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Documento BOE-A-2023-11700

Resolución de 28 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca, de fecha 4 de abril de 2022, que ha devenido firme.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2023, páginas 68531 a 68531 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2023-11700

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca de fecha 4 de abril de 2022, que ha devenido firme.

En el recurso de apelación número 336/2019, seguido ante la Audiencia Provincial de Huesca, interpuesto por la Abogacía del Estado, en nombre y representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado, contra la sentencia, de fecha 28 de abril de 2019, dictada en los autos de juicio verbal número 320/2018, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca, que estimó la demanda presentada por don J. L. V., procurador de los tribunales, en nombre y representación de la entidad «Buildingcenter, SAU», frente a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 20 de abril de 2018 (2.ª), por la que se desestimaba el recurso interpuesto por don J. L. V., procurador de los tribunales, en nombre y representación de las entidades «Caixbank, SA» y «Buildingcenter, SA», contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Fraga, doña María José Caubet Suanzes, a inscribir un testimonio de un decreto de adjudicación dictado en un procedimiento de ejecución directa sobre bienes hipotecados, y se revocaba dicha Resolución,

FALLAMOS

Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado en representación de la Administración General del Estado (Dirección General de los Registros y Notariado) contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia 3 de Huesca en los autos anteriormente circunstanciados, y confirmamos dicha resolución en todos sus extremos, todo ello omitiendo pronunciamiento sobre costas en esta alzada, y con pérdida, en su caso, del depósito formalizado para recurrir en apelación.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá un testimonio al rollo de Sala, definitivamente juzgando en esta segunda instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Don José Julián Nieto Avellaned, presidente, don Luis Alberto Gil Nogueras y don Manuel Daniel Diego Diago, magistrados de la Audiencia Provincial de Huesca.

Madrid, 28 de abril de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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