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Documento BOE-A-2022-4901

Resolución de 21 de marzo de 2022, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Constitucionalistas de España, para la organización del XIX Congreso de la Asociación.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 2022, páginas 40686 a 40689 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2022-4901

TEXTO ORIGINAL

El organismo autónomo Centro de Estudios Políticos y Constitucionales y la Asociación de Constitucionalistas de España han suscrito, con fecha 17 de marzo de 2022, un convenio para la organización del XIX Congreso de la Asociación.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de marzo de 2022.–La Directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Yolanda Gómez Sánchez.

CONVENIO NORMALIZADO ENTRE LA ASOCIACIÓN DE CONSTITUCIONALISTAS DE ESPAÑA Y EL CENTRO DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y CONSTITUCIONALES PARA LA ORGANIZACIÓN DEL XIX CONGRESO DE LA ASOCIACIÓN

En Madrid, a 17 de marzo de 2022.

REUNIDOS

De una parte, doña María Josefa Ridaura Martínez, en nombre y representación de la Asociación de Constitucionalistas de España (en adelante, ACE), con NIF G83406157 y con domicilio social en plaza de la Marina Española, 9, 28013 Madrid, en su calidad de presidenta según acuerdo de 12 de marzo de 2021 adoptado por la Asamblea General.

Y de otra parte, doña M.ª Yolanda Gómez Sánchez, en nombre y representación del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (en adelante, el CEPC), entidad con NIF Q-2811010-D, y domicilio social en plaza de la Marina Española, 9, 28013 Madrid, en su calidad de Directora General, según nombramiento conferido por Real Decreto 931/2018, de 20 de julio, y del Real Decreto 1269/1997, de 24 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que el CEPC es un organismo autónomo de la Administración General del Estado, con personalidad jurídica y patrimonios propios, adscrito al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, regulado por el Real Decreto 1269/1997, de 24 de julio, y que tiene como finalidad el estudio y la investigación de los sistemas sociales, políticos, constitucionales y administrativos, y que tiene encomendadas entre otras funciones realizar, promover y publicar, en su caso, estudios sobre cualquiera de las materias relacionadas con su finalidad.

Segundo.

Que la ACE, fundada en 2002, para mantener en comunicación a los profesores, investigadores y especialistas en el ámbito del Derecho Constitucional, tiene entre sus objetivos estatutarios la mejora de la investigación y la docencia en esta disciplina mediante la realización y el patrocinio de actividades académicas, especialmente, en los ámbitos europeo e iberoamericano en los que España se inserta naturalmente.

En este contexto, la asociación viene celebrando anualmente un congreso abierto a la participación de sus asociados y, en general, a la de todos aquellos docentes y profesionales interesados en el objeto de estudio de la asociación. Congreso cuya organización ha contado siempre con la participación y el apoyo del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, habida cuenta del interés mutuo de los temas que constituyen el objeto del mismo.

Tercero.

Que dado que existen fines comunes, ambas entidades manifiestan su voluntad de colaborar igualmente en la organización del XIX Congreso de la Asociación de Constitucionalistas de España.

Que, al efecto de regular y definir el marco de colaboración entre ambas, suscriben ahora el presente convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Constituye el objeto del presente convenio la colaboración del CEPC en la organización del XIX Congreso de la Asociación de Constitucionalistas de España, que se celebrará en Madrid los días 24 y 25 del mes de marzo de 2022, cuyos resultados serán de titularidad compartida entre ambas partes.

Segunda. Obligaciones del CEPC.

El CEPC contribuirá a la financiación de los gastos de organización del congreso con un máximo de 2.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 25.101.462M.226.06 de su presupuesto de gastos para 2022. Esta cantidad representa aproximadamente el 19,42 % del presupuesto total estimado en 10.300 euros.

Dicho importe serán ingresados por el CEPC en la cuenta corriente de ACE, que ésta indique, previa realización de los citados eventos y presentación de la liquidación de gastos por parte de ACE.

Asimismo:

– asesorará en materia de Derecho Constitucional a ACE durante el desarrollo del evento.

– colaborará en la difusión del proyecto con los medios propios y habituales del CEPC.

Tercera. Obligaciones de ACE.

ACE se compromete a:

1. Asumir la organización y realización del Congreso, con gastos que se estiman en 10.300 euros, participando ambas partes en los resultados obtenidos.

2. Destinar directa e íntegramente la aportación económica del CEPC a la organización del congreso, proporcionando al CEPC cualquier documentación que fuera solicitada al respecto.

3. Prever la participación de un representante del CEPC –en principio, de la Directora del CEPC o persona a quien ésta designe– en el acto de apertura y/o clausura del congreso.

4. Hacer constar el carácter de colaborador del CEPC en un lugar visible y destacado mediante la inclusión de su logo en cualquier tipo de publicidad o difusión que se realice para dar a conocer el congreso.

Cuarta. Vigencia.

El presente convenio adquirirá eficacia en la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

Quinta. Comisión mixta de seguimiento.

Desde la entrada en vigor del presente convenio, se creará una Comisión mixta de seguimiento, vigilancia y control, que supervisará el desarrollo del mismo y estará formada:

por parte de ACE: por su Presidenta, o la persona en quien delegue.

por parte del CEPC: por su Directora o la persona en quien delegue.

Sexta. Modificación del convenio.

Las partes, por mutuo acuerdo, podrán modificar el presente convenio durante su vigencia.

Séptima. Causas de extinción.

Sin perjuicio de su extinción por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, el presente convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causas:

1. Por finalización del periodo de vigencia del convenio.

2. Por no realizarse el congreso objeto del presente convenio.

3. Por mutuo acuerdo de las partes, en sus propios términos.

4. Por incumplimiento o irregularidades graves en la ejecución del convenio.

5. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

6. Por las demás establecidas en la legislación vigente.

Octava. Incumplimiento del convenio.

En caso de incumplimiento, se requerirá a la parte incumplidora para que, en un plazo de un mes, cumpla con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.

Si trascurrido el plazo indicado, desde la notificación por escrito del requerimiento, persistiera el incumplimiento, se dará traslado a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio quien declarará resuelto el convenio y, además, determinará, en su caso, la posible indemnización a satisfacer por dicho incumplimiento.

Novena. Naturaleza jurídica del convenio.

Esta convenio está regulado por el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ambas partes reconocen la naturaleza administrativa de este convenio así como la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa para conocer de las divergencias que pudieran surgir en su ejecución.

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente convenio, en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.–Por ACE, María Josefa Ridaura Martínez.–Por el CEPC, M.ª Yolanda Gómez Sánchez.

ANEXO
Presupuesto estimado de gastos

1. Publicación actas del congreso: 900 euros.

2. Gastos de desplazamiento de los miembros de la Junta Directiva: 800 euros.

3. Gastos de alojamiento de los miembros de la Junta Directiva: 800 euros.

4. Gastos gestionados por la universidad anfitriona: 7.800 euros.

Total gastos estimados: 10.300 euros.

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