Suscrita la Adenda de la prórroga del «Convenio marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno) y la Agencia Estatal de Meteorología en materia de meteorología y climatología» y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada prórroga que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 10 de marzo de 2021.–El Presidente de la Agencia Estatal de Meteorología, Miguel Ángel López González.
En Madrid, a 10 de marzo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Carlos Novillo Piris, Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, nombrado por Decreto 98/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, hallándose facultado para la firma del presente acuerdo según lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden 88/2020, de 13 de febrero, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se delega la firma de los convenios promovidos por las Direcciones Generales y unidades administrativas que le estén adscritas.
De otra parte, don Miguel Ángel López González, Presidente de la Agencia Estatal de Meteorología, nombrado por Real Decreto 545/2013, de 12 de julio, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.a del Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología (en adelante, AEMET), que le habilita para subscribir convenios de colaboración.
EXPONEN
Que con fecha 5 de abril de 2017 se firmó el Convenio marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno) y la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en materia de meteorología y climatología.
De acuerdo con la cláusula sexta del mismo «El presente Convenio marco de colaboración entrará en vigor el día siguiente de su firma y tendrá una vigencia de cuatro años. En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente y suscribir mediante adenda su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción; dicha prórroga deberá ser comunicada al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación».
En su virtud, ambas partes
ACUERDAN
La prórroga del Convenio marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno) y la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en materia de meteorología y climatología, firmado el 5 de abril de 2017, de mutuo acuerdo entre las partes, por un periodo de 4 años adicionales a la finalización de la vigencia del Convenio.
De acuerdo a lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, la adenda de prórroga producirá efectos una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.
La adenda de prórroga será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», así como en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
Por ello, y en prueba de conformidad, firman el presente documento, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por la Comunidad Autónoma de Madrid, el Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, Carlos Novillo Piris.–Por la Agencia Estatal de Meteorología, el Presidente, Miguel Ángel López González.
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