Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BOE-A-2023-18402

Resolución de 7 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Plan para la mejora de la seguridad de las comunicaciones en la Red Básica de Gasoductos (R.B.G.). Gasoducto Haro-Burgos: tramo entre posiciones 35 (Haro) y B-04 (Villayerno) en las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla y León".

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 14 de agosto de 2023, páginas 119013 a 119028 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-18402

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 20 de septiembre de 2022, tiene entrada en esta Dirección General, escrito de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) de solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto «Plan para la mejora de la seguridad de las comunicaciones en la Red Básica de Gasoductos (R.B.G.). Gasoducto Haro-Burgos: tramo entre posiciones 35 (Haro) y B-04 (Villayerno) en las Comunidades Autónomas de La Rioja y Castilla y León».

El proyecto tiene como objetivo la construcción del tendido de una red de fibra óptica, paralela al recorrido del gasoducto Haro-Burgos como elemento auxiliar de este, con el fin de mejorar las comunicaciones en los sistemas auxiliares de telecontrol, teleproceso y telefonía del gasoducto perteneciente a la red básica de transporte de gas natural denominado «Haro-Burgos», en su tramo comprendido entre las posiciones de válvulas 35 y B-04, situadas en las localidades de Haro (La Rioja) y Villayerno (Burgos), respectivamente. Para ello, se ejecutará una nueva canalización de aproximadamente 72 km, para instalar un nuevo bitubo portacables de polietileno de 40 mm x 3 mm, que albergará el cable de fibra óptica.

El área de estudio del proyecto está localizado en los términos municipales de Haro, Anguciana, Casalarreina, Cihuri, Cuzcurrita del Río Tirón, Sajazarra y Teviana (La Rioja); y los términos municipales de Altable, Pancorbo, Valluércanes, Quintanilla San García, Vallarta de Bureba, Briviesca, Prádanos de Bureba, Alcocero de Mola, Castil de Peones, Quintanavides, Santa María del Invierno, Santa Olalla de Bureba, Monasterio de Rodilla, Fresno de Rodilla, Valle de las Navas, Quintanapalla, Rubena, Burgos y Villayerno Morquillas en la provincia de Burgos (Castilla y León).

El promotor de este proyecto es «Enagás Transporte, SAU» y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del MITECO.

Con fecha 14 de octubre de 2022, se inicia la fase de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con el proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Con fecha 30 de enero de 2023, conforme al artículo 46.3 de la citada ley, se solicita informe al titular del órgano jerárquicamente superior de la Confederación Hidrográfica del Duero, que remite respuesta el 6 de febrero de 2023, a la Dirección General de Emergencias y Protección Civil del gobierno de La Rioja, que remite informe el 27 de marzo y a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la de Junta Castilla y León, que remite contestación el 10 de abril.

La tabla adjunta recoge los organismos y entidades consultados y si han emitido informe en relación con el documento ambiental:

Relación de consultados Respuestas recibidas
Administración Estatal
Confederación Hidrográfica del Duero. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. SI
Confederación Hidrográfica del Ebro. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. SI
Dirección General de Carreteras. Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. SI
Dirección General de Carreteras. Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. SI
Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red ferroviaria. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. SI
Delegación del Gobierno en La Rioja. NO
Instituto Geológico y Minero de España (IGME). NO
Oficina Española de Cambio Climático. Secretaría de Estado de Medio Ambiente, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. SI
Administración Autonómica
Agencia de Protección Civil y Emergencias. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Junta de Castilla y León. SI
Consejería de Salud. Gobierno de La Rioja. NO
Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica. Gobierno de La Rioja. NO
Dirección General de Biodiversidad. Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, Gobierno de La Rioja. SI
Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos. Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica. Gobierno de La Rioja. SI
Dirección General de Carreteras e Infraestructuras. Consejería de Movilidad y Transformación Digital. Junta de Castilla y León. SI
Dirección General de Cultura. Consejería de Educación y Cultura. Gobierno de La Rioja. SI
Dirección General de Desarrollo Rural. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. Junta de Castilla y León. SI
Dirección General de Emergencias y Protección Civil. Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno de La Rioja. SI
Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Junta de Castilla y León. NO
Dirección General de Infraestructuras. Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica de La Rioja. SI
Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura y Turismo. Junta de Castilla y León. SI
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal. Consejería de Fomento y Medio Ambiente. Junta de Castilla y León. SI
Dirección General de Salud Pública y Consumo. Consejería de Salud y Servicios Sociales. Gobierno de La Rioja. SI
Dirección General de Salud pública. Consejería de Sanidad. Junta de Castilla y León. SI
Dirección General de Transición Energética y Cambio Climático. Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica. NO
Diputación provincial de Burgos. NO
Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. Junta de Castilla y León. SI
Servicio Territorial de Cultura de Burgos. SI
Servicio Territorial de Medio Ambiente en Burgos. Junta de Castilla y León. NO
Administración Local
Ayuntamiento de Alcocero de Mola. NO
Ayuntamiento de Altable. NO
Ayuntamiento de Anguciana. NO
Ayuntamiento de Briviesca. NO
Ayuntamiento de Burgos. NO
Ayuntamiento de Casalarreina. NO
Ayuntamiento de Castil de Peones. NO
Ayuntamiento de Cihuri. NO
Ayuntamiento de Cuzcurrita de Río Tirón. NO
Ayuntamiento de Fresno de Rodilla. NO
Ayuntamiento de Haro. NO
Ayuntamiento de Hurones. NO
Ayuntamiento de Monasterio de Rodilla. NO
Ayuntamiento de Pancorbo. NO
Ayuntamiento de Prádanos de Bureba. NO
Ayuntamiento de Quintanapalla. NO
Ayuntamiento de Quintanavides. NO
Ayuntamiento de Quintanilla San García. NO
Ayuntamiento de Rubena. NO
Ayuntamiento de Sajazarra. NO
Ayuntamiento de Santa María del Invierno. NO
Ayuntamiento de Santa Olalla de Bureba. NO
Ayuntamiento de Tirgo. NO
Ayuntamiento de Treviana. NO
Ayuntamiento de Vallarta de Bureba. NO
Ayuntamiento de Valle de las Navas. NO
Ayuntamiento de Valluércanes. NO
Ayuntamiento de Villayerno Morquillas. NO
Entidades públicas y privadas
Colectivo Ecologista Riojano (C.E.R). NO
Ecologistas en acción de Castilla y León. NO
Ecologistas en Acción de La Rioja. NO
SEO/BIRDLIFE. NO
WWF/ADENA. NO

