Está Vd. en

Documento BOE-A-2023-1383

Resolución de 9 de enero de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la tercera Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Sobrado, para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del "Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en Friera, Sobrado (León)".

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2023, páginas 6805 a 6807 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-1383

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la tercera Adenda de modificación del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del «Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, TM de Sobrado (León)», otorgada el 9 de enero de 2023, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 9 de enero de 2023.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Tercera Adenda de modificación del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del «Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, TM de Sobrado (León)»

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, don José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, organismo autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaría para la Transición Ecológica, de fecha 31 de julio de 2018, por delegación del Secretario de Estado de Medio Ambiente (Orden APM/484/2018 de 8 de mayo, BOE de 11 de mayo de 2018), en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 del texto refundido de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, don Antonio Moldes Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Sobrado, nombrado en Pleno de 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 28 de diciembre de 2018 (BOE núm. 44, de 20 de febrero de 2019), se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del «Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, TM de Sobrado (León)», con una duración hasta el 31 de diciembre de 2020 y un plazo de ejecución previsto para las anualidades 2018 y 2019.

II. Que en fecha 29 de noviembre de 2019 (BOE núm. 14, de 16 de enero de 2020) se suscribió una adenda modificativa por la que se reajustaban las anualidades inicialmente establecidas, se ampliaba el plazo de ejecución y se modificaba la duración del convenio hasta el 31 de diciembre de 2022.

III. Que en fecha 18 de octubre de 2021 (BOE núm. 258 de 28 de octubre de 2021) se otorgó una segunda adenda por la que se acordaba la prórroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2024 y se reajustaban de nuevo las anualidades establecidas.

IV. Que conforme a lo establecido en el apartado primero de la cláusula quinta del convenio, las anualidades inicialmente establecidas podrán modificarse siempre que sea necesario acomodar la financiación a la ejecución de las actuaciones objeto del convenio.

V. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del referenciado convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

VI. Que debido al incremento de los costes, en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del convenio, esta confederación hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede incrementar el importe del convenio así como su distribución para la buena marcha y ejecución del mismo.

VIII. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es incrementar el importe establecido en el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del «Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, TM de Sobrado (León)», así como reajustar las anualidades vigentes.

Segunda. Modificación de la cláusula cuarta, coste de las actuaciones y financiación de las mismas.

Se modifica el primer párrafo de la cláusula cuarta, que queda redactado del siguiente modo:

«1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 413.855,94 euros. Esta inversión será asumida íntegramente por la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, O.A.».

Tercera. Modificación de la cláusula quinta, anualidades y aportaciones.

Se modifica la cláusula quinta, que queda redactada del siguiente modo:

«La actuación objeto del presente convenio se presupuesta en las anualidades 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.

A la vista de lo anterior, las aportaciones de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., quedan establecidas en los siguientes importes:

Año

CHMS, O.A.

Euros

2018. 9.940,15
2019. 0,00
2020. 0,00
2021. 0,00
2022. 44.073,78
2023. 359.842,01
 Total. 413.855,94»
Cuarta. Eficacia.

La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Adicionalmente, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», según lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015.

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Sobrado, Antonio Moldes Rodríguez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid