluadora titular y suplente de la prueba objetiva de Enfermería Familiar y Comunitaria, estará integrada conforme a lo dispuesto en la Resolución de 30 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva prevista en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería.

Comisión evaluadora titular:

Presidenta: Doña María del Valle Pérez Barbachano, Subdirectora General de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias del Ministerio de Universidades.

Vocales:

Don Gustavo Pérez-Morales López, Vocal Asesor Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad.

Doña Lorena Villa García, Vocal de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria.

Doña Marta Fernández Batalla, Vocal de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria.

Secretario: Don Tomás Mayoral Ortega, Subdirector General Adjunto de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias del Ministerio de Universidades.

Comisión evaluadora suplente:

Presidente: Don Tomás Mayoral Ortega, Subdirector General Adjunto de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias del Ministerio de Universidades.

Vocales:

Doña Pilar Carbajo Arias, Subdirectora General de Formación y Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad.

Don Francisco Javier Pastor Gallardo, Vicepresidente de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria.

Doña Lucía Pérez-Vico Díaz de Rada, Vocal de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria.

Secretaria: Doña Beatriz Parra Arrondo, Consejera técnica de la Subdirección General de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias del Ministerio de Universidades.

Para el desarrollo de sus funciones en relación con la referida prueba, la Comisión Evaluadora estará asistida en las tareas administrativas por personal de la Secretaría General de Universidades.

La actuación de la Comisión Evaluadora titular y suplente de la prueba objetiva de Enfermería Familiar y Comunitaria se adecuará en lo no previsto en el Real Decreto 450/2005, sobre especialidades de Enfermería y en la citada Resolución de 30 de junio de 2021, a las previsiones contenidas el capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

12. Contenido y estructura de la prueba objetiva

Las preguntas versarán sobre las bases científicas y tecnológicas necesarias para la práctica actualizada de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria, estando recogidas en el programa formativo vigente de la mencionada especialidad, publicado por Orden SAS/1729/2010, de 17 de junio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria (BOE del 29 de junio de 2010).

La prueba objetiva será en modalidad virtual, escrita y constará de dos partes, que se realizará de forma ininterrumpida en el mismo día:

a) La primera parte de la prueba consistirá en un cuestionario de 100 preguntas de tipo test, más 10 de reserva, de respuestas múltiples, de las que sólo una de ellas será válida. Dicha parte tendrá una duración de 2 horas.

El cuestionario de preguntas se estructurará con el grado de discriminación y dificultad que se corresponda con el buen hacer profesional de un Especialista de Enfermería Familiar y Comunitaria en su práctica habitual, de acuerdo con el correspondiente programa formativo.

En la calificación de esta parte, se valorará con 1 punto cada respuesta correcta, se restará 0,35 puntos por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas.

El cuestionario de preguntas se valorará sobre una escala de 0 a 100 puntos.

b) La segunda parte de la prueba consistirá en el análisis de 5 casos clínicos referidos a la especialidad, que abarquen distintas situaciones clínicas que incluyan aspectos fundamentales del ejercicio profesional de la misma.

Cada caso irá seguido de cinco preguntas, para cada una de las cuales se propondrán varias respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta. Dicha parte de la prueba tendrá una duración de una hora.

El contenido de esta parte habrá de permitir la comprobación de que los aspirantes están capacitados para dar respuesta a los problemas de enfermería que se presentan en el ámbito específico de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria.

En la calificación de esta parte se valorará con 4 puntos cada respuesta correcta, se restará 1 punto por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas.

Dicha valoración, sobre una escala de 0 a 100 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada caso clínico, a cuyos efectos cada uno de ellos se valorará sobre una escala de 0 a 20 puntos.

Para la elaboración de dichos ejercicios de respuesta múltiple, se tendrá en cuenta que los enunciados de los cuestionarios y las respuestas correctas estén redactados de forma clara y concisa, de tal forma que el participante pueda conocer con exactitud el objeto de las preguntas. Asimismo, todas las cuestiones y problemas que se planteen en estas pruebas deberán tener una única respuesta válida, fiable y practicable en el contexto profesional de que se trate.

13. Evaluación y calificación final de los aspirantes por la Comisión Evaluadora

Una vez celebrada la prueba, en un plazo de cinco días hábiles, se harán públicas las plantillas provisionales de las respuestas consideradas correctas por la Comisión Evaluadora, mediante la exhibición de las mismas en la página web del Ministerio de Universidades, en la siguiente dirección electrónica:

http://run.gob.es/enfermeria-FamiliarComunitaria

En un plazo de tres días naturales a contar desde la publicación de las plantillas provisionales a la que se ha hecho referencia, los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen pertinentes, respecto a la formulación de las preguntas y de las correspondientes respuestas correctas, al correo electrónico alegaciones.enfermeriafyc@universidades.gob.es

Estas reclamaciones serán resueltas por la Comisión Evaluadora, que las estimará o rechazará, anulando o sustituyendo la respuesta, que en su caso considere necesaria y determinando las de reserva que sustituyan a las anuladas si las hubiere, al tiempo que ratificará las que considere correctas a cuyo tenor se evaluará la prueba.

