Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-A-2023-20020

Resolución de 14 de septiembre de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Guitiriz, para la financiación, ejecución y entrega de las nuevas actuaciones en el saneamiento y en la estación depuradora de aguas residuales de Guitiriz (Lugo).

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 25 de septiembre de 2023, páginas 129608 a 129610 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-20020

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la segunda adenda de modificación del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Guitiriz para la financiación, ejecución y entrega de las nuevas actuaciones en el saneamiento y la EDAR de Guitiriz (Lugo). PdM Miño-Sil S010_3_CHCH0SET29SR2446, otorgada el 13 de septiembre de 2023, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 14 de septiembre de 2023.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Segunda adenda de modificación del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Guitiriz para la financiación, ejecución y entrega de las nuevas actuaciones en el saneamiento y la EDAR de Guitiriz (Lugo). PdM Miño-Sil S010_3_CHCH0SET29SR2446

En Ourense, a 13 de septiembre de 2023.

REUNIDOS

Por una parte, don José Antonio Quiroga Díaz, presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, doña Marisol Morandeira Morandeira, alcaldesa del Ayuntamiento de Guitiriz, nombrada por el Pleno de la Corporación el día 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 17 de marzo de 2022 (BOE núm. 74, de 28 de marzo de 2022), se otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Guitiriz para la financiación, ejecución y entrega de las nuevas actuaciones en el saneamiento y la EDAR de Guitiriz (Lugo). PdM Miño-Sil S010_3_CHCH0SET29SR2446, con una previsión de anualidades en 2022 y 2023 por importe de 226.000 euros y 14.000 euros respectivamente.

II. Que en fecha 30 de diciembre de 2022 (BOE núm. 10, de 12 de enero de 2023) se otorgó una adenda por la que se modificaban las anualidades quedando establecidas en 37.260,17 euros y 202.739,83 euros.

III. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

IV. Que no obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de las sucesivas modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del texto convencional.

V. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del convenio, es preciso modificar el importe previsto de la actuación así como realizar una nueva previsión de anualidades, para la buena marcha y ejecución del convenio.

VI. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es modificar las cláusulas cuarta, quinta y duodécima y reajustar las anualidades establecidas en el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Guitiriz para la financiación, ejecución y entrega de las nuevas actuaciones en el saneamiento y la EDAR de Guitiriz (Lugo). PdM Miño-Sil S010_3_CHCH0SET29SR2446.

Segunda. Modificación de la cláusula cuarta «Coste de las actuaciones y financiación de las mismas».

Se modifica el apartado primero de la cláusula cuarta que queda redactado del siguiente modo:

«1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 267.107,65 euros, Impuesto del Valor Añadido incluido.»

Tercera. Modificación de la cláusula quinta «Anualidades y aportaciones».

Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta que queda redactado del siguiente modo:

«1. Para la ejecución del presente convenio, se establecen, inicialmente, las anualidades previstas en el cuadro que figura como anexo al presente documento.

No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global ni del plazo del mismo. Este reajuste de anualidades no se considerará modificación convencional a los efectos de lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda.»

Cuarta. Modificación de la cláusula duodécima, «Comisión de Seguimiento».

Se modifica el segundo párrafo de la cláusula duodécima, que queda redactado del siguiente modo:

«Esta comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución.

Le corresponde igualmente a la comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como la aprobación de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido en la cláusula quinta.»

Quinta. Modificación del anexo «Anualidades previstas».

Se modifica el anexo anualidades que queda establecido del siguiente modo:

«Administración

2022

Euros

2023

Euros

Total

Euros

CHMS, O.A. 29.808,14 183.877,98 213.686,12
Ayuntamiento de Guitiriz. 7.452,03 45.969,50 53.421,53
 Total. 37.260,17 229.847,48 267.107,65»
Sexta. Eficacia.

La presente adenda modificativa resultará eficaz tras inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman por el presente documento en el lugar y la fecha señalados en su encabezamiento.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–La Alcaldesa del Ayuntamiento de Guitiriz, Marisol Morandeira Morandeira.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid