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Documento BOE-A-2022-18338

Orden ETD/1068/2022, de 28 de octubre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, por Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2022, páginas 151863 a 151863 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2022-18338

TEXTO ORIGINAL

La entidad Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0611, y la entidad Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, inscrita en el mencionado registro con la clave C0778, han presentado solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de fusión por absorción de la entidad Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros por parte de la entidad Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 90 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en los artículos 109 y 110 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de fusión.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, resuelvo:

Primero.

Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la fusión por absorción de la entidad Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros por parte de la entidad Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.

Segundo.

Declarar la extinción y cancelación en el Registro administrativo al que se refiere el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de la entidad Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.

Tercero.

La presente Orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 28 de octubre de 2022.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital. P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Gonzalo García Andrés.

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