Está Vd. en

Documento BOE-A-2023-15534

Resolución de 26 de junio de 2023, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola, para la promoción del consumo de la carne de conejo en los mercados nacionales, a través de actuaciones de promoción en 2023.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2023, páginas 93196 a 93198 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2023-15534

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de modificación del convenio, suscrita con fecha 23 de junio de 2023, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola para la promoción del consumo de la carne de conejo en los mercados nacionales, a través de actuaciones de promoción en 2023, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 26 de junio de 2023.–El Director General de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero Velasco.

ANEXO
Adenda de modificación del convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola, para la promoción del consumo de la carne de conejo en los mercados nacionales a través de actuaciones de promoción en 2023

En Madrid, a 23 de junio de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento (BOE de 19 de junio de 2018), actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a las competencias que le confiere el apartado segundo punto 1 del capítulo II, de la Orden APA/102/2023, de 30 de enero, por la que se modifica la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE de 18 de enero de 2019).

De otra parte, don Francisco Javier Gómez Madrigal, Presidente de la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola, con NIF G20712428 y domicilio en la Calle San Agustín de Betancourt, 17 6.ª planta, CP 28003 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen el artículo 26 de sus estatutos y su nombramiento en la Asamblea General de 20 de abril de 2023.

EXPONEN

Primero.

El MAPA e INTERCUN firmaron un convenio con fecha de 19 de diciembre de 2022 con el objeto de promocionar del consumo de la carne de conejo en los mercados nacionales, mediante la participación conjunta en determinadas actuaciones promocionales en el año 2023. Dicho convenio adquirió eficacia tras la inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) el 20 de diciembre de 2022 y fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 27 de diciembre de 2022.

Segundo.

En su cláusula novena, se estipula que cualquiera de las partes podrá proponer la modificación de este convenio, en cualquier momento, antes de su finalización. De producirse la modificación del convenio, los correspondientes cambios requerirán acuerdo unánime de los firmantes y habrán de incorporarse al mismo mediante la correspondiente Adenda.

Tercero.

En la reunión mantenida por la Comisión de Seguimiento, celebrada el 16 de marzo, se acordó sustituir la actuación relativa a la producción y emisión en soporte digital de 8 podcasts, debido a las dificultades de consensuar el contenido de estos. Con fecha 20 de abril, INTERCUN solicita incluir dentro de las actuaciones del convenio, el diseño y producción de un recetario digital, así como la contratación del servicio de publicidad on line (social ADS) y los soportes de publicación, para la difusión de dicho recetario.

Cuarto.

Los ajustes propuestos no suponen cambio alguno en el presupuesto total establecido para el año 2023.

Quinto.

El MAPA, según lo acordado en la Comisión de Seguimiento, ha comprobado que los objetivos del convenio se cumplen con esta modificación y la valoración económica es la misma.

Por todo lo expuesto ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de la presente adenda es la modificación del Convenio entre el MAPA e INTERCUN suscrito el 19 de diciembre de 2023 con la finalidad de:

– Suprimir la producción y emisión en soporte digital de 8 Podcast y su campaña en Redes Sociales.

– Incluir la realización de un recetario digital, la contratación del servicio de publicidad on line (social ADS) y los soportes de publicación.

Segunda. Modificación de la cláusula segunda «Actuaciones a desarrollar».

La cláusula segunda del convenio se modifica quedando redactada de la siguiente forma:

«Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, se ejecutarán las siguientes actuaciones promocionales:

1. Promoción en radio (82.000,00 €).

– Producción de 2 cuñas de radio.

– Campaña en radio convencional.

– Campaña en radio digital.

2. Promoción en Redes Sociales (18.000,00 €).

– Realización de un recetario digital, la contratación del servicio de publicidad on line (social ADS) y los soportes de publicación.

– Creación de 8 infografías.»

Tercera. Eficacia de la adenda.

La presente adenda de modificación surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento electrónicamente.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación P.D. (Orden APA/102/2023, de 30 de enero), El Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–El Presidente de INTERCUN, Francisco Javier Gómez Madrigal.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid