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Documento BOE-A-2023-10530

Resolución de 18 de abril de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica la prórroga al Convenio con la Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas, para la gestión del Programa Marca e Innovación.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 1 de mayo de 2023, páginas 60697 a 60698 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2023-10530

TEXTO ORIGINAL

Las dos partes citadas en el encabezamiento, considerando el éxito de la colaboración iniciada, han decidido prorrogar el convenio por un año adicional para continuar con el correcto desarrollo de la mencionada colaboración.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio.

Madrid, 18 de abril de 2023.–La Presidenta del Consejo de Administración de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., P.D. (Resolución de 30 de septiembre de 2021), la Consejera Delegada, María Peña Mateos.

ANEXO
Prórroga al Convenio que fue suscrito el 4 de julio de 2022 entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. y la Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas para la gestión del «Programa Marca e Innovación»

En Madrid, a 18 de abril de 2023.

COMPARECEN

De una parte, doña María Peña Mateos, Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (en adelante, ICEX), entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Comercio, con sede en Madrid, Paseo de la Castellana, n.º 278, y NIF Q2891001F. La interviniente actúa en nombre y representación de ICEX en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 848/2018, de 6 de julio («Boletín Oficial del Estado» núm. 164, de 7 de julio de 2018) y de las atribuciones que tiene conferidas por delegación del Consejo de Administración de la entidad mediante Resolución de 30 de septiembre de 2021 («Boletín Oficial del Estado» núm. 243, de 11 de octubre de 2021).

Y, de otra parte, don Pablo López Gil, en su condición de Director General de la Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas (en lo sucesivo, FMRE), con domicilio social en Madrid, calle Ayala, 11, 2.º con NIF G-83355768.

El interviniente actúa con poderes suficientes para este acto según consta en la escritura notarial número 3.260 de fecha 4 de diciembre de 2018 otorgada ante el Notario de Valencia, don Juan Bover Belenguer.

ICEX y FMRE serán denominadas conjuntamente como las «Partes» e individualmente cada una de ellas como la «Parte».

Ambas Partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica y competencia suficiente para suscribir el presente documento y, a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que, con fecha 4 de julio de 2022, se firmó un convenio entre ICEX y FMRE para dar continuidad al desarrollo de la gestión del «Programa Marca e Innovación» (en adelante, el Convenio).

II. Que, el Convenio prevé una vigencia de doce meses desde la fecha en la que adquiera eficacia, esto es, desde el día 5 de julio de 2022 hasta el próximo 4 de julio de 2023.

III. Que, se encuentra contemplada en la cláusula undécima del propio Convenio la posibilidad de que éste sea prorrogado por un año adicional mediante acuerdo expreso y por escrito de las Partes.

IV. Que, debido al éxito de la colaboración iniciada, es voluntad de las Partes proceder a prorrogar el Convenio por un (1) año adicional para continuar con el correcto desarrollo de la colaboración ya iniciada.

Y, en consecuencia, las Partes manifiestan su voluntad de firmar la presente prórroga al Convenio (en lo sucesivo, la Prórroga) con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga.

Las Partes acuerdan prorrogar por un (1) año la duración del Convenio desde la finalización del periodo inicialmente acordado para el mismo, es decir, hasta el 4 de julio de 2024.

Segunda. Perfección de la Prórroga.

Esta Prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de (10) diez días hábiles desde su formalización.

Tercera. Subsistencia del resto del Convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Prórroga se estará a lo establecido en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las Partes firman la presente Prórroga a un solo efecto, en Madrid, en la fecha indicada al principio de la Prórroga, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera Delegada, María Peña Mateos.–Por la Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas, el Director General, Pablo López Gil.

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