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Documento BOE-A-2023-16535

Resolución de 4 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se otorga el reconocimiento oficial a la Cámara de Comercio Española en Tailandia.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 17 de julio de 2023, páginas 103341 a 103341 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2023-16535

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1179/2020, de 29 de diciembre, por el que se establece el marco del reconocimiento oficial de las Cámaras de Comercio españolas en el extranjero, establece en su artículo 3 los requisitos y el procedimiento a seguir para que una cámara de comercio en el extranjero obtenga el reconocimiento oficial.

Con fecha 19 de octubre de 2022, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Oficina Económica y Comercial de España en Bangkok de la Secretaría de Estado de Comercio, recibió la solicitud de reconocimiento como cámara oficial de la Cámara de Comercio española en Tailandia, acompañada de informe positivo de la Oficina Económica y Comercial en Bangkok.

Los estatutos de la Cámara de Comercio española en Tailandia son conformes a lo establecido en el Real Decreto 1179/2020, de 29 de diciembre, y han sido informados positivamente por la Abogacía del Estado del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Asimismo, ICEX España Exportación e Inversiones ha sido informado y la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de España ha emitido el informe preceptivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.3 del Real Decreto 1179/2020, de 29 de diciembre.

A la vista de todo lo anterior, habiendo sido revisada toda la información por esta Secretaría de Estado de Comercio, y teniendo en cuenta que se ha completado el procedimiento establecido por el Real Decreto 1179/2020, de 29 de diciembre, resuelvo otorgar el reconocimiento de oficialidad de la Cámara de Comercio española en Tailandia.

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra lo dispuesto en esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Secretaría de Estado de Comercio, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde el día siguiente al de la notificación de la misma.

Madrid, 4 de julio de 2023.–La Secretaria de Estado de Comercio, Xiana Margarida Méndez Bértolo.

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