Con fecha 9 de mayo de 2023, se requiere al promotor la ampliación de información al documento ambiental y modificación del proyecto, el cual remite respuesta el 31 de mayo de 2023, aceptando expresa e íntegramente las modificaciones al proyecto, que pasan a integrar la versión final del proyecto, sobre el que versa la presente evaluación.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, así como las modificaciones aceptadas por el promotor, se realiza el siguiente análisis para determinar las necesidades de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

a) Características del proyecto.

El promotor descarta la alternativa 0, de no realización del proyecto, ya que la ejecución implica la mejora de la seguridad de las comunicaciones de la instalación del gasoducto. Además, no plantea alternativas de trazado, proyectando el recorrido del cable de fibra óptica de manera paralela al gasoducto, con el fin de minimizar las afecciones sobre el medio natural y social.

Según el documento ambiental, se prevé que la fase de construcción del proyecto dure seis meses, y se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

– Apertura de pista: Se realizará coincidiendo con la servidumbre de paso permanente del gasoducto, donde la anchura es de 4 m, excepto en algunas zonas singulares o en cruces especiales donde la anchura puede ser mayor, bajo autorización. Esta apertura de pista permitirá crear una superficie de tránsito y trabajo para la maquinaria y los trabajadores.

– Apertura de zanja: Se ejecutará la apertura de una zanja de 1,25 m de profundidad y 0,30 m de ancho, paralela al gasoducto existente. En carreteras donde no se pueda cortar el tráfico se utilizará el método de la trepanación. En los cruces con los ríos de mayor entidad o valor ambiental, como el Oja, el Tirón y el Oca, se realizará perforación dirigida. El resto de cruces se harán a cielo abierto.

– Colocación de la fibra óptica en zanja y relleno con material procedente de excavación.

Durante la fase de funcionamiento, las operaciones necesarias de explotación y mantenimiento se realizarán junto con las del gasoducto e irán destinadas, principalmente, a mantener la integridad de la instalación.

En la fase de desmantelamiento, tras finalizar la vida útil de las instalaciones, se desmantelarán y desactivarán conforme a la normativa vigente, quedando la instalación enterrada en el propio terreno, retirando únicamente los elementos superficiales.

El documento ambiental del proyecto, con el código 20220576, se encuentra a disposición del público a través del portal SABIA, en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

b) Ubicación del proyecto.

La red de fibra óptica proyectada se ubica en las Comunidades Autónomas de La Rioja y Castilla y León, entre las provincias de La Rioja y Burgos, atravesando los términos municipales de: Haro, Anguciana, Casalarreina, Cihuri, Cuzcurrita del Río Tirón, Sajazarra, Teviana, Altable, Pancorbo, Valluércanes, Quintanilla San García, Vallarta de Bureba, Briviesca, Prádanos de Bureba, Alcocero de Mola, Castil de Peones, Quintanavides, Santa María del Invierno, Santa Olalla de Bureba, Monasterio de Rodilla, Fresno de Rodilla, Valle de las Navas, Quintanapalla, Rubena, Burgos y Villayerno Morquillas.

A lo largo del trazado destacan dos grandes Unidades geológicas, como son la depresión del Ebro en el tramo que discurre por La Rioja y norte de Burgos, y la depresión del Duero, en la zona más cercana a Burgos. Es por ello que, hidrográficamente, la zona de estudio queda enmarcada casi en su totalidad en la Demarcación Hidrográfica del Ebro, y en su tramo final, en la Demarcación Hidrográfica del Duero, cerca de Burgos.

A lo largo del trazado proyectado predominan los espacios abiertos con zonas de matorral, prados, pastizales y los cultivos herbáceos de secano, que resguardan a una comunidad significativa de fauna catalogada, especialmente avifauna, como por ejemplo el aguilucho cenizo (Circus pygargus) o el alimoche común (Neophron percnopterus), incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) en la categoría de vulnerables.

Respecto de los espacios naturales del ámbito de estudio, existen varios Hábitats de Interés Comunitario, destacando, los hábitats prioritarios 1520* Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia); 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea: y 4020* Brezales húmedos atlánticos de Erica ciliaris y Erica tetralix.

Además, tiene especial relevancia la Zona de Especial Conservación (ZEC) ES4120073 Riberas del Río Oca y afluentes, que ocupa 13,8 ha dentro del área de estudio. La presencia de visón europeo (Mustela lutreola) y los hábitats de ribera relativamente bien conservados otorgan a la zona una gran importancia para su conservación.

c) Características del potencial impacto.

A la vista del documento ambiental, de las contestaciones a las consultas recibidas y de la documentación adicional remitida por el promotor, se resumen a continuación los principales impactos potenciales y su tratamiento.

El promotor identifica el impacto general como una afección temporal, reducida a los seis meses de ejecución de la actuación y localizada, únicamente, en la servidumbre de paso permanente del gasoducto, que ya se encuentra alterada. También, destaca que la maquinaria a utilizar será de escasa entidad y asimilable a la empleada en la actividad agrícola existente.

– Fase de construcción.

Atmósfera.

En fase de ejecución, el movimiento de tierras y tránsito de maquinaria aumentará las partículas sólidas en suspensión y las emisiones contaminantes. El impacto es localizado y puntual, limitándose a los periodos de funcionamiento de la maquinaria. El impacto derivado del incremento del ruido también se considera compatible dado su carácter fluctuante en el espacio y en el tiempo con el avance de la obra. Como medidas preventivas, el promotor contempla la aplicación de riegos sistemáticos, especialmente en la época seca; la reducción de la velocidad de circulación de la maquinaria y vehículos en las pistas y caminos; realizar un mantenimiento adecuado de la maquinaria para reducir la emisión de contaminantes a la atmósfera y los niveles de ruido; y realizar los trabajos en horarios adecuados para minimizar las molestias a la población.

En caso de accidente que afecte al gasoducto, se podría producir el escape de un volumen limitado de gas natural, respecto de lo que el promotor señala que el gas se dispersaría en la atmósfera directamente, produciendo un impacto temporal, puntual y reversible, no afectando otros elementos del medio.

Geología, geomorfología y suelos.

Atendiendo al patrimonio geológico y teniendo en cuenta el Inventario de los Lugares de Interés Geológico, en el ámbito de estudio, no se encuentra ningún espacio inventariado, siendo los más cercanos:

– Las «Conchas» de Haro, en la comunidad autónoma de La Rioja, se encuentra a 5,1 km al norte del área de estudio.

– El desfiladero de Pancorbo y los Montes Obarenes, a unos 6 km al norte de Valluércanes.

– Karst en yesos de Carrias, a unos 4,5 km al sur del trazado.

– Los yacimientos paleontológicos de la Sierra de Atapuerca, a 5 km al sur del trazado.

– Pliegues y tectónica en Santa Casilda, a 7,8 km al norte del trazado.

La principal afección a los suelos se producirá en la zona de servidumbre de paso del gasoducto, que se verá alterada por la remoción de materiales y la compactación por el tránsito de vehículos. Para corregir estas afecciones, el promotor utilizará los materiales extraídos del suelo para rellenar la zanja tras la colocación del bitubo portacables y llevará a cabo trabajos de descompactación mediante arado superficial, especialmente en las zonas de Hábitat de Interés Comunitario (HIC) o con vegetación de ribera. Además, en zonas con pendiente superior al 20 %, donde serán necesarios desmontes y terraplenes para adecuar la pista de trabajo, el promotor propone medidas protectoras como la colocación de ataguías o escolleras; dispositivos de retención perpendiculares al flujo (diques o geotextiles); drenajes de mejora de la infiltración para evitar la acumulación de agua y caballones vierte aguas para evitar el arrastre del terreno. Asimismo, propone la utilización de mantas orgánicas o el esparcido de hidrosiembra, que propiciará una mejor recuperación de las condiciones iniciales del terreno.

El promotor deberá retirar y acopiar la capa superior de suelo vegetal en montones de pequeña altura con el objetivo de mantener su estructura orgánica para su posterior utilización en tapado y restitución de la zanja, tal y cómo propone el informe de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León. Esta condición es aceptada en su escrito de 31 de mayo de 2023.

Hidrología.

El documento ambiental indica que, a lo largo de todo el recorrido, serán atravesados 24 cursos hídricos de distinta entidad, la mayoría de ellos son pequeños arroyos de carácter estacional, dependientes de la pluviosidad y cuyo caudal mínimo se da en los meses estivales, estos serán atravesados a cielo abierto. Destacan los ríos Oja, Tirón y Oca por ser los ríos de mayor entidad, que se atravesarán mediante perforación dirigida.

Las principales alteraciones se producirán sobre el lecho y en las márgenes de los cursos hídricos por la eliminación de la vegetación y la modificación de la calidad fisicoquímica de las aguas por la remoción de fangos y materiales sueltos en el lecho. Para minimizar dicho impacto, el promotor propone la restitución del lecho y las orillas de forma inmediata tras la colocación del tubo portacables y la colocación de elementos especiales a 50 m aguas abajo del punto de cruce para evitar el incremento de sólidos en suspensión en el agua. También, se prevé una ruptura de la red de drenaje, con el consecuente estancamiento del agua y la formación de nuevas escorrentías, por lo que el promotor propone restaurar la orografía del cauce de manera detallada. Finalmente, para dar continuidad a la pista de trabajo sobre los arroyos atravesados, instalará vainas pasa-aguas.

La Confederación Hidrográfica del Ebro informa favorablemente las actuaciones del proyecto siempre que se lleven a cabo las medidas del documento ambiental, así como todas aquellas que sean necesarias para proteger en todo momento el medio hídrico de la zona de actuación, tanto de carácter superficial como subterráneo, evitando su contaminación o degradación, en especial en el cruce de los ríos Oja, Tirón, Oca, La Pedraja y todos los barrancos y arroyos, así como de la vegetación y fauna asociada, garantizando que no se alterará significativamente la dinámica hidrológica de la zona y adaptando las soluciones de construcción a fin de minimizar sus dimensiones, su ocupación y la correspondiente pérdida del hábitat afectado.

