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Documento BOE-A-2022-18698

Resolución CLT/3145/2022, de 14 de octubre, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección del castillo de Castellnou de la Plana, en Moià (Moianès), y se abre un periodo de información pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 14 de noviembre de 2022, páginas 155445 a 155445 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2022-18698

TEXTO ORIGINAL

El castillo de Castellnou de la Plana, en Moià, está declarado bien cultural de interés nacional en virtud de la disposición adicional primera, apartado segundo, de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

El 28 de septiembre de 2022, la Dirección General del Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de este monumento.

Considerando lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de delimitación del entorno de protección del castillo de Castellnou de la Plana, en Moià. Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente administrativo.

2. Notificar esta resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Moià y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

3. Abrir un periodo de información pública, de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede central de la Dirección General del Patrimonio Cultural del Departamento de Cultura (Palau Moja, c. Portaferrissa, 1, 08002 Barcelona), en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en la Cataluña Central, plaça Major, 37, 3.º, 08500 Vic, o electrónicamente, previa petición, en la dirección catalunyacentral.sstt.dcmc@gencat.cat. Durante este plazo, se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el mencionado expediente.

4. Comunicar esta Resolución al Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 14 de octubre de 2022.–La Consejera de Cultura, Natàlia Garriga Ibáñez.

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