Siendo firme en vía administrativa la sanción impuesta a don Agustín Marco Ortuño por la comisión de una infracción muy grave del artículo 282.16 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 313 quater del texto refundido citado, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 27 de abril de 2022 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente Acuerdo:
«Imponer a don Agustín Marco Ortuño, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.16 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por el Real Decreto 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, por la adquisición por cuenta propia de acciones de Obrascón Huarte Laín, S.A. el 7 de marzo de 2019 estando en posesión de información privilegiada relativa a dicha sociedad emisora, una multa por importe de 15.000 euros (quince mil euros).»
La Resolución que impone la sanción citada es firme en vía administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 11 de enero de 2023.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
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