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Documento BOE-A-2021-18476

Resolución de 2 de noviembre de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Gebidexsa, SAU, la Diputación Provincial de Badajoz, el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y la Fundación Orquesta de Extremadura, para la realización conjunta del Encuentro IV/2021 y celebración de tres conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 2021, páginas 139207 a 139215 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-18476

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la empresa Gebidexsa, SAU, la Diputación Provincial de Badajoz, el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y la Fundación Orquesta de Extremadura (FOEX) han suscrito, con fecha 29 de octubre de 2021, un convenio para la realización conjunta del Encuentro IV/2021 y celebración de tres conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 2 de noviembre de 2021.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Amaya de Miguel Toral.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Empresa Gebidexsa, SAU; la Diputación Provincial de Badajoz, el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y la Fundación Orquesta de Extremadura (FOEX) para la realización conjunta del Encuentro IV/2021 y celebración de tres conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España

En Madrid, 29 de octubre de 2021.

De una parte, doña Amaya de Miguel Toral, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante el INAEM), en nombre y representación del citado organismo, con sede en la Plaza del Rey, N.º 1 (28004) de Madrid, y NIF número Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 856/2018, de 6 de julio, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (BOE N.º 306 de 20 de diciembre).

De otra don Esteban Morales Gálvez con DNI ****348** en calidad de gerente de la Fundación Orquesta de Extremadura, domiciliada en C/Ronda del Pilar 23 CP. 06002, Badajoz, y con CIF G06357065, en virtud del nombramiento de fecha 4 de septiembre de 2015.

De otra, don Pedro Álvarez Palomino, con DNI ****389**, en calidad de Director Gerente y Apoderado de Gebidexsa, SAU, con CIF n.º A-06459341 y domiciliada en C/. Benito Arias Montano, n.º 1 Esc. 2.ª - 4.ª Plta, 06800, Mérida, en virtud del poder de representación que le otorga la escritura presentada ante el notario Gonzalo Fernández Pugnaire con número de protocolo mil quinientos ocho. Gebidexsa, SAU como empresa encargada de la gestión de los bienes patrimoniales relacionados con el turismo de la Junta de Extremadura (entre ellos, el Palacio de Congresos Manuel Rojas de Badajoz y el Palacio de Congresos de Cáceres).

Y de otra don Miguel Ángel Gallardo Miranda con DNI ****626**, en calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, sito en Plaza de España, 1, 06700, Villanueva de la Serena (Badajoz), con CIF P0615300A y del que depende orgánicamente el Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 21.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en virtud de su nombramiento como alcalde por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de junio de 2019, y como Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, con CIF P0600000D, del que depende orgánicamente el Conservatorio Superior de Música Bonifacio Gil de Badajoz, en virtud de la toma de posesión de su cargo en la Sesión Constitutiva celebrada el día 29 de junio de 2019,

EXPONEN

Que las partes están interesadas en la organización del evento cultural «Celebración del Encuentro IV/2021» y de 3 conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España en el Auditorio y Palacio de Congresos Manuel Rojas de Badajoz, Conservatorio Superior de Música Bonifacio Gil de Badajoz, Palacio de Congresos de Cáceres y Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena de acuerdo con el plan de trabajo previsto en el Anexo de este convenio y, en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo el presente acuerdo, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto y actuaciones a realizar por las partes.

El objeto de este acuerdo es establecer las bases de colaboración entre el INAEM y la Sociedad Gebidexsa, SAU, la Diputación Provincial de Badajoz, el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y la Fundación Orquesta de Extremadura, en adelante, los organizadores, con objeto de organizar conjuntamente la celebración del Encuentro IV de la Joven Orquesta Nacional de España (JONDE) en el Auditorio y Palacio de Congresos Manuel Rojas de Badajoz junto con el Conservatorio Superior de Música Bonifacio Gil, y a continuación la realización de 3 conciertos en los Palacios de Congresos de Cáceres, Villanueva de la Serena y Badajoz, lo que tendrá lugar en el cuarto trimestre de 2021, con el programa que se indica:

Programa del Encuentro IV/2021 de la JONDE, previsto entre 1-12 de noviembre 2021 con el siguiente repertorio:

Béla Bartók: Suite de danzas, Sz 77, BB86a (1923).

Sergey Prokofiev: Concierto para violín n.º 1 en re menor, op.19 (1916-17).

Antonín Dvorák: Sinfonía n.º 7 en re menor op. 70 (1884-85).

Tanto las fechas como el repertorio pueden estar sujeto a cambios, que serán acordados por las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta en el marco de la vigencia del convenio.

Para su cumplimiento, el INAEM se compromete a encargarse de la correcta preparación del repertorio programado, convocando para ello a los Instrumentistas de la JONDE, así como a su equipo técnico y artístico, y poniendo a disposición de los mismos todo lo necesario para el desarrollo de la actividad.

Del mismo modo, el INAEM se hará cargo de todos los gastos de personal y seguridad social de la JONDE, incluyendo remuneraciones y cachés de profesores e intérpretes, así como los referentes al Director invitado y al Director asistente de la Orquesta.

El INAEM se hará cargo de los viajes, traslados de los miembros de la Orquesta a/y desde Badajoz, Cáceres y Villanueva de la Serena así como del alquiler de las partituras y el traslado de los instrumentos para los conciertos.

El INAEM se hará cargo del alojamiento y manutención en Badajoz de los integrantes de la Orquesta y equipo técnico y Directivo de JONDE durante la celebración del Encuentro IV y de los tres conciertos consecutivos en Cáceres, Villanueva de la Serena y Badajoz.

El INAEM será responsable de las formalidades y liquidaciones de sus propias cargas sociales y fiscales. A estos efectos, el INAEM se compromete a entregar a los organizadores los documentos que lo acrediten, si éstos lo solicitan.

Por su parte, los organizadores se comprometen a facilitar a la JONDE la realización del Encuentro IV y celebración de tres conciertos en el Auditorio y Palacio de Congresos Manuel Rojas de Badajoz, Conservatorio Superior de Música Bonifacio Gil, Palacio de Congresos de Cáceres y Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena.

Por parte de la Fundación Orquesta de Extremadura (FOEX) pondrá a disposición la coordinación y gestión de las actividades artísticas en todos los espacios escénicos a utilizar en el Encuentro IV y realización de tres conciertos de la JONDE, en el Auditorio y Palacio de Congresos Manuel Rojas de Badajoz, Conservatorio Superior de Música Bonifacio Gil, Palacio de Congresos de Cáceres y Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena.

Por parte de Gebidexsa, SAU pondrán a disposición gratuitamente las instalaciones del Palacio de Congresos Manuel Rojas de Badajoz para la realización del Encuentro IV y un concierto de la JONDE, incluyendo los ensayos, ensayos generales y pruebas acústicas contempladas en el plan del Encuentro y gira, haciéndose cargo de todos los gastos derivados de la utilización de los inmuebles, así como las dotaciones técnicas y el personal de carga y descarga, montaje y desmontaje necesario para el desarrollo de todas las actividades, al igual que de cualquier otro gasto derivado de la realización del Encuentro IV de 2021 y del concierto que se celebrará en el mismo de acuerdo con la programación prevista (Anexo).

Asimismo, Gebidexsa, SAU pondrá a disposición gratuitamente las instalaciones del Palacio de Congresos de Cáceres para la realización de un concierto de la JONDE de acuerdo con la programación prevista (Anexo), haciéndose cargo de todos los gastos derivados de la utilización de los inmuebles, así como las dotaciones técnicas y el personal de carga y descarga, montaje y desmontaje necesario para el desarrollo de todas las actividades, al igual que de cualquier otro gasto derivado de dicha realización.

Por parte de la Diputación Provincial de Badajoz, cederán gratuitamente las salas e instalaciones del Conservatorio Superior de Música Bonifacio Gil necesarias, para la realización del Encuentro IV de la JONDE, incluyendo los ensayos, ensayos generales y pruebas acústicas contempladas en el plan del Encuentro y gira, haciéndose cargo de todos los gastos derivados de la utilización de los inmuebles, así como las dotaciones técnicas y el personal de carga y descarga, montaje y desmontaje necesario para el desarrollo de todas las actividades, al igual que de cualquier otro gasto derivado de la realización del Encuentro IV de 2021 que se realizará en el mismo de acuerdo con la programación prevista (Anexo).

Por parte del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena se pondrán a disposición gratuitamente las instalaciones del Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena para para la realización de un concierto de la JONDE de acuerdo con la programación prevista (Anexo), haciéndose cargo de todos los gastos derivados de la utilización de los inmuebles, así como las dotaciones técnicas y el personal de carga y descarga, montaje y desmontaje necesario para el desarrollo de todas las actividades, al igual que de cualquier otro gasto derivado de dicha realización.

Los organizadores se harán cargo de los derechos de ejecución pública que correspondan a la Sociedad General de Autores, los programas de mano, anuncios, carteles y cualquier otro gasto de publicidad, de acuerdo con lo que se refiera a las actividades en cada uno de los espacios escénicos de los organizadores.

Asimismo, los organizadores, se comprometen a reservar 50 entradas gratuitas por concierto y sala para la JONDE: en el Auditorio y Palacio de Congresos Manuel Rojas de Badajoz; Palacio de Congresos de Cáceres y Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena.

Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID 19, las fechas de las actuaciones dispuestas en la presente clausula podrían estar sujetas a cambios en función de la evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan acordarse. Este cambio de fechas se realizará en el marco de la vigencia del convenio y mediante acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta.

Segunda. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

Del presente acuerdo no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes que lo firman.

La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo de ciento cincuenta y cuatro mil euros (154.000 €), IVA incluido, cuantía que se articulará a través de contratos específicos con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.

La estimación económica de la participación de los organizadores se cuantifica en un máximo de ocho mil cincuenta y cinco euros con ochenta y seis céntimos (8.055,86 €), IVA incluido, además de la cesión gratuita de las instalaciones y salas que se especifican en este convenio, entre los gastos se incluyen:

La estimación económica de la participación de la Fundación Orquesta de Extremadura (FOEX) se cuantifica en un máximo de mil quinientos euros (1.500 €) IVA incluido, con imputación al capítulo 2 «Gastos en bienes corrientes, suministros y servicios». Aplicación: 227.01.

La estimación económica de la participación de la Diputación Provincial de Badajoz comprende la cesión gratuita de las instalaciones del Conservatorio Superior de Música Bonifacio Gil (no cuantificadas monetariamente) para las actividades referidas en el mismo, y la cantidad correspondiente a los gastos de uso y mantenimiento ordinarios que se cuantifica en un máximo de mil quinientos euros (1.500 €) IVA incluido, con cargo a la partida 111/33401/48014-1100 «Promoción Cultural».

La estimación económica de la participación del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena comprende la cesión gratuita de las instalaciones del Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena (no cuantificadas monetariamente) para las actividades referidas en el mismo, y la cantidad correspondiente a los gastos de uso y mantenimiento ordinarios que se cuantifican en un máximo de mil quinientos euros (1.500 €) IVA incluido, con cargo a la aplicación de Actividades Culturales de la Concejalía de Cultura N.º 09.330.226.09.

La estimación económica de la participación de Gebidexsa, SAU, comprende la cesión gratuita de las instalaciones de los Palacio de Congresos de Badajoz y Palacio de Congresos de Cáceres (no cuantificadas monetariamente) para las actividades referidas en los mismos, y la cantidad correspondiente a los gastos de uso y mantenimiento ordinarios que se cuantifican en un máximo de tres mil quinientos cincuenta y cinco euros con ochenta y seis céntimos (3.555,86 €) IVA incluido, imputable en su contabilidad en el Grupo VI, Subgrupo 62/Servicios exteriores.

Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se establece.

Tercera. Distribución de ingresos.

Los ingresos netos obtenidos con la organización de los 3 conciertos previstos en el Auditorio y Palacio de Congresos Manuel Rojas de Badajoz, Palacio de Congresos de Cáceres y Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena (descontado el IVA, derechos de autor, comisión por gestión de venta de entradas, cualquier otro gasto que sea compartible u otro impuesto que pudiera determinar la legislación) revertirán en cada uno de los espacios escénicos referidos como los organizadores.

Cuarta. Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de la actividad objeto del convenio: realización del Encuentro IV/2021 de la JONDE y de los 3 conciertos programados.

En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente acuerdo habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los mismos.

El material de difusión que generen las actividades deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa de la JONDE. A tal efecto, y con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación de la JONDE las pruebas de los referidos materiales.

Quinta. Control y seguimiento.

Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente Convenio así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que estará integrada por el INAEM, el Director/a de la JONDE o persona en quien delegue, y por los Organizadores: por la Fundación Orquesta de Extremadura, el/la titular de gerencia o persona en quien delegue; por Gebidexsa, SAU, el/la titular de la Dirección Gerencia y Apoderado de la misma o persona en quien delegue; y por el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y la Diputación Provincial de Badajoz, el/la titular de la Alcaldía de Villanueva de la Serena y Presidencia de la Diputación Provincial de Badajoz o persona a quien el delegue.

Sexta. Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.

Los organizadores certifican que cumplen con los requisitos que impone la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello asumen el compromiso de comunicar al INAEM los riesgos que su trabajo en las dependencias del espacio escénico Auditorio y Palacio de Congresos Manuel Rojas de Badajoz, Conservatorio Superior de Música Bonifacio Gil, Palacio de Congresos de Cáceres y Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena puedan generar, así como las medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según el Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

El INAEM, a través de la JONDE, se compromete a cumplir todas las instrucciones dictadas por los organizadores, según se establece en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y todas las disposiciones relacionadas con la misma, así como hacer cumplir a sus empleados el precepto legal anteriormente mencionado.

Séptima. Régimen de modificación y plazo de vigencia.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los signatarios y su vigencia se extenderá hasta el 30 de diciembre de 2021.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

La modificación de los términos del presente convenio y/o la prórroga de su vigencia requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga del convenio podrá acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Octava. Extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas en virtud del presente convenio, las posibles indemnizaciones se regirán por lo establecido en la normativa que resulte de aplicación.

d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

En caso de resolución anticipada, las actuaciones previstas en la cláusula primera que se encontraran en curso de ejecución, deberán ser finalizadas en el plazo improrrogable que fijen las partes en el momento de la resolución, y los ingresos distribuidos de acuerdo con lo señalado en la cláusula tercera, en los términos establecidos en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

Novena. Régimen jurídico.

El presente convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 47.1.

Décima. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.

Undécima. Interpretación y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente acuerdo se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Duodécima. Información al Ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia.

Decimotercera. Protección de datos de carácter personal.

En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter personal que figuran en este convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del Convenio o Protocolo y en su ejecución.

Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.

Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante el INAEM en Plaza del Rey 1, 28004, Madrid o a través de la sede electrónica www.culturaydeporte.gob.es.

Decimocuarta. Competencias.

Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio.–Por el INAEM, la Directora General, Amaya de Miguel Toral.–Por la Fundación Orquesta de Extremadura, Gerente,  Esteban Morales Gálvez.–Por el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y por la Diputación Provincial de Badajoz, Alcalde-Presidente y Presidente Diputación Provincial de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo Miranda.–Por la sociedad Gebidexsa, SAU, Director Gerente y Apoderado, Pedro Álvarez Palomino.

ANEXO
Plan de trabajo

Encuentro IV/2021 de la Joven Orquesta Nacional de España

Plan de trabajo del 1 al 12 de noviembre del 2021 (*)

Celebración del Encuentro IV/2021 en el Auditorio y Palacio de Congresos Manuel Rojas de Badajoz y Conservatorio de Badajoz y Tres Conciertos en los Palacios de Congresos de Cáceres, Villanueva de la Serena y Badajoz.

Día

Horas

Concepto

Inicio Final
31-10-201 10:00 12:30 Carga Camión ANM.
1-11-2021* 10:00 17:00 Viaje Madrid-Badajoz.
  17:00 20:00 Descarga camión Palacio de congresos Badajoz (4 personas).
02-11-2021* 9:00 13:30 Montaje salas.
      Test Covid (orquesta profesores y equipo).
      Llegada orquesta.
  17:00 20:30 Montaje salas.
03-11-2021* 10:00 13:30 Parciales.
  17:00 20:30 Parciales.
04-11-2021* 10:00 13:30 Parciales.
  17:00 20:30 Parciales.
05-11-2021* 10:00 13:30 Parciales.
  17:00 20:30 Lectura tutti con asistente.
06-11-2021* 10:00 13:30 Día libre/ llegada Maestro.
  17:00 20:30  
07-11-2021* 10:00 13:30 Tuttis.
  17:00 Tuttis.
08-11-2021* 10:00 13:30 Tuttis.
  17:00 20:30 Tuttis.
09-11-2021* 10:00 13:30 Tuttis.
  17:00 20:30 Tuttis.
10-11-2021* 10:00 12:00 Viaje Badajoz a Cáceres.
  16:00 18:30 Ensayo General.
  19:00 20:30 Concierto Cáceres.
  22:00 00:00 Viaje Cáceres-Badajoz.
11-11-2021* 10:00 12:00 Viaje Badajoz - Villanueva de la Serena.
  17:00 18:30 Prueba acústica.
  19:00 20:30 Concierto Villanueva de la Serena.
  22:00 00:00 Viaje Villanueva de la Serena - Badajoz.
12-11-2021* 10:00 13:30 Mañana libre.
  18:00 19:00 Prueba acústica.
  20:00 21:30 Concierto (Badajoz).
  21:30 23:30 Carga Camión Palacio de Congresos de Badajoz (4 personas).

– En la zona de camerinos o cerca del escenario necesitaremos disponer de:

• Gel hidroalcohólico.

• Agua.

(*) Las fechas y horarios pueden sufrir modificaciones que serán acordadas en la Comisión de Seguimiento establecida en la Cláusula Quinta, en el marco de vigencia de este Convenio.

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