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Documento BOE-A-2023-19867

Resolución de 12 de septiembre de 2023, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de multa por la comisión de una infracción muy grave impuestas a don Estanislao de la Quadra-Salcedo Capdevila y a don Antolín Arquillo Aguilera.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 22 de septiembre de 2023, páginas 128932 a 128932 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2023-19867

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 14 de junio de 2022 el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la Resolución sancionadora por la que finalizó el expediente de referencia IE/ST-1/2021, incoado a, entre otros, don Estanislao de la Quadra-Salcedo Capdevila y don Antolín Arquillo Aguilera por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 19 de abril de 2021.

Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones por infracciones muy graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en vía administrativa.

Toda vez que la citada Resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa respecto de don Estanislao de la Quadra-Salcedo Capdevila y don Antolín Arquillo Aguilera procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a las siguientes sanciones, impuestas a los citados expedientados en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España:

− Sanción de multa impuesta a don Estanislao de la Quadra-Salcedo Capdevila, Consejero y Director General de Gloval Valuation, SA, por importe de nueve mil euros (9.000 euros), prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, consistente en presentar la citada entidad deficiencias en su organización administrativa, técnica o de personal o en sus procedimientos de control interno, resultando que a causa de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están sujetos los profesionales a su servicio.

− Sanción de multa impuesta a don Antolín Arquillo Aguilera, Presidente del Consejo de Administración de Gloval Valuation, SA, por importe de siete mil euros (7.000 euros), prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, consistente en presentar la citada entidad deficiencias en su organización administrativa, técnica o de personal o en sus procedimientos de control interno, resultando que a causa de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están sujetos los profesionales a su servicio.

Madrid, 12 de septiembre de 2023.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

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