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Documento BOE-A-2023-165

Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado las fases de concurso y oposición de las pruebas selectivas para acceso, por promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, Especialidad de Tráfico.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2023, páginas 1178 a 1181 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2023-165

TEXTO ORIGINAL

Finalizadas las fases de oposición y concurso de las pruebas selectivas para acceso, por el sistema de promoción interna, al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Tráfico, convocadas mediante Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Subsecretaria (BOE de 26 de mayo) y vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de dichas pruebas selectivas,

Esta Subsecretaría acuerda:

Primero.

Hacer pública como anexo I de esta Resolución, la relación definitiva de los aspirantes, que han superado las fases de oposición y concurso, por orden de puntuación obtenida, en función de la suma de las puntuaciones alcanzadas en ambas fases, de conformidad con lo dispuesto en el apartado decimonoveno de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, así como el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Segundo.

Los aspirantes aprobados que figuran en el anexo I, en aplicación del artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución, para presentar, en el Registro de la Dirección General de Tráfico, calle Josefa Valcárcel, 28, Madrid o bien en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título de bachiller o técnico. Asimismo se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de sus funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo II.

Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español a que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como Anexo III.

c) En el caso de aspirantes extranjeros que no residiesen en España, deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación.

Asimismo, tal como se establece en el artículo 2 del Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas:

1. A los efectos retributivos que regula el presente real decreto, los funcionarios en prácticas que ya estén prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera o interinos o como personal laboral deberán optar al comienzo del período de prácticas o del curso selectivo por percibir, con cargo al Departamento ministerial u organismo público al que estén adscritos los puestos de trabajo de origen:

a) Las retribuciones correspondientes al puesto que estén desempeñando hasta el momento de su nombramiento como funcionarios en prácticas, además de los trienios que tuvieran reconocidos.

b) Las previstas en el artículo anterior, además de los trienios reconocidos. No obstante, si durante este período se desempeñara un puesto de trabajo como funcionario en prácticas, el abono de las retribuciones corresponderá al Departamento ministerial u organismo público al que esté adscrito el citado puesto de trabajo.

2. En todo caso, los funcionarios en prácticas a que se refiere este artículo deberán reincorporarse, una vez finalizado el curso selectivo o período de prácticas, a su puesto de trabajo de origen hasta su toma de posesión como funcionario de carrera en el nuevo cuerpo o escala, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Tercero.

Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, algún aspirante no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad que hubiese incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto.

Por Resolución de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.

Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo previsto en las bases de la convocatoria. Estarán exentos de la realización del citado curso, de acuerdo con el Anexo I de la resolución por la que se aprueba la convocatoria, aquellos que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

1. Los aspirantes que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, ocupen una plaza de Examinador/Examinadora en la Dirección General de Tráfico.

2. Los aspirantes que, sin ocupar plaza de examinador, hayan superado en los últimos dos años el curso habilitante de formación de examinadores impartido por la Dirección General de Tráfico, de acuerdo con la normativa vigente.

Si algún aspirante no superase el curso selectivo o período de prácticas, perdería el derecho a ser nombrado funcionario de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. En caso de no poder realizar el curso selectivo o período de prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrá efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Quinto.

La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una vez finalizado el curso selectivo.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma en cuya circunscripción tenga el recurrente su domicilio o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección de este, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i), 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 28 de diciembre de 2022.–La Subsecretaria de Interior, Isabel Goicoechea Aranguren.

ANEXO I
Relación de aspirantes que han superado las fases de concurso y oposición de las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado

Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Subsecretaría (BOE de 26 de mayo)

Número de orden

DNI Apellidos y nombre

Fase de concurso

Fase de oposición

Puntuación total

1 ****3798* Ferrer Castro, Carlos David. 22 134,14 156,14
2 ****3876* Rodríguez García, Ricardo. 10 133,47 143,47
3 ****6521* Madueño Molina, Juan. 11 128,27 139,27
4 ****4350* Berrocal Vargas, Juan Manuel. 7,2 129,94 137,14
5 ****7444* Paredes Torres, Alejandro José. 8,6 125,33 133,93
6 ****5816* Montoro Vera, Francisco. 22,8 108,27 131,07
ANEXO II

Don/Doña ......................................................................................................................, con domicilio en ................................................................................................................... y documento nacional de identidad número ..........................................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

……………………………………,  ……… de ……………………… de 202….

ANEXO III

Don/Doña ......................................................................................................................, con domicilio en ................................................................................................................... y documento de identidad o pasaporte número ..........................................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

 …………………………………,  ……… de ……………………… de 202….

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/12/2022
  • Fecha de publicación: 05/01/2023
  • Resolución.

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