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Documento BOE-A-2023-18216

Decreto de 28 de julio de 2023, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada contra los Delitos de Odio y Discriminación en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria a doña Fátima Polvorosa Arriazu.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 9 de agosto de 2023, páginas 118244 a 118245 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2023-18216

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 21 de junio de 2023 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado oficio de la Excma. Sra. doña M.ª Pilar Jiménez Bados, Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria por el que remite la propuesta de nombramiento de Fiscal Delegada contra los Delitos de Odio y Discriminación en favor de la abogada fiscal doña Fátima Polvorosa Arriazu. Dicha propuesta es complementada por la Fiscal Superior en oficio con entrada en la Inspección fiscal el día 29 de junio de 2023 al que acompaña documentación ampliatoria.

Hechos

Primero.

Con motivo de la renuncia presentada por doña M.ª Pilar Jiménez Bados como coordinadora de Tutela de la igualdad y contra la discriminación desde su designación en el año 2015, la misma, en su condición de Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria ofertó entre todos los fiscales de la plantilla la plaza de fiscal delegado provincial. En Decreto del Fiscal General del Estado de fecha 24 de julio de 2023 y conforme a su solicitud de renuncia, se acordó su cese a la delegación.

La plaza fue tan solo solicitada por doña Fátima Polvorosa Arriazu proponiendo la Fiscal Superior su nombramiento considerando su compromiso con el trabajo y su interés por asumir nuevas competencias.

Segundo.

En su escrito de fecha 11 de julio de 2023, el Fiscal de Sala contra los Delitos de Odio y Discriminación emitió informe favorable a la propuesta realizada. En el mismo sentido informa el Consejo Fiscal (artículo 3.4 del Real Decreto 437/1983).

Fundamentos de Derecho

Primero.

El artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que «Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Superior respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado, precediendo a la resolución la audiencia del Consejo Fiscal.

En el mismo sentido la Instrucción 5/2008, de la Fiscalía General del Estado, establece que los nombramientos y ceses de los fiscales delegados de especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Segundo.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria avala la idoneidad de la candidata.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

Nombrar a doña Fátima Polvorosa Arriazu como Fiscal Delegada contra los Delitos de Odio y Discriminación en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Notifíquese lo acordado a la Fiscal de Sala contra los Delitos de Odio y a la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria que trasladará copia del presente Decreto a la fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla.

Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010), en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma Ley.

Madrid, 28 de julio de 2023.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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