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Documento BOE-A-2022-324

Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa y prórroga del Convenio con el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Piélagos, para la supresión de los pasos a nivel en Renedo (Piélagos).

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2022, páginas 1516 a 1520 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2022-324

TEXTO ORIGINAL

Habiendo sido suscrito el 14 de diciembre de 2021, la Adenda modificativa y prórroga del convenio entre el Gobierno de Cantabria, el Ayuntamiento de Piélagos y la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para la supresión de los pasos a nivel en Renedo (Piélagos), procede, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 15 de diciembre de 2021.–La Presidenta de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, María Luisa Domínguez González.

ANEXO
Adenda modificativa y prórroga del Convenio entre el Gobierno de Cantabria, el Ayuntamiento de Piélagos y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para la supresión de los pasos a nivel en Renedo (Piélagos)

A 14 de diciembre de 2021.

REUNIDOS

Don José Luis Gochicoa González, Consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo del Gobierno de Cantabria por Decreto 8/2019, de 8 de julio, por el que se nombra al Vicepresidente y al resto de los miembros del Consejo de Gobierno («Boletín Oficial de Cantabria» de 8 de julio de 2019), actuando en nombre y representación del Gobierno de Cantabria previa autorización de la celebración de este Convenio por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de fecha 11 de octubre de 2018.

Doña Verónica Samperio Mazorra, en su condición de Alcaldesa del Ayuntamiento de Piélagos, que actúa en virtud de las competencias en materia de ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística, de conformidad con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y especialmente facultada para este acto en virtud de Acuerdo de la Junta de Gobierno local de fecha 25 de junio de 2021.

Doña María Luisa Domínguez González, Presidenta de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, que en lo sucesivo se denominará ADIF, en virtud del Real Decreto 670/2021, de 27 de julio, actuando en nombre y representación de ADIF en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas por el artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras.

Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir la presente Adenda Modificativa del Convenio, y a tal efecto:

EXPONEN

Primero.

Que con fechas 1 y 8 de julio de 2019 se publicó respectivamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Cantabria» el Convenio entre el Gobierno de Cantabria, el Ayuntamiento de Piélagos y la Entidad Empresarial Administrador de Infraestructura Ferroviarias para la supresión de los pasos a nivel de Renedo (Piélagos). Siendo el objeto de la presente Adenda es la modificación y prórroga del citado Convenio.

Segundo.

Que el objeto del citado convenio es la supresión de los pasos a nivel en el ámbito urbano de Piélagos, en particular los situados en los P.K. 494+380 y P.K. 494+830 de la línea férrea de Cercanías C-1 entre Torrelavega y Santander.

Tercero.

Que el 12 de mayo de 2020 se celebró la 1.ª reunión de la comisión de seguimiento del citado convenio, en el que se aprueba la reprogramación económica y su traslado a los correspondientes órganos de gobierno de las administraciones intervinientes para su ratificación.

Reprogramación de las anualidades (en millones de euros, IVA excluido):

Obras a ejecutar por la Dirección General de Obras Públicas Importe 2019 2020 2021 2022 2023
Variante de la CA-233. 5,080     0,100 1,680 3,300
Glorieta intersección CA-234. 0,213   0,213      
 Total. 5,293   0,213 0,100 1,680 3,300
Proyectos, direcciones, expropiaciones y servicios afectados de obras a ejecutar por la Dirección General de Obras Públicas Importe 2019 2020 2021 2022 2023
Variante de la CA-233. 0,900   0,050 0,150 0,200 0,500
Glorieta intersección CA-234. 0,046   0,046      
 Total. 0,946   0,096 0,150 0,200 0,500
Cuarto.

Que el 23 de septiembre de 2020 se celebró la 2.ª reunión de la comisión de seguimiento del citado convenio, en el que se aprueba la reprogramación económica siguiente:

Reprogramación de las anualidades (en millones de euros, IVA excluido):

Proyectos y Obras a ejecutar por ADIF Importe 2023 2024
Paso Inferior Peatonal P.K.494/380. 1,94 0,39 1,55
Paso Inferior Peatonal P.K. 494/830. 2,23 0,45 1,78
Ampliación Paso Inferior P.K. 464/200. 0,37 0,37  
 Total. 4,54 1,21 3,33
Quinto.

Que la vigencia del convenio es de 4 años desde el momento de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» e inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y finalizará, salvo acuerdo entre las partes o incumplimiento denunciado del mismo, una vez ejecutadas las actuaciones previstas en el convenio, de acuerdo con la cláusula séptima del mismo. Con la reprogramación económica aprobada en la comisión de seguimiento, se incorporan al convenio las anualidades 2022, 2023 y 2024 y se amplía la vigencia del convenio en un año adicional.

Sexto.

Como consecuencia de lo anteriormente se considera necesario modificar la cláusula cuarta (coste de las actuaciones) de las actuaciones a desarrollar por el Gobierno de Cantabria a través de la Dirección General de Obras Públicas y por ADIF.

En consecuencia, las partes consideran procedente la celebración de la presente Adenda de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Se modifica la cláusula «Cuarta. Coste de las actuaciones», referente a coste de las actuaciones a desarrollar por el Gobierno de Cantabria a través de la Dirección General de Obras Públicas y por ADIF, quedando redactado, en su totalidad, del siguiente modo:

«El coste de las actuaciones será el que finalmente se determine en los respectivos proyectos de construcción que se redacten, si bien se han realizado las siguientes estimaciones:

– El coste total de las actuaciones descritas será de 10,779 M€ (IVA no incluido). De los que 4,54 M€ corresponden a actuaciones que deberán recogerse en Proyectos redactados por ADIF, 5,293 M€ corresponden a las obras de las actuaciones que deberán recogerse en Proyectos redactados por la Dirección General de Obras Públicas del Gobierno de Cantabria y 0,946 M€ corresponde al coste de los proyectos, expropiaciones y direcciones de las obras de los citados proyectos redactados por la DG de Obras Públicas.

– El detalle es el siguiente:

Importes en millones de euros, IVA excluido:

Proyectos y Obras a ejecutar por ADIF Importe 2023 2024
Paso Inferior Peatonal P.K.494/380. 1,94 0,39 1,55
Paso Inferior Peatonal P.K. 494/830. 2,23 0,45 1,78
Ampliación Paso Inferior P.K. 464/200. 0,37 0,37  
 Total. 4,54 1,21 3,33

Importes en millones de euros, IVA excluido:

Obras a ejecutar por la Dirección General de Obras Públicas Importe 2020 2021 2022 2023
Variante de la CA-233. 5,080   0,100 1,680 3,300
Glorieta intersección CA-234. 0,213 0,213      
 Total. 5,293 0,213 0,100 1,680 3,300

Importes en millones de euros, IVA excluido:

Proyectos, direcciones, expropiaciones y servicios afectados de obras a ejecutar por la Dirección General de Obras Públicas Importe 2020 2021 2022 2023
Variante de la CA-233. 0,900 0,050 0,150 0,200 0,500
Glorieta intersección CA-234. 0,046 0,046      
 Total. 0,946 0,096 0,150 0,200 0,500»
Segunda.

Se modifica la cláusula «Quinta. Financiación de las actuaciones», referente a los cuadros resumen de las aportaciones a realizar por el Gobierno de Cantabria a través de la Dirección General de Obras Públicas y por ADIF, quedando redactados del siguiente modo:

«– ADIF:

Importes en millones de euros, IVA excluido:

Proyectos y Obras a ejecutar por ADIF Importe 2023 2024
Paso Inferior Peatonal P.K.494/380. 1,94 0,39 1,55
Paso Inferior Peatonal P.K. 494/830. 2,23 0,45 1,78
Ampliación Paso Inferior P.K. 464/200. 0,37 0,37  
 Total. 4,54 1,21 3,33

Importes en millones de euros, IVA excluido:

Obras a ejecutar por la Dirección General de Obras Públicas Importe 2020 2021 2022 2023
Variante de la CA-233. 5,080   0,100 1,680 3,300
Glorieta intersección CA-234. 0,213 0,213      
 Total. 5,293 0,213 0,100 1,680 3,300»

En el apartado: Gobierno de Cantabria, se modifica el párrafo tercero y el cuadro de importes quedando con la siguiente redacción:

«– Gobierno de Cantabria:

La estimación de los importes correspondientes a las actuaciones que debe sufragar el Gobierno de Cantabria, así como su distribución económica en los diferentes ejercicios presupuestarios se define en el siguiente cuadro:

Supresión pasos a nivel Renedo euros, IVA no incluido:

Estimación actuaciones Total 2020 2021 2022 2023
Variante de la CA-233. 900.000 50.000 150.000 200.000 500.000
Glorieta Intersección CA-234. 46.000 46.000      
 Total actuaciones. 946.000 96.000 150.000 200.000 500.000»
Tercera.

Las Partes acuerdan, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo de la cláusula séptima del Convenio originario, prorrogar el «Convenio entre el Gobierno de Cantabria, el Ayuntamiento de Piélagos y la Entidad Empresarial Administrador de Infraestructura Ferroviarias para la supresión de los pasos a nivel de Renedo (Piélagos)», por un año.

Cuarta.

La presente Adenda se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo la misma plena validez y eficacia desde el momento de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» e inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento.–Por el Gobierno de Cantabria, José Luis Gochicoa González.–Por el Ayuntamiento de Piélagos, Verónica Samperio Mazorra.–Por ADIF, María Luisa Domínguez González.

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