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Documento BOE-A-2022-19575

Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, fuera de convenio, en la categoría de Coordinador/a de área de comunicación del Ministerio de Justicia, adscrito/a a la Fiscalía General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 25 de noviembre de 2022, páginas 160682 a 160692 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2022-19575

TEXTO ORIGINAL

En el marco de la Oferta de Empleo Público, aprobada por el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25 de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022 y en aplicación del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y de lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado,

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fuera de convenio del Ministerio de Justicia con la categoría de Coordinador/a de área de comunicación, adscrito/a a la Fiscalía General del Estado.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella; asimismo, esta convocatoria tiene en consideración el documento de «Orientaciones para el cambio en materia de selección en la Administración General del Estado» en aras de garantizar el principio de eficacia consagrado en el artículo 103.1 de la Constitución Española, buscando la agilización y modernización de los procesos selectivos, evitando su dilatación excesiva, pero respetando, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública contemplados en el apartado 3 del mismo artículo del texto constitucional, teniéndose también en cuenta las previsiones contenidas en el Plan Ejecutivo 2022-2024 en el que se concretan las medidas incluidas en las citadas orientaciones, permitiendo avanzar en la profesionalización de los órganos de selección y la promoción de la igualdad en el acceso al empleo público.

De acuerdo con todo lo anterior, este proceso selectivo se desarrollará con arreglo a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza como personal laboral fuera de convenio del Ministerio de Justicia con la categoría de coordinador/a de área de comunicación, adscrito a la Fiscalía General del Estado, por el sistema de acceso libre.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones y ejercicios que se especifican en el anexo I.

1.3 La descripción de la plaza y sus características se detallan en el anexo II de esta convocatoria.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo III.

1.5 La presente convocatoria se publicará, en el «Boletín Oficial del Estado», en la página web del Portal del Ciudadano, en el punto de acceso general www.administracion.gob.es y en las páginas web www.mjusticia.gob.es y www.fiscal.es.

2. Requisitos de los/las candidatos/as

Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo los/las aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1 Nacionalidad:

a) Tener nacionalidad española.

b) Ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.

d) Las personas extranjeras que, no estando incluidas en los párrafos anteriores, dispongan de autorización de residencia legal y trabajo en España.

2.2 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas descritas en el anexo II.

2.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.4 Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2.5 Titulación: Estar en posesión de o en condiciones de obtener el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes alguna de las titulaciones que se señalan en el anexo II.

Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a los/las aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General.

(https://ips.redsara.es/IPSC/action/secure/buscarConvocatorias.do).

El modelo de solicitud 790 es el recogido mediante Resolución de 31 de octubre de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se aprueba el modelo de impreso de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración General del Estado y liquidación de la tasa de derechos de examen (BOE del 14 de noviembre).

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V y se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Justicia.

3.2 La presentación de solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos se realizará obligatoriamente a través de medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, así como, en el artículo 3.17 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, debiendo presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOE, a través del Registro Electrónico General de la AGE, al que podrán acceder a través de la siguiente página web:

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Justicia. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará la documentación acreditativa de los requisitos recogidos en la base segunda de la presente convocatoria.

Los/as aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

Estarán exentos/as de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los/as incluidos en el apartado 2.1.1.a), así como, las personas extranjeras residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1.b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de candidatos/as deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

La no presentación de la citada documentación supondrá la exclusión del candidato/a.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los/as aspirantes.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo IV a esta convocatoria.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que se estimen pertinentes.

5.2 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas.

5.3 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.

5.5 Los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la ley citada en el apartado anterior.

5.6 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Fiscalía General del Estado, calle Fortuny, 4, CP 28071 (Madrid), y a través del correo electrónico medios.personales@mjusticia.es, para consultas sobre la convocatoria, y del correo electrónico fge.secretaria.unidadapoyo@fiscal.es, para consultas relativas al contenido del puesto convocado.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en los tres meses siguientes desde la publicación de la convocatoria, estando previsto finalizar la misma en el plazo máximo de un año desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Los ejercicios de dicha fase podrán ser coincidentes con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

6.2 El orden de actuación de los/as aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience con la letra «U», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, de 9 de mayo de 2022 (BOE de 13 de mayo). De acuerdo con dicha resolución, en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de actuación se iniciará por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «V» y así sucesivamente.

6.3 Los/as aspirantes serán convocados/as a cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos/as de la oposición quienes no comparezcan.

6.4 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

6.5 Los/as aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.

6.6 El tribunal publicará, en el lugar o lugares de la celebración de la fase de oposición y en la sede del tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, el tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso el/la Presidente/a del tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación.

7.2 Dicha relación se publicará en el lugar de celebración del último ejercicio de la fase de oposición, en la sede del tribunal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo los primeros aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el número de plazas convocadas, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de las plazas convocadas.

7.4 Hasta que no quede formalizado el contrato, el/la aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.5 El personal de nuevo ingreso tendrá que superar un período de prueba de tres meses, durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación. También podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 21 de noviembre de 2022.–La Subsecretaria de Justicia, Ana María Sánchez Hernández.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra de concurso, según se detalla a continuación.

1. Fase de oposición. La fase de oposición consistirá en dos ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en un examen tipo test de cincuenta preguntas con tres respuestas alternativas, que versarán sobre todo el temario del programa, siendo solo una de ellas correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiéndose incluir tres preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 50 preguntas anteriores. Cada respuesta correcta valdrá 0,50 puntos, cada respuesta errónea restará 0,15 puntos y las preguntas no contestadas no penalizan.

Esta prueba se valorará con un máximo de 25 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 12,5 puntos para superar el ejercicio.

La duración de este ejercicio será de una hora y treinta minutos.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba escrita que se valorará con un máximo de 35 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 17 puntos para superar el ejercicio. Esta prueba consistirá en el desarrollo por escrito de un caso práctico relacionado con la parte específica del programa contemplada en el anexo II. Para desarrollar el caso práctico, los aspirantes dispondrán de dos horas y media.

Una vez concluido el ejercicio o llegada la hora de su finalización, cada opositor/a lo firmará e introducirá en un sobre que será cerrado y firmado por el/la interesado/a y por un miembro del tribunal.

El segundo ejercicio será leído en sesión pública y en la fecha que se señale ante el Tribunal.

Una vez leído el caso práctico, el tribunal podrá realizar cuantas preguntas, relativas al mismo, considere necesarias durante un período máximo de treinta minutos. El Tribunal calificará a continuación la lectura de la prueba escrita valorando la profundidad de los conocimientos, la claridad, orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

2. Fase de concurso. Se valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, la experiencia profesional y los méritos formativos de acuerdo con los siguientes criterios:

A. Méritos profesionales. Se valorará la experiencia profesional en puestos de trabajo en los que se haya realizado alguna de las siguientes funciones y tareas:

1. Gestionar entrevistas y apariciones en los medios de comunicación.

2. Elaborar comunicaciones, notas de prensa e informaciones.

3. Gestionar redes sociales.

4. Análisis de informaciones aparecidas en los principales medios de comunicación.

5. Diseño y aplicación de planes de comunicación.

Puntuación máxima: 30 puntos.

Forma de puntuación: Se puntuará por cada treinta días de experiencia profesional en cada una de las cinco funciones reseñadas con 0,25 puntos, con un máximo de 6 puntos por cada una de ellas.

Únicamente se valorarán los méritos referidos a los diez años inmediatos anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

Forma de acreditación: Original o copia compulsada de la siguiente documentación:

– Certificado expedido por la correspondiente unidad de personal sobre la actividad/es concreta/s realizada en relación con los méritos señalados, en el caso de experiencia adquirida en una Administración o institución pública.

– Contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, y certificación de la unidad de personal sobre la actividad/es concreta/s realizada en relación con los méritos señalados, en los demás casos.

– Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, el contrato o contratos de trabajo exigidos en los demás casos se sustituirá por copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.

B. Méritos formativos. Poseer, adicionalmente a la titulación universitaria exigida, alguna de las siguientes titulaciones universitarias o especialidades académicas universitarias, diferentes a las especificadas como requisito en el anexo II. La valoración será de 4 puntos por poseer la titulación de máster o doctorado y 2 puntos por licenciatura o grado.

– Licenciatura o Grado en Derecho.

– Licenciatura o Grado en Periodismo.

– Máster en Comunicación Corporativa.

– Doctorado en Periodismo o Comunicación.

– Cualquier otra titulación análoga.

Puntuación máxima: 10 puntos.

Forma de acreditación: Original o fotocopia compulsada de los títulos académicos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso. En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Puntuación obtenida en la fase de oposición.

2. Puntuación obtenida en méritos profesionales.

3. Puntuación obtenida en méritos formativos.

Si aun así persistiera el empate, se deberá realizar entre los candidatos empatados un nuevo examen de la parte específica del programa.

ANEXO II
Descripción de la plaza convocada

Denominación de la plaza: Coordinador/a área de comunicación. Convenio aplicable: Fuera de convenio. Tipo de personal: Personal laboral fijo. Unidad: Ministerio de Justicia, Fiscalía General del Estado. Titulación: Licenciatura o Grado en Periodismo o equivalente; Licenciatura o Grado en Comunicación o Grado en Comunicación Audiovisual o equivalente; Licenciatura o Grado en Derecho.

Funciones:

– Funciones de asistencia o apoyo, en el ámbito de la difusión y la comunicación a la Fiscalía General del Estado.

– Relaciones institucionales en el ámbito de la Fiscalía General del Estado.

– Comunicación externa: Relaciones con los medios de comunicación, participación en redes sociales y atención al ciudadano.

– Comunicación interna de la Fiscalía General del Estado.

– Dirección de las producciones audiovisuales y gráficas de la Fiscalía General del Estado de acuerdo con la identidad corporativa.

– Protocolo.

Retribuciones:

Salario base: 39.709,08 euros.

Pagas extraordinarias: Dos pagas extraordinarias de 3.309,09 euros cada una.

Complemento productividad: No podrá exceder del 15 % del salario base autorizado.

ANEXO III
Programa

Parte general: Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado

1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos. El papel del Ministerio Fiscal en la Constitución española.

2. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado.

3. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas. La administración local. La Administración General del Estado en el Exterior. El sector público institucional.

4. Funcionamiento electrónico del sector público.

5. El Derecho Administrativo. Concepto y fuentes.

6. El acto administrativo. El procedimiento administrativo (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

7. El contrato administrativo. Concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución. (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014).

8. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública.

9. Los procesos selectivos en la Administración Pública. Principios Constitucionales. Selección de personal en la Administración General del Estado. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

10. El IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Sistema de clasificación. Órganos de seguimiento y aplicación del Convenio: Comisión Negociadora y Comisión Paritaria. Grupos de trabajo y Subcomisiones de la Comisión Paritaria. Organización del trabajo. Provisión de puestos y movilidad. Derechos y obligaciones. Régimen disciplinario.

11. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral. Comités de Empresa y delegados de Personal.

12. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control.

13. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.

14. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Discapacidad y dependencia. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

15. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Funciones. El Portal de Transparencia. Las Unidades de Información y Transparencia (UITS).

16. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Principios informadores de la actividad en el servicio público: transparencia, colaboración, participación y rendición de cuentas.

Parte específica

1. Ministerio de Justicia. Estructura básica y competencias.

2. El Ministerio Fiscal. Funciones y principios informadores.

3. Organización, competencias y planta del Ministerio Fiscal. La Fiscalía General del Estado. Áreas especializadas de actuación del Ministerio Fiscal. La carrera fiscal: categorías y provisión de destinos.

4. La organización judicial española. Especial referencia al orden jurisdiccional penal.

5. Teoría de la comunicación. Elementos, forma, procesos y estructura de la comunicación. Métodos de investigación en comunicación.

6. La comunicación y el hecho informativo. Conceptos. La comunicación de masas. Teorías y esquemas. Función social de la información.

7. Derecho a la información: origen y desarrollo de la libertad de expresión. Universalización de los derechos de la comunicación social.

8. Derecho de la información. Implicaciones jurídicas del hecho informativo. Derechos de réplica y rectificación.

9. Información y derechos humanos. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Principios y límites. Regulación legal.

10. Deontología informativa. Verdad, objetividad, veracidad y quiebras. Código deontológico.

11. La opinión pública. Definición y métodos de evaluación.

12. Estructura de la comunicación en España. Marco general y características. Los grupos de comunicación en España. Grupos multimedia.

13. La comunicación política. Estudio de la relación que fluye desde los medios de comunicación hacia la acción política y de la relación que emana desde el sistema político a los medios de comunicación.

14. Características, utilización y marco legal de los sondeos. Uso socio-político de las encuestas y su repercusión en los medios de comunicación.

15. Los estudios de audiencia en España. La medición de audiencias en prensa radio, televisión e Internet.

16. La Sociedad de la Información (I). Las nuevas tecnologías. Internet. Antecedentes y desarrollo. El dominio y sus registros. Las páginas web. Diseño y realización.

17. La Sociedad de la Información (II). Fuentes y recursos de información en Internet. Buscadores. Documentación electrónica. Portales.

18. Teoría de la redacción periodística. Procesos de creación y elaboración de la comunicación periodística a través de medios escritos y electrónicos.

19. Teoría y análisis del mensaje periodístico. Concepto. Análisis de los mensajes.

20. El lenguaje audiovisual y radiofónico: elementos y características.

21. Géneros del periodismo escrito: información, crónica, reportaje, entrevista, editorial, etc.

22. La prensa no diaria. Evolución y realidad actual. Las publicaciones especializadas.

23. Prensa digital. Periodismo digital frente a periodismo impreso. Prensa online. Tendencias actuales. Los blogs.

24. La radio (I). Evolución y realidad actual. Sus contenidos informativos. Públicos y audiencias.

25. La radio (II). La programación de espacios informativos en radio. Boletines y avances informativos. Informativos diarios. Programas especiales informativos.

26. La televisión (I). Evolución y realidad actual. Sus contenidos informativos. Públicos y audiencias.

27. La televisión (II). La programación de espacios informativos en televisión. Boletines y avances informativos. Informativos diarios. Programas especiales informativos.

28. Internet como medio de comunicación de masas. Los medios de comunicación tradicionales en la red; los medios online; las páginas de información y opinión personales.

29. Los medios técnicos al servicio de la información. Tecnología aplicada a la elaboración y emisión de programas informativos en radio y televisión. Satélites. Unidades móviles. Enlaces. Otros medios técnicos.

30. Las agencias de noticias (II). Agencias internacionales de información general y especializada.

31. Redes sociales. Origen, evolución y realidad actual. Posibilidades en el marco de la comunicación de las instituciones públicas. Las redes sociales en el Ministerio de Justicia. Especial referencia a la Fiscalía General del Estado.

32. Gabinetes de comunicación de las instituciones públicas (I). Definición, organigrama y dependencias funcionales. Objetivos y funciones. Implantación en las Instituciones Públicas españolas.

33. Gabinetes de comunicación de las instituciones públicas (II). Comunicación externa. La relación con los medios de comunicación. Las herramientas de los gabinetes de comunicación: nota de prensa, convocatoria, rueda de prensa, entrevistas, etc.

34. Gabinetes de comunicación de las instituciones públicas (III). Comunicación externa. Página web y redes sociales.

35. Gabinetes de comunicación de las instituciones públicas (IV). Comunicación en situaciones de crisis.

36. Gabinetes de comunicación de las instituciones públicas (V). Comunicación interna. Gestión de recursos humanos propios y ajenos. Estrategias y planificación.

37. Gabinetes de comunicación de las instituciones públicas (VI). Instrumentos para la realización y ejecución de un plan de comunicación.

38. La industria publicitaria. Estructura publicitaria y sus principales actores. El mercado publicitario español.

39. La publicidad institucional. Actividad publicitaria de instituciones públicas en España. Objetivos y medios utilizados.

40. Imagen corporativa y diseño. La imagen corporativa como simbología. Utilización y aplicaciones.

41. Documentación informativa. Concepto. Funciones y organización de un centro de documentación. Análisis y lenguajes documentales. Tecnologías y nuevos soportes.

42. El seguimiento de la información. Concepto y métodos. Servicios de análisis y seguimiento informativo: clipping de prensa, boletines de radio y televisión, etc.

43. El seguimiento de la información específica en el Ministerio de Justicia. Análisis y selección de la información. Temas de interés. Especial referencia a la Fiscalía General del Estado.

44. Tratamiento de la información específica del Ministerio de Justicia en los medios de comunicación. Especial referencia a la Fiscalía General del Estado.

ANEXO IV
Tribunal calificador

Tribunal titular

Presidente: Raúl Martínez Moreno. Fiscal adscrito a la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado.

Vocales:

Borja Jiménez Muñoz. Fiscal adscrito a la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado.

Ana María Cuadrado García. Cuerpo Superior Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

José A. Merino Martín. Cuerpo de Ingenieros Geógrafos.

Secretaria: Yolanda M.ª Hidalgo Obregón. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Tribunal suplente

Presidenta: Marta Holgado Madruga. Fiscal adscrita a la Fiscalía de Sala Cooperación Internacional.

Vocales:

Félix González González. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias.

Darío Lamothe González. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

Nicolás Sánchez Sánchez. Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la AGE.

Secretaria: Concepción Pedraza Campos. Fiscal adscrita a la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado.

ANEXO V
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Justicia». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Personal Laboral Fijo Fuera de Convenio».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» (acceso Libre).

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Justicia».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación que se posee para participar en las pruebas selectivas.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros. Para los miembros de familias numerosas de categoría general el importe de la tasa será de 15,55 euros.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaria del Ministerio de Justicia.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/11/2022
  • Fecha de publicación: 25/11/2022
  • Convocatoria. Turno libre. Coordinador/a de área de comunicación, adscrito a la Fiscalía General del Estado 1 plaza.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA:
  • SE APRUEBA:
    • la relación definitiva de personas admitidas, por Resolución de 13 de marzo de 2023 (Ref. BOE-A-2023-6985).
    • la relación provisional de personas admitidas y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, por Resolución de 21 de febrero de 2023 (Ref. BOE-A-2023-4830).
  • SE AMPLÍA:
    • el plazo para aprobar la relación de personas admitidas y excluidas y celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición, por Resolución de 18 de enero de 2023 (Ref. BOE-A-2023-1889).
    • el plazo de presentación de solicitudes , por Resolución de 15 de diciembre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-21410).

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