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Documento BOE-A-2022-12132

Orden APA/689/2022, de 13 de julio, por la que se dispone la inclusión de diversas variedades de distintas especies en el Registro de Variedades Comerciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 2022, páginas 104935 a 104937 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2022-12132

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales, aprobado mediante el Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero, estableció en sus artículos 45 y 46 el procedimiento a seguir para la inscripción de las variedades que se incluyen en esta orden.

Teniendo en cuenta que las variedades que figuran en esta orden han cumplido todos los trámites establecidos en sus respectivos Reglamentos Generales, así como en los Reglamentos Técnicos de Inscripción de variedades de distintas especies, resuelvo:

Primero.

Quedan incluidas en el Registro de Variedades Comerciales las variedades de las especies cuyas denominaciones figuran en el anexo de la presente orden.

Segundo.

La información relativa a estas variedades que se incluyen en el anexo se encuentra en la Subdirección General de Medios de Producción Agrícolas y Oficina Española de Variedades Vegetales.

Tercero.

La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Esta orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra ella podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en tenga lugar su publicación o ser impugnada, directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contado desde el día siguiente al de su publicación.

Debe advertirse que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, si éste se hubiera interpuesto. Asimismo, se advierte que el plazo para la interposición del recurso jurisdiccional, en caso desestimación presunta del recurso de reposición, es de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

Madrid, 13 de julio de 2022.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. (Orden APA/21/2019, de 10 de enero), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.

ANEXO
Inclusión de variedades

Especie: Mandarino híbrido

Inscripción definitiva

20220379 SIGAL.

Especie: Membrillero

Inscripción definitiva

20150374 FM 2014.

Especie: Pimiento

Inscripción definitiva

20200098 AMALFI.

20200130 BARELLI.

20200035 VENETTO.

Especie: Pistacho

Inscripción definitiva

20140343 AEGINA.

20140344 AJAMY.

20140345 ASHOURY.

20140369 ASKAR.

20140346 AVDAT.

20140347 AVIDON.

20140348 BATOURY.

20140349 BOUNDOKY.

20140350 BRONTE.

20140366 C ESPECIAL.

20140377 CHAPARRILLO.

20140374 EGINO.

20140378 GUERRERO.

20210121 HELLIN.

20140351 IRAQ 2.

20140352 JOLEY.

20140353 KASTEL.

20140354 KERMAN.

20140355 LARNAKA.

20140356 LATHWARDY.

20140362 M B.

20140357 MATEUR.

20140368 MATEUR M.

20140358 NAPOLETANA.

20140371 NAZAR.

20140359 OULEIMY.

20140376 PETER.

20220406 RANDY.

20140360 SFAX.

20140361 SIRORA.

Especie: Remolacha azucarera

Inscripción definitiva

20180080 NAUTILE.

20190093 QUECHUA.

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