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Documento BOE-A-2022-11801

Resolución de 2 de julio de 2022, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Fundación Cermi Mujeres, para la realización del proyecto "Promoción de la accesibilidad en la formación en materia de derechos humanos, género y discapacidad".

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 15 de julio de 2022, páginas 101088 a 101098 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2022-11801

TEXTO ORIGINAL

Con fecha de 26 de junio de 2022, se ha suscrito el convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad y Fundación CERMI Mujeres para la realización del proyecto sobre promoción de la accesibilidad en la formación en materia de derechos humanos, género y discapacidad, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 2 de julio de 2022.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.

ANEXO
Convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad y Fundación CERMI Mujeres para la realización del proyecto: «promoción de la accesibilidad en la formación en materia de derechos humanos, género y discapacidad»

REUNIDOS

De una parte, don Ignacio Álvarez Peralta, Secretario de Estado de Derechos Sociales, nombrado por Real Decreto 59/2020, de 14 de enero (BOE número 13, de 15 de enero), en calidad de Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, conforme a lo establecido en el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

De la otra, doña Ana Peláez Narváez, en calidad de vicepresidenta ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres, con CIF número G-87076345, domiciliada en calle Recoletos, 1, bajo, de Madrid, elegida el 25 de julio de 2014 con renovación de cargo en el 23 de julio de 2018 por acuerdo del Patronato de la Fundación CERMI Mujeres, con capacidad legal suficiente para firmar este acuerdo.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir y, al efecto,

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un Organismo Autónomo de la Administración General del Estado que tiene encomendada, entre otras funciones la generación y transferencia de conocimiento y el desarrollo de programas y actuaciones de sensibilización y concienciación social relativos a discapacidad y accesibilidad, así como la cooperación institucional con otros organismos y entidades públicas y privadas en estas materias.

Segundo.

Que el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, encomienda, en su artículo 3 a este organismo autónomo las siguientes funciones, que al objeto de este anuncio se destacan:

– Promover la aplicación de la perspectiva de derechos humanos, de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos al perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad en los campos de: la prevención de deficiencias; las disciplinas y especialidades relacionadas con el diagnóstico, la rehabilitación y la inserción social; la igualdad de oportunidades; la promoción de apoyos para la toma libre de decisiones.

– Facilitar, dentro del ámbito definido en el apartado anterior, el intercambio y la colaboración entre las distintas Administraciones públicas, así como entre éstas y el sector privado y asociativo, tanto en el plano nacional como en el internacional.

– Prestar apoyos a organismos, entidades, especialistas y promotores en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación.

– Desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión, debate y, en su caso, propuesta, de las Administraciones Públicas, la sociedad civil relacionada con la discapacidad, incluidas las asociaciones y fundaciones, el mundo académico e investigador y el empresarial, a fin de ayudar a orientar las políticas, estrategias, planes, programas y acciones relativas a las personas con discapacidad y a sus familias y la inclusión social de éstas y sus familias, ello sin perjuicio de las funciones que desarrolla el Consejo Nacional de la Discapacidad.

– Difundir y promover el más amplio conocimiento de la discapacidad, principalmente desde el enfoque de los derechos humanos y en concreto conforme a lo establecido en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de Naciones Unidas.

Tercero.

Que la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 13 de diciembre de 2006 de Naciones Unidas, en virtud del artículo 10.2 de la Constitución Española, es de obligado cumplimiento y su propósito es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.

Cuarto.

Para la consecución de los fines establecidos en el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, una de las figuras administrativas que utiliza el Real Patronato sobre Discapacidad son los convenios administrativos regulados en los artículos del 47 al 53 de Ley 40/2015 y de la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por el que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros del 15 de diciembre de 2017 por el que es aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios.

Quinto.

Que la Fundación CERMI Mujeres es una organización sin ánimo de lucro cuyo objetivo fundamental es favorecer las condiciones para que las mujeres y niñas con discapacidad, así como las mujeres y madres asistentes de personas con discapacidad, puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

La Fundación defiende la igualdad efectiva de las mujeres y niñas con discapacidad desde una perspectiva de los derechos humanos, aplicando el contenido de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, y otros instrumentos internacionales sobre derechos de las mujeres, haciendo especial hincapié en los principios de no discriminación, igualdad de oportunidades, inclusión en la comunidad, vida independiente y acción positiva y promoviendo a su vez el empoderamiento individual y colectivo de las mujeres y niñas con discapacidad.

La Fundación CERMI Mujeres sigue la cultura CERMI, adaptada al ámbito prioritario de su actuación. Por ello, su misión, visión y valores son los siguientes:

– Misión: La misión de la Fundación CERMI Mujeres consiste en representar y defender a las mujeres y niñas con discapacidad y a las madres y cuidadoras de las personas con discapacidad, para garantizar sus derechos e inclusión, así como mejorar sus condiciones de vida y ciudadanía.

– Visión: La Fundación CERMI Mujeres aspira a convertirse en el referente instrumental de actuación del movimiento CERMI en relación con las mujeres y las niñas con discapacidad, así como de las madres y cuidadoras de personas con discapacidad, apoyando al CERMI en el objetivo prioritario de avanzar en su igualdad plena y efectiva.

– Valores: Los valores que inspiran y orientan la actuación de la Fundación CERMI Mujeres son los mismos que inspiran al CERMI, y concretamente aquellos que sustentan la Convención Internacional sobre los Derechos de los Personas con Discapacidad y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, y otros instrumentos internacionales sobre derechos de las mujeres, y además y en concreto los de unidad, respeto a la diversidad, independencia y neutralidad política o ideológica, igualdad entre mujeres y hombres, funcionamiento democrático, participación, transparencia, calidad, buen gobierno, comportamiento ético y solidaridad social.

Sexto.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y la Fundación CERMI Mujeres reconocen que la realización de actividades conjuntas facilita la inclusión social de las personas con discapacidad y actúa como medio de concienciar a la sociedad, lo que favorece que la inclusión social de estas personas sea real y efectiva.

Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Fundación CERMI Mujeres para la realización del Proyecto «Promoción de la accesibilidad en la formación en materia de derechos humanos, género y discapacidad» se realizará en Madrid a lo largo del año 2022, cuyo desarrollo contribuirá a dar cumplimiento al estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La descripción, objetivos y alcance del proyecto se detallan en el anexo 1.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad aportará:

– La participación activa del personal en la coorganización para la preparación, desarrollo y evaluación del proyecto, mediante reuniones de trabajo, así como su divulgación.

– La publicación en formato electrónico en la Revista Española de Discapacidad (REDIS) coordinada y editada por el Centro Español de Documentación sobre Discapacidad (CEDD), del Real Patronato sobre Discapacidad.

– La comunicación y difusión del resultado del proyecto, en los soportes, redes sociales y medios de comunicación en los que el Real Patronato sobre Discapacidad tenga presencia.

– Una aportación económica de veinte mil euros (20.000,00 €), con cargo a la aplicación 29.102.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2022, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme figura en el anexo 1.

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se efectuará una vez justificadas las actividades previstas mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gasto. El ingreso se realizará en la cuenta número ES05 2100-4563-99-0200189759 (entidad beneficiaria: Fundación CERMI Mujeres).

Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del Organismo, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

Tercera. Compromisos de la Fundación CERMI Mujeres.

Fundación CERMI Mujeres se compromete a colaborar en el objeto de este convenio, a través de:

– El desarrollo técnico del proyecto, conforme a lo acordado con el Real Patronato sobre Discapacidad.

– La comunicación y difusión del proyecto, así como sus resultados en los soportes, redes sociales y medios de comunicación que sean utilizados habitualmente y en formatos accesibles. La propuesta de difusión se detallará en el anexo 2.

– Una aportación económica de ocho mil quinientos setenta y dos euros (8.572,00 €), destinada a cofinanciar las actividades previstas en el anexo 1 de este convenio.

– Organización de una Jornada sobre el contenido del proyecto.

– La elaboración de una Memoria Final de las actuaciones desarrolladas objeto de este convenio en la que se detallen los resultados para dar consecución al Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

– La justificación al Real Patronato sobre Discapacidad de la totalidad de los gastos y pagos realizados, conforme los requisitos establecidos en el correspondiente manual de instrucciones de justificación. Dicha justificación incluirá:

Gastos.

– Una relación detallada de todos los gastos realizados indicando su naturaleza, así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

– Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

– Los gastos o los compromisos de gastos previstos, deberán realizarse desde la fecha de la inscripción del presente convenio en el REOICO hasta la finalización de la actividad.

Pagos.

– En el caso de que en cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la justificación previa al abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se haya efectuado mediante la presentación de las correspondientes facturas, los pagos efectuados deberán justificarse en el plazo de un mes desde la recepción de la aportación correspondiente al Real Patronato sobre Discapacidad y antes del fin de la vigencia del convenio. El incumplimiento de este extremo conllevará la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como el pago de intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se acuerde la procedencia del reintegro.

– El tipo de interés de demora aplicable será el que se estipula en el artículo 17 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En todo caso, la aportación de la Memoria Final de actuaciones desarrolladas y la justificación de gastos efectuados, debe realizarse como fecha límite el 30 de noviembre de 2022.

Cuarta. Ausencia de Relación Laboral.

La relación del personal de la Fundación CERMI Mujeres con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, serán propiedad del Real Patronato sobre Discapacidad y de la Fundación CERMI Mujeres, en la parte proporcional al porcentaje de financiación de cada una de las partes firmantes y podrán utilizarse en los cursos y actividades que se programen tanto desde el organismo autónomo como desde la entidad, siempre que cuente con el consentimiento de ambas y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Publicidad y logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado. Para ello se deberá seguir el manual de marca facilitado por el Real Patronato sobre Discapacidad.

La eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las actividades objeto del convenio, se estará en lo que resulte de aplicación a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Comisión de Seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente convenio, así como la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento del mismo que pudieran plantearse, se constituirá una Comisión de seguimiento, que estará formada por dos personas representantes de cada una de las partes.

Las dos personas representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designadas por la Dirección de dicho organismo y las dos personas que representan a Fundación CERMI Mujeres serán designadas por su Presidencia.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio. No obstante, se reunirá, al menos, una vez durante la vigencia del convenio, constituyéndose como tal comisión en la primera reunión que se realice.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente convenio y supletoriamente por lo estipulado en la sección tercera, del capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Octava. Modificación del convenio.

Los términos de este convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión de Seguimiento, y se incorporará como parte inseparable del texto del convenio. En todo caso, la modificación del convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión de Seguimiento a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Novena. Protección de datos.

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas y del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa al representante Fundación CERMI Mujeres de que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales, convenios y agenda de contactos. Se informa asimismo que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad Ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Décima. Plazo de vigencia y efectos.

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de vigencia del presente convenio comprenderá desde la fecha de su inscripción en el Registro anteriormente citado hasta el 31 de diciembre de 2022. No procede la prórroga del convenio.

Undécima. Extinción y resolución del convenio.

Serán causas de extinción de este convenio, el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo éstas las señaladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Los efectos de la resolución del convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al convenio que nos ocupa.

Duodécima. Consecuencias aplicables por causa de incumplimiento.

Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, serán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.

En cumplimiento del artículo 49.e), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el incumplimiento dará lugar a la posible indemnización que se determine llegado el caso. Dicha indemnización se calculará en función del alcance de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento, incluyendo el importe ya abonado y los intereses legales correspondientes.

Decimotercera. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.

Decimocuarta. Empleabilidad de las personas con discapacidad.

Este convenio debe impactar, a su vez, en la empleabilidad de las personas con discapacidad, en este sentido las partes acuerdan que al menos el 30 % del personal contratado con estos fondos para el desarrollo de las actividades deberán ser personas con discapacidad, lo que deberá certificarse documentalmente en las correspondientes justificaciones.

Decimoquinta. Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos, se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y, en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente convenio mediante su firma electrónica.–Por el Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta, Secretario General del Real Patronato.–Por la Fundación CERMI Mujeres, Ana Peláez Narváez, Vicepresidenta ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres.

ANEXO 1
Proyecto

Título del Proyecto: «Promoción de la accesibilidad en la formación en materia de derechos humanos, género y discapacidad».

Descripción:

Colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad (RPD) y la Fundación CERMI Mujeres (FCM) para la promoción de la accesibilidad en la formación en materia de derechos humanos, género y discapacidad a través de la digitalización accesible de toda la documentación generada a partir de la celebración de las doce Aulas de derechos Humanos que la FCM ha celebrado hasta la fecha. Esto permitirá articular unidades de autoformación sobre derechos humanos a distancia. Para llevar a cabo esta tarea, es necesario trasladar a formato de unidad didáctica digital el material audiovisual ya grabado, y completar estas unidades con una bibliografía accesible específica para cada tema. La producción de estas unidades digitales de autoformación incluirá: diseño y sistematización de contenido para la classroom, actividades a desarrollar, consultas y fórmulas de autoevaluación. todo ellos en formatos accesibles. Asimismo, y conectado con la temática del proyecto se tiene previsto desarrollar un webinario ad hoc sobre accesibilidad en clave de género.

Objetivos:

– Empoderar de forma efectiva a las mujeres con discapacidad en sus derechos y libertades fundamentales, promoviendo su pleno desarrollo, adelanto y potenciación y contribuyendo a reducir los obstáculos a los que se enfrentan cada día como parte de la discriminación múltiple que sufren.

– Fortalecer la agenda política actual de la reconstrucción tras la pandemia generada por la COVID-19, que tiene presente las demandas de este sector de la ciudadanía para no dejarlas atrás.

– Mejorar la formación de profesionales de diversos ámbitos interesados en la materia.

Conexión los fines de Real Patronato sobre Discapacidad:

Plan Estratégico 2020-2022:

– Línea Estratégica 3: Desarrollar programas y actuaciones de sensibilización y concienciación social en materia de discapacidad y accesibilidad, reconociendo y promocionando buenas prácticas y políticas.

– Línea Estratégica 4: Facilitar el intercambio y colaboración en materia de discapacidad entre los distintos niveles de la Administración Pública, así como con el tercer sector de la discapacidad y otras entidades privadas innovadoras, que desarrollen tanto administraciones públicas como entidades privadas.

Conexión con la Convención:

Esta propuesta está alineada con los siguientes artículos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad:

– Artículo 5: Igualdad y no discriminación.

– Artículo 6: Mujeres con discapacidad.

– Artículo 7: Niños y niñas con discapacidad.

– Artículo 8: Toma de conciencia.

– Artículo 9: Accesibilidad.

– Artículo 13: Acceso a la justicia.

– Artículo 16: Protección contra la explotación, violencia y abuso.

También se conecta con los artículos 2, 4 y 5 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y los Objetivos de Desarrollo Sostenible número 5 (Igualdad de género), Objetivo número 10 (Reducción de las desigualdades) y Objetivo número 16 (Paz, justicia e instituciones sólidas).

Indicadores y resultados:

Producción de unidades didácticas digitales accesibles:

– Número de Aulas de derechos humanos a sistematizar: Se cuenta con material bibliográfico y audiovisual de 12 aulas de derechos humanos desarrolladas por la Fundación CERMI Mujeres en 2020 y 2021:

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (1.ª sesión): Los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad a la luz de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (2.ª sesión): La consideración de la discapacidad en la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (3.ª sesión): Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (4.ª sesión): Lo Objetivos de Desarrollo Sostenible y los derechos de las Mujeres con Discapacidad.

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (5.ª sesión): La prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica del convenio de Estambul.

• Aula de Derechos Humanos de mujeres y niñas con discapacidad. Sesión 6.ª: Cómo utilizar el protocolo facultativo de la CEDAW para la presentación de quejas individuales ante Naciones Unidas por vulneración de derechos de mujeres y niñas con discapacidad.

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (7.ª sesión): Igualdad y no discriminación.

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (8.ª sesión): Cómo trabajar para asegurar los derechos humanos y libertades fundamentales de las mujeres y niñas con discapacidad.

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (9.ª sesión): El trabajo de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW) y su incidencia para los grupos desfavorecidos de mujeres.

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (10.ª Sesión): La Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y su relevancia para las mujeres y niñas con discapacidad.

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (11.ª sesión): El derecho al trabajo y empleo de las mujeres.

• Aula de derechos humanos de mujeres y niñas con discapacidad (12.ª sesión): La violencia contra mujeres con discapacidad.

– Número de unidades didácticas a producir: Se producirán un total de 12 unidades didácticas independientes para lo cual se procederá a realizar una revisión y sistematización de todo el material bibliográfico y audiovisual disponible garantizando su plena accesibilidad. Se procederá a su estructuración pedagógica, pasando, tras una sesión previa de validación, a su diseño y producción digital.

– Número de sesiones de validación a celebrar: Al menos se llevará a cabo una sesión de validación del material didáctico elaborado.

Webinario sobre accesibilidad con enfoque de género:

– Número de asistentes: El webinario contará con una asistencia de al menos 150 personas. de todas las entidades de la red CERMI y de organismo públicos concernidos.

– Número de visualizaciones on line del webinario en web.

Qué pretende transformar:

La digitalización accesible y la articulación de módulos de autoformación online permitirán extender esta formación a otros públicos a través del «Aula Virtual de Derechos Humanos», plataforma de e-learning de la Fundación CERMI Mujeres. Con esta iniciativa, la Fundación busca empoderar de forma efectiva a las mujeres con discapacidad en sus derechos y libertades fundamentales, promoviendo su pleno desarrollo, adelanto y potenciación y contribuyendo a reducir los obstáculos a los que se enfrentan cada día como parte de la discriminación múltiple que sufren. Es una acción encaminada a fortalecer además la agenda política actual de la reconstrucción tras la pandemia generada por la COVID-19, que tiene presente las demandas de este sector de la ciudadanía para no dejarlas atrás. También permitirá mejorar la formación de profesionales de diversos ámbitos interesados en la materia.

Cómo se incluye la perspectiva de género:

El trabajo que desarrolla la Fundación CERMI Mujeres, dada la propia naturaleza de la entidad, garantiza que sus iniciativas tomen en consideración en todo momento el enfoque de género. Conscientes del impacto diferencial que sobre las mujeres y los hombres tiene cualquier intervención o política que se desarrolle, la Fundación CERMI Mujeres cuenta con un equipo técnico especializado, así como con herramientas técnicas idóneas para ello. Asimismo, hay que remarcar que la FCM aplica un enfoque interseccional en su trabajo, tomando en consideración, además, la interconexión de distintos ejes de exclusión que generan situaciones específicas de discriminación.

Cuáles son los impactos en la empleabilidad de las personas con discapacidad:

Las acciones previstas en esta propuesta están dirigidas a conseguir el empoderamiento, mejora y potenciación de las mujeres y niñas con discapacidad, donde el impacto en la empleabilidad de las mujeres con discapacidad es una dimensión que se toma en consideración, ya que es un indicador clave de inclusión. En la ejecución directa del proyecto se cuenta con un equipo de trabajo donde el 65 % está formado por personas con discapacidad.

ANEXO 2
Propuesta de difusión

Para la difusión del proyecto se ha previsto desarrollar un Plan de comunicación específico. La Fundación CERMI Mujeres cuenta con los servicios de la agencia de noticias Servimedia, que elabora diariamente notas de prensa acerca del trabajo que desarrolla la entidad y que se difunden entre medios de comunicación y redes sociales (Twitter, Instagram, Facebook...).

Asimismo, la Fundación CERMI MUJERES dispone de una colección denominada Generosidad especializada en cuestiones relacionadas con la discapacidad y el género (http://www.fundacioncermimujeres.es/coleccion-generosidad) y publica mensualmente el Boletín digital «Generosidad» (http://boletingenerosidad.cermi.es) donde se aborda la actualidad relacionada con el género y la discapacidad. También cuenta con una página web con información actualizada. (http://www.fundacioncermimujeres.es) y tiene una importante presencia en las redes sociales, como por ejemplo en twitter (@FCermiMujeres).

Finalmente, la entidad cuenta con una Plataforma de formación on line denominada «Aula virtual de derechos humanos de la Fundación CERMI Mujeres» que servirá de instrumento para la impartición de cursos sobre derechos humanos, género y discapacidad garantizando su plena accesibilidad.

Todos estos medios se pondrán a disposición de este proyecto con el objetivo de darle la mayor difusión posible.

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