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Documento BOE-A-2022-18606

Decreto de 27 de octubre de 2022, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Decano de la Sección Territorial de Zafra de la Fiscalía Provincial de Badajoz a don José Luis Vaquera Márquez.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 14 de noviembre de 2022, páginas 155011 a 155012 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2022-18606

TEXTO ORIGINAL

El 10 de octubre de 2022 el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz remitió a la Inspección Fiscal un escrito en el que proponía la designación del Ilmo. Sr. Fiscal don José Luis Vaquera Márquez, como fiscal decano de la Sección Territorial de Zafra de la Fiscalía Provincial de Badajoz.

Hechos

Único.

Con motivo del traslado por concurso reglado de la anterior fiscal decana de la Sección Territorial de Zafra quedó vacante el cargo. Para cubrirlo el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla la apertura de una convocatoria interna para todos los integrantes de la misma. El único solicitante fue el Ilmo. Sr. don José Luis Vaquera Márquez, que tiene acreditada experiencia y formación, además de ser el fiscal con mayor antigüedad escalafonal. La propuesta fue elevada por el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz a la Fiscalía General del Estado al considerarlo el fiscal más idóneo para desempeñar el cargo de los que integran la plantilla de la Sección Territorial.

El Consejo Fiscal no formuló objeción a su designación [art 3.d) RD 437/1983].

Fundamentos

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los fiscales decanos de las Secciones de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4).

El procedimiento para el nombramiento de los fiscales decanos se encuentra regulado en el art. 61 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal: «Los Fiscales decanos a los que se refiere el artículo 36.4 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, serán nombrados y, en su caso, cesados por la persona titular de la Fiscalía General del Estado con arreglo al siguiente procedimiento:

1.° Cuando deba nombrarse un Fiscal decano en una fiscalía, el Fiscal Jefe procederá a realizar la correspondiente convocatoria entre los fiscales de la plantilla de la fiscalía de que se trate. En dicha convocatoria se concretará, motivadamente, el contenido funcional de la plaza que, en el caso de Fiscales decanos de secciones no territoriales, podrá ser de carácter organizativo o sobre materia especializada. Asimismo, se señalará el plazo para la presentación de las solicitudes, que no podrá ser inferior a quince días hábiles. Las solicitudes podrán ir acompañadas de la relación de méritos alegados y de su documentación acreditativa.

2.° Una vez transcurrido el plazo señalado, el Fiscal Jefe formulará una propuesta motivada de nombramiento de Fiscal decano, dirigida a la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a través de la Inspección Fiscal. Dicha propuesta de nombramiento habrá de tener en cuenta los méritos e idoneidad del candidato para el contenido funcional concreto asignado a esa plaza, y deberá venir acompañada de todas las solicitudes y la documentación aportada por quienes fueran peticionarios.

3.° La Inspección Fiscal, previa subsanación en su caso de los defectos que pudiera observar, elevará a la persona titular de la Fiscalía General del Estado informe relativo a la propuesta formulada, así como la totalidad de las solicitudes presentadas y la documentación que las acompañe.

4.° La persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal, resolverá mediante Decreto el nombramiento de Fiscal decano de que se trate, de conformidad con la propuesta formulada o apartándose motivadamente de ella y designando a otro de los peticionarios. Podrá, asimismo, desestimar la propuesta y acordar que se proceda a una nueva convocatoria.

5.° El Fiscal decano podrá cesar por renuncia, que deberá ser aceptada por la persona titular de la Fiscalía General del Estado. Igualmente, el Fiscal decano podrá ser cesado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa propuesta motivada del Fiscal Jefe, que deberá formular una nueva propuesta de nombramiento conforme al procedimiento establecido en la Ley 50/16981, de 30 de diciembre, y en este artículo.

6.° El nombramiento y cese de Fiscales decanos se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”».

Segundo.

Se han cumplido todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

1. Nombrar al Ilmo. Sr. don José Luis Vaquera Márquez Fiscal Decano de la Sección Territorial de Zafra de la Fiscalía Provincial de Badajoz.

2. Notificar el presente decreto al Ministerio de Justicia (Dirección General para el Servicio Público de Justicia), al Excmo. Sr. Fiscal Superior de Extremadura y al Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de Badajoz para su traslado al interesado.

3. Publicar el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa (art. 114 Ley 3912015), cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (art. 12.1.b LJCA) en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, o, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante la Fiscalía General del Estado (C/Fortuny, núm. 4, Madrid 28010), en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación. En este último caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 27 de octubre de 2022.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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