Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-7306

Resolución de 23 de abril de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica la Adenda al Convenio con el Teatro Arriaga Antzokia, para la colaboración en la realización del espectáculo El príncipe constante.

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 3 de mayo de 2021, páginas 53196 a 53198 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-7306

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Teatro Arriaga Antzokia han suscrito, con fecha 20 de abril de 2021, una adenda al convenio para la colaboración conjunta en la realización del espectáculo El príncipe constante, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 23 de abril de 2021.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Amaya de Miguel Toral.

ANEXO
Adenda modificativa al convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Teatro Arriaga Antzokia para la colaboración conjunta en la realización del espectáculo El príncipe constante

Madrid, a 20 de abril de 2021.

De una parte, doña Amaya de Miguel Toral, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, en nombre y representación del citado organismo, con sede en la Plaza del Rey, N.º 1 (28004) de Madrid, y NIF Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 856/2018, de 6 de julio, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (BOE N.º 306 de 20 de diciembre).

De otra, don José Ignacio Malaina Sánchez, con D.N.I. ***2210**, que actúa en calidad de Director Gerente del Centro de Actividades Culturales Teatro Arriaga, S.A., con domicilio social en Plaza Arriaga 1, 48005 Bilbao, y C.I.F. A48211205, que se denominará en adelante Teatro Arriaga Antzokia, en virtud del poder de representación de esta entidad comprendido en el documento de 13 de mayo de 2019 núm. 641 de la Notaría Jose Carlos del Valle Muñoz-Cabo.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar el presente convenio.

EXPONEN

I. Que el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, INAEM) y el Teatro Arriaga firmaron un convenio para la realización del espectáculo «El príncipe constante» del Teatro Arriaga.

II. Que el citado convenio contempla la posibilidad de modificación de sus términos, lo que requerirá el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

III. Que mediante la presente adenda ambas partes unánimemente

ACUERDAN

Primera. Modificación de la cláusula segunda del convenio.

Las partes acuerdan, de conformidad con la cláusula sexta del Convenio, que la cláusula segunda queda redactada como sigue:

1. El INAEM, para su cumplimiento, se compromete a:

– Contratar a todo el equipo artístico y técnico para poder llevar a cabo las representaciones en el Teatro Arriaga Antzokia los días 6, 7, 8 y 9 de mayo del 2021.

– A difundir el logo y la participación del Teatro Arriaga Antzokia, tal y como establece la cláusula cuarta de este convenio.

– Contratar la escenografía de un espectáculo de producción propia del Teatro Arriaga hasta un máximo de doce mil cien euros, 12.100,00 € IVA incluido.

– Contratar el caché exento de IVA de las representaciones de un espectáculo de producción propia por la cantidad de cuarenta y ocho mil euros, 48.000,00 € más IVA. Las representaciones serán en el Teatro de la Comedia en la temporada 22/23.

Asumir los gastos de gestión de la autorización y la remuneración de los derechos de propiedad intelectual (comunicación pública y reproducción) que se deriven de la realización de las representaciones de un espectáculo producción propia del Teatro Arriaga en el Teatro de la Comedia durante la temporada 22/23, a favor de autores e intérpretes, hasta la cantidad máxima del 10% de la taquilla.

La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica hasta un máximo de 155.280,00 euros (IVA incluido), con cargo en las siguientes aplicaciones presupuestarias:

24 12 335B 280.10

24 12 335B 280.09

24 12 335B 280.31

24 12 335B 280.33

24 12 335B 230.01

24 12 335B 231.01

2. El Teatro Arriaga Antzokia se compromete a:

– Contratar la escenografía del El Príncipe Constante hasta un máximo de doce mil cien euros, 12.100,00 € IVA incluido.

– Contratar el caché exento de IVA de las representaciones de El príncipe constante por la cantidad de cuarenta y ocho mil euros, 48.000,00 €, exento de IVA. Las representaciones serán en el Teatro Arriaga Antzokia los días 6, 7, 8 y 9 de mayo del 2021.

– Contratar a todo el equipo artístico y técnico para poder llevar a cabo 4 representaciones de un espectáculo de producción propia del Teatro Arriaga en el Teatro de la Comedia durante la temporada 22/23.

– A difundir el logo y la participación de la Compañía Nacional de Teatro Clásico, tal y como establece la cláusula cuarta de este convenio.

– Asumir los gastos de gestión de la autorización y la remuneración de los derechos de propiedad intelectual (comunicación pública y reproducción) que se deriven de la realización de las representaciones, a favor de autores e intérpretes, hasta la cantidad máxima del 10% de la taquilla.

La estimación económica de la participación de Teatro Arriaga Antzokia se cuantifica en un máximo de sesenta mil cien euros (60.100,00€), IVA incluido, sin cuantificar de un espectáculo de producción propia durante la temporada 22/23.

Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se establece.

Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se establece.

Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID 19, las fechas de las actuaciones dispuestas en la presente clausula podrían estar sujetas a cambios en función de la evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan acordarse. Este cambio de fechas se realizará en el marco de la vigencia del Convenio y mediante acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula tercera.

Segunda. Eficacia y validez de la presente Adenda al Convenio de 11 de enero de 2021.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda, por triplicado y a un solo efecto.–En representación del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Amaya de Miguel Toral, Directora General.–En representación del Teatro Arriaga Antzokia, Jose Ignacio Malaina Sánchez, Director Gerente.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid