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Documento BOE-A-2022-17307

Resolución de 11 de octubre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica la prórroga del Convenio con la Cámara Oficial Española de Comercio en Taiwán, para la coordinación y seguimiento de las actuaciones de apoyo a la internacionalización de las empresas españolas en dicha zona.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 22 de octubre de 2022, páginas 144779 a 144780 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2022-17307

TEXTO ORIGINAL

Las dos partes citadas en el encabezamiento, considerando el éxito de la colaboración iniciada al amparo del convenio suscrito el 14 de diciembre de 2018, han decidido en proceder a la prórroga del convenio por el máximo previsto de dos (2) años desde el plazo de finalización del periodo inicialmente acordado, es decir, desde el 28 de diciembre de 2022 hasta el 27 de diciembre de 2024.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio.

Madrid, 11 de octubre de 2022.–La Presidenta del Consejo de Administración de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., P. D. (Resolución de 30 de septiembre de 2021), la Consejera Delegada, María Peña Mateos.

ANEXO
Prórroga al convenio que fue suscrito el 14 de diciembre de 2018 entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. y la Cámara Oficial Española de Comercio en Taiwán para la coordinación y seguimiento de las actuaciones de apoyo a la internacionalización de las empresas españolas en dicha zona

En Madrid, a 11 de octubre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (en lo sucesivo, ICEX), con domicilio en Madrid, Paseo de la Castellana, 278, y NIF Q2891001F, que es una entidad pública empresarial adscrita al ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la secretaría de estado de Comercio, y en su nombre y representación, doña María Peña Mateos, consejera delegada, en virtud del nombramiento por Real Decreto 848/2018, de 6 de julio de 2018 («BOE» número 164, de 7 de julio de 2018) actuando en representación de la entidad por delegación de competencias del Consejo de Administración mediante Resolución de 30 de septiembre de 2021 («BOE» número 243, de 11 de octubre de 2021).

Y, de otra parte, la Cámara Oficial de Comercio de España en Taiwán (en adelante, la Cámara) constituida conforme a las previsiones del Real Decreto 1179/2020, de 29 de diciembre, por el que se establece el marco del reconocimiento oficial de las Cámaras de Comercio Españolas en el extranjero, cuyo reconocimiento oficial data de 2 de diciembre de 2003 (conforme al Real Decreto 786/1979, de 16 de marzo, de reconocimiento oficial de Cámaras derogado por el citado Real Decreto 1179/2020) y se hace constar en los propios Estatutos mediante Diligencia del director general de Comercio Internacional e Inversiones, y en su nombre y representación, don Eduardo Euba Aldape en su condición de director general, acreditado en Taipéi por el ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación con efectos de 1 de septiembre de 2020.

ICEX y la Cámara serán denominadas conjuntamente como las «Partes» e individualmente cada una de ellas como la «Parte» y se reconocen mutuamente plena capacidad para la firma del presente documento, por lo que

EXPONEN

I. Que, con fecha 14 de diciembre de 2018 las Partes firmaron un convenio para colaborar en aquellas actividades necesarias para el desarrollo de la internacionalización de la economía española y de sus empresas (en adelante, el Convenio) que se encuentra vigente hasta el próximo 27 de diciembre de 2022.

II. Que, en el Convenio las Partes contemplaron, en su cláusula segunda, la posibilidad de prorrogar su duración por un periodo de hasta un máximo de dos (2) años.

III. Que, debido al éxito de la colaboración iniciada, es voluntad de las Partes proceder a la prórroga del Convenio por el máximo previsto de dos (2) años desde el plazo de finalización del periodo inicialmente acordado, es decir, desde el 28 de diciembre de 2022 hasta el 27 de diciembre de 2024.

Y, en consecuencia, las Partes manifiestan su voluntad de firmar la presente prórroga del Convenio (en adelante, la Prórroga) con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Las Partes acuerdan prorrogar la duración del Convenio por el máximo previsto en el mismo de dos (2) años desde el plazo de finalización del periodo inicialmente acordado, es decir, desde el 28 de diciembre de 2022 hasta el 27 de diciembre de 2024.

Segunda. Compromisos económicos.

Tratándose de una prórroga, las Partes asumen que los compromisos económicos anuales, al igual que el resto del Convenio, no sufren modificación alguna.

Tercera. Perfección de la Prórroga.

La presente Prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE») en el plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización.

Cuarta. Subsistencia del resto del Convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Prórroga se estará a lo establecido en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, y para la debida constancia de todo lo convenido, las Partes firman la presente Prórroga, en Madrid, en la fecha indicada al principio del convenio, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera Delegada, María Peña Mateos.–Por la Cámara Oficial de Comercio de España en Taiwán, el director general, Eduardo Euba Aldape.

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