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Documento BOE-A-2022-4686

Resolución de 11 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Euroáfrica, Fundación para la Cooperación Empresarial, Social y Cultural entre África y Europa.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2022, páginas 38095 a 38096 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2022-4686

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Euroáfrica Fundación para la Cooperación Empresarial, Social y Cultural entre África y Europa.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don Abderrahim Ouadrassi Cheroud-Begdouri, doña Monira Arraibi y don Miguel Payeras Lliteras según resulta de escritura otorgada ante la notaria de Palma de Mallorca doña María-Jesús Ortuño Rodríguez el 8 de noviembre de 2019 con el número 2174 de protocolo complementada por otra otorgada ante el notario de Palma de Mallorca don Antonio Roca Araño el 13 de agosto de 2021 con el número 3523 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Ada Byron, Parque Balear de Innovación Tecnológica (Parc Bit), s/n 07121 Palma (Illes Balears) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La Fundación persigue los siguientes fines:

La promoción, en igualdad de condiciones de África y Europa como plus de negocio orientados a la sostenibilidad social, el enriquecimiento cultural y el progreso de ambos continentes.

La promoción entre África y Europa de las bondades de sus diferentes modelos empresariales, áreas de actividad y oportunidades de negocio.

El conocimiento mutuo a nivel empresarial, social y cultural de África y Europa.

La colaboración entre África y Europa n proyectos empresariales, sociales y/o sostenibles bilaterales y/o con terceros.

Quinto. Patronato.

Don Abderrahim Ouadrassi Cheroud-Begdouri, doña Monira Arraibi y don Miguel Payeras Lliteras

Cargos:

Presidente: Don Abderrahim Ouadrassi Cheroud-Begdouri.

Tesorero: Don Miguel Payeras Lliteras.

Secretario: Doña Monira Arraibi.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de Competencia Estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 10 de enero de 2022

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Euroáfrica Fundación para la Cooperación Empresarial, Social y Cultural entre África y Europa Patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 11 de enero de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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