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Advertido error en la Resolución 1264/2022, de 25 de noviembre de 2022 (BOE de 9 de diciembre), por la que se convoca Concurso Oposición Libre para cubrir una plaza de Personal Laboral de la Escala B, Grupo Profesional Centros, Departamentos, Laboratorios, Talleres y Animalarios/Estabularios, Especialidad laboratorio, en el Departamento de Ciencia e Ingeniería del Terreno y los Materiales, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a efectuar la siguiente corrección de errores en la base primera de la convocatoria:
Donde dice:
«a) Una plaza de la Oferta Empleo Público de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cantabria para el año 2019, aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 3 de junio de 2019 (BOC de 11 de junio), y su convocatoria ha sido autorizada por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social, de fecha 10 de junio de 2019».
Debe decir:
«a) Una plaza de la Oferta Empleo Público de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cantabria para el año 2021 aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 9 de junio de 2021 (BOC de 17 de junio) y su convocatoria ha sido autorizada por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social de fecha 18 de junio de 2021».
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente y ante este Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santander mediante recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Santander, 20 de diciembre de 2022.–El Rector, Ángel Pazos Carro.
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