Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-22183

Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 24 de diciembre de 2022, páginas 181729 a 181745 (17 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2022-22183

TEXTO ORIGINAL

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2 e) de la misma norma, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, así como por los artículos 166 y 167 de los Estatutos de Universidad de Huelva, con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, de acuerdo con el artículo 75.2 de la mencionada ley orgánica, en ejecución de las ofertas de empleo público 2019 y 2020 complementaria, del personal de administración y servicios de la Universidad de Huelva, publicadas en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 19 de noviembre de 2019 y 21 de diciembre de 2020, respectivamente y acreditada la preceptiva autorización de la Junta de Andalucía mediante la Orden de 28 de diciembre de 2021, del Consejero de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, por la que se autoriza a la Universidad de Huelva la convocatoria de plazas de personal de administración y servicios en ejecución de las ofertas de empleo público de 2019, 2020 complementaria y 2021 parciales, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Huelva, grupo A, subgrupo A2, por el sistema general de acceso libre, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de personal funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Huelva, grupo A, subgrupo A2, por el sistema de concurso-oposición libre.

1.2 Podrá ampliarse el número de plazas inicialmente convocadas con las nuevas vacantes que se produzcan en el intervalo que medie desde la publicación de la convocatoria hasta la resolución definitiva del proceso selectivo, sin implicar un nuevo plazo de presentación de solicitudes, siempre que el contenido y desarrollo de las nuevas leyes de presupuestos generales del Estado de aplicación, y demás normativa estatal y autonómica de obligado cumplimiento, lo permitan.

1.3 Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General de Estado, los Estatutos de la Universidad de Huelva, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, lo dispuesto en la presente convocatoria y otras normas que resulten de aplicación.

1.4 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en la base sexta de esta convocatoria.

1.5 El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de la presente convocatoria.

1.6 Superarán el proceso selectivo aquellas personas aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de plazas convocadas.

1.7 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados personal funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Huelva, grupo A, subgrupo A2.

1.8 El ejercicio de la fase de oposición no se realizará antes del 31 de marzo de 2023. La fecha, hora y lugar del mismo se fijarán en la resolución de la Universidad de Huelva, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», por la que se aprueben las listas provisionales de personas admitidas y excluidas. Entre el primer ejercicio y el segundo deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

1.9 La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la página web de la Unidad de Gestión de PAS de la Universidad de Huelva (https://www.uhu.es/gestion-pas/).

1.10 Esta convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en el «Boletín Oficial del Estado», siendo la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo de plazos para presentación de instancias y el resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Para poder participar en el proceso selectivo las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57, del acceso al empleo público de nacionales de otros Estados, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica, diplomatura universitaria o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

e) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios. En el caso de ser nacional de otro Estado, además, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Huelva.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de «Solicitud de participación» publicado como anexo I a esta convocatoria. Dicho modelo se encontrará disponible en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva (https://www.uhu.es/gestion-pas/).

3.2 Los derechos de examen para participar en las presentes pruebas selectivas ascenderán a la cantidad de 20 euros y deberán abonarse dentro del plazo de presentación de solicitudes en la cuenta bancaria con IBAN ES49 0049 4960 4423 1610 8758, de la entidad Banco Santander, a nombre de la Universidad de Huelva, indicando «Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos», así como el nombre y apellidos de la persona participante.

La falta de pago de los derechos de examen durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso, el pago de la citada tasa en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el apartado 5 de esta misma base.

3.3 Quedan exentos del abono de la tasa de derecho a las pruebas selectivas los siguientes colectivos:

– Las personas aspirantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, deberán aportar certificado, en vigor y actualizado, acreditativo de tal condición y del grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente.

– Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, aportarán resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.

– Las víctimas de violencia de género, según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Genero y Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, la acreditación deberá efectuarse mediante la resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima, o cualquier otra en la que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas que constituyen el objeto de la citada ley orgánica.

Excepcionalmente, podrá acreditarse esta situación con el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de la violencia de género hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial equivalente.

– Las familias numerosas: el 100 % de exención a las de categoría especial y al 50 % a las de categoría general: aportarán título vigente acreditativo de tal condición, expedido por la comunidad autónoma correspondiente.

– Las personas desempleadas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», acreditado por el correspondiente certificado emitido por el servicio empleo correspondiente.

Procederá la devolución de los derechos de examen, previa solicitud de la persona interesada, en los supuestos de exclusión por causas no imputables a la misma o cuando se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. El hecho de no realizar el ejercicio de la fase de oposición no dará lugar a la devolución de los derechos de examen. La devolución se efectuará una vez culminado el proceso selectivo.

3.4 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Universidad de Huelva (c/Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, planta baja, 21071 Huelva), en el Registro General Auxiliar (Campus del Carmen), a través del registro telemático o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3.5 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y se dirigirán a la Rectora de la Universidad de Huelva.

3.6 En el plazo indicado en el apartado anterior se acompañarán a la solicitud los siguientes documentos:

Fotocopia del documento nacional de identidad. Los nacionales de otros Estados deberán presentar fotocopia del pasaporte y/o del número de identidad extranjero en los que se acredite su nacionalidad.

Fotocopia del título académico exigido para el ingreso u otro documento oficial acreditativo de su posesión. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia de la correspondiente credencial de homologación.

Justificante acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen, o certificación oficial acreditativa, en vigor y actualizado, de la situación de exención de las tasas.

3.7 Las personas aspirantes con grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33 %, que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria. Para justificarlo, se deberá adjuntar a la solicitud certificado, en vigor y actualizado, acreditativo del grado reconocido de discapacidad del órgano que corresponda e informe del centro de valoración correspondiente en el que consten las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios objeto de esta convocatoria, en su caso.

3.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

3.9 La presentación de la solicitud fuera del plazo establecido constituye causa de exclusión del proceso selectivo.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la Universidad de Huelva dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas.

En la citada resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», y en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios (https://www.uhu.es/gestion-pas/) se recogerá el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio, así como la relación de las personas aspirantes admitidas y excluidas, con mención expresa del motivo de la causa de exclusión. Además, se publicará la composición del tribunal calificador.

4.2 Las personas aspirantes excluidas, o que no figuren en la relación de admitidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o la omisión. Si dentro del plazo señalado, no subsanasen la exclusión o alegasen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas. A estos efectos, las personas aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidas en la relación de personas excluidas sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidas. Transcurrido el plazo de subsanación de errores, la lista quedará elevada definitivamente, publicándose en los lugares previstos en la base 1.8 de esta convocatoria.

4.3 Finalizado el plazo de subsanación, la Rectora de la Universidad de Huelva hará pública en los lugares indicados en el apartado 1.9 de la base primera la resolución por la que se apruebe la relación de personas aspirantes admitidas y excluidas, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no incluidas en la misma.

4.4 Contra la resolución por la que se apruebe la relación de personas aspirantes admitidas y excluidas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, ambos plazos contados a partir de su publicación.

5. Tribunal

5.1 El tribunal calificador de estas pruebas, que reunirá los requisitos que establece el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se anunciará en la resolución por la que se haga pública la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y estará formado por cinco miembros titulares y otros tantos suplentes nombrados por la Rectora.

5.2 Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente/a podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.3 Con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas, la autoridad convocante dictará resolución por la que se nombre, de entre los suplentes, a los nuevos miembros del tribunal que hayan de sustituir a los titulares que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en el apartado anterior. La nueva composición se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en los lugares indicados en el apartado 1.9 de la base primera.

5.4 Para la válida constitución del tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del/de la Presidente/a y Secretario/a o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión constitutiva, que se celebrará con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio, el tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

5.5 A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 El tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta norma, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.7 El tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Rectora de la Universidad de Huelva. Asimismo, el tribunal podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia.

5.8 A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Huelva. El tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.9 El/la Presidente/a del tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que cada uno de los ejercicios de la oposición se realicen de forma conjunta y coordinada.

