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Documento BOE-A-2023-19249

Resolución de 4 de septiembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda por la que se modifica el Convenio con la Fundación Valencia Club de Fútbol de la C. V., para el fomento del deporte en los centros penitenciarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 11 de septiembre de 2023, páginas 124053 a 124055 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2023-19249

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 24 de julio de 2023 la adenda por la que se modifica el convenio suscrito el 7 de abril de 2022 entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y la Fundación Valencia Club de Fútbol de la C. V. para el fomento del deporte en los centros penitenciarios, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 4 de septiembre de 2023.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO
Adenda por la que se modifica el Convenio suscrito el 7 de abril de 2022 entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y la Fundación Valencia Club de Fútbol de la C. V. para el fomento del deporte en los centros penitenciarios

Madrid, a 24 de julio de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones Penitenciarias, por Real Decreto de nombramiento 504/2018, de 18 de junio, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 952/2018, de 27 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior y con competencia para firmar convenios según Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

De otra parte, doña Inma Ibáñez Peris, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en av. de Suecia, 17, bajo, de Valencia (46010), en nombre y representación de la Fundación Valencia Club de Fútbol de la C. V., con CIF G96527353, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Valenciana con el número 257 (V). Su representación resulta de su calidad de apoderada, elevado a público su nombramiento mediante escritura otorgada ante la Notario de Valencia doña Ana Julia Roselló García, el 26 de julo de 2021, con el número 1409 de su protocolo.

Reconociéndose mutuamente la necesaria capacidad jurídica y de obrar para este otorgamiento en las representaciones que ostentan,

EXPONEN

Que el día 7 de abril de 2022 se firmó un convenio entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y la Fundación Valencia Club de Fútbol de la C. V. para el fomento del deporte en los centros penitenciarios.

Que el citado convenio, en su cláusula primera, circunscribía su ámbito de actuación a la Comunidad Valenciana y, más en concreto, a los Centros Penitenciarios: de Picassent (Valencia), Castellón I, Castellón II y Villena (Alicante II).

Que, iniciada la ejecución del convenio, se estima oportuno ampliar el ámbito de actuación a la totalidad de los establecimientos penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Valencia.

Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio referido de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Es objeto de la presente adenda modificar las siguientes cláusulas:

«Primera. Objeto del convenio.

Que queda redactada del siguiente modo:

El objeto del presente convenio es impulsar el aprendizaje del fútbol y los valores positivos del deporte de equipo; promover la práctica del deporte con una orientación prioritariamente formativa, lúdica y recreativa; y desarrollar actividades complementarias a las anteriores de carácter formativo, ofreciendo una alternativa positiva al uso de su tiempo libre.

El ámbito de actuación del presente convenio será la Comunidad Valenciana.

Para ello, las actuaciones que se llevarán a cabo serán las siguientes:

1. Desarrollo de escuelas socio-deportivas de Fútbol. En dichas escuelas se plantearán los siguientes aspectos:

– Enseñanza y formación de la práctica deportiva del fútbol.

– Charlas y coloquios formativos enfocados a una vida sana y saludable.

– Aspectos a desarrollar con los internos en relación a los "valores positivos del deporte de equipo".

2. Posibilidad de celebrar partidos amistosos entre internos de los centros penitenciarios y equipos de voluntarios de la Fundación Valencia C. F.

3. Posibilidad de realizar torneos intercentros de fútbol entre los centros penitenciarios en los que se hayan creado Escuelas Socio-Deportivas».

«Cuarta. Financiación.

Que queda redactada del siguiente modo:

El gasto asumido por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias asciende a doce mil ochocientos noventa y seis euros (12.896 €). Se trata de un gasto de carácter anual, que se realiza a cargo de las partidas presupuestarias de los centros penitenciarios determinados por la Comisión de Seguimiento, según lo establecido en la cláusula octava. Su imputación presupuestaria se corresponde con la aplicación 16.05.133.A.226.06 prevista para el 2023 y de acuerdo con las previsiones presupuestarias que se lleven a cabo durante los restantes años de vigencia del convenio.

El valor de las actividades que Fundación Valencia Club de Fútbol asume en la ejecución del presente convenio será de catorce mil euros anuales (14.000 €), de acuerdo con las previsiones presupuestarias aprobadas por la Fundación Valencia Club de Fútbol para el año 2023 y de acuerdo con las previsiones presupuestarias que se lleven a cabo durante los restantes años de vigencia del convenio».

«Octava. Comisión de seguimiento del convenio.

Se crea la comisión de seguimiento, que estará compuesta por dos presentantes de la Fundación Valencia Club de Fútbol y dos representantes de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, los cuales arbitran de común acuerdo su mecánica operativa, reuniéndose un mínimo de una vez al año y cuantas veces sea necesario a instancia de alguna de las partes. 

En lo no previsto en el presente convenio, la comisión de seguimiento se somete al régimen jurídico que rige el funcionamiento de los órganos colegiados contenidos en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Corresponden a la comisión de seguimiento las siguientes funciones: 

1. Velar por el buen funcionamiento de la actividad.

2. Coordinar la operativa de puesta en marcha de la actividad. 

3. Realizar el seguimiento y la evaluación de las actividades desarrolladas. 

4. En concreto, determinar los centros penitenciarios y los equipos que se organizarán en cada centro donde se van a desarrollar las actividades previstas, elaborando como resultado un listado donde se incluyan dichos centros, de manera que pueda calcularse el gasto a cargo de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y de la Fundación Valencia Club de Fútbol correspondiente a cada uno de ellos».

Segunda.

El resto del clausulado del convenio firmado el 7 de abril de 2022 no sufre modificación alguna y permanece vigente.

Tercera. Eficacia y vigencia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda, resultará eficaz, una vez sea inscrita en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Será obligatoria su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

La vigencia de esta adenda será la misma que la del convenio suscrito el 7 de abril de 2022.

Cuarta. Vinculación entre las partes.

La presente adenda no generará ningún tipo de vinculación contractual ni laboral entre las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del mismo.

Quinta.

Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé a la presente adenda la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman la presente adenda en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González.–La Presidenta de la Fundación Valencia Club de Fútbol de la C. V., Inma Ibáñez Peris.

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