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Documento BOE-A-2022-17951

Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revisión salarial para los años 2021 y 2022 del Convenio colectivo de Philips Lighting Spain, SLU.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 1 de noviembre de 2022, páginas 149159 a 149161 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2022-17951
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/10/21/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo de revisión salarial para los años 2021 y 2022 del I Convenio colectivo de la empresa Philips Lighting Spain, S.L. (ahora denominada, Signify Iberia, S.L.U.), código de convenio núm. 90103142012018 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 3 de septiembre de 2018, acuerdo que fue suscrito, con fecha 1 de agosto de 2022, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité de empresa y Delegados de personal, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de octubre de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE FINALIZACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN MANTENIDA POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA Y FIRMA DEL ACUERDO DE REVISIÓN SALARIAL PARA 2021 y 2022 DEL I CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SIGNIFY IBERIA S.L.U. 2018-2020 (ANTES PHILIPS LIGHTING SPAIN, S.L.U. –Código 90103142012018–)

En Madrid, a 1 de agosto de 2022.

Por la Representación de la Empresa (en adelante la «Compañía»):

Doña Beatriz Llabrés Quesada.

Doña Raquel Gómez Tortosa.

Doña Ana María Polo García.

Por la representación de los Trabajadores (en adelante la RLT):

Don José Luis Cabeza Lopera (miembro del comité de empresa del centro de trabajo de Madrid).

Don Ignacio Escalero Azanza (miembro del comité de empresa del centro de trabajo de Madrid).

Don Antonio Perejón Sousa (miembro del comité de empresa del centro de trabajo de Madrid).

Don Fulgencio Ros Bastida (miembro del comité de empresa del centro de trabajo de Madrid).

Don Alfonso Saiz Santamaria (miembro del comité de empresa del centro de trabajo de Madrid).

Doña Isabel Chueco Riera (delegada de Personal del centro de trabajo de Barcelona).

Don Juan Francisco Sánchez Juan (delegado de Personal del centro de trabajo de Valencia).

Don Ignacio Sustacha García (delegado de Personal del centro de trabajo de Bilbao).

Don Francisco Javier Sánchez Bayón (delegado de Personal del centro de trabajo de Valladolid).

La asistencia a la reunión se realiza de forma telemática, a la que se han unido todas las personas relacionadas, a las 10:00 horas del día indicado en el encabezamiento.

La Compañía y la RLT serán referidas conjuntamente en el presente Acta como las «Partes».

MANIFIESTAN

Primero.

Que el I Convenio Colectivo de Philips Lighting Spain, S.L.U. (actualmente Signify Iberia S.L.U.) (código 90103142012018) tiene un ámbito temporal de tres años, desde 2018 a 2020. En la actualidad dicho convenio se encuentra prorrogado por segundo año consecutivo, siendo necesario negociar el incremento salarial para los años 2021 y 2022.

Segundo.

Que en fecha 19 de abril de 2022, se reunió la Compañía y los integrantes de la representación legal de los trabajadores de ésta con el fin de constituir la Comisión Negociadora que llevaría a cabo el proceso de negociación para la revisión del incremento de los conceptos retributivos del año 2021 y 2022 previsto en el artículo 22 del Convenio Colectivo, la cual, con plena legitimidad y a tenor de lo previsto en los artículos 87 y 88 del Estatuto de los Trabajadores, quedó debidamente constituida a tal efecto en dicha fecha.

Tercero.

Que, las Partes han mantenido diversas reuniones negociando en todas ellas de buena fe.

Cuarto.

Las Partes, habiendo alcanzado un pre-acuerdo en la reunión mantenida durante el día 21 de julio de 2022, ratificado nuevamente en la presente reunión mantenida proceden a formalizar y firmar el texto del acuerdo final dentro del proceso de negociación de la revisión del incremento salarial previsto en el artículo 22 del Convenio Colectivo (en adelante el «Acuerdo»). El presente Acuerdo, es, aceptado por todos los miembros del Comité de Empresa de Madrid y Delegados de Personal del resto de centros de trabajo.

A tal efecto, reconociéndose recíprocamente legitimidad y la representación con la que actúan, ambas Partes han alcanzado el siguiente

ACUERDO

Primero.

1. Revisión de las percepciones salariales para el año 2021.

a) La retribución bruta anual de convenio (salario mínimo de convenio, plus complementario y plus de antigüedad) se incrementará para el año 2021 en un 3,1% que se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2021.

2. Revisión de las percepciones salariales para el año 2022.

a) A la retribución bruta anual de convenio (salario mínimo de convenio, plus complementario y plus de antigüedad) que se venga percibiendo a 31 de diciembre de 2021 se le aplicará un incremento del 2% con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2022.

b) Desde el 1 de enero de 2023, a la retribución que se percibía a 31 de diciembre de 2021, se le aplicará un incremento adicional hasta alcanzar una subida equivalente al 50% del IPC interanual del año 2022, con un tope máximo del IPC del 8%.

3. Retribución Variable:

Dado que la retribución variable (incentivo de ventas e incentivo anual) está expresada como porcentaje del salario fijo, los importes de retribución variable se actualizarán en esta misma línea.

4. Fecha de aplicación:

El incremento del año 2021 y la primera parte del 2022 se efectuará no más tarde de la nómina de octubre de 2022.

El ajuste de los importes variables percibidos hasta el momento se efectuará antes de fin de año.

La segunda parte del incremento del 2022 se efectuará tan pronto se conozca el IPC definitivo de 2022, con fecha efecto de enero 2023.

Segundo.

Se habilita como representante de esta comisión negociadora para llevar a cabo todos los trámites necesarios de solicitud de inscripción, de registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente acuerdo a doña Ana María Polo García, todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Y para que así conste, en prueba de plena y expresa conformidad y aceptación con todo cuanto antecede, ambas Partes firman el presente Acta de Acuerdo de Revisión Salarial Para 2021 y 2022 del I Convenio Colectivo de la Empresa Signify Iberia S.L.U. (antes Philips Lighting Spain, S.L.U. –Código 90103142012018–).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/10/2022
  • Fecha de publicación: 01/11/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 21 de agosto de 2018 (Ref. BOE-A-2018-12127).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Material de alumbrado

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