5.10 En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de personas aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Procedimiento de selección

6.1 Sistema de selección. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición.

6.2 Fase de oposición. La oposición tendrá una puntuación máxima de 65 puntos y estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos.

Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas (80 del bloque I, módulos de Biblioteca, y 20 del bloque II, módulo de normativa) con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será correcta, basado en el contenido del programa de materias recogido en el anexo II de esta convocatoria. En este ejercicio se incluirán 5 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta que entrarían a ser valoradas en caso de tener que anular el tribunal, por resolución motivada, alguna de las preguntas titulares que conforman el ejercicio. Para la realización de este ejercicio las personas opositoras dispondrán de ciento veinte minutos. Este primer ejercicio se calificará entre 0 y 40 puntos.

Segundo ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de un supuesto práctico de entre tres ofertados por el tribunal, uno por cada módulo de Biblioteca del bloque I del programa contenido en el anexo II. El supuesto práctico se calificará de 0 a 25 puntos.

6.2.1 Calificación final de la fase de oposición:

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

6.3 Fase de concurso. Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. La puntuación máxima de esta fase será de 35 puntos. Tan sólo participarán en esta fase aquellas personas aspirantes que hayan superado los 2 ejercicios de la fase de oposición. Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.

La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:

1. Por servicios prestados como funcionario/a en la Universidad de Huelva del subgrupo A2 o superior desempeñando funciones propias de la escala objeto de la convocatoria o escalas de bibliotecas de subgrupo superior: 0,8 por mes trabajado o fracción de mes.

2. Por servicios prestados como funcionario/a de otras universidades públicas, en escala de Bibliotecas del mismo subgrupo objeto de la convocatoria o subgrupo superior: 0,3 por mes trabajado o fracción de mes.

3. Por servicios prestados como funcionario/a de otras Administraciones públicas, en escalas de Bibliotecas del mismo subgrupo objeto de la convocatoria o subgrupo superior: 0,15 por mes trabajado o fracción de mes.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que en ningún caso podrán superar los 35 puntos, se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes. La puntuación de esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.

6.4 Calificación final.  La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los 2 ejercicios de la fase de oposición y los obtenidos en la fase de concurso. En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

En caso de empate en la calificación final, a efectos de determinar los opositores y opositoras que han superado el proceso selectivo, prevalecerá la mayor puntuación en la fase de concurso en el apartado de experiencia profesional por los servicios prestados en la misma escala en la Universidad de Huelva. Si persistiese el empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y, en último caso, a la letra del sorteo realizado por la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de conformidad con lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022 (BOE núm. 114, de 13 de mayo de 2022).

7. Desarrollo del proceso selectivo

7.1 La fecha de celebración del primer ejercicio se realizará en la forma prevista en las bases 1.8 y 4.1 de la presente convocatoria. Tras ser corregido el primer ejercicio, el tribunal hará pública en los lugares previstos en la base 1.9 de esta convocatoria, la lista de personas aprobadas en el mismo, ordenada alfabéticamente. El lugar, fecha y hora del segundo ejercicio de la oposición se publicará en los mismos lugares establecidos en la base anteriormente citada, con una antelación mínima de diez días previos a la celebración del ejercicio.

7.2 En cualquier momento las personas candidatas podrán ser requeridas por los miembros del tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad e identidad.

7.3. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal.

7.4. El orden de llamamiento de las personas opositoras se iniciará alfabéticamente por la persona cuyo primer apellido comience por la letra «U», atendiendo al último sorteo realizado por la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública y de conformidad con lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022 (BOE núm. 114, de 13 de mayo de 2022).

7.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas candidatas no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad de Huelva comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7.6 Los ejercicios serán corregidos sin que se conozca la identidad de las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

7.7 Tras la celebración de cada ejercicio, el tribunal calificador publicará en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva (https://www.uhu.es/gestion-pas/) la plantilla de respuestas correctas, disponiendo las personas aspirantes de un plazo de tres días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del tribunal calificador se hará pública con la lista de personas aprobadas en los ejercicios, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.