La Confederación Hidrográfica del Duero, por su parte, informa favorablemente las actuaciones proyectadas, considerando que no se prevén afecciones sobre el medio hídrico, siempre que se cumplan las medidas del documento ambiental, así como las siguientes condiciones: realizar una única obra de drenaje para cada cauce, no pudiendo concentrarse varios cauces en una sola obra; evitar cualquier embalsamiento de las aguas, y en caso de ser necesario, contar con la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Duero; no realizar desvíos ni retenciones temporales de agua, debiendo notificar y justificar adecuadamente ante la Confederación Hidrográfica del Duero como única solución viable, en caso de ser necesario; incluir medidas para garantizar el no deterioro de la Zona Piscícola ES020ZPEC005600036; y recoger en un epígrafe del documento ambiental que los elementos de calidad de las masas de agua recogidas en el informe de la Confederación Hidrográfica del Duero, no se verán empeorados por las distintas fases del proyecto y que las actuaciones no empeorarán los restantes indicadores de calidad de las masas de agua.

La Dirección General de Biodiversidad del Gobierno del Gobierno de La Rioja informa que, en el cruce con los cursos hídricos, se deberá garantizar la no interrupción del discurrir de las aguas, evitando la turbidez de las mismas mediante una ejecución por fases o mediante bypass, construcción de ataguías, puntos de decantación u otras alternativas, de manera que los trabajos se vayan ejecutando en «seco» en la medida de lo posible. Se deberá restituir el lecho fluvial y los márgenes del río a su estado original. Además, se deberán tomar las medidas necesarias para evitar el vertido de áridos, grasas, aceites y otras sustancias al medio hídrico.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León indica que no podrán ocuparse las franjas de vegetación de ribera ni los cursos de agua próximos a la zona de actuación.

El Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Burgos, de la Junta de Castilla y León, informa que se deberán respetar los correspondientes elementos de drenaje de la red viaria y de la red de drenaje agrícola existentes, asegurando su uso y continuidad. Por otra parte, se deberá respetar el servicio de las infraestructuras de regadío y las servidumbres de las tuberías.

El promotor ha aceptado íntegramente estas condiciones en su escrito de 31 de mayo de 2023.

Vegetación.

El promotor manifiesta que la vegetación natural de la zona de estudio ha sido alterada por la actividad humana, como el pastoreo, la agricultura o las plantaciones forestales entre otros, por lo que predominan zonas de cultivos de secano a lo largo de todo el trazado y viñedos en espaldera en la zona de La Rioja. La vegetación natural queda reducida principalmente a los cursos hídricos de los principales ríos, cuyas riberas se encuentran en un buen estado de conservación con abundancia de chopos y álamos y será la más afectada.

Para evitar afecciones a especies catalogadas y protegidas, el promotor revisará el inventario de flora para evitar la eliminación de los especímenes que se encuentren en la servidumbre de paso permanente, ya sea realizando ajustes en el trazado o trasplantándolos a una zona con un hábitat similar. También indicará adecuadamente la anchura de la pista de trabajo para no dañar la vegetación adyacente y protegerá los troncos de los ejemplares arbóreos con tablas. Además, propone reducir la velocidad de tránsito de los vehículos para minimizar la deposición de polvo que pueda afectar a la fisiología de la vegetación, se limpiará la maquinaria y se realizarán riegos sistemáticos.

La Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de La Rioja informa que deberán conservarse, en la medida de lo posible, los árboles existentes en la zona de actuación, excepto en el caso de estar enfermos, protegiéndolos durante la realización de las obras.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León traslada que deberá realizarse una prospección previa al inicio de las obras en el ámbito de actuación, con el fin de detectar la presencia de algún taxón de flora catalogada, prestando especial atención a la existencia de ejemplares de Iris graminea y Sorbus torminalis, debiendo realizar las prospecciones en las fechas adecuadas a la fenología de las especies. Además, indica que deberá respetarse el arbolado colindante con las servidumbres por las que se proyectan los trabajos. Si fuese necesaria la corta de arbolado de manera excepcional, deberá justificarse la no existencia de otras alternativas. En cualquier caso, la corta estará sujeta a lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León, exigiéndose la obtención previa de la correspondiente autorización o comunicación, que incluirá las condiciones para su ejecución y el tratamiento de los restos generados.

El promotor acepta íntegramente estas condiciones y, específicamente, se compromete a realizar la citada prospección, previa a las obras, para detectar la posible presencia de las especies de flora indicadas por la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, estableciendo las medidas necesarias para evitar una posible afección durante las obras, en caso de que se detecte la existencia de estas especies en la zona de actuación.

Hábitats de Interés Comunitario (HIC).

El promotor, tras realizar una consulta bibliográfica a la cartografía del Atlas de los Hábitats Naturales y Seminaturales de España, indica en el documento ambiental, que aparecen los siguientes Hábitats de Interés Comunitario incluidos en la Directiva Hábitats (92/43/CEE) y en el anexo I de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:

– HIC 1520*: Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia).

– HIC 6220*: Zonas subestépidas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea.

– HIC 4020*: Brezales húmedos atlánticos de Erica ciliaris y Erica tetralix.

– HIC 4090: Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

– 6170: Prados alpinos y subalpinos calcáreos.

– 6420: Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas de Molinion-Holoschoenion.

– HIC 8210: Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica.

– HIC 92A0: Bosques galería de Salix alba y Populus alba.

– HIC 9240: Robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis.

Para la protección de los HICs, el promotor realizará ajustes en el trazado y en la ubicación de las catas, con el fin de evitar el desbroce de vegetación de estos hábitats y, en ningún caso, ubicará parques de maquinaria, fosos de mandrilado o arquetas de empalme dentro de los mismo. También, realizará una restitución topográfica mediante la descompactación de la capa de tierra vegetal y realizará hidrosiembra con especies autóctonas en las laderas con alta pendiente, para minimizar la erosión del suelo.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León informa que los hábitats de interés comunitario existentes en la zona de estudio y no amparados por la Red Natura 2000 tendrán una afección de poca relevancia y recuperable a corto plazo. Considera necesario evitar la colocación de maquinaria o zonas de acopio e instalaciones auxiliares sobre los HIC coincidentes con el trazado, debiendo llevar a cabo el balizamiento, evitando que se pueda circular por estas zonas o que puedan servir de zona de acopio.

El promotor expone en su escrito de 31 de mayo de 2023 que la obra no consta de instalaciones auxiliares y que, en caso de que sea necesario realizar acopios de tierra y la instalación de parque de maquinaria, se hará en una zona delimitada y fuera de espacios coincidentes con HICs.

Fauna.

Respecto de la fauna potencial del área de estudio, inventariada y catalogada, el promotor ha detectado in situ la presencia de las siguientes especies:

– Aguilucho cenizo (Circus pygargus). Incluido en el LESRPE y catalogado como vulnerable en el CEEA y en el Catálogo Regional de La Rioja (CRLR). Así como en el anexo IV de la Ley 42/2007.

– Alimoche común (Neophron percnopterus). Incluido en el LESRPE y catalogado como vulnerable en el CEEA y en el CRLR. Así como en el anexo IV de la Ley 42/2007. Además, cuenta con un Plan de Conservación (Decreto 55/2014 de 19 de diciembre).

– Desmán ibérico (Galemys pyrenaicus). Incluido en el LESRPE y catalogado como en peligro en el CEEA y en el CRLR. Así como en los Anexos II, V y VI de la Ley 42/2007.

– Visón europeo (Mustela lutreola). Incluido en el LESRPE y catalogado como vulnerable en el CEEA y en el CRLR. Así como en el anexo IV de la Ley 42/2007.

– Pez fraile (Salaria fluviatilis). Incluido en el LESRPE y catalogado como vulnerable en el CEEA y en peligro en el CRLR.

El promotor indica que, de las especies de fauna incluidas en los catálogos, tanto nacionales como autonómicos, cabe destacar que las asociadas a los cursos hidrológicos principales (desmán ibérico, visón europeo y pez fraile) no se verán afectadas, al utilizar la técnica de perforación dirigida. Mientras que, en el resto de los tramos coincidentes con cursos de agua de menor entidad, donde se realizarán los trabajos a cielo abierto, propone llevar a cabo los trabajos durante la época de mayor estiaje, respetar la época de freza y llevar a cabo el desbroce de la vegetación riparia herbácea-arbustiva de manera manual.

El documento ambiental recoge que los mamíferos se verán afectados de manera puntual, principalmente por las emisiones sonoras, y además se producirá un efecto barrera durante el tiempo de ejecución de las obras que afectará a los mamíferos terrestres, limitando su libertad de movimiento. Para minimizar este impacto, el promotor instalará rampas desde el fondo de la zanja en los extremos de la misma, hará revisiones periódicas a primera hora de la mañana y, al final de cada jornada, los extremos libres de las tuberías serán cerrados herméticamente con tapones para evitar que se introduzca algún animal.

En cuanto a los anfibios y reptiles, se realizará un muestreo previo al comienzo de las obras, retirando y desplazando fuera de la zona de afección, pero siempre dentro de su hábitat, aquellas especies que se encuentren. Estos muestreos se repetirán durante el desarrollo de las obras para evitar atropellos o caídas a zanjas.

Para la protección de la avifauna, y en especial de las especies protegidas de la zona, como el alimoche o el aguilucho cenizo, el promotor realizará censos un mes antes del inicio de las obras y, en caso de encontrar la presencia de avifauna reproductora, acordará con la Administración competente la periodificación de las obras. Además, como la posible presencia del aguilucho cenizo se ha constatado en todo el trazado, realizará transectos previos al comienzo de los trabajos para detectar nidos en los cultivos de cereales y evitará los trabajos más ruidosos durante su época de reproducción (mayo a julio).

La Dirección General de Biodiversidad del Gobierno del Gobierno de La Rioja informa que, con el objetivo de cumplir con el Plan de Recuperación del visón europeo y del pez fraile, no se actuará en los cruces de los ríos Oja y Tirón entre el 1 de abril y el 15 de agosto. Se adoptarán medidas para la protección de la fauna piscícola, procediéndose en su caso, al rescate de peces y su traslado a otros tramos adecuados. Además, la apertura de la zanja (en aquellos cruces que no se ejecuten por hinca dirigida) se realizará por tramos, permaneciendo abierta el menor tiempo posible para evitar atrapamientos de la fauna en la zanja por caída.

El promotor ha aceptado estas condiciones en su escrito de 31 de mayo de 2023.

Paisaje.

El promotor considera mínima la afección al paisaje, puesto que procederá a la restitución de las condiciones iniciales del terreno una vez finalizada la fase de obra, quedando visibles únicamente los hitos de señalización, cuyo impacto es puntual.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León informa que, debido a que la estructura se proyecta soterrada, la ejecución es de bajo impacto y recuperable en un corto intervalo de tiempo, además de la coincidencia del trazado con la servidumbre de paso del gasoducto existente, no espera que se produzcan a nivel paisajístico afecciones como consecuencia de la ejecución del proyecto.

Población y salud.

El promotor considera que no existe posibilidad de afección a la población y salud humana ocasionada por la actividad a ejecutar, más allá de posibles accidentes durante la fase de obras, que deberán ser considerados en el marco de la legislación asociada a la seguridad y salud de los trabajadores. Además, tomará las medidas oportunas para evitar el daño a la tubería de gas existente, destacando su correcta localización y el respeto de la distancia de seguridad que será de conocimiento de los operarios; para lo que realizará un Estudio y Plan de Seguridad y Salud.

El Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Burgos de la Junta de Castilla y León indica que las obras deberán ejecutarse teniendo en cuenta los cultivos existentes, evitando realizarlas en los momentos finales de desarrollo y maduración del cultivo. Asimismo, se deberán tener en cuenta los elementos existentes para le gestión del ganado extensivo. El promotor acepta las citadas condiciones durante la tramitación.

Vías pecuarias.

El documento ambiental recoge que el proyecto atraviesa varías vías pecuarias a lo largo de todo su recorrido, reflejadas en la siguiente tabla:

Tabla 2. Vías pecuarias de la zona de estudio. Fuente: documento ambiental.

Comunidad Autónoma Vía pecuaria Término municipal
La Rioja. Colada de la Carrera de Casalarreina a Castañares. Casalarreina.
Colada de la Loma o de los Arrieros. Haro.
Castilla y León. Colada de la Calzada Romana o Calzada de los Romanos. Entre Altable y Valluércanes.
Cordel. Quintanilla de San García.
Cordel. Prádanos de Bureba.
Vereda de Burgos. Burgos, al final del área de estudio.

Las actuaciones proyectadas sobre las vías pecuarias pueden suponer cortes puntuales. El promotor tomará las medidas adecuadas para que el tránsito de ganado en las vías pecuarias no quede interrumpido.

La Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de La Rioja informa que, de forma previa a la ejecución del proyecto, se tramitará el correspondiente expediente de ocupación de la Vía Pecuaria «Colada de La Loma o de Los Arrieros» y también se debe tramitar la autorización para el cruce del Itinerario Verde «Ruta Verde del Oja».

Por su parte, la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León indica que, de forma previa a la ejecución del proyecto, se deberá contar con la correspondiente autorización de la ocupación de las vías pecuarias localizadas en el ámbito del proyecto, en virtud de lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. Dicha autorización será emitida por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia donde se ubique. El promotor asume las citadas condiciones durante la tramitación.

Montes de Utilidad Pública.

Los Montes de Utilidad Pública (MUP), que serán atravesados a lo largo del trazado proyectado, según el documento ambiental, son «La Dehesa de Quintanapalla» (130), titularidad del Ayuntamiento de Quintanapalla en la provincia de Burgos, y el MUP «El Soto» (178) en el municipio de Casalarreina en la provincia de La Rioja.

La Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de La Rioja informa que, de forma previa a la ejecución del proyecto, se tramitará el correspondiente expediente de ocupación del MUP n.º 178 «El Soto» ante dicha Dirección General.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León solicita que en el MUP 130 «La Dehesa» no se realicen nuevos caminos de acceso para la ejecución de los trabajos, debiendo utilizarse los caminos existentes para el tránsito de personal de obra y maquinaria.

El promotor se compromete en su documento de mayo de 2023 a cumplir con ambas condiciones.

Infraestructuras y medio socioeconómico.

El documento ambiental indica que las actuaciones atravesarán 9 carreteras comarcales, el FFCC Madrid-Irún y la AP-1 entre V-35 y V-36 y la N-1 entre V-32 y V-33.

El promotor asegura que se mantendrá la funcionalidad de las infraestructuras de carreteras y ferrocarril que sean atravesadas durante la realización del proyecto. Además, las principales infraestructuras se cruzarán mediante trepanación, indicándose todos los servicios subterráneos detectados.

La Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla y León informa que, con carácter previo al inicio de las obras, se deberá contar con la correspondiente autorización del Servicio Territorial de Fomento de Burgos.

La Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja informa favorablemente las actuaciones proyectadas y señala la necesidad de contar con la correspondiente autorización expedida por dicha demarcación, previo inicio de las obras, para los cruces que afectan a la carretera N-232 en el punto kilométrico 460+325, entre V-78 y V-79 en el término municipal de Cuzcurrita del Río Tirón (La Rioja).

La Dirección General de Infraestructuras del Gobierno de La Rioja traslada que, de manera previa a la concesión de la licencia municipal de las obras y siempre antes del inicio de las obras, deberá solicitarse y obtenerse la correspondiente autorización sectorial ante la citada Dirección General de Infraestructuras, para todas las obras e instalaciones situadas en la zona de afección de las carreteras cuya titularidad corresponde al Gobierno de La Rioja.

La Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) informa que se deberá contar con la previa autorización del administrador de infraestructuras ferroviarias correspondiente, responsable del control, vigilancia e inspección de la infraestructura ferroviaria, de sus zonas de protección y de la circulación ferroviaria que sobre ella se produzca.

El Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Burgos de la Junta de Castilla y León expone que los accesos a las fincas de labor que puedan ser afectados por la ejecución de las obras deben mantenerse o ejecutarse nuevos accesos de conformidad con el propietario de la finca. Los hitos o mojones que se vean alterados deberán reubicarse a su estado original.

El promotor ha aceptado estas condiciones en su escrito de 31 de mayo de 2023.

Patrimonio arqueológico.

El documento ambiental recoge los siguientes Bienes de Interés Cultural (BIC):

– En La Rioja el «puente del Priorato» sobre el río Tirón en el término municipal de Cihuri.

– En Castilla y León el monumento protegido «Iglesia de Nuestra señora del Valle» en el término municipal de Monasterio de Rodilla-Santa Marina. Además, el trazado atraviesa cuatro veces el Camino de Santiago (etapa 12.ª de Monasterio de Rodilla a Burgos).

El promotor no prevé afecciones al patrimonio arqueológico ya que, en el caso de los elementos documentados dentro de la banda de afección directa (anchura máxima de 100 m a cada lado del trazado), propone realizar un ajuste menor del trazado, minimizando dicha afección sin producir afecciones ambientales adicionales. En cualquier caso, solicitará los permisos correspondientes en relación con las actuaciones arqueológicas que han de ser realizadas antes de la ejecución del proyecto constructivo previsto, de acuerdo con la legislación aplicable en la materia.

La Dirección General de Cultura del Gobierno de La Rioja informa que el yacimiento arqueológico 155-020 «Planas» se verá afectado por las actuaciones proyectadas y valora que dicho impacto es compatible, siempre y cuando se realice la adecuada protección del patrimonio cultural según las medidas protectoras y correctoras previstas en el estudio arqueológico básico elaborado por el promotor.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León indica que se deberá realizar una prospección arqueológica, suscrita por un técnico competente en la materia. Dicha prospección deberá ser remitida al Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León, que emitirá informe. La actividad arqueológica deberá ser autorizada por la Comisión Territorial de Patrimonio de Burgos. Además, se deberá justificar cómo se van a ejecutar los trabajos en los cruces con la Vía Romana de Italia a Hispanias, especialmente en el cruce en el término municipal de Quintanapalla.

El Servicio Territorial de Burgos de dicha Comunidad Autónoma considera necesario completar el análisis de la incidencia de la obra sobre el patrimonio arqueológico catalogado.

En relación con la actividad arqueológica, el promotor asume realizar una prospección arqueológica intensiva, ya autorizada, en todo el territorio afectado por el proyecto, tras lo que presentará un Estudio de Impacto Arqueológico ante el organismo correspondiente para su estudio y autorización. Además, se compromete a incorporar al proyecto, las medidas preventivas o correctoras que estime necesarias dicho órgano competente.

– Fase de explotación.

La fase de explotación del proyecto está asociada a la explotación del gasoducto, que tiene un impacto muy reducido sobre el medio, ya que las labores durante esta fase consisten en el mantenimiento de las instalaciones de manera puntual y espaciada en el tiempo.

El promotor indica que los principales impactos vendrán derivados de dichas labores de mantenimiento, como la emisión de gases de efecto invernadero, partículas y polvo a la atmósfera o la compactación del terreno.

– Fase de desmantelamiento

El documento ambiental establece que cuando finalice la vida útil de las instalaciones se procederá al desmantelamiento y desactivación de estas, conforme a la normativa vigente en ese momento. Se retirarán únicamente los elementos superficiales, dejando el resto de la infraestructura enterrada. El promotor considera que los impactos se limitarán principalmente a la generación de residuos, que de igual manera serán gestionados adecuadamente en consonancia con la legislación vigente. Califica así el impacto como «no significativo».

d) Repercusiones a Red Natura 2000.

En cuanto a los espacios Red Natura 2000, se recoge en el documento ambiental que el área de estudio ocupa 13,8 ha de la ZEC (Zona de Especial Conservación) ES4120073 «Riberas del Río Oca y afluentes».

La superficie del ZEC viene definida por el cauce del río Oca más una anchura de 25 m en cada margen en todos los tramos. Destaca el buen estado de conservación de la desembocadura del río Oca, con gargantas fluviales muy valiosas. La importancia de la ZEC reside en los hábitats de ribera, constituidos fundamentalmente por saucedas, choperas y fresnedas, que se adscriben al hábitat «Bosques galería de Salix alba y Populus alba» (HIC 92A0) y, además, destaca la presencia de visón europeo (Mustela lutreola) en buena parte de la subcuenca del Oca, que constituye un foco de potencial expansión de esta especie.

El promotor realizará el cruce con este espacio Red Natura 2000 mediante perforación dirigida, para evitar afecciones al mismo. Durante la fase de construcción ubicará los fosos de perforación fuera de los límites del espacio protegido (a 25 m a cada lado de los márgenes del cauce). La afección se localizará en la servidumbre asociada al gasoducto y, por lo tanto, en terrenos previamente alterados fuera del espacio Red Natura 2000. Los trabajos se realizarán fuera de las épocas de cría y reproducción de las especies de fauna, en especial aquellas con figuras de protección, así como evitando las épocas de mayor riesgo de incendio para las especies vegetales.

Asimismo, propone medidas para evitar y minimizar una posible afección al espacio. En caso de vertidos de contaminantes, debido a la presencia de maquinaria cerca del espacio protegido, se recogerán y serán tratados según la legislación correspondiente. Se utilizarán los parques de maquinaria habilitados para realizar las labores de mantenimiento, que se ubicarán en áreas sin vegetación natural. Se señalizarán los fosos correctamente para no dañar la vegetación adyacente. Se regarán las pistas para evitar que el polvo se deposite sobre la vegetación. Se limitará la velocidad de los vehículos a un máximo de 20 km/h para evitar la deposición de polvo y el atropello de fauna, especialmente de anfibios y reptiles. Se comprobará la fauna en los puntos donde se van a abrir los fosos y se protegerán los lugares con las medidas oportunas. Se vigilarán las zanjas para detectar individuos que hayan podido caer y en caso de detectarlos se procederá a su retirada. Se evitarán los trabajos nocturnos.

En caso de producirse una perforación accidental del gasoducto, el metano se dispersaría por la atmósfera al ser menos denso que el aire, y el espacio protegido no se vería afectado.

Finalmente, para evitar y minimizar el riesgo asociado a un incendio forestal el promotor definirá en obra un Plan de Prevención de Incendios, que indicará las medidas de prevención a aplicar durante las obras.

Por su parte, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León informa que el cruce del bitubo portacables con el río Oca, que coincide con la ZEC ES4120073 «Riberas del Río Oca y afluentes», se deberá realizar mediante perforación horizontal dirigida tal y como señala el proyecto, y deben situarse los fosos de perforación fuera de los límites del espacio protegido, 25 m a cada lado de los márgenes del cauce, con el fin de evitar cualquier afección a los valores naturales que motivaron su declaración.

Por ello, este órgano ambiental concluye que no se producirá perjuicio a la Red Natura 2000 por la ejecución y puesta en servicio del proyecto, siempre que se desarrollen las medidas recogidas en el documento ambiental y las condiciones citadas en la presente resolución, asumidas durante la tramitación por el promotor.

e) Análisis de la vulnerabilidad del proyecto.

El promotor analiza la vulnerabilidad del proyecto ante accidentes graves o catástrofes, así como la vulnerabilidad intrínseca del proyecto.

En cuanto a la vulnerabilidad intrínseca del proyecto, considera que es nula, ya que el cable de fibra óptica estará protegido por el tubo portacables, minimizando en gran medida la rotura o afección de este. La vigilancia periódica de los equipos de mantenimiento asegurará un buen funcionamiento de la instalación y cuenta con equipos y sistemas de seguridad que permiten proteger las instalaciones, detectar situaciones de funcionamiento anómalo y actuar con rapidez en caso de incidentes.

En cuanto a las amenazas naturales, el promotor indica que en el diseño del proyecto se han considerado medidas frente a sismicidad, inundación, incendios y alteración del medio por lluvias torrenciales. La ubicación de la tubería portacables a 1,25 m de profundidad permite evitar riesgos de daño por incendio, así como por crecidas naturales de las Zonas Inundables Frecuentes (T=50 años) en la zona de estudio, ya que a esa profundidad no tendrían repercusión. Además, propone medidas como mantener la zanja abierta el menor tiempo posible durante la fase de construcción y adecuar la frecuencia de las vigilancias periódicas en la fase de explotación a las condiciones climáticas que puedan suponer un riesgo por posibles movimientos de tierra que afecten a la instalación. Por todo ello, el promotor considera que la vulnerabilidad del proyecto ante amenazas naturales es baja.

En cuanto al daño por amenazas antrópicas, el promotor indica que estas se ven minimizadas porque los propietarios de las fincas por donde se proyecta la fibra óptica ya conocen las limitaciones de prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad mayor de 50 cm y plantar árboles de raíz pivotante, por la existencia previa del gasoducto. Además, en los cruces de caminos se ubican las correspondientes losas de hormigón de protección. El promotor relaciona la exposición a amenazas antrópicas principalmente con posibles negligencias, sabotaje o terrorismo.

Este tipo de instalaciones presenta una alta capacidad de control, desde el punto de vista físico por la buena accesibilidad y desde el punto de vista telemático. Si, a pesar de la aplicación de todas las medidas descritas ocurriese un daño en la conducción del portacable, Enagás pondría en marcha el Plan de Emergencia con el fin de minimizar y solucionar la incidencia en el menor tiempo posible.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León indica que se deberán atender todas las medidas preventivas y prohibiciones incluidas en la Orden anual por la que se establecen las normas sobre el uso del fuego y se fijan medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León.

El promotor ha aceptado esta condición en su escrito de 31 de mayo de 2023.

En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes naturales la presente resolución recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.

f) Plan de Vigilancia ambiental.

El promotor señala que, si fuese solicitado por el órgano ambiental competente, la empresa promotora propondrá un técnico con conocimientos suficientes, que será el responsable de la ejecución del Plan de Vigilancia Ambiental.

Esta Dirección General, como órgano ambiental, determina la necesidad de desarrollar un Plan de Vigilancia Ambiental que contenga, al menos, los aspectos recogidos en el anexo VI, Parte A, subapartado 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Especialmente, se deberán desarrollar medidas de vigilancia ambiental en relación con la calidad fisicoquímica del agua de los cursos fluviales afectados, así como medidas para el seguimiento de la correcta recuperación de las márgenes de los cauces alterados.

El promotor se compromete a ejecutar un Plan de Vigilancia Ambiental, que contenga, al menos, lo indicado anteriormente y previo inicio de las obras.

De forma general, en lo que no resulten contrarias a la presente propuesta de resolución, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras que se contemplan en el documento ambiental.

Fundamentos de Derecho

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece, en el apartado segundo del artículo 7, los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la sección 2.ª del capítulo II del título II de la citada ley.

Este procedimiento se desarrolla en los artículos 45 y siguientes de la Ley de evaluación ambiental, y así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos efectos, de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo III de la citada norma.

El proyecto «Plan para la mejora de la seguridad de las comunicaciones en la Red Básica de Gasoductos (R.B.G.). Gasoducto Haro-Burgos: tramo entre posiciones 35 (Haro) y B-04 (Villayerno) en las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla y León» se encuentra encuadrado en el artículo 7.2, apartado c) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, esta Dirección General

RESUELVE

De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho alegados y como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Plan para la mejora de la seguridad de las comunicaciones en la Red Básica de Gasoductos (R.B.G.). Gasoducto Haro-Burgos: tramo entre posiciones 35 (Haro) y B-04 (Villayerno) en las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla y León», ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente siempre y cuando se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.

Esta resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es), sin perjuicio de la obligación del promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 7 de agosto de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/193/18402_13507560_1.png

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril