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Documento BOE-A-2022-1362

Resolución de 30 de diciembre de 2021, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público.

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2022, páginas 11266 a 11267 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2022-1362

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito con fecha 29 de diciembre de 2021 Adenda al Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de esta comunidad autónoma, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El citado Convenio se acompaña como anexo.

Madrid, 30 de diciembre de 2021.–El Director del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Guillermo Barros Gallego.

ANEXO
Adenda al Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de esta comunidad autónoma

En Madrid a 29 de diciembre de 2021.

INTERVIENEN

De una parte, doña Inés María Bardón Rafael, Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en representación de la misma en virtud de lo dispuesto en el artículo 103.tres.2 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre.

Y de otra, don Luis Alberto Marín González, Consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, nombrado por Decreto del Presidente número 64/2021, de 19 de julio de 2021 (BORM número 165, de 20 de julio de 2021).

MANIFIESTAN

1. Que con fecha 12 de diciembre de 2011 se suscribió Convenio por la Agencia Estatal de Administración Tributaria por el que asume la gestión en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público gestionados por la Comunidad Autónoma de Murcia.

2. Que con fecha 13 de noviembre de 2017 se suscribió una primera Adenda al Convenio anterior, con la finalidad de adaptarlo a los cambios normativos producidos desde su entrada en vigor y al avance operado en el uso de medios telemáticos.

3. Que consideran preciso formalizar una segunda Adenda al citado Convenio con el objeto de proceder a prorrogar la vigencia del mismo ya que en su cláusula novena disponía que «El presente Convenio tendrá vigencia desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2021. Al término de dicho periodo se podrá prorrogar mediante acuerdo expreso de las partes firmantes por periodos de 5 años…».

En consecuencia,

ACUERDAN

Único.

Modificar la cláusula novena del citado Convenio con objeto de proceder a la prórroga del mismo en los siguientes términos:

«El presente Convenio tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022. Al término de dicho periodo se entenderá tácitamente prorrogado por plazos anuales sucesivos, salvo denuncia expresa con seis meses de antelación a la fecha de su vencimiento, como mínimo. Este plazo no será preceptivo en el caso de que se produjeran modificaciones normativas que no se ajustaran a las cláusulas del Convenio.»

Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, en el lugar y fecha señalado.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Inés María Bardón Rafael.–El Consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital, Luis Alberto Marín González.

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