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Documento BOE-A-2022-7466

Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Málaga, por la que se modifica la de 26 de junio de 2018, por la que se crea y regula la Mesa Provincial de Contratación y se designan miembros.

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 6 de mayo de 2022, páginas 63880 a 63881 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2022-7466
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/03/10/(7)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), establece que los órganos de contratación de las Administraciones Públicas, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, estarán asistidos, en los procedimientos de adjudicación que enumera, por una Mesa de contratación, órgano de asistencia técnica especializada. Así mismo, los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, regulan la composición y las funciones de las Mesas de contratación y facultan al órgano de contratación para que designe a sus miembros, bien, con carácter permanente o para una pluralidad de contratos, bien de manera específica para la adjudicación de cada contrato.

El artículo 323 de la LCSP, relativo a los órganos de contratación estatales, establece en su apartado dos que en los organismos autónomos integrantes del sector público estatal, el órgano de contratación es su Director.

La Resolución de 6 de octubre de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, sobre delegación de competencias en órganos administrativos del Organismo (BOE núm. 247, de 13 de octubre de 2008), modificada por la Resolución de 4 de noviembre de 2009 (BOE núm. 283, de 24 de noviembre), atribuye en su Apartado Primero. Siete. 1.1, 1.4, 1.5 y 1.6 competencias delegadas a los Directores Provinciales del Organismo, en materia de Administración General y la facultad para celebrar contratos de obras, suministros y servicios en los términos y con los límites que la misma señala. La competencia está delegada también en el Director Provincial del SEPE en materia de políticas activas de empleo, en relación con las acciones dirigidas a facilitar el funcionamiento de las acciones formativas del subsistema de formación profesional para el empleo, para la contratación de empresas para impartición de acciones de formación profesional para el empleo en los centros propios del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo establecido en el Apartado Primero. Siete. 3.2.m) de la antedicha Resolución de 6 de octubre de 2008.

Mediante la Resolución de 26 de junio de 2018, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Málaga, publicada en el BOE de fecha 26 de julio de 2018 y en el Perfil del Contratante, se creó y reguló la Mesa Provincial de contratación y se procedió a designar a sus miembros.

La Junta Consultiva de Contratación del Estado, en su informe 31/2021, de 10 de junio de 2021, concluye que no resulta posible admitir que el titular del órgano de contratación pueda formar parte de la Mesa de contratación como presidente de la misma, ya que supondría que existiese la posibilidad de interferencia en las funciones que este órgano está llamado a desempeñar con objetividad, imparcialidad y profesionalidad.

En base a este informe, se hace necesario modificar la composición de la Mesa Provincial de contratación, en cuanto a la presidencia de la misma y una vocalía.

Así mismo, por razones organizativas, debido a la supresión del CNFO de Marbella, se sustituye la vocalía asignada al Director/a del CNFO de Marbella.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por delegación del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, dispongo:

Único.

Se modifica el punto Segundo de la Resolución de 26 de junio de 2018, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Málaga, por la que se crea y regula la Mesa Provincial de contratación y se designa a sus miembros, en el sentido siguiente:

«Segundo.

La Mesa Provincial de contratación estará integrada con carácter permanente por los siguientes miembros:

a) Presidencia: El/La Subdirector/a Provincial de Gestión Económica y Servicios, quien será sustituido/a, en caso de vacante, ausencia o enfermedad por el/la Subdirector/a Provincial de Prestaciones y en su defecto por un/a Jefe/a de Sección designado/a por el/la Director/a Provincial.

b) Vocalías:

– Un/a Abogado/a del Estado, designado/a por la Abogacía del Estado en Málaga.

– Un/a Interventor/a de la Intervención Territorial Delegada de Hacienda y Función Pública en Málaga.

– El/La Jefe/a de la Sección de Patrimonio y Servicios Técnicos.

– El/La Jefe/a de Sección de Presupuestos y Contabilidad.

Serán suplentes de los/las vocales adscritos al Organismo, en caso de vacante, ausencia o enfermedad: un/a funcionario/a del ámbito de la Dirección Provincial designado/a por el/la Director/a Provincial.

c) Secretaría: El/La Titulado/a Superior de Gestión y Servicios Comunes de la Sección de Patrimonio, siendo suplentes el/la Jefe/a de la Sección de Patrimonio y Servicios Técnicos o el/la funcionario/a o empleado/a público del ámbito de la Dirección Provincial designado/a por el/la Director/a Provincial.

Todos los miembros tendrán voz y voto, a excepción del/de la Secretario/a, que tendrá voz y no voto.

No podrá formar parte de la Mesa de Contratación el personal que haya participado en la redacción técnica del contrato de que se trate.»

Málaga, 10 de marzo de 2022.–El Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Málaga, Fernando Murillo Peñacoba.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/03/2022
  • Fecha de publicación: 06/05/2022
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 2 de la Resolución de 26 de junio de 2018 (Ref. BOE-A-2018-10556).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • los arts. 323 y 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-2017-12902).
    • los arts. 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-2009-8053).
Materias
  • Málaga
  • Mesas de Contratación
  • Servicio Público de Empleo Estatal

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