Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-7476

Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 6 de mayo de 2022, páginas 64068 a 64071 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2022-7476
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/04/22/(16)

TEXTO ORIGINAL

Vistas las tablas salariales definitivas para el año 2021 del X Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias (código de convenio n.º 99003945011981) que fueron suscritas con fecha 10 de marzo de 2022, de una parte por la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT-FICA y CC.OO.–Industria en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de abril de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL X CONVENIO COLECTIVO NACIONAL PARA LAS INDUSTRIAS DE PASTA ALIMENTICIAS

En Madrid, siendo las 12 horas del día 10 de marzo de 2022, se reúnen, en las instalaciones del despacho Oleart Abogados sito en la calle José Abascal, núm. 45.

De una parte, la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias representada por don Ricardo Oleart Godia en su condición de letrado y apoderado.

Y de otro lado, por la representación social, don Antonio Muñoz Ramos en representación de UGT FICA, y en representación de la Federación de Industria de CC.OO., don Luis Francisco García García.

Comparecen, pues, de una parte la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias, y de otra la Federación de Industria, Construcción y Agroalimentación (UGT-FICA) y la Federación de Industria de CC.OO., en representación de los trabajadores del sector de Fabricantes de Pastas Alimenticias llegando a los siguientes acuerdos:

Primero.

Firmar las tablas salariales del Convenio Colectivo Nacional para las Industrias de Pastas Alimenticias definitivas para el año 2021, en aplicación del artículo 18 del citado Convenio, en el que se establece:

«En el caso de que el IPC real de cada uno de los años de vigencia del convenio fuese superior al 1%, se establece una clausura de revisión salarial en igual cuantía a la diferencia entre el IPC real de cada ejercicio y el citado 1% que será llevado a las tablas salariales pagándose los atrasos correspondientes con carácter retroactivo al 1 de enero del año de que se trate. Se actualizan pues las tablas definitivas de 2021, con un incremento total del 6.5%.»

Segundo.

Ambas representaciones, unánimemente, dan su conformidad, y acuerdan que después de su firma sean remitidas a la Autoridad Laboral para su registro, archivo y posterior publicación en el «Boletín Oficial».

Tercero.

En el supuesto de que una vez firmadas las tablas se detectase algún error de cálculo, las partes acuerdan proceder a su subsanación.

Asimismo se acuerda, a los efectos de que sea remitido a la Autoridad Laboral para su registro, archivo y posterior publicación en el «Boletín Oficial», se autoriza a don Jesús Ordóñez Gámez, para realizar los trámites de registro de la presente acta y tablas salariales definitivas para el año 2021 (6,5 %).

Leída la presente acta y hallada conforme por ambas representaciones, en prueba de conformidad, los asistentes, en la representación que ostentan, firman y ratifican los presentes acuerdos.

Por FICA-UGT  Por CC.OO.-Industria  Asociación española de pastas alimenticias

TABLAS PASTAS ALIMENTICIAS

Categoría profesional Provisionales 2021 Subida 1,00 % Definitivas 2021 Subida 5,50 %
Salario base Total anual Salario base Total anual
I. De Producción        
Oficial de 1.ª. 1.467,09 22.006,35 1.547,78 23.216,70
Oficial de 2.ª. 1.296,44 19.446,63 1.367,74 20.516,19
Ayudante. 1.228,10 18.421,43 1.295,65 19.434,61
II.Acabado, Envasado y Empaquetado    
Oficial de 1.ª. 1.467,09 22.006,35 1.547,78 23.216,70
Oficial de 2.ª. 1.296,44 19.446,63 1.367,74 20.516,19
Ayudante. 1.228,10 18.421,43 1.295,65 19.434,61
III.De Oficios Auxiliares    
Mecánicos. 1.467,09 22.006,35 1.547,78 23.216,70
Chófer de 1.ª. 1.467,09 22.006,35 1.547,78 23.216,70
Chófer de 2.ª. 1.296,44 19.446,63 1.367,74 20.516,19
Carpintero. 1.467,09 22.006,35 1.547,78 23.216,70
Repartidor. 1.217,28 18.259,25 1.284,23 19.263,51
Electricista. 1.467,09 22.006,35 1.547,78 23.216,70
IV. Peonaje    
Peón. 1.183,87 17.758,05 1.248,98 18.734,74
Personal de limpieza. 1.086,11 16.291,58 1.145,85 17.187,62
V. Subalternos.    
Almacenero. 1.467,09 22.006,35 1.547,78 23.216,70
Conserje. 1.217,28 18.259,25 1.284,23 19.263,51
Cobrador. 1.217,28 18.259,25 1.284,23 19.263,51
Basculero. 1.217,28 18.259,25 1.284,23 19.263,51
Sereno. 1.217,28 18.259,25 1.284,23 19.263,51
Mozo Almacén. 1.183,87 17.758,05 1.248,98 18.734,74
Técnicos Titulados    
Técnico Jefe. 2.405,41 36.081,14 2.537,71 38.065,60
Técnico. 1.878,05 28.170,81 1.981,34 29.720,20
Ayudante Técnico Sanitario. 1.389,16 20.837,39 1.465,56 21.983,45
Técnicos no titulados    
Encargado General. 2.171,05 32.565,68 2.290,46  
Maestro de Fabricación. 1.733,51 26.002,72 1.828,85 27.432,87
Encargado de Sección. 1.614,46 24.216,89 1.703,26 25.548,82
Auxiliar Laboratorio. 1.161,27 17.419,02 1.225,14 18.377,07
Administrativos    
Jefe Administrativo 1.ª. 1.896,24 28.443,65 2.000,53 30.008,05
Jefe Administrativo 2.ª. 1.733,51 26.002,72 1.828,85 27.432,87
Oficial Administrativo 1.ª. 1.551,94 23.279,10 1.637,30 24.559,45
Oficial Administrativo 2.ª. 1.346,80 20.201,95 1.420,87 21.313,06
Auxiliar Administrativo. 1.161,27 17.419,02 1.225,14 18.377,07
Telefonista. 1.161,27 17.419,02 1.225,14 18.377,07
Mercantiles    
Jefe de Ventas. 1.896,24 28.443,65 2.000,53 30.008,05
Inspector de Ventas. 1.614,46 24.216,89 1.703,26 25.548,82
Promotor. 1.451,68 21.775,18 1.531,52 22.972,81
Vendedor con auto venta. 1.346,80 20.201,95 1.420,87 21.313,06
Viajante. 1.346,80 20.201,95 1.420,87 21.313,06
Corredor Plaza. 1.229,66 18.444,84 1.297,29 19.459,31
  Año 2021  
Plus sábados-domingos, con pror. Vaca. 71,54 75,47
Plus sábados-domingos, sin prorr. Vaca. 78,04 82,33
Ayuda matrícula. 111,43 117,56
Ayuda discapacitados. 186,41 196,66
Premio nupcialidad. 140,14 147,85

– 

Media dieta. 12,96 13,67
Dieta completa. 27,01 28,50

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/04/2022
  • Fecha de publicación: 06/05/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 26 de marzo de 2021 (Ref. BOE-A-2021-5755).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Pastas alimenticias

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid