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Documento BOE-A-2022-15021

Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Agencia Estatal de Investigación y el Consejo Superior de Deportes, para la evaluación de la convocatoria de redes de investigación en ciencias del deporte.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 14 de septiembre de 2022, páginas 126788 a 126790 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2022-15021

TEXTO ORIGINAL

El Director de la Agencia Estatal de Investigación y el Director General de Deportes del Consejo Superior de Deportes han suscrito una Adenda al Convenio suscrito con fecha 24 de septiembre de 2020 entre la Agencia Estatal de Investigación y el Consejo Superior de Deportes para la evaluación de la convocatoria de redes de investigación en ciencias del deporte.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 7 de septiembre de 2022.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda al Convenio suscrito con fecha 24 de septiembre de 2020 entre la Agencia Estatal de Investigación y el Consejo Superior de Deportes para la evaluación de la convocatoria de redes de investigación en ciencias del deporte

20 de agosto de 2022.

De una parte, don Domènec Espriu Climent, en nombre y representación de la Agencia Estatal de Investigación, en su calidad de Director, cargo para el que fue nombrado por el Consejo Rector en su reunión de fecha 14 de diciembre de 2021, actuando por delegación de la Presidencia, según Resolución de fecha 27 de julio de 2018, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, de delegación de competencias.

De otra parte, don Albert Soler Sicilia, actuando en nombre y representación del Consejo Superior de Deportes, en su calidad de Director General, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 470/2022, de 15 de junio, actuando por delegación de la Presidencia, según la Resolución de 23 de abril de 2019, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se delegan competencias,

Actuando ambas partes en el ejercicio de las competencias que respectivamente tienen atribuidas y reconociéndose plena capacidad jurídica, en representación de los organismos por cuya cuenta actúan,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 24 de septiembre de 2020 se firmó un Convenio entre la Agencia Estatal de Investigación y el Consejo Superior de Deportes de Colaboración para la evaluación de la convocatoria de redes de investigación en ciencias del deporte publicado mediante Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de investigación de fecha 25 de septiembre de 2020 (BOE núm. 288, de 31 de octubre de 2020).

Segundo.

Que de acuerdo con la cláusula primera del convenio, su objeto es la colaboración entre la Agencia Estatal de Investigación y el Consejo Superior de Deportes para la realización de la evaluación científico-técnica de las actuaciones de investigación científica que promueva el Consejo y requieran de dicha evaluación, en concreto, para «Redes de Investigación en Ciencias del Deporte», y otras actuaciones de I+D+I que requieran de la evaluación científico técnica por parte de la Agencia Estatal de Investigación.

Tercero.

Que, con este marco de actuación, el Consejo Superior de Deporte tiene previsto, mediante convocatoria, tiene previsto conceder ayudas para «Proyectos de Investigación en Ciencia y Tecnología aplicada a la Actividad Física Beneficiosa para la Salud (AFBS) y la Medicina Deportiva» para los años 2022 y 2023, en el marco de las medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.

Cuarto.

Que debido a la circunstancia expuesta en el punto anterior, la estimación del coste de evaluaciones recogido en el punto 2 de la cláusula tercera del convenio debe ser actualizada, adecuándola a la realidad actual.

Quinto.

Que la cláusula sexta del convenio contempla la posibilidad de modificar el convenio por acuerdo unánime de los firmantes.

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de modificación del convenio con fecha 24 de septiembre de 2020, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación de la cláusula segunda del convenio.

Las partes acuerdan modificar el punto 2 de la cláusula tercera del convenio suscrito entre las partes con fecha 24 de septiembre de 2020, en la que se regula la «Financiación», quedando redactada de la siguiente manera:

«2. Además, compensará a la Agencia por los gastos que le ocasionen las actividades de evaluación. Esa compensación corresponde al pago a los evaluadores y colaboradores temporales. El importe de lo abonado a los colaboradores temporales, así como el de las asistencias e informes a los evaluadores externos se regirá por la Orden comunicada de la Ministra de Hacienda y Función Pública de 21 de octubre de 2021, por la que se autorizan las cuantías máximas a abonar en concepto de asistencias a los especialistas y expertos de los órganos a los que se refiere el artículo 19 de la Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación o la orden que se apruebe al finalizar su periodo de vigencia. Dicho importe se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 28.303.463B.233 del ejercicio 2020 o la que corresponda en ejercicios futuros.

Se estima que la evaluación científico-técnica realizada por parte de la Agencia Estatal de Investigación de las solicitudes presentadas a la convocatoria de Redes de Investigación en Ciencias del Deporte del año 2022 y a otras actuaciones de I+D+I, tendrá coste anual aproximado entre 10.000 € y 30.000 €.»

Segunda. Eficacia.

De conformidad con el apartado 8 del artículo 48 y en el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. La presente adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

En prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto, se firma la presente adenda, en fecha 20 de agosto de 2022.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Investigación, P.D. (Resolución de 27 de julio de 2018, BOE n.º 184, de 31 de julio), el Director de la Agencia Estatal de Investigación, Domènec Espriu Climent.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, P.D. (Resolución de 23 de abril de 2019, BOE n.º 99, de 25 de abril de 2019), el Director General de Deportes, Albert Soler Sicilia.

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