La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas con otros Estados miembros, los conocidos como swaps.
En concreto, en su punto 4.a) se establece cómo proceder con aquellos swaps iniciados de oficio por la Secretaría General de Pesca en los que se utilizan stocks no repartidos en España para conseguir de otros Estados miembros stocks que están repartidos en España. Así, las cantidades obtenidas por dichos swaps se asignarán en un 40 % según los repartos entre las diferentes modalidades mientras que el 60 % se distribuirá para atender a las flotas con mayores necesidades. Por otro lado, el artículo 8.4.b de la Orden APA/315/2020 determina cómo proceder con aquellos swaps iniciados de oficio por la Secretaría General de Pesca en los que se utilizan stocks repartidos en España para conseguir de otros Estados miembros stocks que también están repartidos en España.
Con esta base, la Secretaría General de Pesca ha venido buscando la mejora de las cuotas para la flota española en el presente año 2022, en base al interés general, de dos especies importantes y de gran valor, como son la caballa y la merluza, en concreto del stock sur. Una vez cerrados intercambios con otros Estados miembros, se considera necesario llevar a cabo la mejor distribución posible de las cuotas obtenidas de manera combinada, buscando el equilibrio necesario entre las diferentes censos con asignación de estos dos stocks, para su aprovechamiento más eficaz y eficiente, teniendo en cuenta la evolución actual del consumo de la cuota de caballa en su campaña estacional en 2022 y las necesidades que se vienen constatando en los últimos años de la merluza sur.
En primer lugar, en negociaciones ya habituales en los últimos años que se llevan a cabo con otros Estados miembros, la Secretaría General de Pesca ha realizado dos intercambios de cuotas, concretamente con Países Bajos y Polonia, para el presente año 2022, con el objetivo de incrementar la cuota disponible de caballa de España para la presente campaña. Así, España ha cedido un total 18.700 toneladas del stock WHB/1X14, y ha recibido a cambio 1.700 toneladas de caballa del stock MAC/2CX14, todas ellas con posibilidad mediante condición especial de ser utilizadas en la zona 8c y 9a (MAC/*8C910).
Dado que el stock cedido por España no está repartido internamente en España, en aplicación del artículo 8.1.a) de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, procede, por tanto, aplicar las condiciones señaladas para el reparto de las cantidades obtenidas de caballa, al estar disponibles por la condición especial en todas las zonas donde la flota española captura esta especie. Por ello, en este momento y en base a la evolución que está teniendo la actual campaña de caballa 2022, procede distribuir el 60 % de las cantidades obtenidas de caballa entre aquellas flotas con un mayor consumo de sus cuotas, los censos de arrastre de fondo del Cantábrico y Noroeste y cerco del Cantábrico y Noroeste, con el objetivo del mejor aprovechamiento posible de estas cantidades adicionales obtenidas. El 40 % de las cantidades obtenidas se distribuye entre todas las flotas por los repartos establecidos, de modo así también otras flotas se pueden beneficiar de esta cuota adicional de caballa obtenida, teniendo en cuenta el momento temporal y geográfico de esta campaña estacional, y los consumos que se están registrando en este momento.
En segundo lugar, la merluza sur es una de las especies para las que la flota española tiene más necesidad de cuota, habida cuenta de las reducciones que han tenido lugar de la cuota asignada a España en los últimos años. Así, para el año 2022 se ha producido una nueva reducción de un 8 % de la cuota respecto al año 2021, a lo que cabe añadir que en el año presente continúa sin estar disponible la flexibilidad interespecies prevista por la Política Pesquera Común, como opción para mitigar el impacto de la entrada en vigor de dicha obligación de desembarque.
En el marco de la negociación habitual que se lleva a cabo con Francia, se ha acordado un intercambio en el que se ven implicados varios stocks. En este año 2022 se han obtenido de Francia 300 toneladas de merluza sur (HKE/8C3411), de las que 30 toneladas lo han sido a cambio de 30 toneladas de rape sur (ANF/8C3411), un stock que ha mostrado un consumo global bajo de la cuota asignada a España en los últimos años, prácticamente generalizado entre todos los segmentos. Las flotas que comparten ambos stocks son las flotas de arrastre de fondo en Cantábrico Noroeste, la flota de arrastre de fondo en aguas de Portugal, la flota del golfo de Cádiz y la flota de otros artes del Cantábrico y Noroeste, representada en la asignación de cuotas de rape dentro del grupo de otros artes distintos de arrastre y cerco. Por ello procede asignar la cantidad de merluza obtenida a cambio del rape, 30 toneladas, a estas cuatro modalidades, en función del porcentaje asignado a cada modalidad, y a su vez para aquellas modalidades con posibilidades de pesca individuales, esa cantidad de la modalidad, por posibilidades de pesca de cada barco. Del mismo modo procede actuar con el rape intercambiado con Francia, las 30 toneladas, en cuanto a las deducciones correspondientes.
El resto, 270 toneladas de merluza sur, se han obtenido a cambio de stocks que no tienen un reparto interno entre la flota española como son, por un lado, 50 toneladas de rayas del stock SRX/89-C y, por otro, 150 toneladas del atún blanco, stock ALB/AN05N, que se compensan en este momento con 150 toneladas conseguidas por un intercambio negociado con Portugal.
Siguiendo la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, el 40 % de las 270 toneladas de HKE/8C3411 recibidas mediante swap con Francia, 108 toneladas, se asignan a todos los buques y flotas en base a los repartos establecidos; el 60 % restante, 162 toneladas, se asignan de manera lineal a los barcos y grupos de barcos con mayores necesidades de cuota de esta especie, y también teniendo en cuenta sus consumos constatados de los últimos años. Claramente a nivel global son los censos de palangre de fondo del Cantábrico y Noroeste, volanta del Cantábrico y Noroeste y artes menores del Cantábrico y Noroeste los que tienen esta mayor necesidad actual de cuota de merluza sur, coincidente con su gran dependencia, económica y para su actividad habitual propia y específica de estos artes de pesca, de esta especie. Dentro de las dos primeras, con un reparto individual por buque y con posibilidad de una gestión conjunta de las cuotas asignadas, hay buques con necesidades mayores en base a los consumos de los últimos años, y que además reciben cuotas por transmisión temporal de otros buques, mientras que hay otros que incluso llevan a cabo cesiones de sus cuotas asignadas de merluza sur, por lo que procede concentrar en los primeros, de modo lineal, el reparto de esta cantidad.
Por tanto, mediante la presente resolución se distribuyen de manera combinada las cantidades adicionales obtenidas de caballa y merluza sur por intercambios con otros Estados miembros, aplicando los porcentajes del 40 % y 60 % señalados en el punto 4.a) del artículo 8 de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, de tal manera que resulta en el necesario equilibrio entre las necesidades actuales de las distintas flotas que explotan estos stocks.
Por todo lo señalado, la Secretaria General de Pesca, una vez consultado el sector pesquero afectado, resuelve lo siguiente:
Repartir 680 toneladas de cuota de caballa, el 40 % de las 1.700 toneladas obtenidas por intercambio con Países Bajos y Polonia, según los repartos establecidos por las Órdenes AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, y AAA/1416/2016, de 18 de agosto, entre los diferentes segmentos de flota. Dichas cantidades por segmentos de flota se distribuirán a continuación según los repartos establecidos, conforme al Anexo I. En el caso de las provincias de otras artes diferentes de arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste estas cantidades se añaden a sus cuotas de pesca dirigida y/o accesoria, según se determinará, en su caso, en las correspondientes resoluciones para las diferentes provincias, siendo las cantidades adicionales para cada una las que figuran en el Anexo II.
Repartir 1.020 toneladas de cuota de caballa, el 60 % de las 1.700 toneladas obtenidas por intercambio con Países Bajos y Polonia, a las flotas de arrastre de fondo del Cantábrico y Noroeste y cerco del Cantábrico y Noroeste. Concretamente, se reparten 465.120 kg para la flota de arrastre de fondo del Cantábrico y Noroeste, y 554.880 kg para la flota de cerco del Cantábrico y Noroeste, manteniendo la proporción relativa que estas dos flotas tienen en el reparto de la caballa. A su vez, en ambos casos se reparten dichas cantidades por posibilidades de pesca de los buques y grupos de buques en gestión conjunta para la campaña 2022, en base a las resoluciones ya publicadas para ambos censos, y se introducen en la aplicación Gestcuotas.
Detraer 30 toneladas de cuota de rape sur (ANF/8C3411) aportadas a Francia por los segmentos y flotas en ellas incluidas que cuentan con una asignación de este stock y, a la vez, pueden recibir cuota de merluza sur, según los repartos establecidos, por las Órdenes AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, y Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, tal como figura en el anexo III de la presente Resolución.
Dichas cantidades se deducirán a continuación, en su caso, según los repartos individuales establecidos.
Repartir 30 toneladas de cuota de merluza sur (HKE/8C3411) a los segmentos y flotas del punto Primero que han aportado rape sur (ANF/8C3411) con el ratio establecido de una tonelada de merluza por cada tonelada de rape (el ratio proveniente de 30 toneladas de merluza y 30 toneladas de rape). En caso de segmentos donde hay varias flotas que aportan rape, la asignación de merluza se lleva a cabo según sus proporciones relativas de reparto de merluza sur.
Dicho reparto es el que figura en el anexo IV de la presente Resolución.
Dichas cantidades se distribuirán a continuación, en su caso, según los repartos individuales establecidos.
Repartir 270 toneladas de cuota de merluza sur (HKE/8C3411) obtenidas en intercambio con Francia a todas las flotas con asignación de merluza sur, del siguiente modo:
– Un 40 %, 108 toneladas, a todas las segmentos y flotas según los repartos establecidos por las Órdenes AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, y Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, recogidos en el Anexo V. Después, a las modalidades con reparto individual de posibilidades de pesca, el reparto se lleva de acuerdo a sus posibilidades individuales.
– Un 60 %, 162 toneladas, de la manera que se recoge en el anexo VI.
La asignación de estas cantidades adicionales de caballa y merluza sur obtenidas, así como las cantidades aportadas de rape sur, y los criterios utilizados sólo tienen efectos para el presente año 2022.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 29 de abril de 2022.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.
Modalidades y caladeros | Kg de cuota de caballa |
---|---|
ARRASTRE DE FONDO DEL CANTÁBRICO Y NOROESTE. | 192.930 |
CERCO DEL CANTÁBRICO Y NOROESTE. | 230.187 |
OTRAS ARTES DIFERENTES DE ARRASTRE Y CERCO. | 248.178 |
FLOTA NEAFC. | 3.400 |
GOLFO DE CÁDIZ. | 5.304 |
Otras artes diferentes de arrastre y cerco-provincias | Kg de cuota de caballa |
---|---|
A CORUÑA. | 17.122 |
LUGO. | 14.367 |
PONTEVEDRA. | 11.836 |
ASTURIAS. | 36.574 |
CANTABRIA. | 63.893 |
GUIPÚZCOA. | 30.642 |
VIZCAYA. | 73.744 |
TOTAL. | 248.178 |
Modalidades y caladeros | Kg. de cuota de ANF/8C3411 aportados |
---|---|
ARRASTRE DE FONDO EN AGUAS DE PORTUGAL. | 2.895 |
ARRASTRE DE FONDO EN CNW. | 16.379 |
OTRAS ARTES DEL CNW. | 9.751 |
GOLFO DE CÁDIZ. | 975 |
Modalidades y caladeros | Kg. de cuota de HKE/8C3411 recibidos |
---|---|
ARRASTRE DE FONDO EN AGUAS DE PORTUGAL. | 2.895 |
ARRASTRE DE FONDO EN CNW. | 16.379 |
GOLFO DE CÁDIZ. | 975 |
PALANGRE DE FONDO CNW. | 2.181 |
VOLANTA CNW. | 4.411 |
ARTES MENORES CNW. | 3.159 |
Modalidades y caladeros |
Kg. de cuota de HKE/8C3411 recibidos (tramo 40 % - 108 t.) |
---|---|
ARRASTRE DE FONDO EN AGUAS DE PORTUGAL. | 3.035 |
ARRASTRE DE FONDO EN CNW. | 52.812 |
GOLFO DE CÁDIZ. | 6.739 |
PALANGRE DE FONDO CNW. | 9.914 |
VOLANTA CNW. | 20.056 |
ARTES MENORES CNW. | 14.364 |
PINCHO - CAÑA. | 1.080 |
Modalidades y caladeros |
Kg. de cuota de HKE/8C3411 recibidos (tramo 60 % - 162 t.) |
---|---|
ARTES MENORES CNW. | 21.200 |
Censo | CFO | Buque | Tipo de Gestión | Entidad de Gestión | Cuota inicial (kg) |
---|---|---|---|---|---|
Palangre de fondo CNW. | 22321 | ABRA DE MUXIA. | CONJUNTA. | A. PALANGREROS CNW. | 40.000 |
Palangre de fondo CNW. | 24492 | BENYJOR. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 27802 | CARMINCHIN. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 25426 | CORVO. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 24418 | CRUZ Y CRISTO. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 25065 | EL DAVID. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 24869 | FARELO II. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 23995 | LAURA MAR. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 23014 | MAPEI. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 25762 | MARES DEL SEÑOR. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 26367 | NUEVO CARMEN. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 23189 | NUEVO CHISU. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 27417 | NUEVO FRANCES. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 24496 | NUEVO HERMANOS SUAREZ. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 27141 | NUEVO MADRE DOLORES. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 27421 | NUEVO NAUTILUS. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 23376 | NUEVO PADRE. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 27384 | NUEVO SALORIO. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 25766 | OS CASTRO. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 23081 | PESCALEMA. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 21880 | SANTA RITA. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 27730 | SIEMPRE SAN PABLO. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 22700 | VALENCIA FILGUEIRA. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 22461 | VIENTO Y CALMA. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 11364 | SIEMPRE RUFO. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 26985 | MAR DE PEDRO. | CONJUNTA. | ARMASTUR. | 6.400 |
Palangre de fondo CNW. | 26008 | NUEVO MAR AZUL. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 27291 | SIEMPRE MARIA. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 25528 | SIEMPRE VULCANO. | CONJUNTA. | ||
Palangre de fondo CNW. | 23790 | NOVAS TERAN. | INDIVIDUAL. | ARMASTUR. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 25023 | ATAIN. | INDIVIDUAL. | A. PALANGREROS CNW. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 22525 | BETI MAURIXIO. | INDIVIDUAL. | A. PALANGREROS CNW. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 23747 | CU CA. | INDIVIDUAL. | A. PALANGREROS CNW. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 23517 | MADRE PILAR. | INDIVIDUAL. | A. PALANGREROS CNW. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 25055 | NUBERU. | INDIVIDUAL. | A. PALANGREROS CNW. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 23532 | NUEVO FURUNO. | INDIVIDUAL. | A. PALANGREROS CNW. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 25284 | MANUEL TERESA. | INDIVIDUAL. | C.P. DE CEDEIRA. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 25858 | NUEVA CARLA. | INDIVIDUAL. | C.P. DE CUDILLERO. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 21777 | SUAREZ VALLE. | INDIVIDUAL. | C.P. DE CUDILLERO. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 25501 | GURE ITXAROPENA. | INDIVIDUAL. | FECOPEGUI. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 26233 | KALA BERRI. | INDIVIDUAL. | FECOPEGUI. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 7966 | ANA JESUS. | INDIVIDUAL. | FECOPPAS. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 25306 | EL CISNE DE. | INDIVIDUAL. | FECOPPAS. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 24390 | VIRGEN DE MARES. | INDIVIDUAL. | FECOPPAS. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 24514 | ARLANPI. | INDIVIDUAL. | F.C.P. DE VIZCAYA. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 24356 | GURE FATIMA. | INDIVIDUAL. | F.C.P. DE VIZCAYA. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 26311 | GURE ITXAS BEGI. | INDIVIDUAL. | F.C.P. DE VIZCAYA. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 25490 | ITOITZ. | INDIVIDUAL. | F.C.P. DE VIZCAYA. | 1.600 |
Palangre de fondo CNW. | 23878 | OS DOUS DE SEMPRE. | INDIVIDUAL. | ORPAL. | 1.600 |
Volanta CNW. | 23570 | ARADON BERRIA. | CONJUNTA. | A. ARTES FIJAS CNW. | 3.200 |
Volanta CNW. | 23487 | NUEVO VIRGEN GUADALUPANA. | CONJUNTA. | ||
Volanta CNW. | 24097 | NAVEOTE. | CONJUNTA. | AVOCANO - GRUPO 1. | 8.000 |
Volanta CNW. | 22240 | NUEVO ENZO. | CONJUNTA. | ||
Volanta CNW. | 24831 | PEIXIÑO PRIMERO. | CONJUNTA. | ||
Volanta CNW. | 26633 | SIEMPRE DIABLILLO. | CONJUNTA. | ||
Volanta CNW. | 25747 | TRES HERMANOS CACHARELOS. | CONJUNTA. | ||
Volanta CNW. | 27262 | NUEVO BOSCO. | CONJUNTA. | AVOCANO - GRUPO 2. | 3.200 |
Volanta CNW. | 3896 | RIOMASMA. | CONJUNTA. | ||
Volanta CNW. | 23938 | BEDIA. | CONJUNTA. | C.P. CEDEIRA. | 6.400 |
Volanta CNW. | 21655 | FRESAN. | CONJUNTA. | ||
Volanta CNW. | 24632 | NUEVO RICHARD. | CONJUNTA. | ||
Volanta CNW. | 24137 | SAN ROMAN. | CONJUNTA. | ||
Volanta CNW. | 22720 | BORRASCA PRIMERO. | CONJUNTA. | C.P. CORME. | 3.200 |
Volanta CNW. | 23579 | MOISES DANIEL. | CONJUNTA. | ||
Volanta CNW. | 21940 | BRUAL. | INDIVIDUAL. | A.A. DE ARTES FIJOS CNW. | 1.600 |
Volanta CNW. | 23020 | HERMANOS ISTILLARTY. | INDIVIDUAL. | A.A. DE ARTES FIJOS CNW. | 1.600 |
Volanta CNW. | 21686 | HERMANOS SILVA. | INDIVIDUAL. | A.A. DE ARTES FIJOS CNW. | 1.600 |
Volanta CNW. | 23576 | MADRE RAFAELA. | INDIVIDUAL. | A.A. DE ARTES FIJOS CNW. | 1.600 |
Volanta CNW. | 23025 | PLAYA DE LUARCA. | INDIVIDUAL. | A.A. DE ARTES FIJOS CNW. | 1.600 |
Volanta CNW. | 23046 | REGINO JESUS. | INDIVIDUAL. | A.A. DE ARTES FIJOS CNW. | 1.600 |
Volanta CNW. | 14737 | SARRIDAL. | INDIVIDUAL. | A.A. DE ARTES FIJOS CNW. | 1.600 |
Volanta CNW. | 23823 | AMUTIO HIERRO DOS. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 25792 | BEREZMAR. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 27435 | BRISAS DE ALBA. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 24835 | BRISAS DE CEDEIRA. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 22303 | CARABEL. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 26107 | EL CAÑAVERA. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 26823 | HERMANOS MASCATO DOS. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 26487 | JOSE EDUARDO. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 26648 | MASCATO TRES. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 25388 | NUEVO LIBERTAD. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 27457 | NUEVO MAPEI. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 23585 | NUEVO MONTEVEO. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 24439 | NUEVO PEÑIL. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 24816 | PLAYA DE BARES. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 24853 | SIEMPRE ANGELA. | INDIVIDUAL. | AVOCANO. | 1.600 |
Volanta CNW. | 100273 | DAMAR. | INDIVIDUAL. | 1.600 | |
Volanta CNW. | 24606 | MARTIN DANIEL. | INDIVIDUAL. | 1.600 |
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