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Documento BOE-A-2023-10384

Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Industria, del Departamento de Empresa y Trabajo, por la que se autoriza, para su uso e instalación en la red, un modelo de contador de energía eléctrica, marca Itron, modelo SL7000, tipos SL760-2B, SL760-2C y SL760-2D, a favor de Itron Spain, SLU.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 2023, páginas 59826 a 59827 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2023-10384

TEXTO ORIGINAL

Relación de hechos

1. La resolución de 11 de julio de 2018, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalidad de Cataluña, autorizó para su uso e instalación en la red, un modelo de contador de energía eléctrica, marca Itron, modelo SL7000, tipos SL760-2B, SL760-2C, SL760-2D y SL760-2E, a favor de la entidad Itron Spain, SLU.

2. En fecha 5 de enero de 2023, la empresa Itron Spain, SLU, (NIF B-79210407), domiciliada en Camí Ral, n.º 1, 08170 Montornès del Vallés (Barcelona), presentó una solicitud de renovación de la autorización, para su uso e instalación en la red eléctrica, de un modelo de contador de energía eléctrica, marca Itron, modelo SL7000, tipos SL760-2B, SL760-2C, SL760-2D y SL760-2E.

3. En fecha 20 de febrero de 2023, la entidad Itron Spain SLU, aportó documentación complementaria a su solicitud y solicitó que se excluyera de la autorización el tipo SL760-2E.

Fundamentos jurídicos

1. El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico (BOE 224, de 18 de septiembre de 2007).

2. El Decreto 21/2021, de 25 de mayo, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC 8418, de 26 de mayo de 2021) y el Decreto 199/1991, de 30 de julio, que determina los órganos competentes en materia de control metrológico (DOGC 1505, de 14 de octubre de 1991).

Sobre la base de lo expuesto, resuelvo:

Primero.

Autorizar para su uso e instalación en la red, un modelo de contador de energía eléctrica, marca Itron, modelo SL7000, tipos SL760-2B, SL760-2C y SL760-2D, a favor de la entidad Itron Spain, SLU, con las características siguientes:

Contadores de energía eléctrica, estáticos combinados, trifásicos, cuatro hilos, de conexión directa o mediante transformadores, para la medida de la energía activa bidireccional clases B y C, y para la energía reactiva clases 1 y 2 en los cuatro cuadrantes, con función de registrador de la medida.

Contadores equipados con una interface óptica y dos puertos serie (RS232 y/o R485) de funcionamiento simultáneo, así como de hasta cuatro salidas configurables.

Tensión de rango extendida de alimentación: Desde 3 × 57,7/100 V hasta 3 × 240/415 V
Frecuencia: 50 Hz
Tipo Activa Reactiva Intensidades In – (Imax)
SL760-2B Clase C Clase 1 5 A − (5 A −10 A).
SL760-2C Clase B Clase 2 5 A – (2,5 A −10 A).
SL760-2D Clase B Clase 2 10 A − (80 A).

El funcionamiento como contador de energía activa se ampara en lo previsto en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio. de desarrollo de la Ley 32/2014, de Metrología (BOE 137, de 7 de junio de 2016).

Segundo.

El contenido y el alcance de la presente autorización está sujeta a las condiciones siguientes:

1. La presente autorización tendrá un periodo de validez máximo de cinco años, o el menor que resulte de la aplicación de un nuevo reglamento que regule los sistemas de medida de la energía eléctrica. Esta autorización podrá ser prorrogada por períodos sucesivos previa petición presentada por el solicitante de la misma en esta Dirección General de Industria.

2. Previamente a su instalación, los aparatos a que se refiere esta autorización tendrán que superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado.

3. Los instrumentos a los que se refieren la presente resolución deberán cumplir todas las condiciones contenidas en el anexo que acompaña la documentación presentada para su autorización.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 24 de marzo de 2023.–El Director General de Industria, P. D. (Resolución EMT/3164/2021, de 20 octubre), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Florenci Hernández Cardona.

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