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Documento BOE-A-2022-4541

Acuerdo de 3 de marzo de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, relativo a la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2022, páginas 37227 a 37228 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2022-4541

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 3 de marzo de 2022, acordó hacer público el acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en sesión de fecha 15 de febrero de 2022, por el que se aprueba la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del referido Tribunal, del siguiente tenor:

«La Norma Primera de las actuales normas de reparto queda redactada del siguiente modo:

El conocimiento de los recursos competencia de esta Sala se distribuye entre las tres Secciones que la integran de la siguiente manera:

Sección Primera: Corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos contra cualquier actividad administrativa impugnable en las siguientes materias, incluido régimen disciplinario y sancionador:

1. Personal, salvo el correspondiente a la Administración Educativa.

2. Contratos Administrativos.

3. Responsabilidad patrimonial, excepto que corresponda a alguna de las otras Secciones.

4. Los procedimientos de Derechos Fundamentales, Cuestiones de ilegalidad, recursos de apelación y de queja sobre estas materias.

Asimismo, corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos contra cualquier actividad administrativa impugnable que provenga de la Administración Autonómica –incluidos Organismos y Entidades adscritas o dependientes de ella– no atribuidos por razón de la materia a otra Sección.

Del mismo modo, con carácter residual, corresponderá a esta Sección los recursos que no se atribuyan expresamente a las otras dos Secciones.

Sección Segunda: Corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos en las siguientes materias:

1. Sancionador.

2. Administración laboral (Liquidaciones, sanciones y expedientes de regulación de empleo) y Seguridad Social.

3. Expropiación Forzosa.

4. Urbanismo, Ordenación del territorio, actividades clasificadas y todo tipo de Autorizaciones medio ambientales.

5. Tributos Autonómicos, propios y cedidos.

6. Acción administrativa en materia de Fomento (Subvenciones y Ayudas Públicas).

7. Responsabilidad patrimonial que se derive de actos cuyo conocimiento por razón de la materia este atribuido a esta sección.

8. Los Procedimientos de Derechos Fundamentales, Cuestiones de Ilegalidad y recursos de apelación y de queja sobre estas materias.

Asimismo, corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos contra cualquier actividad administrativa impugnable que provenga de la Administración Estatal –incluidos Organismos y Entidades adscritas o dependientes de ella– no atribuidas por razón de la materia a otra Sección.

Sección Tercera: Corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos contra cualquier actividad administrativa impugnable en las siguientes materias, incluido régimen disciplinario y sancionador:

1. Administración Educativa (personal y otros de educación).

2. Tributos Estatales y Locales.

3. Responsabilidad patrimonial que se derive de actos cuyo conocimiento por razón de la materia este atribuido a esta sección.

4. Los Procedimientos de Derechos Fundamentales, Cuestiones de Ilegalidad y recursos de apelación y de queja sobre estas materias.

Asimismo, corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos contra cualquier actividad administrativa impugnable que provenga de la Administración Local –incluidos Organismos y Entidades adscritas o dependientes de ella– no atribuidas por razón de la materia a otra Sección.

La materia de extranjería será compartida por las Secciones 1.ª y 2.ª correspondiendo a la Sección 2.ª los recursos en materia de extranjería referidos a extranjeros comunitarios. El resto de los recursos en esta materia serán repartidos de manera sucesiva entre las secciones 1.ª y 2.ª».

Madrid, 3 de marzo de 2022.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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