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Documento BOE-A-2023-17360

Resolución de 14 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se conceden subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 2023, páginas 109652 a 109656 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-A-2023-17360

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden TER/836/2022, de 29 de agosto, se aprobaron las bases reguladoras y se efectuó la convocatoria correspondiente a 2022 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE 1 de septiembre de 2022).

Así mismo, Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en la aplicación 761, del programa 94KC, servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», de la Sección 22 «Ministerio de Política Territorial y Función Pública», contempla la realización de transferencias de capital a las entidades locales para su modernización, por un importe de 154.508.061,23 euros.

En cumplimiento de lo anterior y tras haber resuelto parcialmente la concesión de ayudas en la Resolución de 31 de mayo de 2023, a la vista de la Propuesta de resolución de concesión de ayudas del órgano instructor, la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local del Ministerio de Política Territorial, resuelve:

Primero.

Conceder las ayudas, en forma de subvenciones, para los proyectos incluidos en el Anexo I, y mediante los cuales se contribuirá a la consecución de los hitos 167 y 169 y del objetivo 168 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Estas ayudas se tendrán por concedidas siempre que la ejecución del proyecto subvencionado cumpla con los requisitos exigidos en la Orden TER/836/2022 y se realice dentro de los límites establecidos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 68 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 8 de la Orden TER/836/2022.

El importe total concedido asciende a 5.526.406,93 euros, de los cuales 4.117.754,89 euros  corresponden al importe máximo asignado a cada entidad en el anexo VII de la Orden y 1.408.652,04 euros al importe no solicitado que en cumplimiento del artículo 9.4 de la citada Orden, ha sido distribuido para financiar las actuaciones presentadas por el resto de entidades beneficiarias.

El período de ejecución de los proyectos financiados estará comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 31 de agosto de 2023 según lo establecido en el artículo 11.1. de la Orden TER/836/2022.

Segundo.

Hacer uso de la facultad prevista en el artículo 9.4 de la Orden TER/836/2022 para los proyectos incluidos en el Anexo II, en virtud del cual «el importe no solicitado podrá ser distribuido para financiar actuaciones presentadas por el resto de las entidades beneficiarias que hubieran agotado el máximo asignado en los términos de esta orden. A tal efecto, el importe no solicitado será prorrateado a partes iguales entre las entidades que hubiesen presentado actuaciones elegibles por encima del presupuesto máximo asignado en esta orden, en los términos previstos en la misma y hasta agotar el importe total». El importe total para distribuir en aplicación de la facultad prevista en el artículo 9.4 de la Orden TER/836/2022 asciende a 3.947.086,73 euros.

Está convocatoria se ejecutará con cargo a la aplicación 761, del programa 94KC, servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», de la Sección 22 «Ministerio de Política Territorial» de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023. Así mismo la convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo y con el artículo 18 de la Orden TER/836/2022, esta resolución será notificada a los respectivos solicitantes y publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. En este sentido, y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4.º del artículo 18 de la mencionada orden, «se entenderá que la entidad beneficiaria acepta todas las condiciones de la subvención, si esta no manifiesta su oposición dentro del plazo de diez días desde la notificación de la resolución de concesión de la misma».

Contra la resolución del procedimiento se podrá formular potestativamente requerimiento previo para su anulación o revocación en los términos establecidos en el artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, en su caso, interponer recurso contencioso-administrativo en los términos de citada ley.

Madrid, 14 de julio de 2023.–El Secretario de Estado de Política Territorial, P.D. (Disposición adicional cuarta de la Orden TER/836/2022, de 29 de agosto), la Directora General de Cooperación Autonómica y Local, Alejandra del Río Novo.

ANEXO I

Municipio

Proyecto

Importe máximo de la ayuda

Euros

Importe solicitado proyecto

Euros

Importe concesión proyecto

Euros

Importe concesión (art. 9.4 de la Orden)

Euros

Total

Euros

Diputación de Málaga. Málaga provincia digital. 1.660.201,34 2.358.914,59 1.660.201,34 234.379,78 1.894.581,12
Diputación Foral de Bizkaia. Dotación de nuevas herramientas y funcionalidades para el acercamiento de la administración a la ciudadanía en los ayuntamientos de pequeño tamaño del territorio de Bizkaia. 2.449.553,55 909.899,09 1.051.956,48 3.501.510,03
Interoperabilidad de los Servicios Básicos de Administración Digital de las Entidades Locales del Territorio de Bizkaia. 3.937.724,41 2.449.553,55
Implementación de soluciones inteligentes en el ámbito del Control y la Gestión de aforos en instalaciones municipales de Bizkaia. 50.071,00
Actuaciones de parametrización y evolución del Portal OpenData del Territorio Histórico de Bizkaia. 687.863,12
Consell Insular de Menorca. Sistema integral de archivo para los ayuntamientos de Menorca (Fase I). 245.515,47 48.000,00 8.000,00 0,00 8.000,00
Castro-Urdiales. CASTRO2030. 223.422,47 588.060,00 122.315,79 122.315,79
  Totales. 4.578.692,83 8.580.532,21 4.117.754,89 1.408.652,04 5.526.406,93
ANEXO II

Municipio

Importe 1.ª Resolución 31/05/2023

Euros

Importe 2.ª Resolución (art. 9.4 de la Orden)

