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Documento BOE-A-2023-19876

Decreto de 14 de septiembre de 2023, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada en la Fiscalía Provincial de Barcelona a don Abel Carmelo Andrade Ortiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 2023, páginas 128952 a 128954 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2023-19876

TEXTO ORIGINAL

Hechos

Primero.

El 20 de julio de 2023 tuvo entrada en esta Inspección Fiscal un escrito de la Ilma. Sra. Fiscal Jefe Provincial de Barcelona, en el que traslada un informe favorable a los tres fiscales solicitantes para el nombramiento de nuevo Delegado en Barcelona de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada.

El escrito, que no contiene un parecer favorable preferente de la Fiscal Jefe Provincial a la designación de ninguno en concreto, viene acompañado de la justificación de haber comunicado a toda la plantilla la oferta de la plaza de Delegado, que desempeñaba la Ilma. Sra. doña Marta Marquina Bertrán hasta su cese por traslado a otro destino. Se solicitó el informe-propuesta del Excmo. Sr. Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, que se recibió el 4 de septiembre. Especifica que la propuesta se hace en régimen de exclusividad.

El informe de la Fiscal Jefe Provincial, donde se da cuenta de los méritos de los tres candidatos para ocupar la plaza, se acompaña también de las solicitudes firmadas y los currículos profesionales de los que aspiran al cargo.

Segundo.

El escrito del Excmo. Sr. Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, ponderando los méritos de los tres candidatos, contiene la propuesta motivada de nombramiento del Ilmo. Sr. Fiscal don Abel Carmelo Andrade Ortiz como Delegado en Barcelona de la especialidad de la citada Fiscalía Especial, suscribiendo en lo demás el de la Fiscal Provincial y especificando que la propuesta se hace en régimen de exclusividad.

Tercero.

Con motivo del cese en Barcelona, por traslado, de doña Marta Marquina Bertrán, quedó vacante el cargo de Fiscal Delegado de la especialidad. Para cubrirlo de manera indefinida, la Fiscal Jefe ha comunicado a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debía formular la correspondiente solicitud. De entre los solicitantes, don Abel Carmelo Andrade Ortiz acredita experiencia y formación específica en su curriculum. La solicitud ha sido elevada por la Fiscal Provincial, con su informe favorable a cualquiera de los tres candidatos, y el Fiscal de Sala Jefe Anticorrupción remite una propuesta remitida a la Inspección de la Fiscalía General del Estado, destacando los méritos específicos de don Abel Carmelo Andrade Ortiz, que le hacen idóneo para desempeñar el cargo, con dedicación exclusiva.

Por tanto, constan el informe favorable y la propuesta del Fiscal de Sala, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal [art. 3.d) R.D. 437/1983].

Fundamentos

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. El mismo precepto exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4).

Segundo.

La Instrucción de 1 de agosto de 2008, de la Inspección de la Fiscalía General del Estado, establece reglas para unificar criterios en las propuestas, con especificaciones para los Delegados provinciales de las Fiscalías Anticorrupción y Antidroga. La misma Instrucción 5/2008 establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Más específicamente, el artículo 62.1 del Reglamento del Ministerio Fiscal (R.D. 305/2022, de 3 de mayo), establece que los Fiscales Delegados de las Fiscalías Especiales serán nombrados, tras convocatoria pública, mediante Decreto de la persona titular de la Fiscalía General del Estado previa propuesta motivada del Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial, e informe del Fiscal Jefe de la Fiscalía correspondiente, oído el Consejo Fiscal. En las solicitudes informadas por la Fiscal Jefe, los solicitantes tendrán que acreditar la formación específica y la experiencia práctica en la materia propia de la Fiscalía Especial, valorándose especialmente el tiempo que se haya formado parte de la sección especializada en la misma o distinta Fiscalía, los cursos de especialización, las publicaciones especializadas y la docencia impartida sobre la misma.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe Anticorrupción está suficientemente motivada y avala la especial idoneidad del Sr. Andrade Ortiz.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y del RMF, haciendo propia la fundamentación de la propuesta, acuerdo:

1. Nombrar, con exclusividad, al Ilmo. Sr. don Abel Carmelo Andrade Ortiz Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, en la Fiscalía Provincial de Barcelona.

2. Notificar el presente Decreto al Fiscal de Sala Jefe Anticorrupción, a la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Barcelona, que lo trasladará a los Fiscales interesados, y al Ministerio de Justicia, con entrega de copias de la resolución.

3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación ante la Fiscalía General del Estado (C/Fortuny, núm. 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en los artículos 12 y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma Ley.

Madrid, 14 de septiembre de 2023.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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