Por Resolución de 9 de febrero de 2018 (BOE de 16 de febrero) se resolvió el concurso convocado por Resolución de 15 de septiembre de 2017 para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal, adjudicando el puesto convocado con número de orden 2, código 952508, Subdirector/Subdirectora Provincial de Gestión Económica y Servicios en Badajoz a don Fernando Gómez Clavero.
Contra la citada resolución, don Sergio Alejandro Luengo Morales interpone recurso de reposición reclamando la adjudicación del puesto de trabajo convocado con número de orden 2, el cual es desestimado.
El interesado interpone recurso contencioso-administrativo contra dicha desestimación presunta, el cual es estimado en sentencia n.º 603/2019, de 23 de octubre, de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anulando la adjudicación del puesto de trabajo con orden de convocatoria 2 y ordenando la retroacción de las actuaciones administrativas para una nueva valoración de los méritos de don Fernando Gómez Clavero.
Se acuerda ejecutar el fallo de la sentencia en sus propios términos y reunida a tal fin la Comisión de Valoración con fecha 26 de octubre de 2021, y de acuerdo con la nueva puntuación asignada, la Comisión propone adjudicar a don Sergio Alejandro Luengo Morales el puesto convocado con número de orden 2, Subdirector/Subdirectora Provincial de Gestión Económica y Servicios en Badajoz.
En consecuencia, esta Subsecretaría, en uso de las facultades que tiene conferidas, acuerda:
Dejar sin efecto la adjudicación del puesto convocado con el número de orden 2, Subdirector/Subdirectora Provincial de Gestión Económica y Servicios en Badajoz a don Fernando Gómez Clavero, con Número de Registro Personal 06***50*02 A6317.
Adjudicar el puesto convocado con el número de orden 2, Subdirector/Subdirectora Provincial de Gestión Económica y Servicios en Badajoz, a don Sergio Alejandro Luengo Morales, con Número de Registro Personal 08***32*68A1122.
Frente a lo dispuesto en esta resolución que persigue la ejecución de la sentencia referenciada, podrá promoverse el incidente de ejecución de sentencia previsto en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 4 de noviembre de 2021.–La Subsecretaria de Trabajo y Economía Social, Gemma del Rey Almansa.
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