7.8 Finalizada la fase de oposición y mediante acuerdo del tribunal calificador, que se publicará en los lugares establecidos en la base primera, apartado 1.9 de esta convocatoria, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la lista definitiva de personas aprobadas de la fase de oposición, para presentar a través de la sede electrónica de la Universidad de Huelva (https://sede.uhu.es), a través del registro telemático, o bien en el Registro General de la Universidad de Huelva, en el Registro General Auxiliar (Campus del Carmen), o en alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso o, en su defecto, solicitud expresa para que se computen los méritos que ya figuren en su expediente en el Servicio de Personal de Administración y Servicios. Las copias de la documentación acreditativa de los méritos de cada persona aspirante se adjuntarán al modelo «Acreditación de méritos» que figura como anexo III a estas bases. Los méritos no justificados, en el plazo establecido al efecto y mediante alguno de los procedimientos establecidos en el párrafo anterior, no podrán ser valorados en la fase de concurso.

8. Relación de personas aprobadas

8.1 Una vez realizados los ejercicios de la oposición, el tribunal hará pública en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios (https://www.uhu.es/gestion-pas/) la relación de personas aspirantes que hayan aprobado los mismos.

8.2 La calificación final de las pruebas selectivas, a efectos de declarar las personas aprobadas, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.

8.3 La motivación de la relación de las personas aspirantes aprobadas, en cuanto al acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica e independencia del tribunal y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

8.4 El número de personas aprobadas en las pruebas selectivas no podrá ser superior al de plazas convocadas.

8.5 El tribunal podrá declarar desierta/s alguna/s o todas las plazas objeto del proceso selectivo.

9. Presentación de documentación y nombramiento

9.1 Las personas aspirantes propuestas aportarán ante la Unidad de Gestión del PAS del Personal de Administración y Servicios, sita en la c/ Dr. Cantero Cuadrado, núm. 6, 21071 Huelva, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se publique la relación definitiva de personas aprobadas a que se refiere el apartado 8.3 de la base octava, la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Los documentos a presentar serán los siguientes:

a) Original y copia del documento nacional de identidad, en vigor. Para los nacionales de otros Estados, del pasaporte o del número de identidad extranjero, en vigor, y en su caso, de la documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos establecidos en la base segunda, apartado 2.1 de la presente convocatoria.

b) Original y copia del título académico oficial exigido para el ingreso o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su expedición, en cuyo caso deberá aportar, además, certificación académica compresiva de todas las materias cursadas donde conste expresamente que ha finalizado los estudios conducentes a la obtención del título. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la correspondiente credencial de homologación.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, deberá presentar, además, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. En el caso de personas aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado vigente, expedido por el órgano competente, que acredite tal condición, el grado de discapacidad y en el que conste su capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones propias de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

e) Petición de destinos según la relación de puestos de trabajo ofertados por la universidad.

9.2 Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados como personal funcionario, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguna de las personas aspirantes o de cualquier otra causa que impida definitivamente el nombramiento como personal funcionario, el Rectorado de la universidad, con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de plazas convocadas, requerirá al tribunal calificador relación complementaria de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, por orden de puntuación, sumadas las fases de oposición y concurso, que sigan a las propuestas hasta completar el total de plazas convocadas.

9.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del tribunal calificador, se procederá al nombramiento del personal funcionario de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». Cualquier resolución que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

9.4 La adjudicación de los puestos de trabajo entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con las peticiones de las mismas entre los puestos ofertados, según el orden obtenido en el proceso selectivo.

9.5 La toma de posesión de las personas aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

10. Bolsa de empleo

10.1 Una vez finalizado el proceso selectivo, se elaborará una bolsa de empleo para la cobertura de necesidades futuras, producidas en puestos de trabajo adscritos a la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Huelva, de conformidad con el Acuerdo de 4 de mayo de 2022, por el que se regula el procedimiento de creación y gestión de las listas para el nombramiento de personal funcionario interino de las diferentes escalas de la Universidad de Huelva derivadas de procesos selectivos.

