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Documento BOE-A-2022-2771

Resolución de 12 de febrero de 2022, de la Dirección General de Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Amparo y Manuel, para la organización de la exposición "Nacimiento. Miradas en el tiempo" en el Museo de América.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2022, páginas 21231 a 21238 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-2771

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 10 de febrero de 2022 se ha firmado Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y la Fundación Amparo y Manuel (AMMA), de México, para la organización de la exposición «Nacimiento. Miradas en el tiempo» en el Museo de América, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 12 de febrero de 2022.–El Director General de Bellas Artes, Isaac Sastre de Diego.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y la Fundación Amparo y Manuel (AMMA), de México, para la organización de la exposición «Nacimiento. Miradas en el tiempo» en el Museo de América

En Madrid, a 10 de febrero de 2022.

REUNIDOS

De una parte, el Ministerio de Cultura y Deporte, representado por don Isaac Sastre de Diego, Director General de Bellas Artes, designado mediante Real Decreto 1050/2021, de 23 de noviembre y en virtud de las competencias que le vienen conferidas en el capítulo II, apartado quinto.f) de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.

Por parte de la Fundación Amparo y Manuel (AMMA), Asociación Civil, don Manuel Serrano Espinosa, en nombre y representación de esta fundación, en su condición de director único, conforme a lo establecido en el artículo transitorio primero de los estatutos de esta entidad según consta en la escritura número diecinueve mil novecientos ochenta y nueve, de la notaría ciento cincuenta y cuatro del Distrito Federal de México.

En representación de cada institución correspondiente, las Partes se reconocen mutuamente su plena competencia y capacidad para suscribir el presente convenio en nombre de las instituciones a las que representan y a tal efecto

EXPONEN

I. Que el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales establece en su artículo 15 que le corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.

II. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 5.1, apartado s) del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte le corresponde a la Dirección General de Bellas Artes la gestión y promoción de los museos de titularidad estatal adscritos a la misma, facilitando que todos estos museos cumplan las funciones de adquisición, conservación, investigación, comunicación y exhibición de bienes culturales.

III. Que de acuerdo con lo expuesto, el Museo de América, es un museo de titularidad estatal adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte a través de la Dirección General de Bellas Artes. Este Museo desempeña, entre otras, las funciones de contribuir al mutuo conocimiento de las culturas y pueblos iberoamericanos a través de la conservación y difusión de las colecciones del mismo.

IV. Que el Ministerio de Cultura y Deporte tiene entre sus principales objetivos la difusión y promoción del arte, por medio de la organización y promoción de exposiciones y otros eventos similares para la difusión de la cultura en los museos de titularidad estatal y gestión exclusiva del Ministerio, como el Museo de América.

V. Que el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos, aprobado por Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, establece en su artículo 2, apartado c) que es función de los museos, entre otras, la organización periódica de exposiciones científicas y divulgativas acordes con la naturaleza del museo.

VI. La Fundación Amparo y Manuel (AMMA) tiene el objetivo de promover, difundir y apoyar el arte, la cultura y las tradiciones de México a través de la realización de exposiciones y préstamos de obra, además de impulsar la educación y la creación artística a partir de un programa de becas y apoyos económicos.

VII. Que las dos partes, la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte de España, a través del Museo de América, y la Fundación Amparo y Manuel (AMMA) han proyectado la realización de una exposición titulada «Nacimiento. Miradas en el tiempo».

A tal fin las Partes acuerdan suscribir el presente convenio conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el Ministerio de Cultura y Deporte y la Fundación Amparo y Manuel (AMMA), para la organización de una exposición temporal con el título «Nacimiento. Miradas en el tiempo» (en adelante «la Exposición»).

La Exposición se realizará a partir del proyecto presentado por la Fundación Amparo y Manuel (AMMA), que se encargará de tramitar el préstamo de las piezas que formarán parte de la exposición (en adelante referidas como los Bienes Culturales) en el Museo de América (en adelante «el Museo») y será planificada y coordinada por ambas Partes.

Segunda. Calendario y sede.

La exposición será realizada en las fechas que determinen por las Partes, en el Museo de América, avenida de Reyes Católicos, 6, 28040 en Madrid, España.

Tercera. Obligaciones del ministerio de Cultura y Deporte.

El Ministerio de Cultura y Deporte, a través del Museo de América se compromete a:

– Proporcionar el espacio adecuado para la Exposición en el Museo de América.

– Programar la Exposición, aprobar el proyecto expositivo junto con el equipo de la Fundación Amparo y Manuel (AMMA).

– Supervisar y aprobar el proyecto expositivo.

– Planificar la instalación, el montaje y el desmontaje de la Exposición, en colaboración con el equipo de la Fundación Amparo y Manuel (AMMA).

– Colaborar con su personal técnico en el montaje y desmontaje de la Exposición.

– Durante el periodo de duración de la Exposición, proporcionar la seguridad habitual de la exposición y el control de visitantes, conforme a la documentación facilitada por el Museo en el Informe de instalaciones y recursos (Facility Report).

– Asumir la prestación de los servicios habituales de mantenimiento y la gestión de la sala, así como la atención al público durante la Exposición.

– Ofrecer materiales museográficos de apoyo, complementarios a los específicos de la Exposición, en la medida de sus posibilidades.

– Aprobar la imagen gráfica y la invitación de la Exposición, en colaboración con la Fundación Amparo y Manuel (AMMA).

– Realizar el dossier de presentación de la Exposición y dar difusión a través de los canales habituales del museo, indicándose en todo momento la participación de la Fundación Amparo y Manuel (AMMA).

– Revisar los textos en todos los materiales relativos a la Exposición, incluyendo los de salas y materiales impresos.

– Realizar el control del estado de conservación de los Bienes Culturales a su entrega y devolución, con su personal técnico designado para ello por el Museo, conjuntamente con el equipo designado por la Fundación Amparo y Manuel (AMMA).

– Notificar de forma inmediata a la Fundación Amparo y Manuel (AMMA) cualquier incidencia sobrevenida sobre el estado de conservación, daño o pérdida de los Bienes Culturales expuestos. En la instalación y el desmontaje de la Exposición, los Bienes Culturales deberán ser manejados por el personal autorizado por el Museo, salvo que se precise por emergencia.

– No transferir o prestar los Bienes Culturales a cualquier otra persona o institución.

– Comunicar los créditos completos de la Fundación Amparo y Manuel (AMMA), en todos los agradecimientos, notas de prensa, invitaciones, cartelas, paneles de créditos, y otros materiales comunicativos relacionados con la exposición, conforme han sido proporcionados por la Fundación.

– Colaborar con la Fundación Amparo y Manuel (AMMA) en la difusión en los medios de comunicación y a través de los canales habituales del Ministerio.

– Promover la invitación de autoridades de la Dirección General de Bellas Artes y supervisar y, en su caso, aprobar la realización de actividades de difusión.

– Colaborar con la Fundación Amparo y Manuel (AMMA) en la celebración de eventos paralelos y complementarios a la Exposición. La Fundación Amparo y Manuel (AMMA) podrá organizar diversos programas de forma paralela durante el período de apertura de la Exposición. Eventos por los que el Museo no exigirá ningún pago adicional. Estas actividades deberán ser previamente autorizadas por el Museo y se realizarán en conformidad con las normas y medidas de funcionamiento habituales del Museo con el fin de no interferir en su normal funcionamiento.

– Constituir el equipo técnico que, formado por representantes de cada una de las Partes, planifique y coordine todas las actuaciones de la Exposición.

– Establecer el horario de la exposición que coincidirá con el horario habitual de apertura del Museo.

– El régimen de visitas y la eventual organización de actividades relacionadas con la Exposición, se atendrán a la normativa de prevención de la COVID-19 que las autoridades españolas determinen en cada momento.

– Asumir la realización de la adecuación de la sala de exposiciones temporales, incluyendo el movimiento y almacenaje de las vitrinas.

– Asumir la realización de la producción de gráfica expositiva, para la realización del proyecto museográfico.

Cuarta. Obligaciones de la Fundación Amparo y Manuel (AMMA).

La Fundación Amparo y Manuel (AMMA) se compromete a:

– Redactar el proyecto expositivo y planear su discurso y contenidos.

– Tramitar el préstamo de las piezas que formarán parte de la Exposición, y gestionar su depósito en el Museo de América. La relación de los Bienes Culturales que formarán parte de la exposición figuran como anexo del presente Convenio.

– Coordinar la Exposición junto con el equipo del Museo de América.

– Diseñar el proyecto museográfico y presentarlo al Museo de América para su supervisión y aprobación.

– Diseñar y elaborar la imagen de la Exposición, los elementos gráficos y materiales publicitarios.

– Asumir los gastos económicos y la realización de la producción de elementos museográficos (vitrinas, enmarcado, soportes específicos de pieza, paneles, etc.) en caso de que los existentes en el Museo no sean suficientes.

– Asumir los gastos económicos y la realización de la instalación de iluminación adicional, si fuese necesario para la realización del proyecto museográfico.

– Hacerse cargo de los gastos económicos y la realización del embalaje, transporte, montaje y desmontaje de los Bienes Culturales y sus soportes, así como del almacenamiento de los embalajes en espacios externos al Museo de América durante el periodo de exposición.

– Financiar el montaje y desmontaje de la Exposición, y si fuese necesario el alquiler de equipos y de material audiovisual.

– Manipular los Bienes Culturales con su personal e instalarlos en sus soportes, en el proceso de montaje y desmontaje, con apoyo del personal autorizado por el Museo de América.

– Suscribir un seguro a todo riesgo que cubra la totalidad de los Bienes Culturales expuestos para su transporte y exposición (clavo a clavo). Los Bienes Culturales que figuran en el anexo estarán asegurados por un valor total de seguro de 352.300 € (trescientos cincuenta y dos mil trescientos euros).

– Diseñar los eventos paralelos y otras actividades en torno a la Exposición, en coordinación con el Museo de América.

– Ceder de forma gratuita los derechos de reproducción y comunicación pública de las imágenes de los Bienes Culturales expuestos, durante el periodo que dure la Exposición, para fines divulgativos.

– Asumir el coste de las publicaciones realizadas con motivo de la Exposición, en el caso de que las hubiera.

– Programar y realizar el acto de inauguración en coordinación con el Museo de América y, en su caso, contratar espectáculos e invitar a personalidades a dichos eventos.

– Apoyar las actividades promocionales de la Exposición.

– Designar a los profesionales que participarán en el equipo técnico que coordine el montaje de la Exposición, junto con el personal técnico del Museo de América.

Quinta. Publicidad y difusión.

En todas las ediciones de publicidad, carteles, invitaciones, anuncios, catálogo, página web y otro material de difusión o educativos relacionados con la Exposición, así como en cualquier otro lugar en que se mencione, deberán figurar los créditos institucionales de ambas partes, en igualdad de condiciones.

Las Partes deberán aprobar previamente las pruebas de dichas ediciones de publicidad y el resto del material impreso.

Ninguna de las Partes firmantes del presente Convenio podrá utilizar marcas, distintivos o derechos de propiedad industrial o intelectual de la otra parte para fines distintos de los expresamente indicados en este Convenio.

Sexta. Comisión de seguimiento del convenio.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las Partes constituirán una Comisión de seguimiento que estará integrada por un representante de cada entidad firmante del mismo.

Los representantes de la citada comisión serán:

Por parte del Ministerio de Cultura y Deporte: la persona titular de la dirección del Museo de América

Por parte de la Fundación Amparo y Manuel (AMMA) será la persona encargada de coordinar el proyecto.

Serán funciones de esta comisión:

– Velar por el cumplimiento de este convenio.

– Coordinar todas las actuaciones que se realicen con ocasión de la ejecución del presente Convenio.

La propia comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.

En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos válidos, además de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias. 

Séptima. Régimen económico.

El presente Convenio no supone para el Ministerio de Cultura y Deporte compromisos económicos a nivel presupuestario, a los efectos del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La entrada a la Exposición será gratuita, de conformidad con lo establecido por el artículo 3.4 de la Orden ECD/868/2015, de 5 de mayo, por la que se regula la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos y gestionados por el Ministerio de Cultura y Deporte y por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

La Fundación Amparo y Manuel (AMMA) asume la aportación financiera por un valor máximo de 85,000 euros (ochenta y cinco mil euros) y las gestiones necesarias para la organización, montaje, desmontaje, transporte de la exposición así como el seguro de los bienes culturales.

Octava. Vigencia y modificación.

