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Documento BOE-A-2021-9055

Resolución de 24 de mayo de 2021, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Fundación Iberdrola España, para el desarrollo del programa de una beca internacional Fundación Iberdrola España-Museo del Prado en el taller de Restauración del Museo.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 2021, páginas 66729 a 66731 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-9055

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional del Prado y la Fundación Iberdrola España han suscrito una adenda de modificación al Convenio que mediante Resolución de 23 de mayo de 2020, del Museo Nacional del Prado, BOE número 156, de 3 de junio de 2020, el Museo Nacional del Prado y la Fundación Iberdrola España suscribieron con el objeto de atender los intereses comunes que se comparten entre la Fundación y el Museo, estableciendo los términos y condiciones que regulan la colaboración del Museo con la Fundación en la materialización de una beca para la formación e investigación en el taller de Restauración del Museo del Prado, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 24 de mayo de 2021.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.

ANEXO
Adenda de modificación al Convenio entre el Museo Nacional del Prado y la Fundación Iberdrola España para el desarrollo del programa de una beca internacional Fundación Iberdrola España-Museo del Prado en el taller de restauración del museo

En Madrid, a 20 de mayo de 2021.

REUNIDOS

De una parte, el Museo Nacional del Prado, con domicilio en Madrid, paseo del Prado, s/n, y CIF Q-2828018-H, representado por don Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, según dispone el Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo, por el que se nombra Director del Museo Nacional del Prado y en virtud de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, en su artículo 7.2.l (en adelante el MNP).

De otra parte, la Fundación Iberdrola España, con domicilio social en Madrid, calle Arequipa, número 1, 4.ª planta, código postal 28043 y provista del número de identificación fiscal (NIF) G-83277871. Constituida el día 13 de marzo de 2002 ante el Notario de Madrid don Miguel Ruiz Gallardón García de la Rasilla, con el número 1324 de su protocolo, e inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura con el número 489. Se halla representada en este acto por don Ramón Castresana Sánchez y por don José María Torres Suau en virtud de escritura de apoderamiento otorgada el 29 de mayo de 2018 ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Miguel Ruiz-Gallardón García de la Rasilla, con el número 2.350 de su protocolo.

Ambos representantes declaran vigente dicha escritura de apoderamiento. Reconociéndose mutuamente la capacidad necesaria y suficiente para ello,

MANIFIESTAN

I. Que mediante Resolución del Museo Nacional del Prado, de 23 de mayo de 2020, BOE número 156, de 3 de junio de 2020, el Museo Nacional del Prado y la Fundación Iberdrola España suscribieron un Convenio que tiene por objeto atender los intereses comunes que se comparten entre la Fundación y el Museo estableciendo los términos y condiciones que regulan la colaboración del Museo con la Fundación en la materialización de una beca para la formación e investigación en el taller de restauración del Museo del Prado.

II. Que con motivo de la paralización de gran cantidad de actividades del Museo y la Fundación como consecuencia de la emergencia sanitaria provocada por la COVID-19, no ha sido posible iniciar el desarrollo del objeto convenido en el plazo inicialmente establecido y, estando vigente el compromiso de las partes en su desarrollo, las partes a tal fin,

ACUERDAN

Primera. Modificación de la cláusula cuarta «Vigencia del Convenio».

Las partes acuerdan que la cláusula cuarta del convenio queda redactada como sigue:

«Cuarta. Vigencia del Convenio.

El presente Convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba, en el plazo de cinco días desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”, según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Museo Nacional del Prado se compromete a informar al colaborador de estos hechos tan pronto ocurran.

El plazo de vigencia del Convenio será de cuatro años. Las partes podrán acordar expresamente y por escrito su prórroga, en cualquier momento antes de su finalización, conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la citada Ley 40/2015, por un máximo de cuatro años adicionales, manteniendo las mismas obligaciones de las partes.

En caso de prórroga o prórrogas sucesivas del presente Convenio, la dotación económica y número de becas será la prevista en la cláusula quinta del presente Convenio.»

Segunda. Permanencia inalterada del resto del clausulado del Convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el Convenio aprobado mediante Resolución del Museo Nacional del Prado, de 23 de mayo de 2020, BOE número 156, de 3 de junio de 2020.

Tercera. Validez y eficacia de la presente adenda.

La presente adenda tendrá efectos a partir de que, una vez firmada, se inscriba, en el plazo de cinco días desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad las partes firman la presente Adenda por duplicado ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–Por el Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.–Por la Fundación Iberdrola España, Ramón Castresana Sánchez y José María Torres Suau.

La presente adenda al Convenio ha sido informado favorablemente por los Servicios Jurídicos del Estado con fecha 4 de mayo de 2021 y por la SGT del Ministerio de Hacienda con fecha 14 de mayo de 2021, de acuerdo con los preceptos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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