11. Norma final

11.1 Las personas aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases, así como para la adopción de las medidas y acuerdos necesarios en aras a preservar el buen orden de las pruebas selectivas.

11.2 La presente convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

11.3 Asimismo, la Universidad de Huelva podrá, en su caso, proceder a la revisión de la resolución del tribunal calificador de las pruebas conforme a lo establecido en la citada normativa.

11.4 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Huelva, 7 de diciembre de 2022.–La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

ANEXO I
Solicitud de participación en convocatorias para cubrir plazas de personal de Administración y Servicios

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/308/22183_12533620_1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/308/22183_12533620_2.png

ANEXO II
Programa de materias

Bloque I. Módulos de Biblioteca

Módulo de Biblioteca Universitaria: gestión, cooperación y redes. Servicios de apoyo a la investigación

1. Legislación en materia de bibliotecas. La Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas.

2. Ley 16/2003, de 22 de diciembre, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.

3. Bibliotecas universitarias. Concepto, función. Misión, visión y valores. La organización de las bibliotecas universitarias. Modelos de organización bibliotecaria.

4. La planificación estratégica en las bibliotecas universitarias.

5. El sistema español de bibliotecas. La Red Española de Bibliotecas Universitarias (REBIUN).

6. El sistema andaluz de bibliotecas. El Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Andalucía (CBUA).

7. La Biblioteca de la Universidad de Huelva. Evolución histórica, modelo organizativo y normativo actual, órganos de dirección y de gestión, los recursos de información, espacios e instalaciones.

8. Normativa de la Biblioteca de la Universidad de Huelva.

9. La gestión de la calidad y su evaluación. La calidad en la Biblioteca de la Universidad de Huelva: sistema de gestión de calidad (ISO 9001) y carta de servicios.

10. Marketing en bibliotecas universitarias. Herramientas de gestión y canales de comunicación. Medios sociales.

11. Concepto de comunicación científica. Evolución y tendencias. Situación actual de la edición científico-técnica. Principales tipos de publicaciones científicas.

12. Servicios de apoyo a investigadores y a la gestión de la investigación. Las unidades de evaluación científica y bibliometría.

13. La producción científica de las universidades. Indicadores bibliométricos clásicos y métricas alternativas.

14. Criterios para la evaluación de la carrera científica de los investigadores: principales convocatorias nacionales. Recursos de información para la acreditación y evaluación científica.

Módulo de Búsqueda y Recuperación de la Información. Servicios al Usuario. Servicios de apoyo al aprendizaje. Formación de Usuarios y Alfabetización Informacional

1. Definición y objetivos de la bibliografía. Teoría y técnica. Evolución histórica.

2. Búsqueda y recuperación de información. Concepto, herramientas y recursos, estrategias de búsqueda y evaluación de resultados.

3. Fuentes de información. Concepto, tipología y características. Fuentes de Información Especializadas.

4. Los recursos de información en Ciencias Sociales. Recursos existentes en la Universidad de Huelva.

5. Los recursos de información en Ciencias Jurídicas. Recursos existentes en la Universidad de Huelva.

6. Los recursos de información en Economía y Empresa. Recursos existentes en la Universidad de Huelva.

7. Los recursos de información en Humanidades. Recursos existentes en la Universidad de Huelva.

8. Los recursos de información en Ciencia y Tecnología. Recursos existentes en la Universidad de Huelva

9. El movimiento Open Access: concepto, orígenes y tipos de acceso abierto.

10. El Repositorio institucional en acceso abierto de la Universidad de Huelva (Arias Montano). Organización de sus colecciones. Gestión y administración. Políticas de los editores de revistas científicas en materia de autoarchivo

11. Los servicios a usuarios en las bibliotecas universitarias y su organización en los entornos presenciales y virtuales.

12. Los servicios y métodos de acceso y consulta de la colección y los documentos. Consulta presencial y remota. Obtención de documentos. Préstamo y préstamo interbibliotecario en bibliotecas universitarias

13. El servicio de formación de usuarios. La Alfabetización en Información y la formación en Competencia Digital. El Marco DIGCOMP. Modelos de implementación de planes de formación y actividades formativas. Metodologías, contenidos y evaluación.

Módulo de Gestión de la Colección y Proceso Técnico

1. Gestión de la colección: selección y adquisición en las bibliotecas universitarias. Criterios, fuentes y métodos para su formación, mantenimiento y evaluación. Adquisición compartida y cooperativa.

2. Gestión de la colección: mantenimiento, control y seguridad de las colecciones. Inventario. Expurgo. Donaciones. La Política de Donaciones de la Universidad de Huelva.

3. Las colecciones de publicaciones seriadas. Características de las publicaciones periódicas y de las revistas científicas en particular. Gestión de las colecciones de revistas electrónicas.

4. Preservación, conservación y restauración del fondo documental. Medidas de seguridad y prevención de agentes degradantes ambientales. Políticas de preservación en un entorno digital y electrónico.

5. El proceso técnico. Elaboración, normalización y mantenimiento de catálogos. Normalización de la descripción bibliográfica automatizada. Estándares de descripción bibliográfica: ISBD y formato MARC. Esquemas de metadatos. Modelo y RDA.

6. Metadatos. Modelo RDF. Principales modelos de metadatos: Dublin Core. Los lenguajes de marcado.

7. Lenguajes documentales. Principales sistemas de clasificación bibliográfica. Encabezamientos de materia, términos, descriptores y tesauros. UNE-ISO 25964.

8. El OPAC de bibliotecas: diseño, prestaciones actuales, accesos, evolución. El catálogo de la Biblioteca de la Universidad de Huelva: funcionalidades y prestaciones.

9. Arquitectura de la información: usabilidad, accesibilidad, estructura de la información. La web semántica.

10. Portales bibliotecarios, herramientas de descubrimiento, integración de los recursos electrónicos.

11. La automatización de las actividades y de los servicios bibliotecarios. Los sistemas integrados de gestión de bibliotecas y las plataformas de servicios bibliotecarios. El caso de la Biblioteca de la Universidad de Huelva.

12. Evaluación de recursos electrónicos: principales estándares para su medición (COUNTER, e_Metrics, ISO 20983).

13. Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia: Libro Primero. De los derechos de autor. El movimiento Copyleft. Las licencias Creative Commons.

Bloque II. Módulo de normativa

1. Constitución española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Economía y Hacienda. La organización territorial del Estado.

2. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones públicas. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Derechos individuales de los empleados públicos y derechos individuales ejercidos colectivamente. Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones. Deberes de los empleados públicos y código de conducta.

3. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Enseñanza universitaria. Igualdad en el sector público.

4. Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público: título preliminar. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público, título III relaciones interadministrativas.

5. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: título preliminar, título I: transparencia de la actividad pública, título II: buen Gobierno.

6. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: disposiciones generales. Principios de protección de los datos. Derecho de las personas. Responsable y encargado de tratamiento.

7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: los interesados. La actividad de las Administraciones públicas: normas generales.

8. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Las funciones y autonomía de las universidades. Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las universidades. La estructura de las universidades públicas: centros, facultades, escuelas, escuelas de doctorado, departamentos e institutos universitarios de investigación.

9. Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades: título preliminar, título I: De la institución universitaria, título II: de la comunidad universitaria, título V: de la calidad universitaria.

10. Estatutos de la Universidad de Huelva (aprobados por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía de 12 de julio de 2011, publicados por Decreto 232/2011, de 12 de julio, en el BOJA núm. 147, de 28 de julio).

(La normativa exigible serán las versiones vigentes o disposiciones que la sustituyan, a fecha de publicación de la presente convocatoria).

ANEXO III
Acreditación de méritos

Acreditación de méritos por los aspirantes para la fase de concurso 

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/308/22183_12533621_1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/308/22183_12533621_2.png

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/12/2022
  • Fecha de publicación: 24/12/2022
  • Convocatoria. Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. Grupo A2. 1 plaza.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el número de plazas convocadas, por Resolución de 12 de enero de 2023 (Ref. BOE-A-2023-1558).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid