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Documento BOE-A-2022-19240

Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Biblioteca Enrique Gil.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 2022, páginas 158299 a 158300 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2022-19240

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Biblioteca Enrique Gil.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don Valentín Carrera González, don Miguel Ángel Fernández Rodríguez y don Francisco González Carrera según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Santiago de Compostela don José Manuel Amigo Vázquez el 1 de octubre de 2021 con el número 2791 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante el mismo notario el 3 de marzo de 2022, protocolo 677.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Iglesia de Calo, número 68, distrito postal 15866 del Municipio de Teo (A Coruña) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria, habiendo sido desembolsada parcialmente en cuanto a 10.000 euros según se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Consta en el expediente el Plan de actividades 2021-2023 y estudio de viabilidad emitido por don Juan Pereira Soto, economista auditor, de fecha 25 de febrero de 2022.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

El estudio, la investigación histórica, literaria y académica, y la divulgación de la vida y obra del periodista, diplomático y escritor romántico Enrique Gil y Carrasco (Villafranca del Bierzo, 1815-Berlín 1846).

Quinto. Patronos.

Don Valentín Carrera González, don Miguel Ángel Fernández Rodríguez y don Francisco González Carrera.

Cargos:

Presidente: Don Valentín Carrera González.

Vicepresidente: Don Miguel Ángel Fernández Rodríguez.

Secretario: Don Francisco González Carrera.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 22 de agosto de 2022.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Biblioteca Enrique Gil patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 31 de agosto de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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