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Documento BOE-A-2022-595

Resolución de 10 de enero de 2022, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio de colaboración con ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para el reparto de gastos de funcionamiento de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior y la Red Territorial de Comercio.

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2022, páginas 3625 a 3626 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2022-595

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría de Estado de Comercio, e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (ICEX), sobre reparto de los gastos para el funcionamiento de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el Exterior y de la Red Territorial de Comercio, que figura como anexo a la presente resolución.

Madrid, 10 de enero de 2022.–La Secretaria de Estado de Comercio, P. D. (Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero), la Directora General de Comercio Internacional e Inversiones, María Paz Ramos Resa.

ANEXO
Prórroga al convenio que fue suscrito el 9 de enero de 2018 entre la Administración General del Estado a través de la Secretaría de Estado de Comercio e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (ICEX), sobre reparto de los gastos para el funcionamiento de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el Exterior y de la Red Territorial de Comercio

Madrid, 30 de diciembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña María Paz Ramos Resa, Directora General de Comercio Internacional e Inversiones (en adelante, DGCOMINVER), nombrada por Real Decreto 1103/2018, de 31 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 1 de septiembre de 2018), que actúa por delegación de la Secretaria de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en virtud de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 36, de 11 de febrero de 2021), de delegación de competencias [artículo 14.1.a)] en el ámbito material de sus funciones según vienen recogidas en el Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 188, de 4 agosto de 2018), por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Departamento.

Y, de otra parte, doña María Peña Mateos, actuando en nombre y representación de la entidad pública empresarial ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (en lo sucesivo, ICEX), con NIF Q2891001F, y domicilio a estos efectos en el paseo de la Castellana, 278, de Madrid, en su calidad de Consejera Delegada, en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 848/2018, de 6 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 164, de 7 de julio), y actuando en representación de la entidad por delegación de competencias del Consejo de Administración acordada mediante Resolución de 30 de septiembre de 2021 («Boletín Oficial del Estado» número 243, de 11 de octubre).

DGCOMINVER e ICEX serán denominadas conjuntamente como las «Partes» e individualmente cada una de ellas como la «Parte».

Las Partes, comparecen en nombre y representación de los citados organismos y se reconocen competencia para formalizar el presente acuerdo.

EXPONEN

I. Que, con fecha 9 de enero de 2018 las Partes firmaron un convenio para el reparto de gastos de funcionamiento de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior y la Red Territorial de Comercio (en adelante, el Convenio) que se encuentra vigente hasta el próximo 31 de diciembre de 2021.

II. Que, en el Convenio las Partes contemplaron, en su acuerdan octavo, la posibilidad de prorrogar su duración por un periodo de hasta cuatro años.

III. Que, debido al éxito de la colaboración iniciada, es voluntad de las Partes proceder a la prórroga del Convenio por un año desde el plazo de finalización del periodo inicialmente acordado, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Y, en consecuencia, las Partes manifiestan su voluntad de firmar la presente prórroga del Convenio (en adelante, la Prórroga) con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Las Partes acuerdan prorrogar la duración del Convenio por un año desde el plazo de finalización del periodo inicialmente acordado, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Segunda. Perfección de la prórroga.

La presente prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

Tercera. Subsistencia del resto del Convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo establecido en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, y para la debida constancia de todo lo convenido, las Partes firman la presente prórroga, en Madrid, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha de la última firmante.–Por la Secretaría de Estado de Comercio, P. D., la Directora General de Comercio Internacional e Inversiones (Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero), María Paz Ramos Res.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera delegada, María Peña Mateos.

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