1. El presente Convenio se perfecciona con su firma y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima y mantendrá su vigencia hasta el desmontaje total de salida de los Bienes Culturales y elementos museográficos del Museo el 31 de marzo de 2022. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

2. En cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo inicial de vigencia podrá ser prorrogado conforme a lo establecido en el artículo 49, apartado h), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La prórroga se formalizará necesariamente en documento escrito y firmado por ambas partes. La voluntad de prorrogar el Convenio se comunicará con antelación suficiente a los firmantes.

3. Este Convenio podrá revisarse en cualquier momento a requerimiento de alguna de las partes y, en su caso, modificarse por acuerdo expreso de las partes mediante la suscripción de la correspondiente Adenda al Convenio conforme a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Novena. Protección de datos, transparencia e información a la ciudadanía.

1. En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas entidades en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente convenio, atenderán a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

2. Asimismo, este Convenio se somete a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Décima. Extinción y resolución del convenio.

1. El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones contempladas en su objeto o por causa de resolución.

2. Serán causas de resolución anticipada del presente Convenio conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público las siguientes:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del presente convenio. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de diez días con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable de la comisión de seguimiento, vigilancia y control y a la otra parte firmante. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. El convenio resuelto por esta causa no conllevará indemnización de las partes.

d) Decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Cualquier otra causa prevista en las leyes.

Undécima. Régimen jurídico y jurisdicción.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En caso de desacuerdo entre las Partes, las discrepancias se tratarán de resolver, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial.

De persistir alguna controversia, los conflictos que puedan originarse serán sometidos a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Como prueba de conformidad, ambas partes firman este convenio por duplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de Cultura y Deporte, el Director General de Bellas Artes, Isaac Sastre de Diego.–Por la Fundación Amparo y Manuel (AMMA), el Director, Manuel Serrano Espinosa.

ANEXO
Listado de pasajes exposición «Nacimento. Miradas en el tiempo»

Autor: Felipe Nieva

  Pasaje Número de piezas

Antiguo Testamento

1 Adán y Eva en el Paraíso. 33
2 Adán y Eva arrojados del paraíso. 17
3 Caín y Abel. 10
4 El arca de Noé. 19
5 Los primeros habitantes. 17
6 Sodoma y Gomorra. 4
7 Sacrificio del Hijo de Abraham. 7
8 Rebeca y Eliezer en el pozo. 8
9 Casa de Isaac y Rebeca con Esau y Jacob. 24
10 El sueño de Jacob. 17
11 José vendido por sus hermanos. 22
12 Casa de Jacob y Benjamín. 3
13 Moisés es encontrado en el Río Nilo. 17
14 Moisés recibe las tablas. 9
15 Becerro de oro. 26
16 Moisés arroja las tablas. 1
17 Sansón luchando contra el león. 1
18 Ruth y Noemí. 41
19 David vence a Goliat. 3
20 Visita de la Reyna de Saba al Rey Salomón. 51
21 La Casa de Tobías. 31
22 Judith en el campamento de Holofernes. 10
23 El estanque de la casta Susana. 31
24 Daniel con los Leones. 42
25 Palacio de Asuero y Esther. 37

Nuevo Testamento

  Pasaje Número de piezas
1 La Casa de Santa Ana y San Joaquín. 21
2 Los desposorios de María y José. 33
3 Anunciación a María del Nacimiento de Jesús. 5
4 Taller de carpintería de José. 18
5 La visitación de la Virgen María a su prima Isabel. 12
6 San José pidiendo posada. 48
7 Los reyes magos visitan al rey Herodes. 7
8 El nacimiento del niño Jesús. 92
9 Anunciación a los pastores. 13
10 Adoración de los reyes magos. 8
11 Presentación del niño en el templo. 23
12 Anunciación a José. 23
13 La huida a Egipto. 3
14 Herodes y la degollación de los inocentes. 60
15 El sueño de la sagrada familia. 11
16 Casa de Nazareth. 12
17 El niño entre los doctores de la ley. 11
18 Bautismo de Jesús en el río Jordán. 2
19 Las tentaciones a Jesús por el demonio. 2
20 Las bodas de Cannan. 26
21 Jesús con la samaritana. 6
22 Resurrección del hijo de la viuda de Naín. 8
23 Dejad que los niños vengan a mí. 8
24 Casa de Marta y María. 4
25 La institución de la eucaristía. 19

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