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Documento BOE-A-2023-11527

Resolución de 5 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Pesca, que modifica la de 20 de marzo de 2023, por la que se establecen disposiciones para la campaña atún rojo 2023, para la flota de la lista h), de buques artesanales en el Estrecho de captura limitada, del censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca del atún rojo.

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 15 de mayo de 2023, páginas 67542 a 67542 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2023-11527

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de ampliar el periodo de pesca en un mes de los buques de la lista h), artesanales en el Estrecho de captura limitada, del censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca del atún rojo y para facilitar la actividad de los mismos, esta Secretaria General, resuelve:

Se modifica el punto Cuarto. Inicio y fin de la campaña de la siguiente manera:

«Cada buque o conjunto de buques autorizados a la gestión conjunta de sus límites de captura dispondrá de cuatro meses para capturar los kilos establecidos en el apartado primero desde la fecha para la que se conceda el Permiso Especial de Pesca (PEP). Las Cofradías de Pescadores, Asociaciones o representantes de los buques pertenecientes a la lista h), deberán solicitar el «Permiso especial de pesca para atún rojo» a través de Sede electrónica del MAPA con al menos un mes de antelación a la fecha prevista de inicio de campaña; en caso de persona física, también podrá realizarse a través de las distintas Oficinas de asistencia en materia de registros que disponen todas las Administraciones Públicas.

Esta fecha no será anterior a las 00.00 horas del 3 de abril de 2023.

Este periodo será continuado y quedará fijado el día de inicio y de fin de campaña para cada buque o conjunto de buques, a petición de los armadores, en el correspondiente PEP.

En caso de no consumir el límite de captura asignado, el periodo de 4 meses podrá verse ampliado en un mes adicional por causa debidamente justificada y previa solicitud del armador/propietario del buque.

Aquellos buques que a la fecha de publicación de la presente Resolución hubieran solicitado ya el Permiso Especial de Pesca y deseen disponer del nuevo periodo adicional que se estable en la misma, deberán solicitar la ampliación del plazo captura de atún por los mismos medios en que se solicitó el PEP.

Para un correcto control del consumo de cuota, la pesquería de atún rojo permanecerá cerrada durante el fin de semana (desde las 00:00 horas del sábado a las 23:59 horas del domingo), así como los festivos de ámbito nacional o de la Comunidad Autónoma.»

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 5 de mayo de 2023.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.

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