La evaluación de la prueba objetiva del aspirante, sobre una escala de 0 a 200 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada una de las dos partes que la componen.

La calificación final de cada aspirante será de «apto» o «no apto». Para ser considerado «apto», la puntuación mínima que el aspirante deberá tener es la de 40 puntos en cada una de las partes, siendo necesario obtener al menos 100 puntos en la suma de ambas; en caso contrario, será considerado «no apto».

La Comisión Evaluadora levantará acta de evaluación en la que constará la puntuación obtenida por cada aspirante y su evaluación como apto o no apto y elevará la propuesta a la Secretaría General de Universidades, para la concesión del título a los aspirantes que hayan resultado evaluados como aptos y para su denegación a quienes hayan resultado con evaluación de no apto.

14. Fase de demostración y obtención del código de acceso

En los días que se determinen, que se anunciarán con la debida antelación en la página web del Ministerio de Universidades, se desarrollará la fase de demostración, en la que los aspirantes podrán acceder a la plataforma de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), a través de la dirección web https://entrada.aulavirtualexamenes.es/ y en una pantalla de bienvenida se les pedirá la dirección de correo electrónico (que será la misma que previamente han facilitado al Ministerio de Universidades) y, tras pulsar el recuadro «Solicitar código» que aparecerá en la misma pantalla, se les remitirá un código de acceso a su cuenta de correo que deberán conservar cuidadosamente ya que será imprescindible para acceder el día del examen a la plataforma.

El aspirante podrá acceder tantas veces como quiera desde la sala de espera a un examen de prueba, durante esos días, para familiarizarse con la plataforma. Ni las respuestas a ese examen ni las preguntas formuladas en la sala de espera se conservarán durante esta fase y tampoco habrá corrección de dicho examen.

15. Celebración de la prueba

La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples, cuyo contenido se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor, y tendrá una duración de tres horas.

La prueba se celebrará en modalidad virtual de manera síncrona con cualquier dispositivo con acceso a internet, a través de la plataforma AVEX de la UNED entrando en la dirección web https://entrada.aulavirtualexamenes.es/, y se iniciará conforme a indicado en el apartado décimo. Convocatoria y calendario de las pruebas.

Los dispositivos estarán dotados de webcam y, durante la celebración de la prueba se podrán tomar de modo aleatorio una o más imágenes sin utilizar técnicas de reconocimiento facial. Estas imágenes se emplearán únicamente para comprobar que los aspirantes durante la celebración de la prueba no se valen de medios no permitidos para la realización del examen. La webcam deberá estar activa el día de la celebración de la prueba y durante todo el tiempo que permanezcan conectados a la plataforma para la realización del examen.

El aspirante podrá acceder a la plataforma desde veinte minutos antes de la hora señalada para el comienzo de la prueba de acceso. Una vez allí se le pedirá que introduzca su cuenta de correo y el código obtenido en la fase anterior y que acepte, si no lo ha hecho ya, en cuyo caso se le recordará, el compromiso de respetar las normas del examen, no consultar en ningún momento textos legales, ni manuales jurídicos, ni cualquier otro documento o dispositivo electrónico de apoyo con capacidad de almacenamiento de información o posibilidad de comunicación mediante voz o datos, ni servirse del auxilio de persona alguna, desde el inicio del ejercicio y hasta el final del mismo.

La cuenta de correo deberá ser obligatoriamente aquella en la que haya recibido el código de acceso.

Los aspirantes tras acceder a la plataforma pulsarán sobre el texto «prueba objetiva», a continuación, deberán esperar a que se habilite a la hora prevista, el botón «aceptar e iniciar examen» y tras pulsar este, se iniciará el examen con dos partes:

a) Un cuestionario de 100 preguntas más diez de reserva, de tipo test, para cada una de las cuales se propondrán cinco respuestas de las que sólo una de ellas será válida. Las preguntas y las respuestas aparecerán de una en una de manera aleatoria y se permitirá avanzar, retroceder y corregir las respuestas.

Las preguntas de reserva serán las diez últimas (de la 101 a la 110), y estarán debidamente identificadas.

b) Un cuestionario basado en el análisis de cinco casos clínicos referidos a la especialidad. Cada caso irá seguido de 5 preguntas, para cada una de las cuales se propondrán cinco respuestas de las que sólo una será la correcta.

Las preguntas y las respuestas aparecerán de una en una de manera aleatoria y se permitirá avanzar, retroceder y corregir las respuestas.

Para las respuestas de las dos partes, los aspirantes dispondrán de tres horas.

Los aspirantes podrán terminar la segunda parte del examen, en cualquier momento, pulsando el recuadro «Finalizar examen» y, en su caso, el botón «Terminar».

Tres horas después del comienzo del examen, se cerrará la plataforma, conservándose todas las respuestas introducidas hasta entonces y la prueba de acceso habrá finalizado, salvo para aquellos aspirantes a los que se les haya reconocido ampliación del tiempo para la celebración de la prueba en atención a su grado de discapacidad.

Finalizada la sesión, la comisión evaluadora levantará acta. Una vez aprobada, el original se entregará a la Secretaría General de Universidades, y en ella se hará sucinta referencia al desarrollo de la prueba virtual.

16. Problemas de conexión

En previsión a lo referido en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el supuesto de que se produzca alguna incidencia de tipo técnico que afecte de manera general a todos los aspirantes y que les impida el acceso a la plataforma, como una caída del sistema o de la red de transmisión de datos, la comisión evaluadora, después de escuchar el criterio de los técnicos responsables de la plataforma acerca de la naturaleza de la incidencia y de su alcance, podrá adoptar las decisiones que considere procedentes teniendo en cuenta el interés de los aspirantes, incluyendo las de ampliar el tiempo para la realización de la prueba, repetir la prueba en otro momento o dar la misma por finalizada, en cuyo caso, se puntuará el examen en función de las preguntas contestadas hasta ese momento.

La actuación determinada por la Comisión Evaluadora, como la incidencia técnica acontecida, será publicada en la sede electrónica.

Si el aspirante abandona la plataforma por razones personales o exclusivamente atribuibles a su dispositivo, se guardarán las preguntas contestadas hasta entonces por un tiempo de veinte minutos durante el cual podrá retomar el examen, repitiendo los pasos de entrada, en cualquier momento y a través de cualquier dispositivo electrónico con acceso a internet y dotado de webcam. Transcurrido ese plazo, el acceso al examen quedará cerrado y se calificará con las preguntas respondidas hasta entonces.

17. Resolución del procedimiento

Una vez evaluados los participantes y elevada la propuesta de la Comisión Evaluadora en los términos previstos en el apartado décimo tercero de esta Resolución, el Secretario General de Universidades dictará las resoluciones de concesión o, en su caso, de denegación del título de especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria. De estas Resoluciones se dará traslado a los interesados según lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Dichas resoluciones no ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular del Ministerio de Universidades en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre a través de la sede electrónica del Ministerio de Universidades (https://universidades.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/3513/idp/1028) o por cualquiera de las vías recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

18. Aspirantes con varias solicitudes de título de especialista

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sólo se podrá acceder por esta vía a un único título de Enfermero, o de Ayudante Técnico Sanitario Especialista.

En el supuesto de que un aspirante admitido a la realización de la prueba objetiva para acceder al título de Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, además, haya solicitado o solicite posteriormente otros títulos de Enfermero especialista a través de la vía excepcional establecida en la disposición transitoria segunda del citado Real Decreto 450/2005 y reúna los requisitos establecidos, podrá optar a las respectivas pruebas determinadas a tal fin.

A tal efecto, una vez superada la prueba de acceso al título de especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, el interesado, en un plazo máximo de 30 días hábiles a contar desde la publicación de los listados definitivos de aptos, deberá presentar una solicitud dirigida a la Secretaría General de Universidades, del Ministerio de Universidades, señalando si desea obtener este título de especialista o desea esperar a la realización de una o más de las posibles pruebas de evaluación para el acceso excepcional a otros títulos de especialista en enfermería, según modelo publicado como Anexo a la presente resolución.

Si el interesado opta en tal plazo por el título de Enfermería Familiar y Comunitaria, se concederá directamente el mismo, de conformidad con lo previsto en la presente resolución. Si, por el contrario, opta por esperar, y sin perjuicio de lo que se establezca en las convocatorias de otras especialidades, una vez aprobadas las pruebas en aquellas a las que haya podido presentarse, deberá ejercitar de igual modo al previsto en el párrafo precedente la opción por la que se decanta, concediéndose el título según la preferencia manifestada.

Transcurridos dichos plazos sin que el solicitante haya manifestado su pretensión y tras haber obtenido la calificación de apto en más de una especialidad, la Secretaría General de Universidades actuará de oficio, concediendo el título correspondiente a la prueba objetiva en la que haya obtenido mayor calificación, y en caso de empate en la calificación de las pruebas, se concederá el título de aquella que haya sido realizada en primer lugar.

19. Indemnización por razón del servicio

Los miembros de la Comisión Evaluadora de cada una de las especialidades de Enfermería, así como el personal asignado para la realización de las actividades necesarias para el desarrollo de la prueba, devengarán las asistencias correspondientes de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Dichas indemnizaciones se harán efectivas con cargo al Presupuesto de la Secretaría General de Universidades, en sus programas 33.03.322C.233 y 33.03.322C.23.

20. Referencias genéricas

Todas las referencias a cargos, puestos o personas para los que en la presente resolución se utiliza la forma de masculino genérico deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y hombres.

21. Entrada en vigor

La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de noviembre de 2021.–El Secretario General de Universidades, José Manuel Pingarrón Carrazón.

ANEXO
Solicitud del título de especialista seleccionado tras la superación de la prueba objetiva correspondiente al acceso excepcional al título de Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, según la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril

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