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Documento BOE-A-2023-11534

Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Petín para la financiación, ejecución y entrega de las obras de prolongación del Paseo del Malecón en Petín (Petín-Ourense).

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 15 de mayo de 2023, páginas 67571 a 67573 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-11534

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la segunda adenda de modificación del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Petín para la financiación, ejecución y entrega de las obras de prolongación del Paseo del Malecón en Petín (T.M. de Petín-Ourense). PDM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537, otorgada el 2 de mayo de 2023, que se anexa a esta Resolución.

Ourense, 3 de mayo de 2023.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Segunda adenda de modificación del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Petín para la financiación, ejecución y entrega de las obras de prolongación del Paseo del Malecón en Petín (T.M. de Petín-Ourense). PDM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, Raquel Bautista Carballo, Alcaldesa del Ayuntamiento de Petín, nombrada por el Pleno de la Corporación el día 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 28 de julio de 2022 (BOE núm. 189 de 8 de agosto) se otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Petín para la financiación, ejecución y entrega de las obras de prolongación del Paseo del Malecón en Petín (T.M. de Petín-Ourense). PdM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537, con un importe previsto de 1.128.000 euros y una previsión de ejecución en las anualidades 2022 y 2023.

II. Que en fecha 22 de diciembre de 2022 (BOE núm. 2, de 3 de enero de 2023) se otorgó una adenda por la que se incrementaba en una anualidad el período de ejecución de la actuación y se modificaban las anualidades inicialmente establecidas.

III. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

IV. Que no obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de las sucesivas modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del texto convencional.

V. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del Convenio, esta Confederación Hidrográfica debe realizar una modificación de las anualidades inicialmente establecidas para la buena marcha y ejecución del mismo, reajustando los importes establecidos.

VI. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es modificar la cláusula quinta, la cláusula undécima y reajustar las anualidades establecidas en el anexo del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Petín para la financiación, ejecución y entrega de las obras de prolongación del Paseo del Malecón en Petín (T.M. de Petín-Ourense). PdM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537.

Segunda. Modificación de la cláusula quinta, Anualidades y aportaciones.

Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta que queda redactado del siguiente modo:

«1. Para la ejecución del presente convenio, se establecen, inicialmente, las anualidades previstas en el cuadro que figura como anexo al presente documento.»

No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global ni del plazo del mismo. Este reajuste de anualidades no se considerará modificación convencional a los efectos de lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda.

Tercera. Modificación de la cláusula undécima, Comisión de seguimiento.

Se modifica el segundo párrafo de la cláusula undécima, que queda redactado del siguiente modo:

«Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución.»

Le corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como la aprobación de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido en la cláusula quinta.

Cuarta. Modificación del anexo anualidades previstas.

Se modifica el anexo anualidades que queda establecido del siguiente modo:

«Administración 2022 2023 2024 Total
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil. 12.031,27 € 818.368,73 € 72.000,00 € 902.400,00 €
Ayuntamiento de Petín. 3.007,82 € 204.592,18 € 18.000,00 € 225.600,00 €
 Total. 15.039,09 € 1.022.960,91 € 90.000,00 € 1.128.000,00 €»
Quinta. Eficacia.

La presente adenda modificativa surtirá efectos tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada Ley. Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–La Alcaldesa del Ayuntamiento de Petín, Raquel Bautista Carballo.

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