Euros

Total

Euros

Aljaraque. 148.675,99 0,00 148.675,99
Calahorra. 184.691,63 4.779,47 189.471,09
Camas. 190.812,74 0,04 190.812,78
Diputación de Ciudad Real. 3.287.138,74 443.492,97 3.730.631,70
Calp. 254.982,66 30.087,08 285.069,73
Diputación de Jaén. 2.854.423,67 151.530,37 3.005.954,04
Diputación de Palencia. 579.369,10 3.351,58 582.720,68
Santa Pola. 266.182,69 11.460,18 277.642,88
Mejorada del Campo. 190.256,25 8.558,01 198.814,27
Comunidad Autónoma de La Rioja. 1.043.964,53 17.574,21 1.061.538,74
Burjassot. 274.178,90 2.159,20 276.338,10
Consell Insular Mallorca. 1.827.507,83 1.298,85 1.828.806,68
Diputación de Huesca. 1.460.028,15 93.917,44 1.553.945,59
San Javier. 248.040,10 6.008,87 254.048,97
Amposta. 178.978,23 10.552,45 189.530,68
Gáldar. 247.185,59 25.251,34 272.436,93
Sueca. 193.414,65 824,07 194.238,73
Lloret de Mar. 302.411,19 10.227,19 312.638,37
Xirivella. 247.632,56 12.411,02 260.043,58
Écija. 276.200,72 0,04 276.200,76
Altea. 156.239,84 18,90 156.258,74
Los Realejos. 310.320,45 18.035,90 328.356,35
El Campello. 265.336,52 20.932,11 286.268,63
Picassent. 150.322,98 1.000,24 151.323,21
Cieza. 271.118,67 8.636,79 279.755,46
Alzira. 317.505,91 2.052,09 319.557,99
Diputación de Toledo. 3.846.351,45 173.523,42 4.019.874,87
Blanes. 281.444,45 1.640,90 283.085,35
Diputación de Teruel. 707.718,95 9.544,40 717.263,36
Ibi. 178.241,19 4.858,19 183.099,38
Diputación Foral de Gipuzkoa. 2.607.427,85 75.343,75 2.682.771,60
Diputación de Soria. 354.852,72 4.880,18 359.732,90
Ontinyent. 259.126,81 3.712,20 262.839,02
Igualada. 320.770,83 12.452,73 333.223,56
Sanr Feliu de Llobregat. 337.059,45 7.166,46 344.225,91
Las Torres de Cotillas. 155.137,00 1.457,73 156.594,73
Inca. 310.387,75 24.849,35 335.237,09
Diputación de Granada. 4.134.499,10 234.127,16 4.368.626,26
Esplugues de Llobregat. 356.520,14 9.679,52 366.199,66
Figueres. 354.727,66 8.913,22 363.640,89
Diputación de Sevilla. 4.477.147,78 109.308,93 4.586.456,71
Caravaca de la Cruz. 231.059,67 17.124,49 248.184,16
Banyoles. 170.947,21 10.334,18 181.281,39
Algemsí. 256.205,59 21.335,82 277.541,41
Diputación de Ourense. 1.497.212,84 33.965,13 1.531.177,97
Castro-Urdiales. 345.738,26 39.366,23 385.104,49
Arcos de la Frontera. 218.914,57 1.784,63 220.699,20
Durango. 208.523,02 0,00 208.523,02
Vall de Uxio. 227.087,12 2.491,89 229.579,01
Olesa de Montserrat. 169.321,92 695,21 170.017,13
Novelda. 180.334,12 680,83 181.014,95
Diputación de Badajoz. 2.704.019,74 57.580,46 2.761.600,20
Onda. 229.975,53 18.353,18 248.328,71
Almuñecar. 222.980,12 13.991,59 236.971,71
Aranda del Duero. 376.003,01 47.063,34 423.066,36
Diputación de Barcelona. 8.610.818,85 203.681,66 8.814.500,52
Villaviciosa de Odón. 248.434,99 17.235,01 265.670,00
Langreo. 371.323,20 32.196,43 403.519,63
Martorell. 199.203,96 0,01 199.203,97
Franqueses del Vallès. 151.963,03 3.531,29 155.494,32
Sant Andreu de la Barca. 235.367,10 14.319,40 249.686,51
Jumilla. 195.660,85 5.049,84 200.710,69
Diputación de Almería. 1.817.783,36 4.671,23 1.822.454,58
Navalcarnero. 217.306,11 3.123,12 220.429,23
Santa Eularia Des Riu. 284.886,81 3.987,72 288.874,53
Villarrobledo. 200.592,74 8.593,55 209.186,30
Llucmajor. 283.196,25 7.022,23 290.218,48
Antequera. 289.096,06 975,00 290.071,07
Alhama de Murcia. 171.134,91 5.699,60 176.834,51
Barberà del Vallès. 249.759,77 6.105,54 255.865,31
Diputación Foral de Araba. 601.530,42 15.459,74 616.990,16
Arroyo de la Encomienda. 147.246,36 1.627,79 148.874,15
Diputación de Córdoba. 2.746.260,36 223.498,02 2.969.758,38
Diputación de Salamanca. 1.304.259,03 8.825,12 1.313.084,14
Almassora. 209.929,37 7.975,28 217.904,66
Castrillón. 193.171,26 12.540,01 205.711,27
Aldaia. 236.616,81 4.393,55 241.010,36
Diputación de Zamora. 780.786,74 7.069,98 787.856,72
Sant Vicenç dels Horts. 213.924,28 5.860,66 219.784,94
Cullera. 155.950,11 8,10 155.958,22
Diputación Foral de Navarra. 3.126.801,38 162.649,12 3.289.450,50
Portugalete. 318.890,84 697,37 319.588,21
Hernani. 205.358,20 20.551,16 225.909,36
Diputación de Burgos. 841.132,87 20.508,92 861.641,79
Diputación de Cuenca. 1.148.776,47 54.382,01 1.203.158,47
Adra. 179.261,48 1.068,71 180.330,19
Barañain. 179.449,11 12.816,41 192.265,52
Diputación de Valencia. 5.613.599,70 94.979,56 5.708.579,27
Diputación de Lugo. 3.731.847,98 689.834,66 4.421.682,64
Errenteria. 278.984,77 1.682,65 280.667,42
Diputación de Málaga. 1.894.581,12 75.433,02 1.970.014,13
Diputación Foral de Bizkaia. 3.501.510,03 338.562,71 3.840.072,74
Eibar. 204.959,74 4.087,41 209.047,15
Diputación de A Coruña. 3.169.370,87 2.122,96 3.171.493,83
Santurtzi. 325.824,35 2.209,12 328.033,47
Sant Feliu de Guixols. 185.789,51 10.556,44 196.345,95
Diputación de Murcia. 1.733.788,64 18.939,41 1.752.728,05
Salt. 229.249,98 2.169,66 231.419,64
  Total. 88.432.035,93 3.947.086,73 92.379.122,66

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