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Documento BOE-A-2022-8049

Resolución de 4 de mayo de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Fotovoltaico Ictio Orión de 150 MWp/125,84 MWn, en Torrecillas de la Tiesa, y su infraestructura de evacuación, en Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera (Cáceres)".

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 16 de mayo de 2022, páginas 68080 a 68101 (22 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-8049

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 5 de agosto de 2021, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque Fotovoltaico Ictio Orión de 150 MWp/125,84 MWn, en el término municipal de Torrecillas de la Tiesa, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera, en la provincia de Cáceres», remitida por Ictio Solar Orion SLU, como promotor, y respecto de la que la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano sustantivo.

Alcance de la evaluación.

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye, asimismo, en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

No comprende aspectos relativos a seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de seguridad y salud en el trabajo u otros que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos y están fuera del alcance de la evaluación de impacto ambiental.

La viabilidad del proyecto está condicionada a la construcción de las siguientes infraestructuras que son objeto de otro proyecto: la Subestación Colectora «Francisco Pizarro 400 kV» y la línea de evacuación aérea de 400 kV hasta la Subestación de Almaraz.

1. Descripción y localización del proyecto

El proyecto tiene por objeto la construcción de una instalación fotovoltaica de 150 MWp, una Subestación eléctrica elevadora «Ictio Orión 30/400 kV» y una línea de evacuación de la energía subterránea-aérea de 400 kV desde la Subestación «Ictio Orión 30/400 kV» a la posición de entrada en la Subestación Colectora «Francisco Pizarro 400 kV» (objeto de otro proyecto). La vida útil de la instalación prevista se estima en 35 años.

La planta fotovoltaica se localiza en el término municipal de Torrecillas de la Tiesa (Cáceres), mientras que la línea de evacuación de la energía discurre a través de los términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera (Cáceres).

La planta fotovoltaica de 150 MWp de potencia (125,84 MWn) se localiza a unos 5 km al sureste del núcleo de población de Torrecillas de la Tiesa, junto a la confluencia de las carreteras CC-23.3 y carretera a Cortijo del Val, y ocupa una superficie aproximada de 282,66 ha, de las cuales, aproximadamente 93,38 ha corresponden a la superficie ocupada por los seguidores. El acceso a la planta se realizará a través de caminos existentes.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en 2020, tras analizar los Censos Oficiales realizados por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Junta de Extremadura, consideró necesario habilitar un corredor para el desplazamiento y campeo del sisón y otras especies esteparias. La definición de este corredor fue aceptada por varios promotores de proyectos de plantas fotovoltaicas que se estaban desarrollando en la zona, «Francisco Pizarro», «Ictio Orión» y «Campo de Arañuelo». El establecimiento de este corredor fue el origen de la definición de una nueva alternativa en el EsIA, la alternativa D, que es una variante de la alternativa C a la que se le elimina la parte correspondiente de dicho corredor.

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Figura 1. Alternativas C y D y corredor de biodiversidad. Fuente EsIA

Posteriormente, la Junta de Extremadura continuó con los trabajos de seguimiento de especies esteparias, detectándose ejemplares radiomarcados más allá del corredor considerado. Por ello en la información adicional recibida del promotor el 3 de diciembre de 2021, para garantizar la conservación del sisón, el promotor ha considerado necesario modificar el vallado de la planta, redistribuir parte de los paneles y reducir parte de la planta, respetando el perímetro de la zona en la que se han localizado sisones radiomarcados, ampliando de esta forma el corredor para la conservación del sisón acordado por la Dirección General de Sostenibilidad y los promotores. La planta pasa de ocupar de 282,66 ha en dos recintos a 217,47 ha en tres recintos.

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Figura 2. Redefinición de la planta fotovoltaica (diciembre 2021). Fuente: Elaboración propia

La subestación eléctrica «Ictio Orión 30/400 kV» se ubica en el T.M. de Torrecillas de la Tiesa y ocupa una superficie de 6.600 m2.

El comienzo de la línea eléctrica de evacuación aérea se localiza dentro de la Subestación Colectora «Francisco Pizarro 400 kV». La línea será subterránea en 540 m y aérea en 3,52 km con 13 apoyos. Siguiendo las indicaciones del informe de la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, el promotor se compromete a soterrar 1,47 kilómetros de línea eléctrica de evacuación de 400 kV desde la Subestación «Ictio Orión 30/400 kV» hasta cruzar la carretera CC-23.3, instalando en este punto un apoyo de paso-aéreo-subterráneo (PAS), para discurrir en aéreo hasta la Subestación Colectora «Francisco Pizarro 400 kV».

El estudio de impacto ambiental (EsIA) contempla la fase de desmantelamiento, si bien será necesario desarrollarla en detalle al final del periodo de vida de la planta junto con su proyecto correspondiente.

2. Tramitación del procedimiento

Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 20, de 23 de enero de 2021; en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres» n.º 13, de 21 de enero de 2021; y en los tablones de edictos de los ayuntamientos afectados: «Anuncio del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura, por el que se somete a información pública la solicitud de la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de impacto ambiental del proyecto de ejecución de una planta solar fotovoltaica denominada "Ictio Orión" y su infraestructura de evacuación, en términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera, provincia de Cáceres».

Simultáneamente, se consultó a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, quedando recogida en el Anexo I, la relación de entidades consultadas, las contestaciones emitidas y las alegaciones del período de información pública.

Con fecha 5 de agosto de 2021 se recibe el expediente en esta Dirección General, incluyendo el proyecto técnico, el estudio de impacto ambiental (EsIA), las consultas y el resultado de dichas consultas y de la información pública realizada.

El 21 de septiembre de 2021, se requiere al promotor información técnica adicional relativa a diversos aspectos del estudio de impacto ambiental, que es aportada el 3 de diciembre de 2021.

3. Análisis técnico del expediente

A. Análisis de alternativas.

El EsIA contempla, junto a la alternativa 0, cuatro alternativas de localización de la planta fotovoltaica y su correspondiente línea de evacuación de la energía.

Alternativa 0: La no realización del proyecto permitiría la continuidad de la actividad ganadera intensiva existente en la actualidad.

Alternativa A: El núcleo de Torrecillas de la Tiesa linda con la implantación. El proyecto ocupa un total de 337 ha. El proyecto afecta a un total de 2 cursos de agua. La zona de implantación afecta a espacios Red Natura 2000, concretamente al río Almonte calificado como Zona de Especial Conservación, ZEC «Río Almonte», y Zona de Especial Protección para las Aves, ZEPA «Riberos del Almonte» (en adelante «ZEC y ZEPA río Almonte»), además los terrenos se solapan con la IBA «Trujillo-Torrecillas de la Tiesa». La línea de evacuación tiene una longitud total de 7,5 km.

Alternativa B: El núcleo de Torrecillas de la Tiesa se encuentra aproximadamente 3 km. El proyecto ocupa un total de 390 ha. El proyecto afecta a un total de 8 cursos de agua. Tanto la planta como la infraestructura de evacuación afecta a espacios Red Natura 2000, «ZEC y ZEPA río Almonte», además los terrenos se solapan con la IBA «Trujillo-Torrecillas de la Tiesa». La línea de evacuación tiene una longitud total de 9,3 km, en el transcurso de esta debe de cruzar espacios Red Natura 2000, como son ZEC «Río Almonte» y ZEPA «Riberos del Almonte».

Alternativa C: El núcleo de Torrecillas de la Tiesa se encuentra a aproximadamente 3,5 km. El proyecto ocupa un total de 327 ha. El proyecto afecta a un total de 4 cursos de agua de escasa importancia. La planta no afecta a espacios Red Natura 2000, se encuentra próxima a la «ZEC y ZEPA río Almonte», pero se solapa con la IBA «Trujillo-Torrecillas de la Tiesa». La línea de evacuación tiene longitud total de 4,06 km y no afecta a ningún espacio protegido.

Alternativa D: La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura consideró necesario habilitar un corredor para el desplazamiento y campeo del sisón y otras especies esteparias. El establecimiento de este corredor fue el origen de la definición de una nueva alternativa en el EsIA, la alternativa D, que es una variante de la alternativa C a la que se le elimina la parte correspondiente de dicho corredor, pasando de 327,00 a 282,66 ha.

El EsIA realiza un examen multicriterio entre las cuatro alternativas, resulta finalmente elegida la alternativa D.

B. Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del estudio de impacto ambiental, de las contestaciones a las consultas recibidas y de la documentación adicional remitida por el promotor, se resumen a continuación los principales impactos y su tratamiento.

El estudio contempla los impactos asociados a las fases de construcción, explotación y desmantelamiento. Los impactos de la fase de desmantelamiento son del mismo tipo que durante la fase de construcción. Con la diferencia de que tras esta fase se incluyen labores de restitución de terrenos y accesos y la recuperación de usos tradicionales del suelo, que generarían fundamentalmente impactos positivos.

B.1 Suelo, subsuelo y geomorfología.

Durante la fase de construcción, las principales afecciones sobre la geomorfología se podrán producir como consecuencia de los movimientos de tierra derivados de las zanjas para el cableado subterráneo y el tramo de línea de evacuación subterránea, así como el montaje del tramo aéreo de la línea de evacuación, la construcción de la subestación, y la adecuación y construcción de nuevos viales, sin que se prevea una importante modificación de la morfología de la zona ni el aumento de los procesos erosivos, ya que la mayoría de las actuaciones previstas se localizan sobre un terreno llano.

Las principales afecciones sobre la edafología se producirán, en la fase de construcción, por el trasiego de maquinaria y la compactación de los terrenos debido a la ocupación temporal para las instalaciones auxiliares de la planta y para el montaje de los apoyos, en accesos y campas, y por el riesgo potencial de contaminación por vertidos accidentales de aceites y combustibles. En la fase de explotación, el principal impacto se debe a la ocupación permanente del suelo.

Se debe tener en cuenta que las ocupaciones temporales se restaurarán y que las estructuras de soporte de los módulos fotovoltaicos se anclarán, siempre que sea posible, mediante el hincado de perfiles metálicos al suelo, lo que permite una mayor capacidad de adaptación a la topografía del terreno.

Los materiales externos necesarios para la obra civil (arena, hormigón, grava, zahorra, etc.) procederán de empresas y canteras legalizadas existentes en el entorno de la actuación.

Las principales medidas de protección de la edafología y geomorfología son: delimitación de las zonas ocupadas por el proyecto mediante jalonamiento, limitando el movimiento de maquinaria y personal fuera de las zonas de ocupación; utilización preferente de la red de caminos existente (se establecerá un Plan de rutas de acceso); priorización del uso de maquinaria ligera; adecuada gestión de la tierra vegetal y restauración de los terrenos afectados por las obras.

Además, a efectos de prevenir la contaminación, todos los residuos se gestionarán adecuadamente, se evitará cualquier tipo de vertido y las tareas de mantenimiento de la maquinaria se efectuarán siempre en taller autorizado. Complementariamente, los transformadores de potencia se dispondrán sobre una bancada de hormigón armado ejecutada «in-situ», compuesta por una cimentación de apoyo y una cubeta para recogida del aceite, en previsión de una hipotética pérdida o escape, en cuyo caso, se canalizará al receptor de emergencia enterrado en el que quedaría confinado, evitándose su vertido al exterior.

B.2 Hidrología.

Los cauces presentes en la zona de implantación de la planta fotovoltaica están conformados por pequeñas vaguadas sin importancia hidráulica, a excepción del Regato de los Majanos que discurre de este a oeste de la zona de implantación. La línea de evacuación no afecta a ningún cauce fluvial del entorno.

Las actuaciones proyectadas pueden alterar el régimen hídrico debido a las compactaciones del terreno y a la presencia de los módulos fotovoltaicos, así como suponer la pérdida de la calidad de las aguas superficiales debido al aumento de sólidos en suspensión por los movimientos de tierras, y al vertido accidental de aceites y combustibles procedentes de la maquinaria y transporte de materiales.

De acuerdo con el estudio hidrológico, el promotor ha propuesto la implantación de los diferentes elementos del proyecto respetando la envolvente correspondiente a la zona de servidumbre (5 m desde la máxima crecida ordinaria). Comprobando que se respeta tanto la envolvente de inundabilidad asociada a un periodo de retorno de 100 años como la asociada a un periodo de retorno de 500 años. De igual forma, en la zona de implantación se respetarán, en la medida de lo posible, las charcas existentes.

El proyecto incluye que en los viales se prevean tantas estructuras de drenaje transversal como vaguadas tenga el terreno, dimensionándolas de forma que se evite el efecto presa en épocas de máxima precipitación.

El promotor considera el impacto sobre la hidrología subterránea como poco significativo, debido a que la mayor parte de las instalaciones proyectadas se ubican sobre terrenos impermeables o de permeabilidad baja y a la escasa profundidad de los movimientos de tierras necesarios, tanto para la cimentación de los apoyos como del hincado de perfiles.

Como medidas de protección de la hidrología, el proyecto contempla, además de las ya descritas para evitar la contaminación de suelos, evitar el acopio de materiales en las zonas próximas a los cauces, disponer barreras de retención de sedimentos y utilizar una fosa séptica estanca para los vertidos procedentes de los aseos, los cuales serán retirados por gestor autorizado.

La Confederación Hidrográfica del Tajo, en su informe de 23 de febrero de 2021, propone el cumplimiento de una serie de condicionantes generales de protección del estado natural de los cauces y sus márgenes y del dominio público hidráulico (DPH), los cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución. En este sentido, el promotor manifiesta que se cumplirá con todos los condicionantes establecidos, los cuales han sido tenidos en consideración en el diseño de la planta fotovoltaica.

B.3 Atmósfera, cambio climático.

Durante la fase de construcción, se puede producir un incremento temporal de polvo en el aire y de las emisiones de contaminantes y sonoras, provocado en su mayor parte, por el movimiento de tierras y de la propia maquinaria, la cimentación de los apoyos e hincado de los postes.

El promotor propone medidas como el riego de caminos y zonas de obras; el transporte cubierto de los materiales; la limitación de la velocidad de los vehículos; la restricción de la ejecución de las obras al periodo diurno; la utilización de silenciadores y amortiguadores; y la correcta puesta a punto, mantenimiento y utilización de la maquinaria, de tal forma que cumpla la normativa vigente referente a emisiones atmosféricas de gases y ruido.

Durante la explotación, se puede producir un incremento de los niveles sonoros como consecuencia del funcionamiento de los inversores y transformadores de la planta solar y de la subestación, así como por el efecto corona de los conductores de la línea eléctrica.

El promotor ha realizado un estudio acústico en el que concluye que no se prevé un impacto significativo sobre la población, ya que en las edificaciones existentes próximas a las instalaciones proyectadas se cumplirá con los niveles establecidos en la legislación vigente, tanto durante la fase de construcción como de explotación.

Respecto a la posible contaminación lumínica, el promotor no prevé la instalación de alumbrado exterior en el parque, salvo el de emergencia, que se instalará en los accesos a la planta. Los LED del sistema de iluminación infrarrojo de las cámaras del sistema de videovigilancia emitirán en una banda de radiación no ionizante y que no atraiga a los insectos.

Durante la fase de explotación, la energía generada en la instalación proyectada (279,41 GWh/año) permitirá reducir la emisión del orden de 108.744 toneladas de CO2 equivalentes/año procedente de combustibles fósiles, con el consiguiente efecto positivo sobre el cambio climático. El promotor estima que la tasa de recuperación de la energía del proyecto se sitúa en aproximadamente un año (tiempo necesario para que la energía empleada para la ejecución del proyecto: construcción de paneles, seguidores, etc. sea compensada con la energía generada en la planta).

B.4 Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).

Las afecciones sobre la vegetación y los HIC en la fase de construcción vendrán motivadas fundamentalmente por la eliminación y degradación de la cubierta vegetal debido a la construcción de las infraestructuras y viales proyectados.

De acuerdo con la información facilitada por el promotor, la vegetación en la mayor parte del ámbito de estudio está formada por pastos degradados y comunidades de cardos de la Cynaro humilis-Galactitetum tomentosae, que en buena parte han sustituido majadales debido al sobrepastoreo actual de la zona. Existen también comunidades de Bromo tectori-Stipetum capensis, que también se asocian al pastoreo esquilmante o antiguas zonas de labor. Se ha estimado que aproximadamente la vegetación eliminada (subestación, viales, zanjas y línea eléctrica) será de 3,49 ha de cultivos agrícolas y 22,29 ha de pastizales.

Los HIC presentes en el área de estudio, según trabajo de campo del promotor, son: 6220* (Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea), 8230 (Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo scleranthion o Sedo albi-Veronicion dillenii), 6310 (Dehesas perennifolias de Quercus spp), 5330 (Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos) y 3170* (Estanques temporales mediterráneos). El promotor ha estimado que la planta fotovoltaica y la subestación afectan a una superficie de 4,5 ha del HIC 6220* y la línea eléctrica a unos 550 m2 del HIC 5330.

El promotor manifiesta que no ha localizado ninguna especie de flora protegida dentro del perímetro de la planta y de la zona afectada por la línea de evacuación.

Las infraestructuras proyectadas respetan a todos los ejemplares de árboles localizados por el promotor durante los trabajos de campo presentes en la zona de implantación.

Para la protección de la vegetación y los HIC durante la construcción el promotor contempla, entre otras medidas la eliminación de la vegetación estrictamente necesaria, mediante desbroce mecánico de zonas marcadas, sin uso de fuego ni fitocidas y el balizamiento y señalización de las zonas de actuación para no afectar a la vegetación del entorno.

Una vez finalizada la fase de construcción, se realizarán trabajos de recuperación de la cubierta vegetal en todas las zonas afectadas por el proyecto. Complementariamente se llevará a cabo el apantallamiento vegetal perimetral de la planta en las zonas que lindan a caminos y carreteras y se plantarán retamas en la zona del HIC 5330 afectada por la instalación de la línea eléctrica de evacuación.

Durante la explotación, no se prevé afección a la vegetación y a los HIC en la planta fotovoltaica. Se establecerá un Plan de Gestión Ganadero en la planta fotovoltaica que favorecerá el mantenimiento y recuperación de los HIC (6220*, 6420, 3150 y 6310).

B.5 Fauna y biodiversidad.

Durante la fase de construcción, se puede producir afección a la fauna como consecuencia de la destrucción, fragmentación y alteración de hábitats por la ocupación de suelo. Asimismo, también se puede producir destrucción de nidos y madrigueras, atropellos, desplazamientos y modificaciones de las pautas de comportamiento como consecuencia de los ruidos, mayor presencia humana, el movimiento de maquinaria y otras molestias de las obras.

Durante la fase de explotación, los principales impactos considerados son la pérdida de hábitat de las especies presentes por ocupación de la planta y el riesgo de colisión y electrocución de la avifauna con la línea eléctrica. También se podría producir un efecto barrera por el vallado perimetral y por las propias instalaciones, si bien, el promotor señala que únicamente afectaría a mamíferos terrestres de gran tamaño. El promotor no considera significativo el impacto ocasionado por molestias a la fauna en la fase de explotación como consecuencia de la presencia humana en las labores de mantenimiento. Asimismo, considera que la construcción de la planta fotovoltaica, supondrá la desaparición del uso de fitosanitarios y sobre todo la regulación de la carga ganadera, que permitirá un mejor desarrollo de la vegetación y una mayor naturalidad del suelo, lo que será beneficioso para la biodiversidad.

El EsIA incluye un estudio de la avifauna, en el que se identifican y caracterizan las poblaciones existentes en el área de estudio. Los censos se han realizado mediante recorridos sistemáticos y regulares, combinando transectos en vehículo con observación desde puntos favorables, estaciones de escucha, etc., durante un ciclo anual completo (desde diciembre de 2018 a noviembre de 2019).

En dicho estudio se caracterizan las principales especies de avifauna del ámbito del proyecto y las afecciones que se producirán sobre las mismas con la realización del proyecto. Se analizan parámetros ecológicos estadísticos tales que riqueza específica, riqueza relativa, abundancia absoluta, abundancia relativa, densidad, diversidad, etc. Se tienen en consideración parámetros de conservación como pueden ser los índices denominados VCP «valor de conservación ponderado» (que permite identificar las especies más sensibles en función de su fenología y el estatus de protección), RC «riesgo de colisión» con la línea eléctrica (que tiene en cuenta el tamaño de la especie, comportamiento en vuelo, tipo de vuelo, uso de la línea eléctrica y vuelos nocturnos o crepusculares), y el IS «índice de sensibilidad específico» (que combina los índices anteriores). Tales índices se relacionan a su vez con los parámetros citados anteriormente de riqueza, densidad y abundancia.

En base a estos índices, las especies más importantes del proyecto son: sisón, ganga ortega, águila imperial ibérica, ganga ibérica, milano real, alimoche, avutarda, alcaraván, espátula, martinete y cigüeña negra.

Las principales medidas propuestas por el promotor en el EsIA son:

– Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno por parte de técnico especializado en fauna.

– Se realizará una programación de los trabajos adecuada al ciclo biológico de avifauna de interés presente en el espacio, de forma que se aminoren o eviten los impactos negativos.

– Se limitará la velocidad de circulación de la maquinaria y se evitarán los trabajos nocturnos y la circulación de personas y vehículos más allá de las zonas estrictamente necesarias.

– Se desarrollarán medidas para evitar que la fauna quede atrapada en el interior de zanjas, tales como la instalación de rampas de escape en su interior, cubrir las zanjas abiertas al finalizar cada jornada e inspeccionarlas al comienzo de la jornada para comprobar la posible presencia de animales atrapados.

– Medidas para evitar la colisión y electrocución de las aves cumpliendo con la normativa vigente al respecto.

– Se colocarán elementos antiposada y antinidificación para evitar la nidificación de aves de mediano y gran tamaño. Estos elementos no podrán ser de tipo paraguas.

– El vallado perimetral cumplirá las especificaciones del Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

– Instalación de seis cajas nido modelo «carraca-cernícalo primilla». Se realizará un seguimiento anual de la ocupación y, en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura, se anillarán pollos para el seguimiento a largo plazo.

– Colocación de 10 cajas nidos para murciélagos, del modelo «refugio de pared en cemento y madera para fachadas», sobre construcciones existentes y los edificios de instalaciones auxiliares de la planta. Se realizará un seguimiento anual de la ocupación.

– Se construirán cinco refugios para reptiles y mamíferos de pequeño porte dentro de la zona de implantación de la planta fotovoltaica mediante acúmulos de piedras de aproximadamente 1 metro de alto y entre 4 y 6 metros cuadrados de superficie.

– Se construirá un muladar para la alimentación de aves necrófagas.

– Prohibición de actividades cinegéticas en la planta, los corredores naturales y las áreas de reserva.

– Plan de gestión ganadero durante la fase de explotación.

– Establecimiento de un área de reserva para aves esteparias.

SEO/Birdlife considera que la zona elegida para la implantación de la planta solar fotovoltaica afecta directamente a una zona de reproducción de sisón (Llanos de Belén), produciendo la eliminación de dicha zona como hábitat reproductivo, por lo que el impacto es crítico y por tanto, al tratarse de una especie catalogada en peligro de extinción en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 78/2018, de 5 de junio), el proyecto no puede ser autorizado por su impacto crítico sobre una zona de reproducción de sisón común, sin que ninguna de las medidas propuestas por el promotor sean realmente efectivas para evitarlo.

Como respuesta, el promotor elabora un nuevo documento en el que concluye que el establecimiento de la planta no afecta significativamente al núcleo reproductor de sisón ubicado en la zona de los Llanos de Belén, que la afección a los hábitats «juncales churreros» y «majadales», como zonas de alto valor para nidificación del sisón, es insignificante y que las medidas propuestas por el promotor son realmente efectivas para mitigar el impacto sobre una posible zona de reproducción de sisón.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura informa «que el proyecto/actividad no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en Red Natura 2000, pero la actividad, a pesar de no presentar afecciones significativas sobre los espacios de la Red Natura 2000, podría suponer impactos sobre taxones protegidos si no se adoptan las medidas necesarias, al menos las comentadas en el presente informe, en base a los motivos anteriormente expuestos».

En dicho informe, considera como medidas necesarias para evitar afecciones significativas sobre taxones protegidos, el soterramiento de la línea eléctrica de evacuación hasta la entrada en la planta de «Francisco Pizarro», la exclusión de la zona propuesta de corredor de avifauna y el establecimiento de una reserva dedicada a la conservación de la especie, con una superficie similar a la ocupada, en el entorno inmediato, y con un plan de gestión agroambiental dedicado a la conservación del sisón.

En respuesta al informe, el promotor justifica que no es necesario soterrar la línea eléctrica de evacuación y que destinará como área de reserva para la conservación del sisón las 44,34 ha inicialmente ocupadas por la alternativa C que se han eliminado en la alternativa D y que forman parte del corredor definido para el sisón.

A la vista de lo anterior, la Dirección General de Sostenibilidad manifiesta que será el órgano ambiental, responsable de la evaluación, quien considere y resuelva estos aspectos.

A la luz de los nuevos datos de radioseguimiento, que detectaban ejemplares de sisón más allá del corredor habilitado, el promotor asume, para garantizar la conservación del sisón, el soterramiento de la línea eléctrica de evacuación hasta cruzar la carretera CC-23.3 y ha considerado necesario modificar el vallado de la planta, redistribuir parte de los paneles de la parte suroeste y reducir parte de la planta, respetando el perímetro de la zona en la que se han localizado sisones radiomarcados, ampliando de esta forma el corredor para la conservación del sisón acordado por la Dirección General de Sostenibilidad y los promotores. De esta manera se pasa de una ocupación de 282,66 ha (93,38 ha corresponden a la superficie ocupada por los seguidores) a 217,47 ha y la nueva propuesta del promotor para el área de reserva de aves esteparias es de 108,76 ha y por tanto considera que cumple con la prescripción de la Dirección General de Sostenibilidad.

Complementariamente, el promotor destaca que, además del corredor habilitado para el sisón, tras el rediseño del vallado se han creado una serie de corredores naturales, entre los recintos de la planta, con el fin de amortiguar el potencial efecto barrera del proyecto.

B.6 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.

La planta fotovoltaica no se ubica sobre espacios pertenecientes a la Red Natura 2000 o a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura (RENPEX). El más próximo es la «ZEC y ZEPA río Almonte» y se encuentra a 800 metros. La línea de evacuación, tanto aérea como subterránea, no afecta a ningún espacio protegido.

B.7 Paisaje.

El principal impacto durante la construcción se produce por la presencia de maquinaria de obra, los movimientos de tierra y la construcción de las infraestructuras previstas. Durante la fase de explotación, la presencia de las instalaciones implicará una pérdida de la calidad visual del entorno, debido a que supondrán la aparición de elementos discordantes con el paisaje rural donde se localiza el proyecto.

El estudio de impacto paisajístico de diciembre de 2021 analiza un ámbito de estudio que comprende el entorno de 5 km alrededor de las infraestructuras proyectadas. El estudio obtiene una calidad paisajística media, una fragilidad media y el impacto sobre el paisaje se considera compatible.

El lugar de implantación del parque fotovoltaico es un territorio diáfano con pendientes que no superan el 10% y con diferentes elementos antrópicos presentes como líneas eléctricas, naves agrícolas, carreteras y vías pecuarias, donde predomina el carácter rural y agrícola. El cálculo de cuenca visual concluye que el parque no es visible desde los núcleos urbanos de Torrecillas y Aldeacentenera. En cuanto a otras zonas con elevada probabilidad potencial de observadores, destaca la carretera CC-23.3, que une las localidades de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera.

Para minimizar la afección paisajística, el promotor contempla la retirada de todas las instalaciones auxiliares, residuos, etc., el tapado de las zanjas a medida que la instalación del cableado vaya finalizando, utilizando el material excavado anteriormente dándole un acabado similar al relieve del entorno, la restauración de los terrenos afectados por las obras y la instalación de una pantalla vegetal lineal siguiendo el cerramiento perimetral de la planta utilizando especies autóctonas.

B.8 Población, salud humana.

Durante la fase de construcción, se pueden producir molestias a la población por el incremento de los niveles de ruido, emisiones de gases y partículas y disminución de la permeabilidad territorial durante las obras. El promotor contempla la reposición de todos los bienes y servicios afectados por las obras. El EsIA prevé un importante impacto positivo en la economía de la comarca por demanda de mano de obra, servicios y suministros.

Asimismo, concluye que los campos electromagnéticos no generan un impacto significativo sobre las edificaciones más cercanas, debido a que no se superan los límites máximos admisibles por la normativa vigente. Las edificaciones más cercanas a las instalaciones se encuentran a una distancia superior a 100 m y los núcleos de población a una distancia superior, mayor a 200 m, por lo que se cumple la distancia mínima normalmente recomendada.

La Dirección General de Salud Pública de la Junta de Extremadura, una vez revisado el proyecto y estudio de impacto ambiental, emite informe favorable al proyecto.

El promotor incluye un análisis del posible impacto por deslumbramiento en el que concluye que, debido a la distancia a la que se encuentran los núcleos urbanos más próximos (entre 4-5 km) y a que los módulos fotovoltaicos seleccionados para este proyecto están dotados de un tratamiento antirreflejante, el posible deslumbramiento es casi inexistente y hace compatible la instalación fotovoltaica con su entorno.

La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura informa que no se detecta afección sobre instrumento de ordenación territorial aprobado definitivamente, si bien, actualmente se halla en aprobación inicial, por Resolución de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de 10 de mayo de 2019, el Plan Territorial de Villuercas-Ibores-Jara (DOE n.º 136, martes, 16 de julio de 2019), ámbito territorial en el que se incluye el término municipal de Aldeacentenera, y que establecerá una nueva regulación cuando se apruebe definitivamente. Asimismo, no se localiza afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.

B.9 Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

Los potenciales impactos sobre el patrimonio cultural se producirán en la fase de construcción, debido a los movimientos de tierras asociados a las infraestructuras proyectadas, dada la cercanía de las instalaciones previstas a elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie abarcada por la zona de estudio.

El resultado de la prospección arqueológica realizada en los terrenos afectados por el proyecto ha sido positiva para los resultados arqueológicos y etnográficos (un núcleo arqueológico y dos elementos etnográficos) en las parcelas donde está proyectada la implantación y negativa para el trayecto de la línea eléctrica.

La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura, en su informe de 31 de marzo de 2021, informa favorablemente el proyecto de acuerdo a la prospección intensiva realizada por el promotor en octubre de 2019, condicionado a una serie de medidas que se detallan en el condicionado de la presente resolución.

Vías pecuarias: se verá afectada la Vereda de la Cuerda de Berenga por la línea eléctrica de evacuación en una zona en la que discurre soterrada.

B.10 Impactos sinérgicos y acumulativos.

En la documentación adicional remitida en diciembre de 2021, se incluye un estudio de efectos sinérgicos y acumulativos. Para su realización se han tenido en cuenta los parques fotovoltaicos y sus líneas eléctricas de evacuación (Ictio Orión, Trujillo, Francisco Pizarro, Campo Arañuelo y Torrecilla) y las líneas eléctricas de alta tensión en un entorno de 10 km del proyecto.

En las conclusiones de dicho estudio, se destaca:

– La concentración de varios proyectos en la misma zona permite la optimización de recursos como es el caso la línea de evacuación compartida hasta la SET Almaraz y la creación de un corredor ecológico conjunto.

– Las medidas preventivas, correctoras y compensatorias se podrán aplicar con una mayor efectividad para el conjunto de las instalaciones.

– Si bien se producirá un impacto directo sobre el hábitat estepario disponible, los efectos indirectos acumulativos y sinérgicos no conllevan efectos significativos en la zona, pues se trata de un medio ampliamente representado en la misma, y además se generará una sinergia positiva que tiene su origen principal en la creación de reservas que beneficiará de forma muy efectiva a este tipo de aves.

– Los impactos sinérgicos negativos que se producirán sobre el suelo, la vegetación, la fauna, los hábitats de interés comunitario y el paisaje se consideran compatibles con la adopción de las medidas preventivas y correctoras propuestas.

– Se producirán impactos sinérgicos positivos sobre la calidad de las aguas, la socioeconomía y el cambio climático.

C. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El EsIA incluye, en su Anexo II, un estudio de vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves o catástrofes en el que concluye que no se producirán efectos adversos significativos sobre el medio ambiente. Además, la probabilidad de que ocurran dichos accidentes graves y/o catástrofes es baja. Asimismo, indica que las instalaciones proyectadas contarán con el correspondiente Plan de Autoprotección y que se cumplirá la normativa vigente en materia de incendios forestales, transporte, manejo y gestión de sustancias peligrosas.

La Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior de la Junta de Extremadura concluye que la última versión del Anexo II «Vulnerabilidad del proyecto» se ajusta a las directrices de dicha Dirección General y que deberán cumplirse las medidas establecidas en el mismo.

En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes naturales la presente resolución recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.

D. Programa de vigilancia ambiental.

El EsIA contiene un programa de vigilancia ambiental (PVA) cuyo objetivo consiste en el seguimiento y control de los impactos previstos, en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, así como identificar impactos ambientales no previstos y la adopción de medidas adicionales para la protección ambiental. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes de vigilancia. Los principales aspectos considerados en el PVA del EsIA son los siguientes:

Fase de construcción y desmantelamiento: delimitación de áreas de trabajo, selección de zonas auxiliares, formación del personal de obra, control de la calidad atmosférica y acústica, control de protección del suelo y la geomorfología, control de la calidad de las aguas, control de residuos y vertidos, control de la vegetación y fauna, control de la restauración de zonas degradadas y de las actuaciones paisajísticas, control de la protección de vías pecuarias y del patrimonio cultural, control de la permeabilidad territorial y del medio socioeconómico, etc.

Fase de explotación: seguimiento del suelo y los procesos erosivos, de los recursos hídricos y calidad de las aguas, de la protección de la vegetación, de las colisiones de aves en la línea de evacuación y de las medidas establecidas para evitar su afección, de las medidas de protección de la fauna, del plan de aprovechamiento sostenible del pastoreo de la planta fotovoltaica, de las poblaciones de aves, etc.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado j) del grupo 3 del Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Parque Fotovoltaico Ictio Orión de 150 MWp/125,84 MWn, en el término municipal de Torrecillas de la Tiesa, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera, en la provincia de Cáceres», en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos, se resuelven las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:

Condiciones al proyecto.

i) Condiciones generales.

1. El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y las aceptadas tras la información pública, o contenidas en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la presente Resolución.

2. Antes de comenzar los trabajos se establecerá contacto con el coordinador de los Agentes de Medio Natural de la zona, a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente a los Agentes de Medio Natural de la zona, con el fin comprobar que los trabajos se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.

3. Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

4. Los residuos generados, tanto en fase de obras como de explotación, serán gestionados según las disposiciones establecidas en la normativa vigente. La gestión de los residuos se irá realizando según se vayan generando, minimizando de esta forma su acumulación en las instalaciones.

5. Con anterioridad a la finalización de la vida útil o del plazo autorizado para la explotación del proyecto, el promotor presentará al órgano sustantivo un proyecto de desmantelamiento de la totalidad de sus componentes, incluyendo la gestión de los residuos generados y los trabajos para la completa restitución geomorfológica y edáfica, posibilitando el restablecimiento del paisaje y uso original de todos los terrenos afectados por el proyecto.

ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos.

A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas y aquellas medidas adicionales establecidas en las alegaciones e informes recibidos en el procedimiento y en las respuestas del promotor que se consideran necesarias para garantizar la protección del medio ambiente; así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el órgano ambiental.

1. Geomorfología, suelo y geodiversidad.

1. Los paneles fotovoltaicos se instalarán, en la medida de lo posible, hincando las estructuras en el suelo. En los casos en los que sea necesario usar hormigón, se hará de forma localizada en los puntos de anclaje de las estructuras al suelo. En todo momento se evitará la realización de voladuras. La altura de colocación de los módulos solares debe adaptarse a la morfología del terreno y permitir el manejo de la vegetación con el ganado.

2. Se reducirán al mínimo los movimientos de tierra. No se retirará la tierra vegetal ni se harán compactaciones salvo en las soleras de los centros de transformación, edificios, subestación, zanjas para el cableado, viales y zonas de instalaciones auxiliares de obra. La tierra vegetal obtenida se utilizará en labores de restauración de zonas alteradas y, si fuera necesario, se realizarán aportes de tierra vegetal extra en áreas con riesgo de erosión.

3. El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación y alteración del suelo (viales existentes y previstos), evitando especialmente las vaguadas y las charcas. El trazado de los viales debe ser balizado (mediante malla de obra o similar) a fin de limitar la salida de vehículos.

4. Se utilizarán los caminos y accesos existentes, evitando, siempre que sea posible, la apertura de otros nuevos. En caso de ejecución de nuevos caminos y/o accesos, se realizarán con la mínima anchura posible, procurando respetar la vegetación autóctona, y en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura. En los accesos campo a través se evitarán los movimientos de tierras y la dotación de firme, y se adaptará la maquinaria a emplear priorizando el transporte con maquinaria ligera y el modo manual donde sea posible. Se respetarán íntegramente las servidumbres de paso existentes, debiendo estar en todo momento en condiciones de uso similares a las originales.

5. Se establecerán áreas específicas, debidamente impermeabilizadas y acondicionadas para las actividades que puedan causar más riesgo de vertidos de residuos líquidos peligrosos, como puede ser el cambio de aceite de la maquinaria o vehículos empleados. En caso de derrame accidental de aceites, lubricantes o hidrocarburos, se actuará inmediatamente delimitando la zona de suelo afectada, construyendo una barrera de contención para evitar la dispersión del vertido y retirando las tierras contaminadas para su tratamiento como residuo peligroso. Los suelos afectados por cualquier tipo de incidente serán objeto de restauración.

6. Se dispondrán depósitos bajo los transformadores, tanto en los centros de transformación de la planta como en la subestación eléctrica, con capacidad para retener la totalidad del aceite dieléctrico contenido en cada transformador, más un porcentaje de seguridad de acuerdo a normativa vigente, en caso de rotura o fuga.

7. Cuando en los trabajos de seguimiento arqueológico se detecte algún hallazgo y sea necesario el decapado del terreno para determinar su importancia y extensión, se restaurará el suelo afectado que no forme parte del hallazgo lo antes posible (descompactación y extensión de tierra vegetal), incluso antes de la instalación de los paneles.

2. Hidrología.

1. Todas las actuaciones que se realicen en zona de DPH o zona de policía de cualquier cauce público, así como el posible vertido de aguas residuales y captaciones de aguas públicas, deberán contar con la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo. En ningún caso se autorizarán dentro del DPH la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal y se respetarán las servidumbres de 5 m de anchura de los cauces públicos. Todo ello de acuerdo con la normativa vigente en la materia.

2. Los movimientos de la maquinaria y el personal y la ocupación de terreno con los materiales y residuos se diseñarán cuidadosamente para evitar las zonas más sensibles (vaguadas y cauces), utilizando preferiblemente las superficies de los viales proyectados.

3. En el cruce de los cursos de agua y vaguadas con los caminos y viales proyectados, se deberán respetar sus capacidades hidráulicas y calidades hídricas. Se deberán tomar las medidas necesarias para evitar el incremento del aporte de sólidos a los cauces durante la remoción de los materiales durante la fase de construcción y su posterior arrastre pluvial.

4. Si el vallado del cerramiento discurriera por encima de cualquier cauce, es posible que pueda suponer un obstáculo para el libre fluir de las aguas con el consecuente riesgo de taponamiento por arrastre de troncos, ramas, etc. Por ello se recomienda dejar expedito el cauce de manera que se permita la libre circulación de las aguas, así como el posible tránsito de fauna acuática a través de él, tanto en el sentido de la corriente como en el sentido contrario. En consecuencia, no se permitirá la construcción de un vallado que en la zona del cauce suponga una estructura que llegue hasta la lámina de agua, por lo cual el cruce del cauce se deberá diseñar de forma que el cerramiento quede elevado sobre el mismo en al menos un metro.

5. La implantación de los diferentes elementos del proyecto respetará la envolvente que corresponde a la zona de servidumbre (cinco metros desde la máxima crecida ordinaria) y la envolvente de inundabilidad asociada a un periodo de retorno de cien años (T100 años).

6. La limpieza y mantenimiento de las placas solares se realizará sin productos químicos peligrosos para el medio ambiente.

3. Aire, factores climáticos, cambio climático.

1. Se asegurará la minimización de emisiones de polvo y gases contaminantes en fase de obra mediante el cumplimiento de las medidas establecidas en los manuales de buenas prácticas relativos a construcción, edificación y transporte (cubrición de los camiones de transporte, riego de superficies, zonas de lavado de ruedas, selección adecuada de la ubicación para las zonas de acopio, revegetación temprana, cumplimiento de condiciones técnicas de los vehículos y maquinaria pesada, etc.).

2. Se deberá adecuar la iluminación exterior de las instalaciones de la planta y del entorno de la subestación, para mantener en la medida de lo posible las condiciones naturales. En todo caso, no se instalará alumbrado exterior en la planta fotovoltaica, a excepción de la asociada a los edificios auxiliares y sus accesos. El alumbrado exterior utilizado deberá incorporar criterios de iluminación sostenible con los que se reduzca el consumo energético y se minimice la contaminación lumínica nocturna de las instalaciones. Se propone iluminación en puntos bajos dirigida hacia el suelo con un diseño tal que proyecten luz por debajo del plano horizontal, sistemas automáticos de regulación del flujo luminoso y/o de encendido y apagado selectivo de lámparas, instalación de lámparas que proporcionen alta eficiencia energética del alumbrado y que no emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV).

4. Flora, vegetación, y Hábitats de Interés Comunitario (HIC).

1. Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno con objeto de identificar la presencia de especies de flora amenazada y/o vegetación de interés y, en caso de detectarse, se comunicará al Agente del Medio Natural y se informará al órgano ambiental de la Junta de Extremadura de forma que se establezcan las medidas de protección adecuadas, incluida en su caso, la translocación de los ejemplares.

2. Durante las obras, se procederá al jalonamiento de los rodales de flora protegida o de interés existentes o detectados en el ámbito de las instalaciones proyectadas. Durante la explotación de la planta fotovoltaica se instalarán cercas de protección para evitar su afección por parte del ganado y favorecer su desarrollo. Se realizarán censos y seguimientos de las tendencias poblacionales en dichos rodales para, en su caso, implementar medidas en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura, que garanticen la conservación de sus poblaciones.

3. Durante la fase de explotación, el control de la vegetación natural en el interior de la planta fotovoltaica se realizará con ganado ovino, de acuerdo a un Plan de Gestión Ganadero, que favorecerá el mantenimiento y recuperación de los HIC. La carga ganadera máxima y la limitación espacial y temporal del pastoreo podrán ser modificadas de acuerdo con el régimen anual de precipitaciones y la evolución del desarrollo de los HIC siguiendo en todo caso las recomendaciones que establezca el órgano ambiental de la Junta de Extremadura. En cualquier caso, se prohíbe la utilización de herbicidas para el control de la vegetación natural de la planta.

4. Se llevará a cabo el apantallamiento vegetal perimetral de la planta fotovoltaica en las zonas que lindan a caminos y carreteras con especies autóctonas de árboles y arbustos, tal y como describe el promotor en el EsIA.

5. El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido al órgano ambiental de la Junta de Extremadura para su validación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones y restauraciones, así como del apantallamiento vegetal a realizar durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.

6. En fase de operación, se dispondrá de un Plan de Prevención de Incendios mediante la redacción de una Memoria Técnica de Prevención de Incendios, para dar cumplimiento al Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

5. Fauna.

1. Previo al inicio de los trabajos se establecerá un calendario de obras, en el que se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de especies protegidas, el cual podrá ser objeto de modificación por parte del órgano ambiental de la Junta de Extremadura. En cualquier caso, se evitarán los desbroces, movimientos de tierras y actividades más ruidosas en el periodo de cría de la fauna.

2. Se realizará una prospección de la zona de obras por personal técnico especializado, de manera previa a la ejecución de las mismas, con el fin de determinar la existencia de animales, nidos o madrigueras. En caso de localizar nidos o camadas de especies protegidas, se avisará al Agente del Medio Natural de la zona o al técnico del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Junta de Extremadura, que darán las indicaciones oportunas.

3. No se realizarán trabajos nocturnos y en caso de que fuera necesario, deberá solicitarse autorización expresa al órgano ambiental autonómico. En cualquier caso, estarán limitados a zonas muy concretas y siempre que no puedan suponer afección a especies protegidas.

4. El vallado cumplirá las especificaciones incluidas en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura. No constituirá obstáculo para el paso de las aguas cuando atraviesen un cauce público en los términos previstos en la legislación sobre aguas. El cerramiento de la instalación será de malla ganadera, de 2 metros de altura máxima y con una cuadrícula a nivel del suelo de 30 por 15 cm como mínimo. No tendrá sistema de anclaje al suelo diferente de los postes. No deberá llevar elementos cortantes o punzantes. Dispondrá de placas visibles de color blanco y acabado mate de 25 × 25 cm, instaladas cada tres vanos en la parte superior del cerramiento. Estas placas no deberán tener ángulos cortantes. En su defecto, deberán contar con una pantalla vegetal que minimice el riesgo de colisión de la avifauna silvestre.

5. La línea eléctrica de evacuación se soterrará desde la Subestación «Ictio Orión» hasta cruzar la carretera CC-23.3, instalando en este punto un apoyo de paso aéreo-subterráneo, para discurrir en aéreo desde aquí hasta la Subestación Colectora «Francisco Pizarro», de acuerdo con las condiciones establecidas por la Dirección General de Sostenibilidad.

6. En cuanto al establecimiento de medidas para evitar la colisión y electrocución de avifauna se atenderá a lo establecido en la normativa sectorial vigente (Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión) y normativa regional de desarrollo. La línea eléctrica contará, al menos, con las medidas incluidas en el EsIA.

7. Se instalarán dispositivos anticolisión y antielectrocución en la línea eléctrica existente que discurre en paralelo a la carretera a Cortijo de Val en el tramo situado junto a la planta.

8. Para compensar el impacto de la planta sobre las aves esteparias, el promotor propone el establecimiento de un «área de reserva» dedicada a la conservación del sisón, de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe de la Dirección General de Sostenibilidad, en 108,76 ha. Esta «área de reserva» se complementará con una banda de al menos 50 m desde la carretera a Cortijo de Val, para lo cual será necesario retranquear el cerramiento de la planta y, si es técnicamente posible, la Subestación «Ictio Orión». En toda esta superficie se establecerá un Plan de Gestión Agroambiental dedicado a la conservación de aves esteparias que se coordinará con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura que se irá adaptando en función de los resultados obtenidos en el seguimiento ambiental.

9. Se instalarán seis cajas nido modelo «carraca-cernícalo primilla» y 10 cajas nido para murciélagos y se construirán cinco refugios para reptiles y mamíferos de pequeño. Complementariamente se valorará la posibilidad de instalar «hoteles de insectos» y construir y/o acondicionar charcas abrevadero. La ubicación y número final de estas medidas deberá ser consensuado con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura.

10. Se valorará, en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura, la necesidad de instalar un muladar para la alimentación de aves necrófagas en el entorno del proyecto.

11. Se prohibirán las actividades cinegéticas en la planta, los corredores naturales y las áreas de reserva. Únicamente, si las poblaciones de especies cinegéticas superan las poblaciones máximas asumibles, con riesgo para la planta, se realizarán controles de población mediante captura. Se procederá a la reubicación de estos ejemplares en zonas degradadas o con especial necesidad de especies presas para otras protegidas, como el lince o el águila imperial.

12. Se realizará el radioseguimiento de la población de sisones existentes en el entorno de la planta, antes del inicio de las obras, tanto de ejemplares machos como de hembras (tres ejemplares).

13. Dado que la presencia de aves rapaces, en especial águila imperial ibérica, en la zona del proyecto, condiciona la presencia de las aves esteparias, se desarrollará un programa de mejora de hábitats del conejo, de forma sinérgica con el resto de proyectos de plantas fotovoltaicas que evacúan en la Subestación «Francisco Pizarro», en el entorno del río Almonte, para tratar de mejorar las poblaciones de conejo, y disminuir la presión de su presencia en zonas de presencia de aves esteparias. Este programa se coordinará con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura y se revisará anualmente.

6. Paisaje.

1. Las características estéticas de las construcciones serán similares a las de la arquitectura rural tradicional de la zona. Las fachadas, cubiertas, paramentos exteriores y de modo general, los materiales a emplear en dichas construcciones deberán minimizar el impacto visual evitándose la utilización de colores llamativos y/o reflectantes.

2. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico antirreflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz.

3. Inmediatamente, al finalizar la fase de explotación, se desmantelará la totalidad de las instalaciones, gestionando cada residuo de acuerdo con la normativa aplicable, y se realizará una completa restauración geomorfológica y edáfica, de manera que pueda recuperarse su uso original.

7. Patrimonio cultural y vías pecuarias.

1. La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura en su informe de 31 de marzo de 2021, informa favorablemente el proyecto de acuerdo a la prospección intensiva realizada por el promotor en octubre de 2019, condicionado a las siguientes medidas:

– Se excluirá de la planta el elemento arqueológico NA.01 (Núcleo arqueológico. Dispersión material romano/tardoantiguo. X=267.962 Y=4.379.379), estableciéndose un perímetro de protección con un radio de 200 m. Dentro de la citada zona de protección se prohíbe cualquier actividad relacionada con la instalación de paneles fotovoltaicos, con los accesos a los mismos y con su línea de evacuación. Esta zona se balizará con el fin de evitar el tránsito de maquinaria pesada o que se utilice como lugar de acopio.

– Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural en cada uno de los frentes de obra que conlleve la ejecución del proyecto de referencia. El control arqueológico será permanente y a pie de obra, y se hará extensivo a todas las obras de construcción, desbroces iniciales, instalaciones auxiliares, líneas eléctricas asociadas, destoconados, replantes, zonas de acopios, caminos de tránsito, etc.

– Si como consecuencia del seguimiento se confirmara la existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas del proyecto de referencia, se procederá a la paralización inmediata de las obras en la zona de afección, se balizará el área para preservarla de tránsitos, se realizará una primera aproximación cronocultural de los restos y se definirá la extensión máxima del yacimiento en superficie. Estos datos serán remitidos mediante informe técnico a la Dirección General de Patrimonio Cultural.

2. Se solicitará autorización al organismo autonómico competente para la ocupación temporal de las vías pecuarias, de acuerdo con la legislación vigente.

Cada una de las medidas establecidas en el EsIA, en la documentación adicional y en este apartado, deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto y en una adenda al mismo de integración ambiental que se presentará para su aprobación al órgano ambiental de la Junta de Extremadura con anterioridad a la realización de los trabajos.

iii) Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.

En virtud del análisis técnico realizado, el programa de vigilancia previsto en el EsIA debe completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta resolución. El objetivo del citado plan en sus distintas fases es garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias descritas, a través de un seguimiento de la eficacia de dichas medidas y sus criterios de aplicación, que se especificará en los correspondientes informes de vigilancia.

1. Con carácter general, independientemente del informe inicial y final de obra, deberán remitirse informes durante la fase de construcción con una periodicidad bimensual tanto al órgano sustantivo como al órgano ambiental de la Junta de Extremadura. En fase de operación, se remitirán informes a los mismos organismos con una periodicidad anual durante los cinco primeros años de funcionamiento del parque fotovoltaico, sin perjuicio de los informes de seguimiento específicos de aquellos factores ambientales que necesariamente excedan este periodo (fauna).

2. Se realizará el seguimiento y documentación de las prospecciones de flora y fauna previas a la ejecución de las obras, registrando todos los hallazgos y las medidas adoptadas.

3. Durante la fase de funcionamiento, se realizará el seguimiento del ruido generado en las distintas infraestructuras asociadas al presente proyecto, con objeto de garantizar el cumplimiento de los niveles establecidos en la legislación vigente.

4. Se realizará un seguimiento de las condiciones físico-químicas y microbiológicas del suelo y de la evolución de la vegetación natural como consecuencia de la implantación de la planta, el cual será anual durante los primeros 10 años de vida útil del proyecto, y cada 5 años a partir del décimo año.

5. Durante toda la vida útil de la planta se llevará a cabo un estudio y seguimiento de la dinámica de las poblaciones de avifauna, tanto de las especies que utilizan la superficie ocupada por la planta y la línea de evacuación como de las áreas de reserva, con objeto de conocer si las citadas poblaciones sufren alteraciones y poder adoptar medidas de conservación. Este seguimiento permitirá analizar la eficacia del Plan de Gestión Agroambiental implantado. La frecuencia de visitas para el seguimiento dependerá de la época del año, pero al menos se realizará una quincenalmente.

6. Se llevará a cabo un plan de seguimiento de la mortalidad de aves y, en su caso quirópteros, por colisión con la línea de evacuación del proyecto durante toda la vida útil, siguiendo las metodologías más actuales, de acuerdo con los últimos avances científicos, en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura.

7. Se realizará un seguimiento anual de la ocupación de las cajas nido para avifauna y para quirópteros, y de los refugios para reptiles y mamíferos de pequeño porte, así como de aquellas otras medidas que se hayan establecido, en su caso, en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura.

8. Se realizará un seguimiento anual del funcionamiento del muladar, en el caso de que, en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura, se decida su necesidad.

9. Se analizará el uso del territorio por parte de los ejemplares radiomarcados de sisón. En caso de pérdida del localizador se marcará de nuevo al individuo.

10. Se realizará un seguimiento anual del programa de mejora de hábitats del conejo.

11. El promotor acreditará, mediante el envío del informe anual del PVA, ante el órgano ambiental competente de la Junta de Extremadura, el cumplimiento de las medidas compensatorias establecidas en el Plan de Gestión Agroambiental para las áreas de reserva dedicadas a la conservación de las aves esteparias.

La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia ambiental completado con las prescripciones anteriores.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 4 de mayo de 2022.–El Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, Ismael Aznar Cano.

ANEXO I

Tabla 1. Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones

Consultados*

Contestaciones
AYUNTAMIENTO DE TORRECILLAS DE LA TIESA. NO
AYUNTAMIENTO DE ALDEACENTENERA. NO
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO.
OFICINA ESPAÑOLA DEL CAMBIO CLIMÁTICO. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. NO
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD DEL AIRE Y MEDIO AMBIENTE INDUSTRIAL. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. NO
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO. MINISTERIO DE DEFENSA.
DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD. JUNTA DE EXTREMADURA.
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA FORESTAL. JUNTA DE EXTREMADURA. NO
DIRECCIÓN GENERAL DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y PATRIMONIO CULTURAL. JUNTA DE EXTREMADURA. SI
DIRECCIÓN GENERAL DE EMERGENCIAS, PROTECCIÓN CIVIL E INTERIOR. JUNTA DE EXTREMADURA.
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD. JUNTA DE EXTREMADURA.
SECRETARÍA GENERAL DE POBLACIÓN Y DESARROLLO RURAL. JUNTA DE EXTREMADURA. NO
DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS VIARIAS. JUNTA DE EXTREMADURA. NO
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN E INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS. JUNTA DE EXTREMADURA. NO
DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA. JUNTA DE EXTREMADURA.
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO. JUNTA DE EXTREMADURA.
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS. JUNTA DE EXTREMADURA.
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES.
DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
ADIF. NO
AESA. NO
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U.
RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S.A.U. NO
TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A. NO
GAS EXTREMADURA TRANSPORTISTA, S.A.
E-DISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES, S.L.
i-DE REDES ELÉCTRICAS INTELIGENTES S.A.U.
SEO-BIRDLIFE.
WWW-ADENA. NO
GREENPEACE. NO
ADENEX. NO
ECOLOGISTAS EN ACCIÓN. NO
* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la que se presenta en la tabla

Tabla 2. Alegaciones recibidas en la información pública

No se recibieron alegaciones de particulares o asociaciones a las que no se consultaran particularmente.

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